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NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente
Nº 0096: Martín José Padrino, actuando con su carácter de
apoderado judicial de los ciudadanos ANDRÉS LÓPEZ DÍAZ y HUGO DÍAZ MEZONE,
Presidente y Secretario Regional de la Asociación con Fines Políticos
MAS-Miranda, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo constitucional,
contra las Resoluciones Nos. JL-036-2000-2; JL-037-2000-2; JN-038-2000-2;
NC-065-2000-2 y CL-032-2000-2, todas de fecha 29 de marzo de 2000, emanadas de
la Junta Municipal Electoral del Municipio Zamora del Estado Miranda y
publicadas en la Gaceta Electoral del mes de julio de 2000.
Se
dio cuenta a la Sala.
DILIGENCIA EN:
2.- Expediente
Nº 0089: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de
Justicia, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente
con solicitud de amparo constitucional, interpuesto por el ciudadano ENNIO
GÓMEZ, actuando en su carácter de Secretario General de la Organización
Sindical denominada “Sindicato de Trabajadores de la Empresa Servirampa C.A.
(OSTES)”, asistido por el abogado Wilfredo Jesús Patiño Meléndez, contra la
Resolución Nº 0565, de fecha 28-02-2000, emanada del Ministerio del Trabajo.
El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 0122, de
fecha 21-08-2000, mediante el cual se notifica Ministro del Trabajo, de la
sentencia dictada en fecha 17-082000, así como de la solicitud de los
antecedentes administrativos y del informe sobre los aspectos de hecho y de
derecho relacionados con el recurso.
3.- Expediente Nº 0081: Corte Primera de lo Contencioso
Administrativo, declina la competencia en el recurso de nulidad interpuesto por
GUSTAVO MARQUEZ MARIN actuando con el carácter de Candidato a Presidente del
Movimiento al Socialismo (MAS) a las elecciones celebradas el 27 de abril de
1997, asistido por los abogados Falime Hernández Carlos Guevara, contra la
Resolución de fecha 20 de mayo de 1997 emanada de la Comisión Electoral
Nacional del MAS, mediante la cual declaró sin
lugar la solicitud de reconsideración
formulada por Gustavo Márquez Marín y Víctor Hugo D’ Paola referente al proceso
electoral celebrado el día 27 de abril de 1997 mediante el cual se eligió
Presidente y Secretario General del referido Partido.
El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 0123, de
fecha 22-08-2000, mediante el cual se notifica a la Comisión Electoral Nacional
del Movimiento al Socialismo (MAS), de la sentencia dictada en fecha
17-08-2000.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN EN:
4.- Expediente Nº 0092: LUIS ROBERTO ARVELO PUNCEELES, actuando
en su condición de candidato a Alcalde del Municipio Carrizal, asistido por las
abogadas Oylec Piña Matson y Yolacsis González Bocaranda, interpone recurso
contencioso electoral contra las elecciones de Alcalde celebradas el 30 de
julio de 2000, en el Municipio Carrizal del Estado Miranda.
OFICIOS EN:
5.- Expediente
Nº 0090: LIBORIO GUARULLA, actuando en su carácter de
candidato a la Gobernación por el Estado Amazonas,
asistido
por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, interpone recurso contencioso
electoral contra “LAS ACTUACIONES DE LOS ORGANOS DEL PODER ELECTORAL, DEL ACTA DE TOTALIZACIÓN Y PROCLAMACIÓN DEL
GOBERNADOR Y DE ELECCIONES”, emanadas de la Junta Regional Electoral del Estado
Amazonas.
Por recibido
Oficio s/n de fecha 23 de agosto de 2000, suscrito por el ciudadano César Peña
Vigas, Presidente del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual remite a
esta Sala: Disco Compacto contentivo de la Base de Datos relativa al Registro
Electoral del Estado Amazonas, listado de electores reubicados hacia otros
centros de votación e informe emanado de la Dirección General para
Instrumentación del Poder Electoral del Consejo Nacional Electoral relacionado
con los electores reubicados, copias certificadas de Cuadernos de Votación, Actas de Escrutinio, Actas de Votación,
Actas de Números de Boletas Depositadas y Gaceta Electoral Nº 71 de fecha 17 de
agosto de 2000. Se acordó agregar al expediente el referido Oficio así como las
Actas de Escrutinio, las Actas de Votación, las Actas de Números de Boletas
Depositadas y la Gaceta Electoral Nº 71, el Disco Compacto remitido, quedó bajo
el resguardo de la Secretaría de la Sala. Finalmente, se ordenó formar catorce
(14) piezas de anexos con las copias certificadas de los cuadernos de votación.
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