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CUENTA Nº 32
SE DICTO
SENTENCIA EN:
1.-
Expediente Nº 0074: ALBERTO
PALAZZI OCTAVIO y RAFAEL CONTRERAS, actuando con el carácter de representantes
del partido político Integración, Representación, Nueva Esperanza (I.R.E.N.E.),
interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 000516-805 de
fecha 16 de mayo de 2000, emanada del
Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral Nº 65, la cual contiene -según los recurrentes- “la
publicación de la postulación del ciudadano Hugo de Los Reyes Chávez a
candidato a Gobernador por el Estado Barinas por el partido I.R.E.N.E.”. La
Sala declaró PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, en consecuencia se
suspenden los efectos de la Resolución únicamente en lo que se refiere a la
postulación del ciudadano HUGO DE LOS REYES CHAVEZ como Candidato a Gobernador
del Estado Barinas por parte de la referida organización política, hasta tanto
se dicte la sentencia definitiva sobre el fondo del recurso contencioso
electoral. Se ordena al Consejo Nacional Electoral: PRIMERO: De ser posible sin que se llegue a
afectar el cronograma del proceso electoral la reimpresión de la Boleta
Electoral correspondiente a las elecciones de Gobernador del Estado Barinas, de
tal manera que en la misma deje de figurar el Partido I.R.E.N.E. como
postulante del mencionado candidato. SEGUNDO: En caso de que la aludida
reimpresión afecte el cronograma del proceso, el Consejo Nacional Electoral
deberá publicar en la Gaceta Electoral y en un periódico de circulación
regional la parte dispositiva del fallo correspondiente de esta Sala. TERCERO:
Sea que el Consejo Nacional Electoral, dependiendo de las circunstancias, acate
uno u otro mandato (primero o segundo), deberá dictar las decisiones jurídicas
o técnicas que sean necesarias para garantizar que los votos de los electores
del Estado Barinas a favor de la organización política I.R.E.N.E., no resulten
computados al candidato a Gobernador HUGO DE LOS REYES CHAVEZ. Ponente: JOSE
PEÑA SOLIS. Sentencia Nº 83.
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