Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 01 de junio de 2001





El día de hoy, viernes primero (1º) de junio de 2001, no hubo despacho en esta Sala

 

 

 

 

El día de hoy, viernes primero (1º) de junio de 2001, no hubo despacho en esta Sala.

 

 

  SALA ACTUANDO COMO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

1.- Expediente Nº 2001-000072: CESAR ROMERO MADRID Y ARACELI REDONDO MUIÑO, titulares de las cédulas de identidad números 10.032.145 y 6.263.175, Presidente de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad de Los Andes y Consultora Jurídica y apoderada judicial de la mencionada Federación, respectivamente,  interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes.

 

Recibido vía correo electrónico (sistemas@tsj.gov.ve). Se dio cuenta a la Sala. 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

2.- Expediente Nº 2001-000064: CIRO ALEJANDRO PARRA, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la negativa de la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Vecinos de la Trinidad (ASOVETRI) de aceptar su postulación como candidato al cargo de Vocal para conformar la Junta Directiva de la mencionada Asociación para el período 2001-2002, en las elecciones a celebrarse el día 31-05-2001.

 

El ciudadano Alguacil consignó Oficio Nº 01-126, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República, la admisión de la presente acción de amparo,  así mismo se le notifica que debe comparecer ante la Secretaría de esta Sala, a los fines de conocer el día en que tendrá lugar la audiencia oral de las partes, la cual se efectuará dentro de las noventa y seis (96) horas contadas a partir de la última notificación efectuada.

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000064: CIRO ALEJANDRO PARRA, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la negativa de la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Vecinos de la Trinidad (ASOVETRI) de aceptar su postulación como candidato al cargo de Vocal para conformar la Junta Directiva de la mencionada Asociación para el período 2001-2002, en las elecciones a celebrarse el día 31-05-2001.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta,  librada al ciudadano Atilio D`elia, mediante la cual se le notifica la admisión de la acción de amparo dictado en fecha 29-05-2001.

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000064: CIRO ALEJANDRO PARRA, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la negativa de la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Vecinos de la Trinidad (ASOVETRI) de aceptar su postulación como candidato al cargo de Vocal para conformar la Junta Directiva de la mencionada Asociación para el período 2001-2002, en las elecciones a celebrarse el día 31-05-2001.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta,  librada al ciudadano Baudilio Dávila, mediante la cual se le notifica la admisión de la acción de amparo dictado en fecha 29-05-2001.

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000064: CIRO ALEJANDRO PARRA, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la negativa de la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Vecinos de la Trinidad (ASOVETRI) de aceptar su postulación como candidato al cargo de Vocal para conformar la Junta Directiva de la mencionada Asociación para el período 2001-2002, en las elecciones a celebrarse el día 31-05-2001.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta,  librada a la ciudadana Nadesca Pantic, mediante la cual se le notifica la admisión de la acción de amparo dictado en fecha 29-05-2001.

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000067: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en la solicitud de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, formulada por los abogado Héctor Rondón y Nixon García, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 24.306 y 20.614, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano JUAN FRANCISCO RAMÍREZ CARVAJAL, contra el proceso electoral para elegir las autoridades de la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales “Ezequiel Zamora”,  a celebrarse el día 30 de mayo de 2001. Oficio Nº 01-2204 de fecha 28-05-2001, remitiendo el expediente Nº 01-25103 de la nomenclatura de esa Corte. (1 Pieza).

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-130, de fecha 29-05-2001, mediante el cual se notifica Rectora-Presidenta Consejo Directivo de la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales “Ezequiel Zamora”, ciudadana  Magaly Amarista,  de la admisión de la acción de amparo. Así mismo se le notifica que deberá comparecer ante la Secretaría de esta Sala, a los fines de conocer el día en que tendrá lugar la audiencia oral de las partes, la cual se efectuará dentro de las noventa y seis (96) horas contadas a partir de la última notificación efectuada.  Oficio que fue recibido en fecha 31-05-2001. Así mismo consignó la copia del recibo de la empresa MRW mediante el cual se hizo la remisión a esta Sala de  dicho oficio.

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000067: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en la solicitud de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, formulada por los abogado Héctor Rondón y Nixon García, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 24.306 y 20.614, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano JUAN FRANCISCO RAMÍREZ CARVAJAL, contra el proceso electoral para elegir las autoridades de la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales “Ezequiel Zamora”,  a celebrarse el día 30 de mayo de 2001. Oficio Nº 01-2204 de fecha 28-05-2001, remitiendo el expediente Nº 01-25103 de la nomenclatura de esa Corte. (1 Pieza).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-131, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República, la admisión de la presente acción de amparo,  así mismo se le notifica que debe comparecer ante la Secretaría de esta Sala, a los fines de conocer el día en que tendrá lugar la audiencia oral de las partes, la cual se efectuará dentro de las noventa y seis (96) horas contadas a partir de la última notificación efectuada.

 

 

8.- Expediente Nº 2001-000064: CIRO ALEJANDRO PARRA, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la negativa de la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Vecinos de la Trinidad (ASOVETRI) de aceptar su postulación como candidato al cargo de Vocal para conformar la Junta Directiva de la mencionada Asociación para el período 2001-2002, en las elecciones a celebrarse el día 31-05-2001.

 

Recibido vía correo electrónico (sistemas@tsj.gov.ve), desistimiento de la presente acción de amparo. Se dio cuenta a la Sala.

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

El Secretario,

 

 

ALFREDO DE STEFANO

Ir al tope


Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados