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NUEVO ASUNTO
INGRESADO EN:
1.- Expediente
Nº 0102: CECILIO PIMENTEL, CARLOS ARCILA, VICTOR MARAPACUTO,
GREGORIO FERNÁNDEZ, ARCÁNGEL PIMENTEL, OSWALDO TREJO, WILMY GARCIA, GERMAIN
PIMENTEL Y JOSE GOMEZ miembros del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA
ALCALDÍA, ASEO URBANO, DOMICILIARIO Y SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO
(SUTRAALAUDOSEC), asistidos por los abogados Dilsia Hernández e Israel
Villamarín Vezga, interponen recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de
amparo, contra las elecciones efectuadas en fecha 30 de marzo de 2000 en el
referido Sindicato
Se dio cuenta a la Sala.
SECRETARIA EN:
2.- Expediente Nº 0095: Alberto Valdez Salas y Rommel Rafael
Oronoz Silva, actuando con el carácter de apoderados especiales del ciudadano
HUGO ALI URBINA, quien en los pasados
Comicios Electorales Nacionales figuró como Candidato al cargo de Alcalde del
Municipio Atures del Estado Amazonas, postulado por las organizaciones políticas: Pueblo Independiente de Luchas
Amazonenses (PILA), Pueblos Indígenas del Orinoco (PIDO) y Movimiento Electoral del Pueblo (MEP),
interponen recurso contencioso electoral contra las Actas de Escrutinio Nos.
10148-477-5-13, 10156-976-8-13, 10157-303-2-13, 10137-343-4-13 y en el Símil
del Acta de Escrutinio Nº 10136, Acta de Totalización y Proclamación del
Alcalde del Municipio referido y el Proceso Electoral General que se llevó a
cabo en el Estado Amazonas en fecha 30-07-2000.
Visto que por
auto de fecha 25-08-2000, se fijó el acto de informe oral a las diez de la
mañana (10:00 a.m.) lo cual debe llevarse a cabo el día viernes 15-09-2000, y
siendo que por motivos preferentes de la Sala resulta necesario diferir la
realización del mismo, se fijó el día viernes 15-09-2000, a las doce del mediodía
(12:00 m), para que tenga lugar dicho acto.
3.- Expediente Nº 0095: Alberto Valdez Salas y Rommel Rafael
Oronoz Silva, actuando con el carácter de apoderados especiales del ciudadano
HUGO ALI URBINA, quien en los pasados
Comicios Electorales Nacionales figuró como Candidato al cargo de Alcalde del
Municipio Atures del Estado Amazonas, postulado por las organizaciones políticas: Pueblo Independiente de Luchas
Amazonenses (PILA), Pueblos Indígenas del Orinoco (PIDO) y Movimiento Electoral del Pueblo (MEP),
interponen recurso contencioso electoral contra las Actas de Escrutinio Nos.
10148-477-5-13, 10156-976-8-13, 10157-303-2-13, 10137-343-4-13 y en el Símil
del Acta de Escrutinio Nº 10136, Acta de Totalización y Proclamación del
Alcalde del Municipio referido y el Proceso Electoral General que se llevó a
cabo en el Estado Amazonas en fecha 30-07-2000.
Los abogados Carlos Pérez Rueda, actuando con el
carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, José Domingo
Vásquez Manrique, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano
Ángel Rodríguez, y Alberto Valdez, apoderado judicial de Hugo Alí Urbina,
consignaron escritos que recogen los alegatos expresados en forma oral en el
acto de informes(Acompañaron anexos el primero y el último). Se ordenó agregar
los referidos escritos y sus anexos al expediente.
4.- Expediente
Nº 0090: LIBORIO GUARULLA actuando en su carácter de
candidato a la Gobernación por el Estado
Amazonas, asistido por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, interpone
recurso contencioso electoral contra “LAS ACTUACIONES DE LOS ORGANOS DEL PODER
ELECTORAL, DEL ACTA DE TOTALIZACIÓN Y
PROCLAMACIÓN DEL GOBERNADOR Y DE ELECCIONES”, emanadas de la Junta Regional
Electoral del Estado Amazonas.
