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Sala Electoral
  • Fecha: 26 de julio del 2000





CUENTA Nº 111

CUENTA Nº 111

 

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

1.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

Vista la diligencia de fecha 19-07-2000 formulada por el abogado Alberto Cedeño Rigual, quien asumió la representación sin poder del ciudadano Edgar Rolando Smith, mediante la cual solicitó copia certificada de la boleta de notificación del referido ciudadano a los fines de absolver posiciones, se acordó su expedición.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

2.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

El ciudadano Gerardo Páez García asistido por el abogado Luis Pérez Martínez solicitó sean convocados los Magistrados Suplentes a los fines de resolver la recusación formulada en fecha 25-07-2000.

 

3.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

 

Los ciudadanos Ascander Contreras y Edgar Rolando Smith, asistidos por el abogado Alberto Cedeño Rigual, ratifican el contenido de la diligencia presentada por el abogado Alberto Cedeño Rigual en fecha 25-07-2000. Asimismo aclaran que el acto de posiciones juradas que se impugna por medio de dicha diligencia es de fecha 19-07-2000 y no como se indicó en la diligencia, 21-07-2000.

 

 

4.- Expediente Nº 0073: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, interpuesto por el abogado Antonio Oswaldo Angulo Perdomo, contra los artículos 37, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 51, 52, 62 numeral 2 y 125, del Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, así como contra los actos de convocatoria a elecciones de las Autoridades de la Universidad de Carabobo para el período 2000-2004, y el correspondiente Registro Electoral. Oficio Nº 00-1416 de fecha 27-06-2000, remitiendo el expediente Nº 00-23323 de la nomenclatura de esa Corte.

 

Los ciudadanos Ascander Contreras y Edgar Rolando Smith, asistidos por el abogado Alberto Cedeño Rigual, exponen que se dan por notificados de la sentencia dictada en fecha 19 de julio de 2000.

 

 

 

OFICIO EN:

 

5.- Expediente Nº 0085: DILIA PARRA GUILLÉN, actuando con el carácter de Defensora del Pueblo, JUAN CARLOS GUTIERREZ, LUZ PATRICIA MEJIA GUERRERO SACHA FERNÁNDEZ CABRERA, actuando con el carácter de Director General de Servicios Jurídicos, Directora de Recursos y Abogado Defensor de la Defensoría del Pueblo, respectivamente, interponen recurso de interpretación referido al artículo 97 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.  

 

Oficio Nº DGSJ/DR Nº 0352 mediante el cual se designó al abogado Sacha Fernández Cabrera, a los fines de interponer recurso de interpretación.

 

 

 

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION EN:

 

6.- Expediente Nº 0084: HUGO DIAZ MEZONE, actuando con el carácter de Secretario General del Movimiento al Socialismo (MAS) del Estado Miranda, asistido por el abogado Martín José Padrino Rudas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.307, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo constitucional, contra la Resolución Nº A-023-2000 de fecha 24 de abril de 2000, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en “Gaceta Electoral del mes de julio de 2000”,  la cual contiene -según el recurrente- “la Postulación del ciudadano Luis Alberto Sanz a candidato a Alcalde por el Municipio Zamora del Estado Miranda por parte del Movimiento Al Socialismo (MAS)”.

 

Se declaró INADMISIBLE el recurso por cuanto el recurrente carece de legitimación para representar o actuar en nombre del “Movimiento al Socialismo” (M.A.S. Miranda), ello de conformidad con lo previsto en el artículo 84 numeral 7, de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

 

 

7.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

El Magistrado Antonio García García consignó el informe a que se refiere el artículo 92, primer aparte del Código de Procedimiento Civil, en el cual expone sus alegatos en relación a la recusación formulada por el ciudadano Gerardo Páez García, en fecha 25-07-2000.

 

 

8.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

El Magistrado Octavio Sisco Ricciardi consignó el informe a que se refiere el artículo 92, primer aparte del Código de Procedimiento Civil, en el cual expone sus alegatos en relación a la recusación formulada por el ciudadano Gerardo Páez García, en fecha 25-07-2000.

 

 

 

9.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

El Magistrado José Peña Solís consignó el informe a que se refiere el artículo 92 primer aparte del Código de Procedimiento Civil, en el cual expone sus alegatos en relación a la recusación formulada por el ciudadano Gerardo Páez García, en fecha 25-07-2000.

 

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