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Sala Electoral
  • Fecha: 30 de noviembre de 2000





CUENTA Nº 201

 

 

CUENTA Nº 201

 

 

 

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente Nº 0143: SADY RAFAEL BOGARIN VALLENILLA, asistido por el abogado Manuel Salvador Ramos Villoria, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.871, interpone recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto de remoción de fecha 25 de octubre de 2000, emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le removió del cargo de Jefe de Unidad Caja de Ahorro, el cual fue notificado mediante Oficio S/N de fecha 25-10-2000.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 0123: SERGIO OMAR CALDERON DUQUE, asistido por los abogados Pedro Omar Rey García y Frank Freytes Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 24.471 y 63.865, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 001002-1834, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, publicada en la Gaceta Electoral Nº 77 de fecha 17-10-2000, mediante la cual el mencionado Órgano Electoral  declaró sin lugar el recurso  jerárquico interpuesto en fecha 14-08-2000, por el mencionado ciudadano en contra del Acta de Totalización y Proclamación del Gobernador del Estado Táchira, dictada por la Junta Regional Electoral de la referida Entidad Federal en fecha 02-08-2000 y de las Resoluciones números 17 y 18 dictadas por dicho Órgano Electoral Regional en fecha 13-05-2000 mediante las cuales se admitieron las sustituciones de la candidatura del ciudadano Leonardo Alí Salcedo Ramírez por el ciudadano Ronald Blanco La Cruz.

 

El abogado Pedro Antonio Rey García, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Sergio Omar Calderón, solicitó que se sancionara la conducta desplegada por el Consejo Nacional Electoral, en virtud de la falta de probidad en el proceso.

 

 

 

3.- Expediente Nº 0141: WILFREDO JOSE MÉDINA VARGAS, asistido por el abogado Raúl Alejandro Dovale Prado, interpone recurso contencioso electoral contra el acto de totalización y proclamación del Alcalde del Municipio Colina del Estado Falcón, emanado de la Junta Municipal Electoral del referido Municipio, contra el cual ejerciera recurso jerárquico ante el Consejo Nacional Electoral, y el cual fue declarado INADMISIBLE, mediante Resolución Nº 000919-1739, de fecha 19-09-2000.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala, consignó copia del Oficio Nº 0214, de fecha 28-11-2000, mediante el cual se solicita el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral, el cual fue entregado el 29-11-2000.

 

 

4.- Expediente Nº 0133: El abogado Edwin Romero, actuando como apoderado judicial del ciudadano WILMER OQUENDO NAVA, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 000921-1801, de fecha 21-09-2000, publicada en Gaceta Electoral Nº 79 de fecha 27-10-2000, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra los actos de admisión de la postulación y posterior proclamación como Alcalde del Municipio Miranda del Estado Zulia, del ciudadano Carlos Alfredo Barboza Azuaje; y contra la Resolución Nº 000309-162, de fecha 09-03-2000, publicada en Gaceta Electoral Nº 57 de fecha 20-03-2000, mediante la cual se “determina las Áreas Metropolitanas a nivel Nacional”.

 

El abogado Edwin Romero, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Wilmer Oquendo Nava, consignó la página A-7 del Cuerpo A, del diario “El Nacional, de fecha 30-11-2000, donde aparece publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

 5.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

El ciudadano Gerardo Páez García, asistido por la abogada Miriam Bencomo de Páez, ratificó la solicitud de desglose del ejemplar del diario “El Carabobeño” de fecha 27-09-2000 que cursa al folio 707 del expediente previa su certificación en autos.

 

 

6.- Expediente Nº 0070: Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra  el Reglamento de las Elecciones de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.

 

El ciudadano Gerardo Páez García, asistido por la abogada Miriam Bencomo de Páez, dejó constancia de haber recibido las copias certificadas, así como simples que fueran acordadas mediante autos de fecha 22-11-2000.

 

 

7.- Expediente Nº 0125: ANGEL ALBERTO ARRAEZ ALIENDO,  asistido por el abogado  Argenis Flores, interpone recurso contencioso electoral contra el Acta de Totalización y Proclamación del Alcalde del Municipio Miranda del Estado Carabobo, emanada de la Junta Electoral del referido municipio en fecha 01-08-2000.

 

El ciudadano Ángel Alberto Arraez Aliendo, asistido por la abogada Josefina Varela, consignó poder Apud-Acta otorgado a los abogados Generoso Mazzocca Medina, Josefina Varela, Nayadet Mogollón y Argenis Flores, inscritos en el Inpreabogados bajo los números 31.648, 59.464, 42.014 y 16.122.

