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NUEVO ASUNTO
INGRESADO:
1.- Expediente
Nº 0086: HILDAMAR MORENO
DE RENGIFO, MIGUEL ZAMBRANO Y RAIZA JIMÉNEZ, asistidos por los abogados Rosalio
Montero, Gladys Molinos y Freddy Martínez interponen recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra el
proceso de elecciones de la Dirección
Gremial correspondiente a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario de la
Asociación de Profesores y de los representantes profesorales ante el Consejo
Superior, el Consejo Directivo, los Consejos de Región y ante los Consejos de
Núcleos de la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez.
Se dio cuenta a la Sala.
DILIGENCIA EN:
2.- Expediente
Nº 0086: HILDAMAR MORENO
DE RENGIFO, MIGUEL ZAMBRANO Y RAIZA JIMÉNEZ, asistidos por los abogados Rosalio
Montero, Gladys Molinos y Freddy Martínez interponen recurso contencioso
electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra el
proceso de elecciones de la Dirección
Gremial correspondiente a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario de la
Asociación de Profesores y de los representantes profesorales ante el Consejo
Superior, el Consejo Directivo, los Consejos de Región y ante los Consejos de
Núcleos de la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez.
Los ciudadanos
HILDAMAR MORENO DE RENGIFO, MIGUEL ZAMBRANO Y RAIZA JIMÉNEZ, asistidos por la
abogada Gladys Molinos, indican cual será su domicilio procesal, a los fines
legales consiguientes.
SECRETARIA EN:
3.-
Expediente Nº 0070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos
por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
Vista
la diligencia presentada en fecha 25-07-2000, por el ciudadano GERARDO PÁEZ
GARCIA, mediante la cual recusa a todos los Magistrados de la Sala Electoral, y
visto igualmente los informes presentados en fecha 26-07-2000 por los Magistrados de la referida Sala, se acordó
pasar el presente expediente al Presidente de la Sala Plena, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 46,
ordinal 18 y 72 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia. Se libró
Oficio Nº 0101.
4.- Expediente Nº 0082: Corte
Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en la acción
de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos CESAR ACOSTA
MARIN, ANTONIO BENITEZ Y JOSE LUIS PEREZ, actuando en su condición de asociados
de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DE LA
UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (C.A.P.S.T.U.C.V.), asistidos los por abogados
José Rodríguez Noguera y Blanca Escalante Orozco, contra las decisiones de
fecha 11 de abril de 2000 emanada de la Comisión Electoral de la referida Caja
de Ahorros, mediante la cual acepta las impugnaciones formuladas por los
ciudadanos EDUARDO SÁNCHEZ, JUAN VENANCIO HERNÁNDEZ Y ANA TERESA GOMEZ, en
contra de las postulaciones a los cargos de Presidente, Vice-Presidente y
Secretario de Actas y Propagandas del Consejo Administrativo, para el período 2000 – 2002, de los
accionantes.
Se libraron Oficios Nos. 0100 y 0102 dirigidos al
Presidente de la Sala Constitucional Dr. Iván Rincón Urdaneta y al Presidente
del Consejo Nacional Electoral, ciudadano César Peña Vigas, a los fines de hacer de su conocimiento que la Sala Electoral en
fecha 26-07-2000, dictó la sentencia Nº 90, mediante la cual se declaró
competente para conocer de las acciones de amparo autónomo que se interpongan contra los actos, actuaciones u
omisiones sustantivamente electorales de los titulares de los órganos distintos
a los enumerados en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y
Garantías Constitucionales, y de los entes mencionados en el artículo 293,
numeral 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
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