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JUZGADO DE SUSTANCIACION
EN:
1.- Expediente Nº 0142: GEORGES BALLAN BUFRAN, actuando con el
carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A, asistido
por la abogada Noelia González Ordóñez,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.625, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos (artículo 136 de
la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida
cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la
Resolución Nº 001118-1845 de fecha 18 de noviembre de 2000, emanada del Consejo
Nacional Electora, publicada en Gaceta Electoral Nº 83, de fecha 22 de
noviembre de 2000, mediante la cual se convoca a un Referendo Consultivo para
que los habitantes del Municipio Chacao se pronuncien acerca de si están de
acuerdo o no con la ubicación de Salas de Bingos en su ámbito territorial.
Se ordenó abrir segunda pieza de conformidad con el artículo 25 del
Código de Procedimiento Civil.
DILIGENCIA EN:
2.- Expediente Nº 0142: GEORGES BALLAN BUFRAN, actuando con el
carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A, asistido
por la abogada Noelia González Ordóñez,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.625, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos (artículo 136 de
la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida
cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la
Resolución Nº 001118-1845 de fecha 18 de noviembre de 2000, emanada del Consejo
Nacional Electora, publicada en Gaceta Electoral Nº 83, de fecha 22 de
noviembre de 2000, mediante la cual se convoca a un Referendo Consultivo para
que los habitantes del Municipio Chacao se pronuncien acerca de si están de
acuerdo o no con la ubicación de Salas de Bingos en su ámbito territorial.
El ciudadano Georges Ballan
Bufran, asistido por la abogada Noelia González, ratificó diligencia de fecha
04-12-2000, mediante la cual se solicitó se oficie a la Dirección General de
Administración del Consejo Nacional Electoral, para que envíe los recaudos
correspondientes a la consignación de los recaudos económicos por parte del
Alcalde del Municipio Chacao, a los fines de la realización del referendo
solicitado.
3.- Expediente
Nº 0102: CECILIO PIMENTEL, CARLOS ARCILA, VICTOR MARAPACUTO,
GREGORIO FERNÁNDEZ, ARCÁNGEL PIMENTEL, OSWALDO TREJO, WILMY GARCIA, GERMAIN
PIMENTEL Y JOSE GOMEZ miembros del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA
ALCALDÍA, ASEO URBANO, DOMICILIARIO Y SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO
(SUTRAALAUDOSEC), asistidos por los abogados Dilsia Hernández e Israel
Villamarín Vezga, interponen recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de
amparo, contra las elecciones efectuadas en fecha 30 de marzo de 2000 en el referido
Sindicato.
El abogado Jesús María
Cubero, solicitó copia simple de los folios 556 al 561 y de la presente
diligencia.
4.- Expediente
Nº 0102: CECILIO PIMENTEL, CARLOS ARCILA, VICTOR MARAPACUTO,
GREGORIO FERNÁNDEZ, ARCÁNGEL PIMENTEL, OSWALDO TREJO, WILMY GARCIA, GERMAIN
PIMENTEL Y JOSE GOMEZ miembros del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA
ALCALDÍA, ASEO URBANO, DOMICILIARIO Y SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO
(SUTRAALAUDOSEC), asistidos por los abogados Dilsia Hernández e Israel
Villamarín Vezga, interponen recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de
amparo, contra las elecciones efectuadas en fecha 30 de marzo de 2000 en el
referido Sindicato.
El abogado Jesús María
Cubero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.628, actuando con el
carácter de apoderado judicial de los ciudadano José Zapata, Eulises Lares,
Edgar Garces, Manuel Polanco y Armando Varela, Directivos del Sindica Único de
Trabajadores de la Alcaldía, Aseo Urbano, Domiciliario y Similares del Estado
Carabobo, se dio por notificado de la sentencia dictada en fecha 07-12-2000 por
esta Sala.
SECRETARIA EN:
5.- Expediente Nº 0142: GEORGES BALLAN BUFRAN, actuando con el
carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A, asistido
por la abogada Noelia González Ordóñez,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.625, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos (artículo 136 de
la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida
cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la
Resolución Nº 001118-1845 de fecha 18 de noviembre de 2000, emanada del Consejo
Nacional Electora, publicada en Gaceta Electoral Nº 83, de fecha 22 de
noviembre de 2000, mediante la cual se convoca a un Referendo Consultivo para
que los habitantes del Municipio Chacao se pronuncien acerca de si están de
acuerdo o no con la ubicación de Salas de Bingos en su ámbito territorial.
