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NUEVO ASUNTO
INGRESADO:
1.-
Expediente Nº 0084: HUGO
DIAZ MEZONE, actuando con el carácter de Secretario General del Movimiento al
Socialismo (MAS) del Estado Miranda, asistido por el abogado Martín José
Padrino Rudas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.307, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo
constitucional, contra la Resolución Nº A-023-2000 de fecha 24 de abril de
2000, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en “Gaceta Electoral
del mes de julio de 2000”, la cual
contiene -según el recurrente- “la Postulación del ciudadano Luis Alberto Sanz
a candidato a Alcalde por el Municipio Zamora del Estado Miranda por parte del
Movimiento Al Socialismo (MAS)”
Se dio cuenta
a la Sala. Solicítese el expediente administrativo respectivo, e infórmese sobre
los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. A tal efecto,
se libró el Oficio Nº 0095.
DILIGENCIAS
EN:
2.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
La
abogada Arelys Farias Guillén, actuando con el carácter de apoderada judicial
de la Universidad de Carabobo, solicitó que se practique el cómputo por
Secretaría de los días de despacho transcurridos desde el 13-07-2000, hasta el
18-07-2000. Asimismo solicitó que se indique cuál es la oportunidad para que
las partes presenten sus conclusiones escritas y finalmente solicitó que el
Juzgado determine la oportunidad en la cual tendrá lugar la prueba de
posiciones juradas a absolver por el ciudadano Edgar Rolando Smith.
JUZGADO DE
SUSTANCIACIÓN EN:
3.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
Se declaró
inadmisible las pruebas promovidas por el ciudadano Gerardo Páez García,
asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, en su diligencia de fecha 17 de
julio de 2000.
4.-
Expediente Nº 0073: Corte
Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en el recurso
de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y
subsidiariamente medida cautelar innominada, interpuesto por el abogado Antonio
Oswaldo Angulo Perdomo, contra los artículos 37, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47,
51, 52, 62 numeral 2 y 125, del Reglamento de las Elecciones de la Universidad
de Carabobo, así como contra los actos de convocatoria a elecciones de las
Autoridades de la Universidad de Carabobo para el período 2000-2004, y el
correspondiente Registro Electoral. Oficio Nº 00-1416 de fecha 27-06-2000,
remitiendo el expediente Nº 00-23323 de la nomenclatura de esa Corte.
Vista la
diligencia formulada por el ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el abogado
Luis Pérez Martínez, mediante la cual solicitó copia certificada sobre la
actuación del abogado LEONEL PEREZ MENDEZ,
apoderado judicial de la Universidad de Carabobo, del escrito que
presentó en fecha 10 de Julio de 2000, se acordó su expedición.
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