![]() | ||
|
JUZGADO DE
SUSTANCIACION EN:
1.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
A las 11:30
a.m. tuvo lugar el acto de posiciones juradas del ciudadano Edgar Rolando Smith
acordado en el auto de admisión de pruebas de fecha 13-07-2000, se dejó constancia de la no comparecencia
del nombrado ciudadano, así como la comparecencia del ciudadano Gerardo Páez García, el cual
finalizó a las 1:10 p.m.
DILIGENCIA EN:
2.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra el Reglamento de las Elecciones de la
Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo
Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de
efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por
la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
El abogado Alberto Cedeño Rigual asumiendo la
representación sin poder del ciudadano Rolando Smith, expone que, al ciudadano “Edgar Rolando Smith Ibarre a
quien se le cito conforme a cartel que consta en la cartelera de esta Sala para
absolver posiciones juradas en el día de hoy a las once y treinta de la noche
(11:30 p.m.) y el acto se esta llevando
a efectos ... a las 11:30 a.m. ... para dejar constancia que de llevarse a
efecto dicho acto en horas fuera de la indicada se afectaría el Debido
Proceso...”. Así mismo pide que se le expida copia certificada de la diligencia
y del cartel fijado a los efectos.
3.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
La abogada Miriam García de Pérez, actuando con el
carácter de apoderada judicial de la Universidad de Carabobo solicita se
desestime y no sean apreciadas las posiciones juradas que se estamparon al
ciudadano Edgar Rolando Smith.
4.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
El ciudadano Alguacil de esta Sala, consignó las
citaciones originales a nombre de los ciudadanos Ricardo Julio Maldonado
González y Ascander Contreras Uzcategui.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
5.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
El ciudadano Ascander Contreras, asistido por el
abogado Alberto Cedeño, consignó escrito de conclusiones.
6.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
El ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el
abogado Luis Pérez Martínez, consignó escrito de conclusiones
7.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
El ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el
abogado Luis Pérez Martínez, consignó escrito de formalización de tacha.
8.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
El abogado Iván Darío Pérez Rueda, actuando
con el carácter de apoderado judicial
de los ciudadanos RICARDO JULIO MALDONADO GONZALEZ, JESSY DIVO DE ROMERO, JOSE
MIGUEL VEGA CASTEJON Y MARFA OLIVO DE LATOUCHE, consignó
escrito de conclusiones.
9.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
La abogada Miriam García de Pérez actuando con el
carácter de apoderada judicial de la Universidad de Carabobo, consignó escrito
de conclusiones.
10.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
La abogada Miriam García de Pérez, actuando con el
carácter de apoderada judicial de la Universidad de Carabobo, consignó escrito
de apelación contra el auto de admisión de pruebas de fecha 13 de julio de
2000.
11.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
El ciudadano Otto Hoffmann, asistido por la abogada
Lorena María García, consignó escrito de conclusiones.
![]() |