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Sala Electoral
  • Fecha: 16 de noviembre de 2000





CUENTA Nº 191

 

 

CUENTA Nº 191

 

 

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

1.- Expediente Nº 0118:  RORAIMA QUIÑÓNEZ, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso comicial celebrado los días 11 y 13 de octubre de 2000, en la Universidad de Carabobo, mediante el cual fueron electas  las nuevas autoridades rectorales de la referida Casa de Estudios para el período 2000-2004.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 0189, de fecha 14-11-2000, mediante el cual se notifica al ciudadano Otto Hoffman Iturriza, Presidente de la Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo, de la admisión del presente recurso, el cual fue enviado mediante la empresa MRW, el día 15-11-2000. Así mismo consignó copia del recibo de recepción expedido por la referida empresa.

 

 

2.- Expediente Nº 0118:  RORAIMA QUIÑÓNEZ, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso comicial celebrado los días 11 y 13 de octubre de 2000, en la Universidad de Carabobo, mediante el cual fueron electas  las nuevas autoridades rectorales de la referida Casa de Estudios para el período 2000-2004.

 

La ciudadana Roraima Quiñónez, asistida por el abogado Edgar Arteaga, consignó la página D-15, del diario “El Carabobeño” de fecha 16-11-2000, donde aparece publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

3.- Expediente Nº 0123: SERGIO OMAR CALDERON DUQUE, asistido por los abogados Pedro Omar Rey García y Frank Freytes Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 24.471 y 63.865, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 001002-1834, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, publicada en la Gaceta Electoral Nº 77 de fecha 17-10-2000, mediante la cual el mencionado Órgano Electoral  declaró sin lugar el recurso  jerárquico interpuesto en fecha 14-08-2000, por el mencionado ciudadano en contra del Acta de Totalización y Proclamación del Gobernador del Estado Táchira, dictada por la Junta Regional Electoral de la referida Entidad Federal en fecha 02-08-2000 y de las Resoluciones números 17 y 18 dictadas por dicho Órgano Electoral Regional en fecha 13-05-2000 mediante las cuales se admitieron las sustituciones de la candidatura del ciudadano Leonardo Alí Salcedo Ramírez por el ciudadano Ronald Blanco La Cruz.

 

El abogado David Matheus Brito, apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, expone que consigna copia certificada de la comunicación de fecha 09-10-2000, mediante la cual se notifica al ciudadano Sergio Omar Calderón de la Resolución Nº 001002-1834, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico que interpusiera en fecha 14-08-2000, y la cual fue recibida formalmente por el referido ciudadano en fecha 11-10-2000. Finalmente solicita que el presente recurso sea declarado inadmisible por extemporáneo.

 

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

4.- Expediente Nº 0119: BERNABÉ GUTIÉRREZ PARRA, asistido por el abogado José Domingo Vázquez Manrique, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 001011-1838 de fecha 11-10-2000, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, publicada en la Gaceta Electoral Nº 78 de fecha 20-10-2000, mediante la cual se da cumplimiento a la sentencia Nº 114, dictada por la Sala Electoral en fecha 2-10-2000.

 

Los abogados Alirio Naime y Ana Paula Dinis, apoderados judiciales del ciudadano Liborio Guarulla, consignaron escrito de oposición al recurso. (Acompañaron anexos).

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION EN:

 

 

5.- Expediente Nº 0123: SERGIO OMAR CALDERON DUQUE, asistido por los abogados Pedro Omar Rey García y Frank Freytes Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 24.471 y 63.865, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 001002-1834, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, publicada en la Gaceta Electoral Nº 77 de fecha 17-10-2000, mediante la cual el mencionado Órgano Electoral  declaró sin lugar el recurso  jerárquico interpuesto en fecha 14-08-2000, por el mencionado ciudadano en contra del Acta de Totalización y Proclamación del Gobernador del Estado Táchira, dictada por la Junta Regional Electoral de la referida Entidad Federal en fecha 02-08-2000 y de las Resoluciones números 17 y 18 dictadas por dicho Órgano Electoral Regional en fecha 13-05-2000 mediante las cuales se admitieron las sustituciones de la candidatura del ciudadano Leonardo Alí Salcedo Ramírez por el ciudadano Ronald Blanco La Cruz.

 

Se declaró INADMISIBLE el presente recurso por haber sido incoado extemporáneamente, es decir, una vez fenecido el lapso de caducidad de quince (15) días hábiles, consagrado en el artículo 237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

 

 

 

 

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