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Sala Electoral
  • Fecha: 15 de diciembre de 2000





CUENTA Nº 212

 

 

 

CUENTA Nº 212

 

 

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente Nº 0148: Juzgado de Sustanciación de Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declinó la competencia en el expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Gregorio Salazar Torres, actuando en su propio nombre, contra el acto emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le retiró del cargo de Coordinador Electoral II, adscrito a la Oficina de Proyecto Venezuela. Oficio Nº 2072, de fecha 12-12-2000, remitiendo el expediente Nº 0917 (nomenclatura de esa Sala).

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado JOSE PEÑA SOLIS  a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIAON EN:

 

 

2.- Expediente Nº 0142: GEORGES BALLAN BUFRAN, actuando con el carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A, asistido por la abogada Noelia González Ordóñez,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 001118-1845 de fecha 18 de noviembre de 2000, emanada del Consejo Nacional Electora, publicada en Gaceta Electoral Nº 83, de fecha 22 de noviembre de 2000, mediante la cual se convoca a un Referendo Consultivo para que los habitantes del Municipio Chacao se pronuncien acerca de si están de acuerdo o no con la ubicación de Salas de Bingos en su ámbito territorial.

 

Se agregó a los autos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 13-12-2000, por el ciudadano Georges Ballan Bufran, asistido por la abogada Noelia González Ordóñez y por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, así como sus respectivos anexos.

 

 

 

3.- Expediente Nº 0142: GEORGES BALLAN BUFRAN, actuando con el carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A, asistido por la abogada Noelia González Ordóñez,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 001118-1845 de fecha 18 de noviembre de 2000, emanada del Consejo Nacional Electora, publicada en Gaceta Electoral Nº 83, de fecha 22 de noviembre de 2000, mediante la cual se convoca a un Referendo Consultivo para que los habitantes del Municipio Chacao se pronuncien acerca de si están de acuerdo o no con la ubicación de Salas de Bingos en su ámbito territorial.

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 13-12-2000, por el ciudadano Georges Ballan Bufran, en su carácter de Presidente de Club Social Layalina, C.A., parte recurrente, asistido por la abogada NOELIA González Ordóñez, y el abogado Ricardo Baroni, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Leopoldo López, opositor al recurso. El Juzgado de Sustanciación con relación a las pruebas promovidas por la parte  recurrente admitió las contenidas en  los Capítulos  V y VII, y negó las contenidas en los Capítulos III, IV y VI. Por lo que corresponde a las pruebas documentales promovidas por el opositor, se admitieron en cuanto ha lugar en derecho. Finalmente con relación a la solicitud de prorroga del lapso de evacuación de pruebas, se declaró improcedente.  Se libraron los Oficios números 0235 y 0236.

 

 

 

 

4.- Expediente Nº 0143: SADY RAFAEL BOGARIN VALLENILLA, asistido por el abogado Manuel Salvador Ramos Villoria, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.871, interpone recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto de remoción de fecha 25 de octubre de 2000, emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le removió del cargo de Jefe de Unidad Caja de Ahorro, el cual fue notificado mediante Oficio S/N de fecha 25-10-2000.

 

Vista la sentencia dicta en fecha 13-12-2000, mediante la cual se declaró improcedente la solicitud de amparo cautelar, y mediante la cual se ordena remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que se pronuncie acerca de la caducidad y agotamiento previo de la vía administrativa en relación con el recurso principal, el Juzgado admitió el recurso y ordenó notificar al Presidente del Consejo Nacional Electoral, a los fines de que proceda a dar contestación dentro del término de quince (15) días continuos a contar de la fecha de este auto. Se libró Oficio Nº 0234.

 

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

5.- Expediente Nº 0142: GEORGES BALLAN BUFRAN, actuando con el carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A, asistido por la abogada Noelia González Ordóñez,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 001118-1845 de fecha 18 de noviembre de 2000, emanada del Consejo Nacional Electora, publicada en Gaceta Electoral Nº 83, de fecha 22 de noviembre de 2000, mediante la cual se convoca a un Referendo Consultivo para que los habitantes del Municipio Chacao se pronuncien acerca de si están de acuerdo o no con la ubicación de Salas de Bingos en su ámbito territorial.

 

El ciudadano Georges Ballan, asistido por la abogad Noelia González, se opuso a las pruebas promovidas por el abogado Ricardo Baroni, apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Chacao.

 

 

6.- Expediente Nº 0142: GEORGES BALLAN BUFRAN, actuando con el carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A, asistido por la abogada Noelia González Ordóñez,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 001118-1845 de fecha 18 de noviembre de 2000, emanada del Consejo Nacional Electora, publicada en Gaceta Electoral Nº 83, de fecha 22 de noviembre de 2000, mediante la cual se convoca a un Referendo Consultivo para que los habitantes del Municipio Chacao se pronuncien acerca de si están de acuerdo o no con la ubicación de Salas de Bingos en su ámbito territorial.

 

El abogado Ricardo Baroni, apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Chacao se opuso a las pruebas promovidas por la parte recurrente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

7.- Expediente Nº 0146: GEORGES BALLAN BUFRAN,  actuando con el  carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A., asistido por la abogada Noelia González Ordóñez, interpone recurso contencioso electoral, contra el referendo consultivo celebrado el 03-12-2000, a los fines de que los habitantes del Municipio Chacao del Estado Miranda, se pronuncien con relación a la ubicación de Salas de Bingo en el ámbito territorial del referido Municipio.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 0233 de fecha 14-12-2000, dirigido al Presidente del  Consejo Nacional Electoral,  mediante el cual se solicitan los antecedentes administrativos del caso, así como el Informe sobre los aspectos de hecho y derecho relacionados con el recurso interpuesto.

 

 

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