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Sala Electoral
  • Fecha: 08 de noviembre del 2000





CUENTA Nº TC-43

 

 

CUENTA Nº  TC-43

 

 

 

 

 

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS:

 

 

1.- Expediente Nº 0126:  Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia para conocer de la apelación formulada por la abogada Nahima Mustafa, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Comisión Electoral de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, contra la decisión dictada en fecha 18-06-1999, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró con lugar la acción de amparo  constitucional interpuesta por el ciudadano Oswaldo Rodríguez Baptista, asistido por el abogado Humberto Pisani, contra la referida Comisión Electoral. Oficio Nº 1129, de fecha 30-10-2000, remitiendo el Expediente Nº 00-1151 (nomenclatura de esa Sala).

 

Se dio cuenta a la Sala

 

 

2.- Expediente Nº 0127: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia para conocer de la acción de amparo  constitucional interpuesta por el ciudadano JESÚS ANTONIO BERMUDEZ BARRIOS, actuando en su condición de ciudadano y Fiscal del Movimiento al Socialismo (MAS) Regional Caracas, contra los ciudadanos Carlos Herrera, Gustavo Mujica y Gustavo Avendaño, por la metodología aplicada por los referidos ciudadanos, al momento de  la postulación de los candidatos en la alianza del mencionado partido político con el Movimiento Quinta República. Oficio Nº 1121, de fecha 30-10-2000, remitiendo el Expediente Nº 00-1119 (nomenclatura de esa Sala).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

OFICIOS RECIBIDOS:

 

3.- Expediente Nº 0035: acción de amparo constitucional intentada por el abogado Crisanto Antonio Pérez, actuando en su propio nombre, contra las actuaciones materiales realizadas por la Dirección Regional del Estado Lara del “Movimiento V República”.

 

Oficio Nº 1127 de fecha 30-10-2000, emanado de la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo, anexo al cual se remitió el expediente Nº 0035  (nomenclatura de esta Sala), en virtud de la decisión de fecha 24-10-2000, en la que se declaró incompetente para conocer de la presente causa, y declinó la competencia en esta Sala Electoral. Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

4.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA, PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ,  actuando con el carácter de socios titulares de la Asociación  Civil CLUB CAMPESTRE PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la referida Asociación Civil y, en consecuencia,  se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.

 

Los ciudadanos Sabino Garban Flores, Freddy José Leiva y otros, parte accionante en el presente juicio, exponen alegatos relacionados con las pruebas que ordenara evacuar de Oficio esta Sala en fecha 6-11-2000. (Acompañan anexos)

 

 

5.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA, PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ,  actuando con el carácter de socios titulares de la Asociación  Civil CLUB CAMPESTRE PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la referida Asociación Civil y, en consecuencia,  se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.

 

El ciudadano Roberto Alí Colmenarez, Presidente del Club Campestre Paracotos, asistido por los abogados Máximo Febres y Eduardo Herrera,  expone alegatos relacionados con las pruebas que ordenara evacuar de Oficio esta Sala en fecha 6-11-2000. (Acompañó Anexo)

 

 

 

DILIGENCIAS EN:

 

 

6.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA, PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ,  actuando con el carácter de socios titulares de la Asociación  Civil CLUB CAMPESTRE PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la referida Asociación Civil y, en consecuencia,  se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.

 

Los ciudadanos Sabino Garban Flores, Pedro Roberto Guevara Acosta y José Ramón Betancourt, parte accionante en el presente juicio, exponen las razones por las cuales se encuentran imposibilitados de consignar las pruebas requeridas  por esta Sala en fecha 6-11-2000.

 

 

7.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA, PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ,  actuando con el carácter de socios titulares de la Asociación  Civil CLUB CAMPESTRE PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la referida Asociación Civil y, en consecuencia,  se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.

 

Los abogados Sabino Garban Flores y Freddy José Leiva, expone que: siendo la 1:40 pm no se evidencia que la parte agraviante haya promovido prueba alguna, no obstante haber concluido el lapso probatorio de 48 horas fijado por la Sala Electoral, por lo que cualquier prueba presentada después de esta hora sería extemporánea.

 

 

8.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA, PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ,  actuando con el carácter de socios titulares de la Asociación  Civil CLUB CAMPESTRE PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la referida Asociación Civil y, en consecuencia,  se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.

 

El ciudadano Roberto Alí Colmenarez, asistido por el abogado Eduardo José Herrera, expuso que consigna copia simple de las decisiones que acordó evacuar de Oficio esta Sala, señalando que las mismas fueron revocadas en su oportunidad, por igual número de decisiones, que ya se encuentran consignadas en autos.

 

 

9.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA, PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ,  actuando con el carácter de socios titulares de la Asociación  Civil CLUB CAMPESTRE PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la referida Asociación Civil y, en consecuencia,  se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.

 

El ciudadano Roberto Alí Colmenarez, expuso que, consigna volantes anónimos que fueron entregados el pasado fin de semana, en las puertas de la sede de Club, de donde se evidencia el propósito propagandístico y electoral de los accionantes.

 

 

10.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA, PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ,  actuando con el carácter de socios titulares de la Asociación  Civil CLUB CAMPESTRE PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la referida Asociación Civil y, en consecuencia,  se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.

 

El ciudadano Roberto Alí Colmenarez, asistido de abogados, expuso que rechaza el pedimento formulado por la parte accionante en  diligencia de esta misma fecha, mediante la cual solicitan se deje sin efecto por extemporáneas, las pruebas presentadas por él mismo, en el día de hoy.

 

 

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