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CUENTA Nº TC-53
ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS
A LOS AUTOS:
1.- Expediente Nº 0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE
PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de
elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la
referida Asociación Civil y, en consecuencia,
se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas
autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de
la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le
ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.
El ciudadano Leonardo Madrid Monagas, actuando con
el carácter de Vicepresidente de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club
Campestre Paracotos, elegido el 18 de abril de 1999, asistido por el abogado
Miguel López Bracho, solicitó decreto
de ejecución del fallo dictado por esta
Sala, así como oficiar lo conducente al Tribunal Segundo de Primera Instancia
en lo Civil, Mercantil, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado
Miranda a los fines de que se les restituya como Junta Directiva del referido
Club, hasta tanto el Consejo Nacional Electoral, convoque las nuevas
elecciones.
2.- Expediente Nº 0135: Pedro Manuel Ontiveros, asistido por los abogados Víctor Liendo y Jesús
Ontiveros, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la comunicación Nº CE/2000/176, emanada de la
Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental
Libertador, mediante la cual queda sin efecto la aceptación de su Inscripción
como candidato a Rector de fecha 01-11-2000, emanada de la referida Comisión.
El ciudadano Pedro Manuel Ontiveros, parte
accionante, asistido por los abogados Víctor Liendo y Jesús Ontiveros, consignó escrito contentivo de los alegatos
expuestos en forma oral en la audiencia publica celebrada en esta misma
oportunidad. (Acompañó anexos)
3.- Expediente Nº 0135: Pedro Manuel Ontiveros, asistido por los abogados Víctor Liendo y Jesús
Ontiveros, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la comunicación Nº CE/2000/176, emanada de la
Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental
Libertador, mediante la cual queda sin efecto la aceptación de su Inscripción
como candidato a Rector de fecha 01-11-2000, emanada de la referida Comisión.
Los ciudadanos Milca Moreno, Isidro Fuentes y
Asunción Urbano, Presidenta, Vicepresidente y Secretaria de la Comisión
Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador,
respectivamente, parte accionada, asistidos por los abogados Allan
Brewer-Carias, Claudia Nikken y María Alejandra Estévez, consignaron
conclusiones escritas de la audiencia constitucional. (Acompañaron anexos)
DESIGNACION DE PONENTE EN:
4.- Expediente Nº 0136: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina
competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por
los ciudadanos LUIS DANIEL CASTILLO RODRÍGUEZ, RAFAEL GUTIÉRREZ Y RAFAEL
ANTONIO CASTILLO, actuando con el carácter de Coordinador General, Director de
Política Electoral y Director de Propaganda, respectivamente, del Circuito
Patriótico Nº 01 del Movimiento Quinta República, contra el Reglamento para la
Evaluación, Escogencia y Selección de Candidatos a ser Postulados por el MVR
para Optar a Cargos de Elección Popular en los Comicios para Relegitimación de
Poder, emanado del Comando Táctico Nacional. Oficio Nº 1205, de fecha
13-11-2000, remitiendo el Expediente Nº 00-0359 (nomenclatura de esa Sala).
Se designó ponente al Magistrado OCTAVIO SISCO RICCIARDI, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
DILIGENCIAS EN:
5.-
Expediente Nº 0128: Corte
Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en la acción
de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano BLAS RIVERO, asistido por
el abogado David Peláez, contra el ciudadano Elías Jaua Milano, en su condición
de Coordinador del Partido Político Movimiento V República en el Estado
Miranda, por haberlo suspendido de toda actividad política dentro del referido
Partido Político. Oficio Nº 00-2342 de fecha 05-10-2000, remitiendo el
expediente Nº 00-23340 (nomenclatura de esa Corte).
El ciudadano Blas Rivero, parte accionante,
asistido por la abogada Gladys Dávila Castro, consignó credencial que lo
acredita como Diputado Suplente a la Asamblea Nacional por la Circunscripción
Judicial Nº 07, electo en las elecciones del 30-07-2000, emanada de la Junta
Regional Electoral del Estado Miranda.
6.-
Expediente Nº 0128: Corte
Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en la acción
de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano BLAS RIVERO, asistido por
el abogado David Peláez, contra el ciudadano Elías Jaua Milano, en su condición
de Coordinador del Partido Político Movimiento V República en el Estado Miranda,
por haberlo suspendido de toda actividad política dentro del referido Partido
Político. Oficio Nº 00-2342 de fecha 05-10-2000, remitiendo el expediente Nº
00-23340 (nomenclatura de esa Corte).
El ciudadano Blas Rivero, parte accionante,
asistido por la abogada Gladys Dávila Castro, consignó escrito de excepción al
retardo de la audiencia pública.
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:
7.- Expediente Nº 0135: Pedro Manuel Ontiveros, asistido por los abogados Víctor Liendo y Jesús
Ontiveros, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la comunicación Nº CE/2000/176, emanada de la
Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental
Libertador, mediante la cual queda sin efecto la aceptación de su Inscripción
como candidato a Rector de fecha 01-11-2000, emanada de la referida Comisión.
Esta Sala declaró
CON LUGAR la presente acción de amparo, y a los efectos del
restablecimiento de la situación jurídica infringida al accionante, ORDENÓ: 1.-
A la Comisión Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental
Libertador incorporar a la lista de candidatos a Rector de la citada
Universidad al ciudadano PEDRO MANUEL ONTIVEROS. 2.- Posponer por un lapso de nueve (9) días continuos, contados a partir
de la presente fecha, la celebración del proceso eleccionario para la
escogencia de las Autoridades Universitarias, lapso dentro del cual la Comisión
Electoral Central de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador deberá
publicar un aviso por la prensa nacional notificando la admisión del ciudadano
Pedro Ontiveros como candidato a Rector de la referida Universidad y, proceder
a la elaboración de las nuevas boletas de votación en las que figure el
accionante como candidato a rector. Se deja constancia que el fallo definitivo
correspondiente a la presente decisión se dictará dentro de los cinco días
siguientes a esta audiencia.
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