Vista la decisión de fecha
1-12-2000 mediante la cual se admitió el presente recurso y se acordó la
reducción de los lapsos para la tramitación del mismo, se fijó las once y
treinta (11:30 a.m.) de la mañana del primer día de despacho siguiente al
vencimiento del lapso de evacuación de pruebas, para que tenga lugar el acto de
informes orales.
OFICIOS Y COMUNICACIONES
EN:
6.- Expediente
Nº 0123: SERGIO OMAR CALDERON DUQUE, asistido por los
abogados Pedro Omar Rey García y Frank Freytes Núñez, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 24.471 y 63.865, respectivamente, interpone
recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 001002-1834, emanada del
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, publicada en la Gaceta Electoral Nº 77 de fecha
17-10-2000, mediante la cual el mencionado Órgano Electoral declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto en fecha 14-08-2000,
por el mencionado ciudadano en contra del Acta de Totalización y Proclamación
del Gobernador del Estado Táchira, dictada por la Junta Regional Electoral de
la referida Entidad Federal en fecha 02-08-2000 y de las Resoluciones números
17 y 18 dictadas por dicho Órgano Electoral Regional en fecha 13-05-2000
mediante las cuales se admitieron las sustituciones de la candidatura del
ciudadano Leonardo Alí Salcedo Ramírez por el ciudadano Ronald Blanco La Cruz.
Por
recibido comunicación de fecha 13-12-2000, suscrita por la ciudadana María Inés
Loscher de Alvarez, Vicepresidente Legal de Venevisión, anexo a la cual se remitió cinta de video
en formato VHS, se ordenó agregar la referida comunicación al expediente
judicial y formarse la pieza de anexo
número uno (01) con la cinta de video, la cual permanecerá bajo custodia de la
Secretaría de esta Sala.
INFORMES EN:
7.-
Expediente Nº 0133: El
abogado Edwin Romero, actuando como apoderado judicial del ciudadano WILMER
OQUENDO NAVA, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº
000921-1801, de fecha 21-09-2000, publicada en Gaceta Electoral Nº 79 de fecha
27-10-2000, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano contra los actos de admisión de la
postulación y posterior proclamación como Alcalde del Municipio Miranda del
Estado Zulia, del ciudadano Carlos Alfredo Barboza Azuaje; y contra la
Resolución Nº 000309-162, de fecha 09-03-2000, publicada en Gaceta Electoral Nº
57 de fecha 20-03-2000, mediante la cual se “determina las Áreas Metropolitanas
a nivel Nacional”.
A las diez de
la mañana (10:00) tuvo lugar la presentación de las conclusiones en forma oral,
con ocasión del recurso interpuesto. Al acto comparecieron el abogado Rafael
González, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Wilmer
Oquendo, el abogado Oleary Contreras, apoderado judicial del ciudadano Carlos
Barboza Azuaje, opositor al recurso, y el abogado David Matheus, apoderado
judicial del Consejo Nacional Electoral. Hicieron uso de la palabra el abogado
de la parte recurrente, quien durante diez (10) minutos expuso su informe. Seguidamente
el abogado del Consejo Nacional Electoral y el abogado Oleary Contreras. Las
partes no hicieron uso del derecho de replica y contrarréplica.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
8.-
Expediente Nº 0133: El
abogado Edwin Romero, actuando como apoderado judicial del ciudadano WILMER
OQUENDO NAVA, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº
000921-1801, de fecha 21-09-2000, publicada en Gaceta Electoral Nº 79 de fecha
27-10-2000, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano contra los actos de admisión de la
postulación y posterior proclamación como Alcalde del Municipio Miranda del
Estado Zulia, del ciudadano Carlos Alfredo Barboza Azuaje; y contra la
Resolución Nº 000309-162, de fecha 09-03-2000, publicada en Gaceta Electoral Nº
57 de fecha 20-03-2000, mediante la cual se “determina las Áreas Metropolitanas
a nivel Nacional”.
El abogado
Rafael González Martín, apoderado judicial del ciudadano Wilmer Oquendo Nava,
el abogado David Matheus, apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral y
el ciudadano Carlos Barboza Azuaje, asistido por el abogado Oleary
Contreras, consignaron
escritos contentivos de los alegatos expresados en el acto de informes orales.
Se agregaron los referidos
escritos a la pieza principal del expediente.
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