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JUZGADO DE
SUSTANCIACION EN:
1.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
Se retiró de
cartelera, la Boleta de notificación del ciudadano Edgar Rolando Smith, de
fecha 13 de julio de 2000, y se agregó al expediente.
2.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
Se declaró inadmisible la apelación de fecha
19-06-2000 formulada por la abogada Miriam García de Pérez, actuando como
apoderada judicial de la Universidad de Carabobo, contra el auto de admisión de
pruebas de fecha 13 de julio de 2000.
3.-
Expediente Nº 0074: ALBERTO
PALAZZI OCTAVIO y RAFAEL CONTRERAS, actuando con el carácter de representantes
del partido político Integración, Representación, Nueva Esperanza (I.R.E.N.E.),
interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 000516-805 de
fecha 16 de mayo de 2000, emanada del
Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral Nº 65, la cual contiene -según los recurrentes- “la
publicación de la postulación del ciudadano Hugo de Los Reyes Chávez a
candidato a Gobernador por el Estado Barinas por el partido I.R.E.N.E.”.
Se dio inicio al lapso de dos (2) días de despacho para la promoción de
pruebas (inclusive).
DESIGNACION DE
PONENTE EN:
4.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos
por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
Se designa
Ponente al Magistrado OCTAVIO SISCO RICCIARDI, a los fines del
pronunciamiento correspondiente, para lo cual se estableció un lapso de siete
(7) días de despacho.
OFICIO EN:
5.-
Expediente Nº 0049: Karl
Oscar Bernard Russell Cerra, interpone recursos contencioso electoral
conjuntamente “con Recurso de Amparo Cautelar”, contra las Resoluciones Nos.
000331-591 y 000309-256 de fechas 31-03-2000 y 09-03-2000 respectivamente,
dictadas por el Consejo Nacional Electoral, mediante las cuales, en la primera
de ellas, se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el
recurrente contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos Denis
Izaguirre y René Camejo como candidatos a cargos de representación popular en
el Municipio de Baruta del Estado Miranda, y en la segunda resolución se acordó
que bastará para el cumplimiento del requisito de la constancia de residencia
la presentación por el candidato de una declaración por escrito sin más
formalidades, bajo Fe de juramento, acerca del tiempo en que ha residenciado en
la entidad o municipio.
Se libró el Oficio Nº 0096
mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral de la Sentencia
dictada por la Sala en fecha 20 de julio de 2000, así como la remisión de los
antecedentes administrativos del caso.
DILIGENCIA EN:
6.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
La abogada Arelys Farías Guillén solicita que
“previa habilitación del tiempo necesario y jurando la urgencia del caso, que
de conformidad con lo previsto en el artículo 239 de la Ley Orgánica del
Sufragio y Participación Política, se autorice la convocatoria a elecciones de
las nuevas autoridades universitarias de la Universidad de Carabobo y la
celebración inmediata de dicho proceso electoral, sin que tengan que esperar la
decisión definitiva que resuelva el presente caso,...”.
7.-
Expediente Nº 0049: Karl
Oscar Bernard Russell Cerra, interpone recursos contencioso electoral
conjuntamente “con Recurso de Amparo Cautelar”, contra las Resoluciones Nos.
000331-591 y 000309-256 de fechas 31-03-2000 y 09-03-2000 respectivamente,
dictadas por el Consejo Nacional Electoral, mediante las cuales, en la primera
de ellas, se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el
recurrente contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos Denis
Izaguirre y René Camejo como candidatos a cargos de representación popular en
el Municipio de Baruta del Estado Miranda, y en la segunda resolución se acordó
que bastará para el cumplimiento del requisito de la constancia de residencia
la presentación por el candidato de una declaración por escrito sin más
formalidades, bajo Fe de juramento, acerca del tiempo en que ha residenciado en
la entidad o municipio.
El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó Oficio Nº 0096 mediante el
cual se notifica al Consejo Nacional Electoral de la Sentencia dictada por la
Sala en fecha 20 de julio de 2000, así como la remisión de los antecedentes
administrativos del caso.
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