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CUENTA Nº TC-51
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente Nº 0135: Pedro Manuel Ontiveros, asistido por los abogados Víctor Liendo y Jesús
Ontiveros, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la comunicación Nº CE/2000/176, emanada de la
Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental
Libertador, mediante la cual queda sin efecto la aceptación de su Inscripción
como candidato a Rector de fecha 01-11-2000, emanada de la referida Comisión.
Se dio cuenta a la Sala. Se designa ponente al Magistrado ANTONIO
GARCÍA GARCÍA, a los fines de pronunciarse sobre la admisión de la acción
interpuesta.
ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
2.- Expediente Nº 0113: El
ciudadano GERARDO PAEZ GARCIA, asistido
por el abogado Luis Pérez Martínez interpone amparo constitucional contra la
candidatura del ciudadano Ricardo Julio Maldonado González al cargo de
Rector-Presidente de la Universidad de Carabobo, contra Otto Hoffmann Iturriza,
Presidente de la Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo.
El abogado Luis Pérez Martínez, actuando en su propio nombre, ratificó su
solicitud
de reconsideración de la medida por la
cual se ordena oficiar al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del
Estado Carabobo, a los fines de que abra el procedimiento correspondiente al
ciudadano Luis Pérez Martínez.
3.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE
PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de
elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la referida
Asociación Civil y, en consecuencia, se
ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas autoridades en un
término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación al
Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le ordene organizar,
dirigir y vigilar dicho proceso.
La abogada Nelly Molina, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
12.277, solicitó copia certificada de la decisión dictada por esta Sala en
fecha 15-11-2000, cursante en los folios 347 al 378 inclusive.
4.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE
PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de
elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la
referida Asociación Civil y, en consecuencia,
se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas
autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de
la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le
ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.
El ciudadano Leonardo Madrid, asistido por la abogada Nelly Molina,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.277, solicitó copia certificada
de los documentos que cursan a los folios 79 al 85, 86 al 106, 108, 117 al 129
y 347 al 378.
5.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE
PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de
elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la
referida Asociación Civil y, en consecuencia,
se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas
autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de
la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le
ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.
El abogado Roberto Alí Colmenares, actuando con el carácter de
Presidente de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre
Paracotos, solicitó copia certificada de la Sentencia dictada por esta Sala en
fecha 15 de noviembre del presente año.
SECRETARIA EN:
6.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE
PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de
elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la
referida Asociación Civil y, en consecuencia,
se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas
autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de
la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le
ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.
Vista la diligencia
presentada en fecha 17-11-2000, por el abogado Sabino Garban Flores,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.933, mediante la cual solicitó
“... copia certificada de la Sentencia Nº 132, publicada el 15 de noviembre del
presente año...“, esta Sala ACORDÓ expedirle la certificación de la
referida sentencia.
7.- Expediente Nº 0135: Pedro Manuel Ontiveros, asistido por los abogados Víctor Liendo y Jesús
Ontiveros, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la comunicación Nº CE/2000/176, emanada de la
Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental
Libertador, mediante la cual queda sin efecto la aceptación de su Inscripción
como candidato a Rector de fecha 01-11-2000, emanada de la referida Comisión.
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