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Sala Electoral
  • Fecha: 13 de julio del 2000





CUENTA Nº 104

CUENTA Nº 104

 

 

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS:

 

1.- Expediente Nº 0080: YARITZA JOSEFINA BRACHO CAMPOS, asistida por el abogado Ramón Reverol Carrasquero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 24.328, quien a su vez actúa en calidad de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO JAVIER ZAMUDIO, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, contra el Reglamento de las Elecciones de la Universidad del Zulia en sus artículos 11, 12, 13 y 14; contra el acto de convocatoria a elecciones de las Autoridades de la Universidad del Zulia para el período 2000-2004 y contra el Registro Electoral Universitario elaborado para las elecciones de los Autoridades de la referida Universidad para el período 2000-2004.

 

Se dio cuenta. Se solicitó el expediente administrativo respectivo, e informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso al Presidente-Rector del Consejo Universitario de la Universidad del Zulia. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 0094. Así mismo, se designó ponente al Magistrado ANTONIO GARCIA GARCIA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

2.- Expediente Nº 0081:  Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en el recurso de nulidad interpuesto por GUSTAVO MARQUEZ MARIN actuando con el carácter de Candidato a Presidente del Movimiento al Socialismo (MAS) a las elecciones celebradas el 27 de abril de 1997, asistido por los abogados Falime Hernández Carlos Guevara, contra la Resolución de fecha 20 de mayo de 1997 emanada de la Comisión Electoral Nacional del MAS, mediante la cual declaró sin  lugar  la solicitud de reconsideración formulada por Gustavo Márquez Marín y Víctor Hugo D’ Paola referente al proceso electoral celebrado el día 27 de abril de 1997 mediante el cual se eligió Presidente y Secretario General del referido Partido. Oficio Nº 00-1598 de fecha 11-07-2000, remitiendo el expediente Nº 97-19411 de la nomenclatura de esa Corte.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

3.- Expediente Nº 0082: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos CESAR ACOSTA MARIN, ANTONIO BENITEZ Y JOSE LUIS PEREZ, actuando en su condición de asociados de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (C.A.P.S.T.U.C.V.), asistidos los por abogados José Rodríguez Noguera y Blanca Escalante Orozco, contra las decisiones de fecha 11 de abril de 2000 emanada de la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorros, mediante la cual acepta las impugnaciones formuladas por los ciudadanos EDUARDO SÁNCHEZ, JUAN VENANCIO HERNÁNDEZ Y ANA TERESA GOMEZ, en contra de las postulaciones a los cargos de Presidente, Vice-Presidente y Secretario de Actas y Propagandas del Consejo Administrativo,  para el período 2000 – 2002, de los accionantes. Oficio Nº 00-1310 de fecha 16-06-2000, remitiendo el expediente Nº 00-23097 de la nomenclatura de esa Corte.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

4.- Expediente Nº 0083: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ELBA MARÍN DE BENÍTEZ, actuando  con el carácter de Presidente del Colegio de Farmacéuticos del Estado Sucre, contra la conducta de la ciudadana LUISA ELENA PÉREZ VISAEZ por no aceptar lo dispuesto por la Federación Farmacéutica Venezolana, su Tribunal Disciplinario y el Consejo Nacional Extraordinario de San Carlos, Estado Cojedes, y pretender actuar como Presidente de la Junta Directiva del Colegio del Estado Sucre. Oficio Nº 00-1202 de fecha 14-06-2000, remitiendo el expediente Nº 00-23097 de la nomenclatura de esa Corte.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

DESIGNACION DE PONENTE EN:

 

5.- Expediente Nº 0077: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos CESAR MILLAN, ALEX ROBERTO ESPINOZA, MARCOS SALINAS Y TEOBALDO JOSE MÉNDEZ, asistidos por el abogado Tulio Jiménez Rodríguez, contra la elección del ciudadano MAXIMINO MARTINEZ LINARES, como concejal del Concejo Municipal del Municipio Paz Castillo del Estado Miranda, celebrada el 06 de diciembre de 1992.  Oficio Nº 1792, de fecha 04-07-2000, remitiendo el expediente Nº 11257 de su nomenclatura.