 

 

8.- Expediente Nº 0129: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos,  interpuesto por los ciudadanos HILDAMAR MORENO DE RENGIFO, MIGUEL ZAMBRANO, HÉCTOR JOSÉ FRENEITES, MIRTHA RIVERO, ALBA CHAUSTRE, JOSÉ MIGUEL CRUCES Y LUIS LAGUADO, asistidos por los abogados Ramón Lizardo y Rosalio Montero, contra el acto de elección de los representantes de los profesores ante el Consejo Superior y el Consejo Directivo, a los Consejos de Región y a los Consejos de Núcleos de la Universidad Nacional Experimental “SIMÓN RODRÍGUEZ”.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 0215 de fecha 28-11-2000, mediante el cual se  notifica al Fiscal General de la República la admisión del presente recurso.

 

 

9.- Expediente Nº 0129: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos,  interpuesto por los ciudadanos HILDAMAR MORENO DE RENGIFO, MIGUEL ZAMBRANO, HÉCTOR JOSÉ FRENEITES, MIRTHA RIVERO, ALBA CHAUSTRE, JOSÉ MIGUEL CRUCES Y LUIS LAGUADO, asistidos por los abogados Ramón Lizardo y Rosalio Montero, contra el acto de elección de los representantes de los profesores ante el Consejo Superior y el Consejo Directivo, a los Consejos de Región y a los Consejos de Núcleos de la Universidad Nacional Experimental “SIMÓN RODRÍGUEZ”.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 0216 de fecha 28-11-2000 mediante el cual se  notifica al Consejo Nacional Electoral la admisión del presente recurso.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS EN:

 

 

8.- Expediente Nº 0125: ANGEL ALBERTO ARRAEZ ALIENDO,  asistido por el abogado  Argenis Flores, interpone recurso contencioso electoral contra el Acta de Totalización y Proclamación del Alcalde del Municipio Miranda del Estado Carabobo, emanada de la Junta Electoral del referido municipio en fecha 01-08-2000.

 

El ciudadano Ángel Alberto Arraez Aliendo, asistido por la abogada Josefina Varela Quintero, inscrita en el Inpreabogado número 59.464, consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó Anexos). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

 

 

9.- Expediente Nº 0142: GEORGES BALLAN BUFRAN, actuando con el carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A, asistido por la abogada Noelia González Ordóñez,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 001118-1845 de fecha 18 de noviembre de 2000, emanada del Consejo Nacional Electora, publicada en Gaceta Electoral Nº 83, de fecha 22 de noviembre de 2000, mediante la cual se convoca a un Referendo Consultivo para que los habitantes del Municipio Chacao se pronuncien acerca de si están de acuerdo o no con la ubicación de Salas de Bingos en su ámbito territorial.

 

Por recibido Oficio 006225, de esta misma fecha, emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se remiten los antecedentes administrativos del caso, se ordenó agregar el referido Oficio al expediente principal y formar pieza separada con los antecedentes  administrativos.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS EN:

 

 

10.- Expediente Nº 0142: GEORGES BALLAN BUFRAN, actuando con el carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A, asistido por la abogada Noelia González Ordóñez,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 001118-1845 de fecha 18 de noviembre de 2000, emanada del Consejo Nacional Electora, publicada en Gaceta Electoral Nº 83, de fecha 22 de noviembre de 2000, mediante la cual se convoca a un Referendo Consultivo para que los habitantes del Municipio Chacao se pronuncien acerca de si están de acuerdo o no con la ubicación de Salas de Bingos en su ámbito territorial.

 

La abogada Cosimina Pellegrino, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 56.468, actuando en su carácter de apoderada judicial  del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso contencioso  electoral, se acordó agregar al expediente el referido escrito con su anexo. Así mismo, visto que la materia debatida en el juicio está referida a la impugnación de la convocatoria de un referendo consultivo para el día 3-12-2000, relativo al funcionamiento de Salas de Bingos y Casinos en el Municipio Chacao del Estado Miranda, y que en la presente causa se solicitan medidas cautelares, la Sala en aras de preservar el principio de tutela judicial efectiva acordó designar ponente al Magistrado OCTAVIO SISCO RICCIARDI, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión del recurso y con respecto a las referidas solicitudes.

 

 

11.- Expediente Nº 0142: GEORGES BALLAN BUFRAN, actuando con el carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A, asistido por la abogada Noelia González Ordóñez,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 001118-1845 de fecha 18 de noviembre de 2000, emanada del Consejo Nacional Electora, publicada en Gaceta Electoral Nº 83, de fecha 22 de noviembre de 2000, mediante la cual se convoca a un Referendo Consultivo para que los habitantes del Municipio Chacao se pronuncien acerca de si están de acuerdo o no con la ubicación de Salas de Bingos en su ámbito territorial.

 

El ciudadano Leopoldo López Mendoza, actuando con el carácter de Alcalde del Municipio Chacao, asistido por los abogados Ricardo Baroní y Juan Carlos Caldera, presentó escrito mediante el cual se opuso al presente recurso.

 

 

 

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