Se ordenó abrir segunda pieza de conformidad con el artículo 25 del
Código de Procedimiento Civil.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS EN:
5.- Expediente
Nº 0090: LIBORIO GUARULLA actuando en su carácter de
candidato a la Gobernación por el Estado
Amazonas, asistido por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, interpone
recurso contencioso electoral contra “LAS ACTUACIONES DE LOS ORGANOS DEL PODER
ELECTORAL, DEL ACTA DE TOTALIZACIÓN Y
PROCLAMACIÓN DEL GOBERNADOR Y DE ELECCIONES”, emanadas de la Junta Regional
Electoral del Estado Amazonas.
La abogada
Gladys Gómez Tovar, apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó
escrito anexo al cual entrega instrumentos electorales que fueran requeridos
por el Tribunal, se acuerda agregar a la pieza principal del expediente el
referido escrito así como las copias correspondientes a los escritos
presentados en la Secretaria en fechas 16 y 23 de agosto de 2000. Se ordena
formar tres (03) piezas de anexos, las cuales tienen una numeración continua
que comenzará en el número setenta y nueve (79) y finalizará en el número
ochenta y uno (81).
6.- Expediente
Nº 0090: LIBORIO GUARULLA actuando en su carácter de
candidato a la Gobernación por el Estado
Amazonas, asistido por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, interpone
recurso contencioso electoral contra “LAS ACTUACIONES DE LOS ORGANOS DEL PODER
ELECTORAL, DEL ACTA DE TOTALIZACIÓN Y
PROCLAMACIÓN DEL GOBERNADOR Y DE ELECCIONES”, emanadas de la Junta Regional
Electoral del Estado Amazonas.
El Magistrado Octavio Sisco Ricciardi consignó
escrito de pruebas, referido a la recusación de la que fuera objeto. (Acompañó
Anexos).
7.- Expediente
Nº 0090: LIBORIO GUARULLA actuando en su carácter de
candidato a la Gobernación por el Estado
Amazonas, asistido por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, interpone
recurso contencioso electoral contra “LAS ACTUACIONES DE LOS ORGANOS DEL PODER
ELECTORAL, DEL ACTA DE TOTALIZACIÓN Y
PROCLAMACIÓN DEL GOBERNADOR Y DE ELECCIONES”, emanadas de la Junta Regional
Electoral del Estado Amazonas.
El ciudadano Bernabé Gutiérrez, asistido de
abogado, consignó escrito de promoción
de pruebas con relación a la recusación que formulara en contra del Magistrados
Octavio Sisco Ricciardi. (Acompañó anexos).
JUZGADO DE
SUSTANCIACION EN:
8.- Expediente
Nº 0090: LIBORIO GUARULLA actuando en su carácter de
candidato a la Gobernación por el Estado
Amazonas, asistido por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, interpone
recurso contencioso electoral contra “LAS ACTUACIONES DE LOS ORGANOS DEL PODER
ELECTORAL, DEL ACTA DE TOTALIZACIÓN Y
PROCLAMACIÓN DEL GOBERNADOR Y DE ELECCIONES”, emanadas de la Junta Regional
Electoral del Estado Amazonas.
Se admitieron
y negaron pruebas referidas a la recusación formulada en contra del Magistrado
Octavio Sisco Ricciardi, las cuales fueron presentadas en fecha 15-09-2000, por
el ciudadano Bernabé Gutiérrez, asistido de abogado, y por el Magistrado
Octavio Sisco Ricciardi. Se ordenó librar los Oficios Nos. 0151, 0152, y 0153, dirigidos a la División de Control
de Personal de la Contraloría Municipal del Municipio Libertador, a la Cámara
Municipal del Municipal Libertador del Distrito Capital y al partido Patria
Para Todos (P.P.T.), a los fines de la evacuación de las pruebas de informes
admitidas. Asimismo, se admitió testimoniales de los ciudadanos Patricia Poleo,
Carlos Pacheco y Zoraida Carvajal, fijándose las nueve de la mañana (9:00 a.m.)
del tercer día de despacho siguiente al de hoy, para que tenga lugar el examen
de los aludidos testigos.
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