 

Se designó ponente al Magistrado ANTONIO GARCIA GARCIA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

6.- Expediente Nº 0078:  Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de interpretación interpuesto por el ciudadano JOSE DIONISIO BENAVENTA MIRABAL, actuando con el carácter de Síndico Procurador Municipal Provisorio del Municipio Los Guayos del Estado Carabobo, referido al artículo 178 de la Ley Orgánica  del  Sufragio y Participación Política. Oficio Nº 1749, de fecha 27-06-2000, remitiendo el expediente Nº 15453 de su nomenclatura.

 

Se designó ponente al Magistrado JOSÉ PEÑA SOLÍS, a los fines de la decisión correspondiente.

 

7.- Expediente Nº 0079: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, interpuesto por el ciudadano Hernán Rafael Requena, contra la Resolución Nº 960522-55 de fecha 22 de mayo de 1996, emanada del Consejo Supremo Electoral. Oficio Nº 1791, de fecha 04-07-2000, remitiendo el expediente Nº 13905 de su nomenclatura.

 

Se designó ponente al Magistrado ANTONIO GARCIA GARCIA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS EN:

 

8.- Expediente Nº 0073: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, interpuesto por el abogado Antonio Oswaldo Angulo Perdomo, contra los artículos 37, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 51, 52, 62 numeral 2 y 125, del Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, así como contra los actos de convocatoria a elecciones de las Autoridades de la Universidad de Carabobo para el período 2000-2004, y el correspondiente Registro Electoral. Oficio Nº 00-1416 de fecha 27-06-2000, remitiendo el expediente Nº 00-23323 de la nomenclatura de esa Corte.

 

El ciudadano ASCANDER CONTRERAS UZCATEGUI, asistido por el abogado Alberto Cedeño Rigual, consignó escrito de conclusiones.

 

 

9.- Expediente Nº 0073: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, interpuesto por el abogado Antonio Oswaldo Angulo Perdomo, contra los artículos 37, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 51, 52, 62 numeral 2 y 125, del Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, así como contra los actos de convocatoria a elecciones de las Autoridades de la Universidad de Carabobo para el período 2000-2004, y el correspondiente Registro Electoral. Oficio Nº 00-1416 de fecha 27-06-2000, remitiendo el expediente Nº 00-23323 de la nomenclatura de esa Corte.

 

El abogado Iván Darío Pérez Rueda, apoderado judicial de los ciudadanos Ricardo Julio Maldonado González, Jessy Divo de Romero, José Miguel Vega Castejón y Marfa Olivo de Latouche consignó escrito de conclusiones.

 

 

 

10.- Expediente Nº 0073: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, interpuesto por el abogado Antonio Oswaldo Angulo Perdomo, contra los artículos 37, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 51, 52, 62 numeral 2 y 125, del Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, así como contra los actos de convocatoria a elecciones de las Autoridades de la Universidad de Carabobo para el período 2000-2004, y el correspondiente Registro Electoral. Oficio Nº 00-1416 de fecha 27-06-2000, remitiendo el expediente Nº 00-23323 de la nomenclatura de esa Corte.

 

El ciudadano Otto Hoffmann Iturriza, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la referida Universidad, asistido por la abogada Lorena María García Reyes, consignó escrito de conclusiones.

 

 

 

11.- Expediente Nº 0073: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, interpuesto por el abogado Antonio Oswaldo Angulo Perdomo, contra los artículos 37, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 51, 52, 62 numeral 2 y 125, del Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, así como contra los actos de convocatoria a elecciones de las Autoridades de la Universidad de Carabobo para el período 2000-2004, y el correspondiente Registro Electoral. Oficio Nº 00-1416 de fecha 27-06-2000, remitiendo el expediente Nº 00-23323 de la nomenclatura de esa Corte.

 

El ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, consignó escrito de conclusiones.

 

12.- Expediente Nº 0073: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, interpuesto por el abogado Antonio Oswaldo Angulo Perdomo, contra los artículos 37, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 51, 52, 62 numeral 2 y 125, del Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, así como contra los actos de convocatoria a elecciones de las Autoridades de la Universidad de Carabobo para el período 2000-2004, y el correspondiente Registro Electoral. Oficio Nº 00-1416 de fecha 27-06-2000, remitiendo el expediente Nº 00-23323 de la nomenclatura de esa Corte.

 

El abogado Antonio Oswaldo Angulo, actuando en su propio nombre, consignó conclusiones escritas.

 

 

13.- Expediente Nº 0073: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, interpuesto por el abogado Antonio Oswaldo Angulo Perdomo, contra los artículos 37, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 51, 52, 62 numeral 2 y 125, del Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, así como contra los actos de convocatoria a elecciones de las Autoridades de la Universidad de Carabobo para el período 2000-2004, y el correspondiente Registro Electoral. Oficio Nº 00-1416 de fecha 27-06-2000, remitiendo el expediente Nº 00-23323 de la nomenclatura de esa Corte.

 

El abogado Leonel Pérez Méndez, apoderado judicial de la Universidad de Carabobo, consignó escrito de conclusiones.

 

 

14.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

 

El ciudadano Otto Hoffmann Iturriza, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la referida Universidad, asistido por la abogada Lorena María García Reyes, consignó escrito de oposición a la tacha.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

15.- Expediente Nº 0076: Francisco Delgado Rosales, asistido por el abogado Juan Carlos Delgado Medina, quien a su vez actúa en calidad de apoderado judicial de las ciudadanas Carmen Rosalía Díaz Leal y Laura Margarita Daza Vásquez, presentaron escrito mediante el cual ejercen “su derecho a recurrir por Amparo Constitucional conjuntamente con el recurso contencioso administrativo de nulidad” y subsidiariamente medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra  la Resolución Nº 360, dictada por el Consejo Universitario de la Universidad del Zulia, en fecha 21 de julio de 1999, mediante la cual designan los miembros de la Comisión Electoral de la referida Casa de Estudios, los artículos 16, 24, 50 y 74 del Reglamento de Elecciones de la Universidad del Zulia, dictado el 14 de diciembre de 1999, las Resoluciones números 22 y 1, de fechas 4 de noviembre de 1999 y 3 de febrero de 2000, respectivamente, mediante las cuales se fija la fecha de las elecciones de las autoridades universitarias, y la decisión del Consejo Universitario, CU: 1390.2000, de fecha 9 de marzo de 2000, que “avala la supuesta automatización del proceso de elecciones en LUZ”. Recibido en fecha 03-07-2000.

 

 

El abogado Juan Carlos Delgado Medina, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Francisco Delgado Rosales, Carmen Rosalía Díaz Leal y Laura Margarita Daza Vásquez, impugna el Poder consignado en copia simple por el abogado Francisco José Vargas Pérez, apoderado judicial del ciudadano Jorge Chávez Sánchez.

 

 

16.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

 

El ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, impugna las actuaciones de terceros en la presente causa, ratifica en todas y cada una de sus partes los hechos  alegados, el derecho invocado y las pretensiones expuestas. 

 

 

17.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

El ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, consignó la página 3 y 45 del diario “NOTITARDE” de fecha 12 de julio de 2000.

 

 

18.- Expediente Nº 0074: ALBERTO PALAZZI OCTAVIO y RAFAEL CONTRERAS, actuando con el carácter de representantes del partido político Integración, Representación, Nueva Esperanza (I.R.E.N.E.), interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 000516-805 de fecha 16 de mayo de 2000,  emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral Nº 65,  la cual contiene -según los recurrentes- “la publicación de la postulación del ciudadano Hugo de Los Reyes Chávez a candidato a Gobernador por el Estado Barinas por el partido I.R.E.N.E.”.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala dejó constancia de haber notificado al Presidente del Consejo Nacional Electoral  mediante Oficio Nº 0093 de esta misma fecha.

