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Sala Electoral
  • Fecha: 15 de febrero del 2000





CUENTA Nº 9

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 0011: ANGEL ZAMBRANO actuando con el carácter de representante del Bloque de Partidos Minoritarios Nº 3, conformado por APERTURA A LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA (APERTURA), RENOVACIÓN, POR QUERER A LA CIUDAD Y AVANZADA POPULAR, asistido por el abogado José Argenis Rivas, interpone acción de amparo conjuntamente con recurso de nulidad, contra la Resolución Nº 20000104-22 de fecha 04-01-2000, dictada por el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala dejó constancia de haber notificado al Presidente del Consejo Nacional Electoral  mediante Oficio Nº 0005, en fecha 14-02-2000.

 

2.- Expediente Nº 0002: Gustavo Adolfo Martínez Morales apoderado judicial de la Gobernación del Estado Zulia y  la Asociación Civil Coordinadora de Vecinos del Estado Zulia (COVEZULIA), vs. La Resolución Nº 991208-546 de fecha 08-12-99, dictada por el Consejo Nacional Electoral.

 

El abogado Gustavo Adolfo Martínez consignó escrito mediante el cual expone alegatos por los cuales no debe ser declarado desistido el recurso.

 


 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN:

 

 

3.- Expediente Nº 0012: ARSENIO HENRIQUEZ y VIDUILIO PEREZ actuando en su propio nombre, asistidos por el abogado Osvaldo Durand, interponen acción de amparo conjuntamente con recurso de nulidad, contra el Reglamento para la elección de Pre-candidato del MAS a las elecciones que se celebrarán el día 28 de mayo de 2000, aprobado por la Dirección Nacional de ese Partido el día 05 de febrero de 2000.

 

 

Se dicta auto mediante el cual se declara inadmisible el recurso interpuesto, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, aplicable por remisión del 238 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

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