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Sala Electoral
  • Fecha: 11 de mayo del 2000





 

CUENTA Nº 61

 

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 0045: el ciudadano Carlos Luis Duarte Mariño, titular de la cédula de identidad Nº 7.614.606, asistido por  el abogado José Jesús Jiménez Loyo, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra  el “Acto Administrativo emanado por el  Consejo Nacional Electoral, en sesión celebrada el día 27-04-2000” , mediante el cual se revocó la decisión aprobada por el referido órgano electoral en sesión de fecha 11-04-2000, la cual admitió su postulación a la Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia por la organización con fines políticos “Movimiento Quinta República” (M.V.R.).

 

El ciudadano Carlos Duarte Mariño asistido por abogado José Jesús Jiménez Loyo, consignó poder apud-acta, a los abogados José Jesús Jiménez Loyo, Tibisay Aguiar Hernández y Yeliz del Valle Jiménez Omaña. 

 

2.- Expediente Nº 0045: el ciudadano Carlos Luis Duarte Mariño, titular de la cédula de identidad Nº 7.614.606, asistido por  el abogado José Jesús Jiménez Loyo, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra  el “Acto Administrativo emanado por el  Consejo Nacional Electoral, en sesión celebrada el día 27-04-2000” , mediante el cual se revocó la decisión aprobada por el referido órgano electoral en sesión de fecha 11-04-2000, la cual admitió su postulación a la Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia por la organización con fines políticos “Movimiento Quinta República” (M.V.R.).

 

El abogado José Jesús Jiménez Loyo, apoderado judicial del ciudadano Carlos Duarte Mariño,  retiró el cartel de emplazamiento a los interesados, a que alude el artículo 244 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

3.- Expediente Nº 0044: El abogado Rafael Montano Nieto,  actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano José Gonzalo Mujica Herrera,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo constitucional y subsidiariamente medida cautelar (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia), contra  la Resolución Nº 000414-768 del Consejo Nacional Electoral de  fecha 14-04-2000, que revocó  la Resolución Nº 000315-002 emitida por la Junta Municipal Electoral del Municipio Falcón, mediante la cual se admitió la postulación a la Alcaldía del Municipio Falcón del Estado Cojedes del recurrente.

 

El abogado Rafael Montano actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano José Gonzalo Mujica Herrera, consigna la página “47” del diario “Ultimas Noticias” de  fecha 10 de mayo de 2000, en la cual aparece publicado el cartel de emplazamiento a los interesado,  ordenado por esta Sala en el auto de admisión de  fecha 8-05-2000.

 

4.- Expediente Nº 0002: Gustavo Adolfo Martínez Morales apoderado judicial de la Gobernación del Estado Zulia y  la Asociación Civil Coordinadora de Vecinos del Estado Zulia (COVEZULIA), interpone recurso contencioso electoral, contra La Resolución Nº 991208-546 de fecha 08-12-99, dictada por el Consejo Nacional Electoral. Presentado en la Sala el 27 de enero de 2000.

 

El abogado Gustavo Martínez Morales apoderado judicial de la parte recurrente, solicita sea expedido el decreto de ejecución de la sentencia dictada en fecha 11 de abril de 2000, por cuanto hasta la presente fecha, el Consejo Nacional Electoral no ha procedido al cumplimiento de lo dispuesto en dicha sentencia.

 

 

SECRETARIA EN:

 

5.- Expediente Nº 0041: Sala Político Administrativa, declina competencia en la “Acción de Amparo Constitucional ejercida conjuntamente con el Recurso Contencioso de Nulidad Electoral Parcial contra los Actos Reglamentarios de efectos generales” emanados del Consejo Nacional Electoral, identificados de la siguiente manera: Resolución Nº 981007-1026, de fecha 7 de octubre de 1998, contentivo del Reglamento Parcial Nº 14, relativo a las normas para las condiciones de validez y nulidad de votos; Resolución Nº 981014-1035. de fecha 14 de octubre del mismo año, contentivo del Reglamento Parcial Nº 15-A, relativo a la organización y funcionamiento de las mesas electorales; y, Resolución Nº 981028-1058, de fecha 28 del mismo mes y año, contentivo del Reglamento Parcial Nº 10, relativo a la automatización de los procesos electorales, la cual fue interpuesta por el abogado ANDRES EMILIO DELMONT MAURI actuando en su propio nombre y en su carácter de representante ante el Consejo Nacional Electoral de la organización política “La Causa Radical” (La Causa R). Oficio Nº 910 de fecha 04-04-2000, remitiendo el expediente. Recibido en Sala el 17-04-2000.

 

Se acordó fijar el segundo día de despacho siguiente al de hoy para la consignación de las conclusiones escritas de las partes. Se libró oficio Nº 0047,  y boleta a los fines de la notificación de la parte recurrente. Dicha boleta fue publicada en la Cartelera de la Sala.

 

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