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

19- Expediente Nº 0061: Sala Político Administrativa, declina competencia en la acción ejercida con motivo del conflicto de autoridad surgido en el Municipio Páez del Estado Miranda, interpuesta por los abogados Aníbal Perales Aguilar, Francisco Perales Wills y Rosiris Aguilera, actuando con  el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Emilio Ruiz Cortez, quien dice ser Alcalde del Municipio Páez del Estado Miranda,  de conformidad con lo previsto en el artículo 166 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal; asimismo solicitan medida de suspensión de efectos (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida cautelar innominada (artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil), contra el Acta de la Sesión Ordinaria de la Cámara Municipal del Municipio Páez del Estado Miranda, de fecha 9 de junio de 1999 por medio de la cual se improbó la Memoria y Cuenta del ciudadano Emilio Ruiz Cortez correspondiente al ejercicio fiscal de 1998.

 

 

Se acuerda agregar a los autos en Oficio Nº 1754, de fecha 28-06-2000, suscrito por la Secretaria de la Sala Político Administrativa, anexo al cual remite el Oficio Nº 2810-80, de fecha 15-06-2000, emanado del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, mediante el cual se remite las resultas de la comisión que le fuera conferida.

 

20.- Expediente Nº 0074: ALBERTO PALAZZI OCTAVIO y RAFAEL CONTRERAS, actuando con el carácter de representantes del partido político Integración, Representación, Nueva Esperanza (I.R.E.N.E.), interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 000516-805 de fecha 16 de mayo de 2000,  emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral Nº 65,  la cual contiene -según los recurrentes- “la publicación de la postulación del ciudadano Hugo de Los Reyes Chávez a candidato a Gobernador por el Estado Barinas por el partido I.R.E.N.E.”.

 

 

Se libró Oficio Nº 0093 a los fines de notificar al Presidente del Consejo Nacional Electoral del fallo dictado por la Sala en fecha 12 de julio de 2000.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION

 

 

21.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

Los abogados Iván Pérez Rueda apoderado judicial de los ciudadanos Ricardo MALDONADO, Jessy Divo de Romero, José Vega Castejón y Marfa Olivo de Latouche; la abogada Arelys Farías Guillén, apoderado judicial de la Universidad de Carabobo; el ciudadano Otto Hoffmann Iturriza actuando con el Carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo, asistido por la abogada Lorena María García Reyes en sus escritos de pruebas se limitaron a reproducir el mérito favorable de los autos por lo que se admiten, salvo su apreciación en la definitiva. El ciudadano Gerardo Páez, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, promueve el merito favorable de los autos lo cual se admiten, salvo su apreciación en la definitiva, así mismo promueve posiciones juradas en su capítulo IV con relación a los ciudadanos Ricardo Julio Maldonado, Edgar Rolando Smith Ibarra y Ascander Contreras Uzcátegui, las mismas se admite y se ordena citar a los referidos ciudadanos para que comparezcan ante el Tribunal el tercer día de despacho siguiente al de su citación a los 10:30 a.m., 11:30 a.m. y 12:30 p.m., respectivamente. Igualmente se fija en esta misma oportunidad para que Gerardo Páez absuelva las mismas de conformidad con el artículo 406 del Código de Procedimiento Civil. Se libraron las boletas respectivas. Finalmente el ciudadano Gerardo Páez promueve la prueba de “preguntas escritas” dirigidas a los ciudadanos Asdrúbal Romero, Rector de la Universidad de Carabobo, y Otto Hoffmann, Presidente de la Comisión Electoral de la referida Universidad, la cual se declaró inadmisible por ser contraria a derecho.

 

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