![]() | ||
|
DILIGENCIAS EN:
1.-
Expediente Nº 0074: ALBERTO
PALAZZI OCTAVIO y RAFAEL CONTRERAS, actuando con el carácter de representantes
del partido político Integración, Representación, Nueva Esperanza (I.R.E.N.E.),
interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 000516-805 de
fecha 16 de mayo de 2000, emanada del
Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral Nº 65, la cual contiene -según los recurrentes- “la
publicación de la postulación del ciudadano Hugo de Los Reyes Chávez a
candidato a Gobernador por el Estado Barinas por el partido I.R.E.N.E.”.
El abogado
RAFAEL CONTRERAS, actuando con el carácter de representantes del partido
político Integración, Representación, Nueva Esperanza (I.R.E.N.E.), solicitó le
fuese entregado el cartel de emplazamiento a los interesados, expedido de
conformidad con los artículos 244 y 245 de la Ley Orgánica del Sufragio y
Participación Política. En esta misma fecha se hizo entrega del mismo.
2.-
Expediente Nº 0074: ALBERTO
PALAZZI OCTAVIO y RAFAEL CONTRERAS, actuando con el carácter de representantes
del partido político Integración, Representación, Nueva Esperanza (I.R.E.N.E.),
interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 000516-805 de
fecha 16 de mayo de 2000, emanada del
Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral Nº 65, la cual contiene -según los recurrentes- “la
publicación de la postulación del ciudadano Hugo de Los Reyes Chávez a
candidato a Gobernador por el Estado Barinas por el partido I.R.E.N.E.”.
El abogado
RAFAEL CONTRERAS, actuando con el carácter de representantes del partido
político Integración, Representación, Nueva Esperanza (I.R.E.N.E.), consignó la
página 16 del Diario “El Mundo”, en la cual aparece publicado el cartel de
emplazamiento de los interesados, expedido de conformidad con los artículos 244
y 245 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.
3.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
El ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el
abogado Luis Pérez Martínez, requirió se acordara y practicara INSPECCION
OCULAR “a los fines de dejar constancia sobre el hecho jurídico conformado por
la CONFESIÓN JUDICIAL del abogado
LEONEL PÉREZ MÉNDEZ, sedicente abogado de la Universidad de Carabobo, en las
páginas 12, 16 y 17 del escrito que presentó ... en fecha 10 de julio de 2000”.
4.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
El ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el
abogado Luis Pérez Martínez, requirió que el ciudadano ASDRÚBAL ROMERO MUJICA,
en su carácter de representante legal de la Universidad de Carabobo y de Rector Presidente del Consejo
Universitario de la mencionada Universidad y el ciudadano OTTO HOFFMANN
ITURRIZA en denominado Presidente de la Comisión Electoral de la nombradas
Universidad, absuelvan posiciones juradas que le formulare en la oportunidad
que fijare la Sala y manifestó estar dispuesto a absolverlas recíprocamente.
5.-
Expediente Nº 0073: Corte
Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en el recurso
de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y
subsidiariamente medida cautelar innominada, interpuesto por el abogado Antonio
Oswaldo Angulo Perdomo, contra los artículos 37, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47,
51, 52, 62 numeral 2 y 125, del Reglamento de las Elecciones de la Universidad
de Carabobo, así como contra los actos de convocatoria a elecciones de las Autoridades
de la Universidad de Carabobo para el período 2000-2004, y el correspondiente
Registro Electoral. Oficio Nº 00-1416 de fecha 27-06-2000, remitiendo el
expediente Nº 00-23323 de la nomenclatura de esa Corte.
El ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el
abogado Luis Pérez Martínez, solicitó se le “expida TESTIMONIAL certificada
sobre la actuación del abogado LEONEL PEREZ MÉNDEZ, sedicente abogado de la
Universidad de Carabobo, en las páginas 12, 16 y 17 del escrito que presentó ...
en fecha 10 de Julio de 2000”.
6.-
Expediente Nº 0073: Corte
Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en el recurso
de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y
subsidiariamente medida cautelar innominada, interpuesto por el abogado Antonio
Oswaldo Angulo Perdomo, contra los artículos 37, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47,
51, 52, 62 numeral 2 y 125, del Reglamento de las Elecciones de la Universidad
de Carabobo, así como contra los actos de convocatoria a elecciones de las
Autoridades de la Universidad de Carabobo para el período 2000-2004, y el
correspondiente Registro Electoral. Oficio Nº 00-1416 de fecha 27-06-2000,
remitiendo el expediente Nº 00-23323 de la nomenclatura de esa Corte.
El ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el
abogado Luis Pérez Martínez, expuso alegatos relacionado con los antecedentes administrativos aportados
por la Universidad de Carabobo y por la Comisión Electoral de la referida
Universidad. Así mismo exponen alegatos relacionados con la impugnación “tanto
de la cualidad como el interés de los terceros comparecientes y también las
pretendidas personarías de los abogados representantes”.
7.-
Expediente Nº 0075: MARÍA
TERESA VIELMA LOBO, asistida en este acto por el abogado José Luis Rodríguez
Piña, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº
000516-1070, de fecha 16-05-2000, dictada por el Consejo Nacional Electoral,
mediante la cual se declaró inadmisible la apelación interpuesta por la
mencionada ciudadana, contra la postulación del ciudadano LUIS GUILLERMO ROJAS,
como candidato a Alcalde por el Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida.
Los abogados
María Del Carmen Farías y David Matheus, actuando con el carácter de apoderados
judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignaron escrito mediante el cual
solicitan sea declarado desistido el recurso,
por no haber sido retirado el
cartel a que alude el artículo 244 de la Ley Orgánica del Sufragio y
Participación Política.
![]() |