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CUENTA Nº TC-43
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS:
1.- Expediente Nº 0126:
Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de
Justicia, declina competencia para conocer de la apelación formulada por la
abogada Nahima Mustafa, actuando con el carácter de apoderada judicial de la
Comisión Electoral de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de
Venezuela, contra la decisión dictada en fecha 18-06-1999, por la Corte Primera
de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró con lugar la acción
de amparo constitucional interpuesta
por el ciudadano Oswaldo Rodríguez Baptista, asistido por el abogado Humberto
Pisani, contra la referida Comisión Electoral. Oficio Nº 1129, de fecha
30-10-2000, remitiendo el Expediente Nº 00-1151 (nomenclatura de esa Sala).
Se dio cuenta a la Sala
2.- Expediente
Nº 0127: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de
Justicia, declina competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano
JESÚS ANTONIO BERMUDEZ BARRIOS, actuando en su condición de ciudadano y Fiscal
del Movimiento al Socialismo (MAS) Regional Caracas, contra los ciudadanos
Carlos Herrera, Gustavo Mujica y Gustavo Avendaño, por la metodología aplicada
por los referidos ciudadanos, al momento de
la postulación de los candidatos en la alianza del mencionado partido
político con el Movimiento Quinta República. Oficio Nº 1121, de fecha
30-10-2000, remitiendo el Expediente Nº 00-1119 (nomenclatura de esa Sala).
Se
dio cuenta a la Sala.
OFICIOS RECIBIDOS:
3.-
Expediente Nº 0035: acción
de amparo constitucional intentada por el abogado Crisanto Antonio Pérez,
actuando en su propio nombre, contra las actuaciones materiales realizadas por
la Dirección Regional del Estado Lara del “Movimiento V República”.
Oficio Nº 1127
de fecha 30-10-2000, emanado de la Sala Constitucional de este Tribunal
Supremo, anexo al cual se remitió el expediente Nº 0035 (nomenclatura de esta Sala), en virtud de la
decisión de fecha 24-10-2000, en la que se declaró incompetente para conocer de
la presente causa, y declinó la competencia en esta Sala Electoral. Se dio
cuenta a la Sala.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
4.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE
PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de
elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la
referida Asociación Civil y, en consecuencia,
se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas
autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de
la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le
ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.
Los
ciudadanos Sabino Garban Flores, Freddy José Leiva y otros, parte accionante en
el presente juicio, exponen alegatos relacionados con las pruebas que ordenara
evacuar de Oficio esta Sala en fecha 6-11-2000. (Acompañan anexos)
5.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE
PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de
elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la
referida Asociación Civil y, en consecuencia,
se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas
autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de
la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le
ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.
El
ciudadano Roberto Alí Colmenarez, Presidente del Club Campestre Paracotos,
asistido por los abogados Máximo Febres y Eduardo Herrera, expone alegatos relacionados con las pruebas
que ordenara evacuar de Oficio esta Sala en fecha 6-11-2000. (Acompañó Anexo)
DILIGENCIAS EN:
6.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE PARACOTOS,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar
innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de elecciones
para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la referida
Asociación Civil y, en consecuencia, se
ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas autoridades en un
término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación al
Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le ordene organizar,
dirigir y vigilar dicho proceso.
Los
ciudadanos Sabino Garban Flores, Pedro Roberto Guevara Acosta y José Ramón
Betancourt, parte accionante en el presente juicio, exponen las razones por las
cuales se encuentran imposibilitados de consignar las pruebas requeridas por esta Sala en fecha 6-11-2000.
7.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE
PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de
elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la
referida Asociación Civil y, en consecuencia,
se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas
autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de
la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le
ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.
Los
abogados Sabino Garban Flores y Freddy José Leiva, expone que: siendo la 1:40
pm no se evidencia que la parte agraviante haya promovido prueba alguna, no
obstante haber concluido el lapso probatorio de 48 horas fijado por la Sala
Electoral, por lo que cualquier prueba presentada después de esta hora sería
extemporánea.
8.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE
PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de
elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la
referida Asociación Civil y, en consecuencia,
se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas
autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de
la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le
ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.
El
ciudadano Roberto Alí Colmenarez, asistido por el abogado Eduardo José Herrera,
expuso que consigna copia simple de las decisiones que acordó evacuar de Oficio
esta Sala, señalando que las mismas fueron revocadas en su oportunidad, por
igual número de decisiones, que ya se encuentran consignadas en autos.
9.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE
PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de
elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la
referida Asociación Civil y, en consecuencia,
se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas
autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de
la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le
ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.
El
ciudadano Roberto Alí Colmenarez, expuso que, consigna volantes anónimos que
fueron entregados el pasado fin de semana, en las puertas de la sede de Club,
de donde se evidencia el propósito propagandístico y electoral de los
accionantes.
10.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE
PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de elecciones
para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la referida
Asociación Civil y, en consecuencia, se
ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas autoridades en un
término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación al
Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le ordene organizar,
dirigir y vigilar dicho proceso.
El
ciudadano Roberto Alí Colmenarez, asistido de abogados, expuso que rechaza el
pedimento formulado por la parte accionante en
diligencia de esta misma fecha, mediante la cual solicitan se deje sin
efecto por extemporáneas, las pruebas presentadas por él mismo, en el día de
hoy.
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