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CUENTA Nº 59
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
1.-
Expediente Nº 0046: Sala
Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad
interpuesto por José Hernández Larreal, contra Resoluciones dictadas por el
Consejo Supremo Electoral, mediante las cuales se admitió la concurrencia y
participación en el proceso comicial del año 1988 del partido político
“Organización Renovadora Auténtica” (O.R.A.), y las postulaciones por el
referido partido de los ciudadanos Godofredo Marín (a la Presidencia de la
República), Modesto M. Rivero y Gabriel Hernán Niño (a la Cámara de Diputados
del Congreso Nacional por el Distrito Federal y Estado Miranda). Oficio Nº 1087
de fecha 25-04-2000, remitiendo el expediente.
Se designa Ponente al Magistrado ANTONIO GARCIA GARCIA, a los fines del
pronunciamiento correspondiente.
2.-
Expediente Nº 0047: Sala Político Administrativa, declina
competencia en el recurso de nulidad interpuesto por Sebastián Ramón Lugo
Carrizo, contra el acto administrativo emanado del Consejo Supremo Electoral,
mediante el cual se adjudicó el cargo de Diputado Adicional al Congreso de la
República por el Estado Miranda, a la organización política Movimiento
Independiente Nacional (M.I.N.). Oficio Nº 1065 de fecha 25-04-2000, remitiendo
el expediente.
Se designa Ponente al Magistrado JOSE PEÑA SOLIS, a los fines del
pronunciamiento correspondiente.
3.-
Expediente Nº 0048: Sala
Político Administrativa, declina competencia en el recurso contencioso
electoral interpuesto por Juan Carlos Dugarte Padrón, contra la Resolución Nº
981125-1129 de fecha 25 de noviembre de 1998 emanada del Consejo Nacional
Electoral, mediante la cual se admitió la modificación de la lista de
postulados como representantes al Parlamento Andino por la organización
política “Movimiento Quinta República” (M.V.R.),. Oficio Nº 1100 de fecha
25-04-2000, remitiendo el expediente.
Se designa Ponente al Magistrado ANTONIO GARCIA GARCIA, a los fines del
pronunciamiento correspondiente.
4.- Expediente
Nº 0045 (Cuaderno Separado): el
ciudadano Carlos Luis Duarte Mariño, titular
de la cédula de identidad Nº 7.614.606, asistido por el abogado José Jesús Jiménez Loyo, interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada (artículo
588 del Código de Procedimiento Civil), contra
el “Acto Administrativo emanado por el
Consejo Nacional Electoral, en sesión celebrada el día 27-04-2000” ,
mediante el cual se revocó la decisión aprobada por el referido órgano electoral
en sesión de fecha 11-04-2000, la cual admitió su postulación a la Alcaldía del
Municipio San Francisco del Estado Zulia por la organización con fines
políticos “Movimiento Quinta República” (M.V.R.).
Se designó ponente al Magistrado JOSE PEÑA SOLIS, a los fines del pronunciamiento
correspondiente en la solicitud de medida cautelar innominada.
SECRETARIA
EN:
5.-
Expediente Nº 0049: Karl
Oscar Bernard Russell Cerra, interpone recursos contencioso electoral
conjuntamente “con Recurso de Amparo Cautelar”, contra las Resoluciones Nos.
000331-591 y 000309-256 de fechas 31-03-2000 y 09-03-2000 respectivamente,
dictadas por el Consejo Nacional Electoral, mediante las cuales, en la primera
de ellas, se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el
recurrente contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos Denis
Izaguirre y René Camejo como candidatos a cargos de representación popular en
el Municipio de Baruta del Estado Miranda, y en la segunda resolución se acordó
que bastará para el cumplimiento del requisito de la constancia de residencia
la presentación por el candidato de una declaración por escrito sin más
formalidades, bajo Fe de juramento, acerca del tiempo en que ha residenciado en
la entidad o municipio.
Solicítese el expediente administrativo respectivo, e infórmese sobre
los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. A tal efecto,
se libró el Oficio Nº 0045.
JUZGADO DE
SUSTANCIACION EN:
6.-
Expediente Nº 0045: el
ciudadano Carlos Luis Duarte Mariño, titular
de la cédula de identidad Nº 7.614.606, asistido por el abogado José Jesús Jiménez Loyo, interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada (artículo
588 del Código de Procedimiento Civil), contra
el “Acto Administrativo emanado por el
Consejo Nacional Electoral, en sesión celebrada el día 27-04-2000” ,
mediante el cual se revocó la decisión aprobada por el referido órgano
electoral en sesión de fecha 11-04-2000, la cual admitió su postulación a la
Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia por la organización con
fines políticos “Movimiento Quinta República” (M.V.R.).
Se admitió el presente recurso. Se ordenó notificar al Presidente del
Consejo Nacional Electoral y al Fiscal General de la República, y emplazar a
los interesados mediante la publicación de un cartel en la prensa nacional. Se
libraron los Oficios Nº 0044 y Nº 0046
y cartel de emplazamiento. Así mismo se acordó abrir cuaderno separado a los
fines de la tramitación de la solicitud de medida cautelar innominada.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
7.- Expediente
Nº 0038: SIMON SAEZ MERIDA, LUIS ENRIQUE LEAL y JOSE RODOLFO RICO, asistidos por
los abogados Allan R. Brewer-Carías, Pedro Nikken, Claudia Nikken y Ery Marcano
Valero, interponen recurso contencioso
electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo y subsidiariamente
medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil)
y subsidiariamente suspensión de
efectos de conformidad con el artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte
Suprema de Justicia contra
los Oficios Nos. 001826 y 002009 de fechas 13-03-2000 y 09-03-2000
respectivamente, y mediante los cuales, en el primero de ellos se dejó sin
efecto la elección de los Miembros de la Junta Directiva de la Asociación de
Profesores de la Universidad Central de Venezuela (APUCV) celebrada el
17-02-2000; y en el segundo, se estableció la competencia del CONSEJO NACIONAL
ELECTORAL para organizar y dirigir las elecciones de las autoridades directivas
de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela (APUCV).
La abogada
Claudia Nikken apoderada judicial de la parte recurrente consignó escrito de
conclusiones.
8.- Expediente
Nº 0038: SIMON SAEZ MERIDA, LUIS ENRIQUE LEAL y JOSE RODOLFO RICO, asistidos por
los abogados Allan R. Brewer-Carías, Pedro Nikken, Claudia Nikken y Ery Marcano
Valero, interponen recurso contencioso
electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo y subsidiariamente
medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil)
y subsidiariamente suspensión de
efectos de conformidad con el artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte
Suprema de Justicia contra
los Oficios Nos. 001826 y 002009 de fechas 13-03-2000 y 09-03-2000
respectivamente, y mediante los cuales, en el primero de ellos se dejó sin
efecto la elección de los Miembros de la Junta Directiva de la Asociación de
Profesores de la Universidad Central de Venezuela (APUCV) celebrada el
17-02-2000; y en el segundo, se estableció la competencia del CONSEJO NACIONAL
ELECTORAL para organizar y dirigir las elecciones de las autoridades directivas
de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela (APUCV).
La abogada
Gricelia Velásquez apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó
escrito de conclusiones.
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