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Sala Electoral
  • Fecha: 30 de octubre del 2000





CUENTA Nº 178

CUENTA Nº 178

 

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 0099: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia para conocer de  la apelación interpuesta por el abogado Alonso Boscan, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia, contra la sentencia dictada en fecha 12 de agosto de 1998 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró procedente la solicitud de amparo cautelar interpuesta conjuntamente con recurso de nulidad y medida cautelar innominada (artículo 585 y 588 del C.P.C.) por el abogado Ildegar Arispe Borges, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos OMAR MOLERO, ZULMA PEDREAÑEZ, NERIO GARCIA, MARITZA MUÑOZ DE REYES Y JOSE BALZA como representantes del COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DEL ESTADO ZULIA, contra el acto de anulación de las elecciones del Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia realizadas el día 27-06-1998; contra el llamado a nuevas elecciones convocado por la Comisión Electoral, publicado en el diario Panorama el 12-07-1998 y contra el acto publicado en fecha 27-07-1998 en el diario Panorama. Oficio Nº 839, de fecha 16-08-2000, remitiendo el Expediente Nº 00-1173 de la nomenclatura de esa Sala.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 0172 de fecha 27-10-2000, mediante el cual se remite a la ciudadana Ana María Ruggeri, Presidenta de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, copia certificada de la decisión dictada por esta Sala en fecha 25-10-2000.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

2.- Expediente Nº 0100: Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos CARLOS VILORIA, JESUS PINTO Y ORANGE VELASQUEZ, afiliados al Sindicato Único de Trabajadores de la Salud del instituciones Públicas y Privadas y de la Seguridad Social, asistidos por los abogados Humberto Hernández y José Pérez Castillo, contra el acto electoral de fecha 07 de enero de 2000, llevado a cabo por la Comisión Electoral Interna del referido sindicato.

 

El ciudadano JOSE MOGOLLON, asistido por el abogado Oswaldo José Galíndez Vizcaya, expuso  defensas y alegatos en contra del presente recurso.

 

 

3.- Expediente Nº 0100: Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos CARLOS VILORIA, JESUS PINTO Y ORANGE VELASQUEZ, afiliados al Sindicato Único de Trabajadores de la Salud del instituciones Públicas y Privadas y de la Seguridad Social, asistidos por los abogados Humberto Hernández y José Pérez Castillo, contra el acto electoral de fecha 07 de enero de 2000, llevado a cabo por la Comisión Electoral Interna del referido sindicato.

 

El ciudadano Jesús Pinto, asistido por el abogado José Rafael Pérez Castillo,  expone alegatos ratificando el  escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto.

 

 

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