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JUZGADO DE
SUSTANCIACION EN:
1.- Expediente
Nº 0090: LIBORIO GUARULLA actuando en su carácter de
candidato a la Gobernación por el Estado
Amazonas, asistido por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, interpone
recurso contencioso electoral contra “LAS ACTUACIONES DE LOS ORGANOS DEL PODER
ELECTORAL, DEL ACTA DE TOTALIZACIÓN Y
PROCLAMACIÓN DEL GOBERNADOR Y DE ELECCIONES”, emanadas de la Junta Regional
Electoral del Estado Amazonas.
Se acordó
solicitar al Consejo Nacional Electoral, los Cuadernos de Votación
correspondientes al Acta de Escrutinio Nº 060-10125-318-3, del Centro de
Votación Nº 64.080, Unidad Educativa José Gumilla del Estado Amazonas, ello de
conformidad con el artículo 129 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de
Justicia. A tal efecto se libró el
Oficio Nº 0154.
RECUSACION EN:
2.- Expediente
Nº 0090: LIBORIO GUARULLA actuando en su carácter de
candidato a la Gobernación por el Estado
Amazonas, asistido por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, interpone
recurso contencioso electoral contra “LAS ACTUACIONES DE LOS ORGANOS DEL PODER
ELECTORAL, DEL ACTA DE TOTALIZACIÓN Y
PROCLAMACIÓN DEL GOBERNADOR Y DE ELECCIONES”, emanadas de la Junta Regional
Electoral del Estado Amazonas.
El Presidente
de la Sala declaró SIN LUGAR la
recusación presentada por el ciudadano BERNABÉ GUTIERREZ, asistido por el
abogado Marlon Ribeiro Correia, contra el Magistrado OCTAVIO SISCO RICCIARDI.
De conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, y por
cuando la recusación no es criminosa, se le impuso al recusante una multa de
Dos Mil Bolívares (Bs. 2000,oo).
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