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Despacho del miércoles cuatro (04) de julio de
2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta
con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y
fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARIA
1.- Expediente Nº 2001-000074: Sala Político Administrativa, declina
competencia en el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano BULFRIDO
BARRIENTOS ACEVEDO, asistido por el abogado Elpidio Franco, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 041, contra la instalación del Concejo Municipal
del Distrito Sucre del estado Portuguesa, de fecha 02-01-1970. Oficio Nº 0677,
de fecha 22-05-2001, remitiendo el expediente Nº 249, nomenclatura de esa Sala.
(1 pieza).
Se
dejó constancia de que en esta misma oportunidad se fijó en la cartelera de
esta Sala la boleta librada
al ciudadano BULFRIDO BARRIENTOS ACEVEDO, mediante la cual se le notifica que,
en fecha 02 de julio de 2001, esta Sala Electoral, dictó sentencia, de
conformidad con lo previsto en los artículos 14 y 174 del Código de
Procedimiento Civil, con la advertencia de que transcurrido un término de diez
(10) días calendario, contados a partir de que conste en autos la fijación en
la cartelera de esta Sala de la presente boleta, se le tendrá por notificado de
dicha sentencia.
2.- EXPEDIENTE Nº 2001-000086: Osiris Rojas Rivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 58.824, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARCOS ANTONIO MÁRQUEZ, FÁTIMA ORTEGA, HIPÓLITO MACHIZ, LUIS SILVA Y CARLOS FARIAS, interpone recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Asamblea General Extraordinaria de los trabajadores de la empresa COMSIGUA, celebrada en fecha 10 de enero de 2001, en la cual se eligió “una nueva Junta Directiva” del Sindicato de Trabajadores de la empresa Complejo Siderúrgico Guayana C.A. (SITRA-COMSIGUA).
De conformidad
con las previsiones contenidas en el artículo 25 del Código de Procedimiento
Civil, se ordenó abrir la segunda (2da)
pieza del expediente judicial.
DESIGNACION DE PONENTE EN:
3.-
Expediente Nº 2001-000091:
Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad interpuesto
por el ciudadano Pedro Bermúdez, asistido por el abogado Silva Quijada,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 4291, contra la decisión dictada en
fecha 03-05-1973, por el Consejo Supremo Electoral, mediante la cual se ordenó
la inscripción del Partido Nacional Integracionista, en el Registro de Partidos
Políticos Nacionales. Oficio Nº 0839, de fecha 07-06-2001, remitiendo el
expediente Nº 1761, nomenclatura de esa Sala. (1 pieza principal y 1 pieza
contentiva del expediente administrativo).
Se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL
HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
4.-
Expediente Nº 2001-000092:
Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso contencioso electoral
interpuesto por el abogado ALFREDO JOSÉ CALATRAVA SANTANA, inscrito en el
Inpreabogado Bajo el número 20.866, actuando en su propio nombre, contra la
Resolución Nº 990630-296, del 30 de junio de 1999, emanada del Consejo Nacional
Electoral, mediante la cual se declaró improcedente el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano contra la Resolución Nº 031-99, dictada
por la Junta Regional Electoral del Estado Carabobo de fecha 15-06-1999, que
declaró “la postulación del ciudadano ALFREDO JOSÉ CALATRAVA SANTANA como no
presentada”. Oficio Nº 0881, de fecha 12-06-2001, remitiendo el expediente Nº
16266, nomenclatura de esa Sala. (1 pieza principal y 1 pieza contentiva del
expediente administrativo).
Se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL
HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
5.-
Expediente Nº 2001-000093:
Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso contencioso
electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada, por los
ciudadanos Eduardo García, Israel Ramírez y Juan Ruiz, asistido por el abogado
Lombardo Bracca López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.508,
contra la Resolución Nº 980908-964, de fecha 07 de octubre de 1998, emanada del
Consejo Nacional Electoral.
Oficio Nº
0838, de fecha 07-06-2001, remitiendo el expediente Nº 15165, nomenclatura de
esa Sala. (1 pieza principal y 1 pieza contentiva del expediente
administrativo).
Se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL
HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
6.- EXPEDIENTE Nº 2001-000086: Osiris Rojas Rivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 58.824, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARCOS ANTONIO MÁRQUEZ, FÁTIMA ORTEGA, HIPÓLITO MACHIZ, LUIS SILVA Y CARLOS FARIAS, interpone recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Asamblea General Extraordinaria de los trabajadores de la empresa COMSIGUA, celebrada en fecha 10 de enero de 2001, en la cual se eligió “una nueva Junta Directiva” del Sindicato de Trabajadores de la empresa Complejo Siderúrgico Guayana C.A. (SITRA-COMSIGUA).
Osiris Rojas
Rivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 58.824, actuando con el
carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARCOS ANTONIO MÁRQUEZ, FÁTIMA
ORTEGA, HIPÓLITO MACHIZ, LUIS SILVA Y CARLOS FARIAS, expuso alegatos
relacionados con el recurso.
