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Sala Electoral
  • Fecha: 19 de julio del 2000





CUENTA Nº 108

CUENTA Nº 108

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION EN:

 

1.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

A las 11:30 a.m. tuvo lugar el acto de posiciones juradas del ciudadano Edgar Rolando Smith acordado en el auto de admisión de pruebas de fecha 13-07-2000,  se dejó constancia de la no comparecencia del nombrado ciudadano, así como la comparecencia del ciudadano Gerardo Páez García, el cual finalizó a las 1:10 p.m.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

2.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

El abogado Alberto Cedeño Rigual asumiendo la representación sin poder del ciudadano Rolando Smith, expone que,  al ciudadano “Edgar Rolando Smith Ibarre a quien se le cito conforme a cartel que consta en la cartelera de esta Sala para absolver posiciones juradas en el día de hoy a las once y treinta de la noche (11:30 p.m.) y  el acto se esta llevando a efectos ... a las 11:30 a.m. ... para dejar constancia que de llevarse a efecto dicho acto en horas fuera de la indicada se afectaría el Debido Proceso...”. Así mismo pide que se le expida copia certificada de la diligencia y del cartel fijado a los efectos.

 

3.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

 

La abogada Miriam García de Pérez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Universidad de Carabobo solicita se desestime y no sean apreciadas las posiciones juradas que se estamparon al ciudadano Edgar Rolando Smith.

 

 

4.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala, consignó las citaciones originales a nombre de los ciudadanos Ricardo Julio Maldonado González y Ascander Contreras Uzcategui.

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

5.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

El ciudadano Ascander Contreras, asistido por el abogado Alberto Cedeño, consignó escrito de conclusiones.

 

6.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

El ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, consignó escrito de conclusiones

 

7.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

El ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, consignó escrito de formalización de tacha.

 

8.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

El abogado Iván Darío Pérez Rueda, actuando con el carácter de  apoderado judicial de los ciudadanos RICARDO JULIO MALDONADO GONZALEZ, JESSY DIVO DE ROMERO, JOSE MIGUEL VEGA CASTEJON Y MARFA OLIVO DE LATOUCHE, consignó escrito de conclusiones.

 

9.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

 

La abogada Miriam García de Pérez actuando con el carácter de apoderada judicial de la Universidad de Carabobo, consignó escrito de conclusiones.

 

10.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

La abogada Miriam García de Pérez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Universidad de Carabobo, consignó escrito de apelación contra el auto de admisión de pruebas de fecha 13 de julio de 2000.

 

11.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

 

El ciudadano Otto Hoffmann, asistido por la abogada Lorena María García, consignó escrito de conclusiones.

 

 

 

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