Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 21 de marzo del 2000





CUENTA Nº 28

 

 

 

 

 

 

 

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS:

 

 

1.- Expediente Nº 0031: la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declina la competencia en el recurso de nulidad ejercido por el ciudadano Jesús Angel Paz Galarraga, actuando en representación del Movimiento Electoral del Pueblo (M.E.P.), asistido de abogado, contra el acto de fecha 15-02-1979 emanado del Consejo Supremo Electoral, mediante el cual “queda fijado como criterio interpretativo general que para la adjudicación de Senadores y Diputados adicionales es necesario que un Partido Político Nacional obtenga un mínimo de votos igual al cuociente electoral nacional para Senadores y Diputados, según el caso”. Oficio Nº 643 de fecha 13-03-2000, remitiendo el expediente.

 

Se dio cuenta a la Sala y se designó ponente al Magistrado JOSÉ PEÑA SOLÍS, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

2.- Expediente Nº 0032: la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declina la competencia en el recurso de nulidad ejercido por el abogado Juan Luis Ybarra Riverol actuando con el  carácter de elector, contra el artículo tercero de las “Normas Sobre Grupos de Electores Para el Proceso Electoral del 3 de junio de 1979”, contenidas en la Resolución s/n del Consejo Supremo Electoral, publicadas en Gaceta Oficial Nº 31673 del 09-02-79. Oficio Nº 644 de fecha 13-03-2000, remitiendo el expediente.

 

Se dio cuenta a la Sala y se designó ponente al Magistrado OCTAVIO SISCO RICCIARDI, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

3.- Expediente Nº 0033: la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declina la competencia en el recurso de nulidad ejercido por el abogado Juan Luis Ybarra Riverol actuando con el  carácter de Presidente de la Junta Directiva del Partido Político en formación “Partido Nacionalista Venezolano”, contra la Resolución dictada en fecha 30-07-79 por el Consejo Supremo Electoral, publicada en Gaceta Oficial Nº 31.792 de fecha 6-8-79, mediante la cual se resolvió que “las personas que manifiesten su voluntad de pertenecer a un partido político a constituirse, según lo establecido en el ordinal 2º del artículo 10 de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones deberán hacerlo ante un Juez o Notario Público con jurisdicción en la Entidad respectiva, a los fines de darle autenticidad o reconocimiento al documento correspondiente”. Oficio Nº 645 de fecha 13-03-2000, remitiendo el expediente.

 

Se dio cuenta a la Sala y se designó ponente al Magistrado ANTONIO GARCÍA GARCÍA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

4.- Expediente Nº 0034: la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declina la competencia en el recurso de nulidad ejercido por la ciudadana Caterina Macario Marotta, asistida por el abogado Rafael Contreras, contra el numeral sexto de la Resolución Nº 990323-71 de fecha 23-03-99 emanada del Consejo Nacional Electoral, en la cual se fijaron las bases comiciales para el Referéndum Consultivo sobre la convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente celebrado el 25-04-99 y en cuyo numeral 6 se estableció las condiciones generales de elegibilidad. Oficio Nº 594 de fecha 29-02-2000, remitiendo el expediente.

 

Se dio cuenta a la Sala y se designó ponente al Magistrado JOSÉ PEÑA SOLÍS, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN:

 

5.- Expediente Nº 0002: Gustavo Adolfo Martínez Morales apoderado judicial de la Gobernación del Estado Zulia y  la Asociación Civil Coordinadora de Vecinos del Estado Zulia (COVEZULIA), interpone  recurso contencioso electoral conjuntamente con medidas cautelares (artículos 136 L.O.C.S.J. y 588 del C.P.C.) vs. La Resolución Nº 991208-546 de fecha 08-12-99, dictada por el Consejo Nacional Electoral. Presentado en la Sala el 27 de enero de 2000.

 

 

Se libraron Oficio Nº 0016 y Boleta,  a los fines de notificar a las partes la decisión emitida por esta Sala en fecha 21-03-2000, así como la prosecución de la causa a partir de que conste en autos las referidas notificaciones.

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS

 

6.- Expediente: 0022: LUIS MANUEL ESCULPI Y JOSE GOMEZ FEBRES, actuando en su condición de electores inscritos en el Registro Electoral y de directivos de la organización política IZQUIERDA DEMOCRATICA, interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 000210-67 dictada en fecha 10-02-2000, publicada en Gaceta Electoral Nº 53 del 21-02-2000, por el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL.

 

El Abogado Jesús Valdemar Ramírez, apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito de alegatos relacionados con el recurso. Acompaña anexos.  Se agregaron a los autos.

 

7.- Expediente Nº 0011: ANGEL ZAMBRANO actuando con el carácter de representante del Bloque de Partidos Minoritarios Nº 3, conformado por APERTURA A LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA (APERTURA), RENOVACIÓN, POR QUERER A LA CIUDAD Y AVANZADA POPULAR, asistido por el abogado José Argenis Rivas, interpone acción de amparo conjuntamente con recurso de nulidad, contra la Resolución Nº 20000104-22 de fecha 04-01-2000, dictada por el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL.

 

El abogado Jesús Valdemar Ramírez, apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito de promoción de pruebas relacionados con el recurso. Acompaña anexos.  

 

 

Ir al tope


Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados