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Sala Electoral
  • Fecha: 12 de diciembre de 2000





CUENTA Nº 209

 

 

CUENTA Nº 209

 

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 0098: RAFAEL ANTONIO PINEDA PIÑA, titular de la cédula de identidad Nº 4.173.540, actuando con el carácter de ex-candidato a Alcalde del Municipio Miranda del Estado Falcón, asistido por el abogado Raúl Alejandro Dovale Prado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.699, mediante el cual interpone recurso contencioso electoral, contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del Municipio Miranda del Estado Falcón.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 8-12-2000, por  la abogada Josefina Varela, apoderada judicial del ciudadano ELIÉCER CORDOVA NAVARRO, en la cual solicita la devolución del documento poder que corre inserto a los folios sesenta y nueve (69) al setenta (70) del expediente, esta Sala ACORDÓ  la devolución del referido documento, previa su certificación.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

2.- Expediente Nº 0102: CECILIO PIMENTEL, CARLOS ARCILA, VICTOR MARAPACUTO, GREGORIO FERNÁNDEZ, ARCÁNGEL PIMENTEL, OSWALDO TREJO, WILMY GARCIA, GERMAIN PIMENTEL Y JOSE GOMEZ miembros del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA ALCALDÍA, ASEO URBANO, DOMICILIARIO Y SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO (SUTRAALAUDOSEC), asistidos por los abogados Dilsia Hernández e Israel Villamarín Vezga, interponen recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo, contra las elecciones efectuadas en fecha 30 de marzo de 2000 en el referido Sindicato.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó  Boleta   librada al ciudadano Arcángel Pimentel, mediante la cual se notifica a los ciudadanos Cecilio Pimentel, Carlos Arcila, Víctor Marapacuto, Gregorio Fernández, Arcángel Pimentel, Oswaldo Trejo, Wilmy García, Germain Pimentel y José Gómez, de la sentencia dictada en fecha 07-12-2000.

 

 

3.- Expediente Nº 0118:  RORAIMA QUIÑÓNEZ, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso comicial celebrado los días 11 y 13 de octubre de 2000, en la Universidad de Carabobo, mediante el cual fueron electas  las nuevas autoridades rectorales de la referida Casa de Estudios para el período 2000-2004.

 

El abogado Iván Pérez Rueda, apoderado judicial del ciudadano Otto Hoffman, Presidente de la Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo, expresó que por error involuntario, en el escrito presentado en fecha 11-12-2000, ante esta Sala, se hizo referencia al artículo 164 del Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, cuando debió señalarse el artículo 154.

 

 

 

 OFICIOS RECIBIDO EN:

 

 

4.- Expediente Nº 0118:  RORAIMA QUIÑÓNEZ, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso comicial celebrado los días 11 y 13 de octubre de 2000, en la Universidad de Carabobo, mediante el cual fueron electas  las nuevas autoridades rectorales de la referida Casa de Estudios para el período 2000-2004.

 

Por recibido Oficio s/n, suscrito por el ciudadano Otto Hoffman, presidente de la Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo, mediante el cual se da respuesta al Oficio Nº 0230, de fecha 07-12-2000, emanado de esta Sala.

 

 

5.- Expediente Nº 0118:  RORAIMA QUIÑÓNEZ, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso comicial celebrado los días 11 y 13 de octubre de 2000, en la Universidad de Carabobo, mediante el cual fueron electas  las nuevas autoridades rectorales de la referida Casa de Estudios para el período 2000-2004.

 

Por recibido Oficio Nº VRAC-1256, suscrito por el ciudadano José Miguel Vegas Castejón, Vicerrector Académico de la Universidad de Carabobo, mediante el cual se da respuesta al Oficio Nº 0229, de fecha 07-12-2000, emanado de esta Sala Electoral.

 

 

6.- Expediente Nº 0145: El ciudadano ELIÉCER CORDOVA, asistido por la abogada Josefina Varela, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 59.464, interpone recurso contencioso electoral contra el Acta de Escrutinio Nº 130-03929-896-9 del Centro de Votación Nº 24370, mesa Nº 1, correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Miranda del Estado Falcón y contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del referido Municipio, dictado por el Consejo Nacional Electoral en fecha 17-11-00.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 0232, mediante el cual se solicita al Presidente del Consejo Nacional Electoral la remisión de los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

7.- Expediente Nº 0143: SADY RAFAEL BOGARIN VALLENILLA, asistido por el abogado Manuel Salvador Ramos Villoria, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.871, interpone recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto de remoción de fecha 25 de octubre de 2000, emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le removió del cargo de Jefe de Unidad Caja de Ahorro, el cual fue notificado mediante Oficio S/N de fecha 25-10-2000.

 

El ciudadano Sady Rafael Bogarin Ballenilla, asistido por el abogado Manuel Salvador Ramos Villoria, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.871, otorgó poder apud-acta al mencionado abogado.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente Nº 0123: SERGIO OMAR CALDERON DUQUE, asistido por los abogados Pedro Omar Rey García y Frank Freytes Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 24.471 y 63.865, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 001002-1834, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, publicada en la Gaceta Electoral Nº 77 de fecha 17-10-2000, mediante la cual el mencionado Órgano Electoral  declaró sin lugar el recurso  jerárquico interpuesto en fecha 14-08-2000, por el mencionado ciudadano en contra del Acta de Totalización y Proclamación del Gobernador del Estado Táchira, dictada por la Junta Regional Electoral de la referida Entidad Federal en fecha 02-08-2000 y de las Resoluciones números 17 y 18 dictadas por dicho Órgano Electoral Regional en fecha 13-05-2000 mediante las cuales se admitieron las sustituciones de la candidatura del ciudadano Leonardo Alí Salcedo Ramírez por el ciudadano Ronald Blanco La Cruz.

 

Los abogados Pedro Rey García y Frank Freytes Núñez, apoderados judiciales del ciudadano Sergio Omar Calderón Duque, expresan alegatos referidos a la apelación formulada contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 16-11-2000, mediante el cual se declaró inadmisible el presente recurso.

 

 

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