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Sala Electoral
  • Fecha: 25 de mayo del 2000





 

CUENTA Nº 71

 

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

1.- Expediente Nº 0011: ANGEL ZAMBRANO actuando con el carácter de representante del Bloque de Partidos Minoritarios Nº 3, conformado por APERTURA A LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA (APERTURA), RENOVACIÓN, POR QUERER A LA CIUDAD Y AVANZADA POPULAR, asistido por el abogado José Argenis Rivas, interpone acción de amparo conjuntamente con recurso de nulidad, contra la Resolución Nº 20000104-22 de fecha 04-01-2000, dictada por el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL.

 

En esta fecha terminó la segunda etapa de la relación de la causa y se dijo “VISTOS”.

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

2.- Expediente Nº 0057: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo, interpuesto por los ciudadanos JOSÉ RAFAEL VIELMA RODRÍGUEZ, ISRAEL C. RAMÍREZ  y JUAN RUIZ, actuando con el carácter de Presidente, Secretario General y Secretario de Organización del Partido Político Nacional Movimiento Republicano, contra las Resoluciones de fecha 22 de julio y 20 de agosto de 1998, dictadas por el Consejo Nacional Electoral, las cuales se encuentran referidas a la determinación de las autoridades legítimas del partido político “MOVIMIENTO REPUBLICANO”.

 

Se designa Ponente al Magistrado JOSÉ PEÑA SOLÍS, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

3.- Expediente Nº 0058: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad con suspensión de efectos (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia), interpuesto por los abogados Eleazar Carrera Rondón e Isaura Cristina Cárdenas actuando como apoderados judiciales de la “CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES Y DEL INSTITUTO POSTAL TELEGRAFICO (CAPREMCO), contra la Resolución Nº 4079 de fecha 28 de septiembre de 1998, emanada del Ministerio de Hacienda, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto en fecha 30-07-98 por los ciudadanos Orlando Sánchez Contreras, Alberto López Colina, Edicio Urbina y otros, referido “... a la convocatoria a una Asamblea Extraordinaria de Delegados, para elegir a los miembros de la Comisión Electoral Nacional, quien se ocupará del Proceso Electoral a objeto de elegir las nuevas autoridades que regirán el destino de esa Asociación...”.

 

Se designa Ponente al Magistrado ANTONIO GARCÍA GARCÍA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

4.- Expediente Nº 0059:  Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo constitucional, por el ciudadano Henrique Salas Romer, asistido por el abogado Lubin Aguirre, contra la Resolución Nº 951129-574 de fecha 29 de noviembre de 1995 dictada por el Consejo Supremo Electoral, mediante la cual se le impuso multa equivalente a una y media (11/2) remuneración mensual al ciudadano Henrique Salas Romer.

 

Se designa Ponente al Magistrado JOSÉ PEÑA SOLÍS, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

5.- Expediente Nº 0060: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo constitucional y suspensión de efectos (Artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia), por el ciudadano MIGUEL LÓPEZ MARTÍNEZ actuando en su carácter de Alcalde del Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Monagas, contra la Resolución Nº 3 de fecha 28 de abril de 1992 dictada por el Consejo Supremo Electoral, mediante la cual se acordó prestar apoyo técnico para la realización de un Referéndum, para el día 9 de mayo de 1992 en la población de Punta de Mata, del mencionado municipio, en razón de que el 25 de marzo de 1992 en Sesión Ordinaria de la Cámara Municipal del referido Municipio, se improbó la memoria y cuenta de la gestión administrativa del Alcalde ciudadano Miguel López Martínez correspondiente al ejercicio fiscal de 1991.

 

Se designa Ponente al Magistrado OCTAVIO SISCO RICCIARDI, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

6.- Expediente Nº 0061: Sala Político Administrativa, declina competencia en la acción ejercida con motivo del conflicto de autoridad surgido en el Municipio Páez del Estado Miranda, interpuesta por los abogados Aníbal Perales Aguilar, Francisco Perales Wills y Rosiris Aguilera, actuando con  el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Emilio Ruiz Cortez, quien dice ser Alcalde del Municipio Páez del Estado Miranda,  de conformidad con lo previsto en el artículo 166 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal; asimismo solicitan medida de suspensión de efectos (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida cautelar innominada (artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil), contra el Acta de la Sesión Ordinaria de la Cámara Municipal del Municipio Páez del Estado Miranda, de fecha 9 de junio de 1999 por medio de la cual se improbó la Memoria y Cuenta del ciudadano Emilio Ruiz Cortez correspondiente al ejercicio fiscal de 1998.

 

Se designa Ponente al Magistrado ANTONIO GARCÍA GARCÍA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADOS EN:

 

7.- Expediente Nº 0049: Karl Oscar Bernard Russell Cerra, interpone recursos contencioso electoral conjuntamente “con Recurso de Amparo Cautelar”, contra las Resoluciones Nos. 000331-591 y 000309-256 de fechas 31-03-2000 y 09-03-2000 respectivamente, dictadas por el Consejo Nacional Electoral, mediante las cuales, en la primera de ellas, se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el recurrente contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos Denis Izaguirre y René Camejo como candidatos a cargos de representación popular en el Municipio de Baruta del Estado Miranda, y en la segunda resolución se acordó que bastará para el cumplimiento del requisito de la constancia de residencia la presentación por el candidato de una declaración por escrito sin más formalidades, bajo Fe de juramento, acerca del tiempo en que ha residenciado en la entidad o municipio.

 

 

La abogada María del Carmen Farías Osorio, apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito de promoción de pruebas. Se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

8.- Expediente Nº 0049: Karl Oscar Bernard Russell Cerra, interpone recursos contencioso electoral conjuntamente “con Recurso de Amparo Cautelar”, contra las Resoluciones Nos. 000331-591 y 000309-256 de fechas 31-03-2000 y 09-03-2000 respectivamente, dictadas por el Consejo Nacional Electoral, mediante las cuales, en la primera de ellas, se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el recurrente contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos Denis Izaguirre y René Camejo como candidatos a cargos de representación popular en el Municipio de Baruta del Estado Miranda, y en la segunda resolución se acordó que bastará para el cumplimiento del requisito de la constancia de residencia la presentación por el candidato de una declaración por escrito sin más formalidades, bajo Fe de juramento, acerca del tiempo en que ha residenciado en la entidad o municipio.

 

Karl Oscar Bernard Russell Cerra, actuando  en su propio nombre, mediante diligencia consignó escrito de promoción de pruebas. Se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS EN:

 

9.- Expediente Nº 0045: el ciudadano Carlos Luis Duarte Mariño, titular de la cédula de identidad Nº 7.614.606, asistido por  el abogado José Jesús Jiménez Loyo, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra  el “Acto Administrativo emanado por el  Consejo Nacional Electoral, en sesión celebrada el día 27-04-2000” , mediante el cual se revocó la decisión aprobada por el referido órgano electoral en sesión de fecha 11-04-2000, la cual admitió su postulación a la Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia por la organización con fines políticos “Movimiento Quinta República” (M.V.R.).

 

La abogada María del Carmen Farías Osorio, apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito de conclusiones.

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