DILIGENCIA
EN:
7.- Expediente Nº 2001-000076: HORACIO ROJAS MOLINA,
LEONARDO MADRID MONAGAS, NELLYS MOLINA DE KILZI, RODOLFO DORDELLY, JORGE LUIS
RAMÍREZ, ALEXIS GONZÁLEZ y ELMER FRANCO, asistidos por los abogados Nellys
Molina de Kilzi, Luis Orlando Duque, Miguel José López y Rafael Rangel Sánchez,
inscritos en el Inpreabogado bajo los números 12,277, 23.907, 21.959 y 48.917,
respectivamente, interponen recurso
contencioso electoral contra las elecciones para elegir la Junta Directiva de
la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, celebrada en fecha 04 de marzo de
2001.
El abogado Eduardo
Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.708, solicitó copia
certificada del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha
25-06-2001, que corre inserto a los folios 526 al 528.
8.- Expediente Nº 2001-000076: HORACIO ROJAS
MOLINA, LEONARDO MADRID MONAGAS, NELLYS MOLINA DE KILZI, RODOLFO DORDELLY,
JORGE LUIS RAMÍREZ, ALEXIS GONZÁLEZ y ELMER FRANCO, asistidos por los abogados
Nellys Molina de Kilzi, Luis Orlando Duque, Miguel José López y Rafael Rangel
Sánchez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 12,277, 23.907, 21.959 y
48.917, respectivamente, interponen
recurso contencioso electoral contra las elecciones para elegir la Junta
Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, celebrada en fecha
04 de marzo de 2001.
El abogado
Daniel Jaramillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.204, actuando
con el carácter de apoderado judicial de la Comisión Electoral del Club
Campestre Paracotos, dejó constancia de haber recibido las copias certificadas
que fueron acordadas mediante auto de fecha 02-07-2001.
JUZGADO
DE SUSTANCIACION
9.-
Expediente Nº 2001-000057:
MOREL RAFAEL RODRÍGUEZ AVILA, actuando con el carácter de candidato a
Gobernador del Estado Nueva Esparta en las elecciones del 30 de julio de 2000,
asistido por los abogados Pedro José Mora Rangel, Juan Correa de León y Octavio Tovar Guzmán, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 2.348, 294 y 7.154, respectivamente, interpone recurso contencioso
electoral contra las actas de escrutinio que indica, y el acta de Totalización
y Proclamación elaborada por la Junta Regional Electoral del Estado Nueva
Esparta.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-183, mediante el cual se solicita al
Presidente del Consejo Nacional Electoral, un informe con relación a los
aspectos mencionados en el auto de fecha 03-06-2001.
10.-
Expediente Nº 2001-000057:
MOREL RAFAEL RODRÍGUEZ AVILA, actuando con el carácter de candidato a
Gobernador del Estado Nueva Esparta en las elecciones del 30 de julio de 2000,
asistido por los abogados Pedro José Mora Rangel, Juan Correa de León y Octavio Tovar Guzmán, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 2.348, 294 y 7.154, respectivamente, interpone recurso contencioso
electoral contra las actas de escrutinio que indica, y el acta de Totalización
y Proclamación elaborada por la Junta Regional Electoral del Estado Nueva
Esparta.
El ciudadano
Alguacil consignó Boleta librada al presidente del Consejo Nacional Electoral,
mediante la cual se le notifica de que debe comparecer por esta Sala a las once
de la mañana (11:00 a.m.) del tercer (3er) día de despacho siguiente a su
intimación, para que exhiba los documentos requeridos conforme al auto de
admisión de pruebas de fecha 03-07-2001.
11.- Expediente
Nº 2001-000063: JUAN
ANTONIO GUACARAN, asistido en este acto por el abogado Carlos Alberto Rausseo
Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.248, interpone recurso
contencioso electoral contra la Resolución Nº 010410-108, dictada por el
Consejo Nacional Electoral, en fecha 10-04-2001, mediante la cual se declaró
parcialmente con lugar, el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado
ciudadano, contra los actos de naturaleza electoral efectuados en el Centro de
Votación Nº 5441, mesa única, Escuela Estatal “Pedro Antonio Medina y contra el
Acta de Escrutinio Nº 995-846-5, del mismo centro de votación, para elegir el
Alcalde del Municipio Bruzual del Estado Anzoátegui.
Siendo las once
de la mañana (11:00 a.m.) día y hora fijados para que tenga lugar el acto de
exhibición, en relación con lo requerido en el escrito de promoción de pruebas
presentado por la parte recurrente. Comparecieron la abogada Carmen Stebbing y
el abogado Miguel Ángel Méndez, apoderados judiciales del Consejo Nacional
Electoral, procediendo a exhibir y consignar en autos los documentos que se
especifican en la referida acta. Se dejó constancia que el acto concluyó a las
11:55 a.m..
12.-
Expediente Nº 2001-000094: VINICIO
ROMERO MARTÍNEZ, actuando con el carácter de miembro de la SOCIEDAD BOLIVARIANA
DE VENEZUELA, asistido por el abogado
José Vicente Haro, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.815, interpone
acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada,
contra los artículos 28, 57 y el parágrafo único del artículo 62 del Estatuto
General de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, a los fines de que sean
desaplicadas las referidas normas, en los comicios a celebrarse el día 23 de
julio de 2001, para elegir la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad.
Se dio cuenta a la Sala. Se designó
ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines del
pronunciamiento correspondiente.
SENTENCIA
13.- Expediente Nº 2001-000082: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina
competencia en el expediente contentivo de la apelación interpuesta por la
abogada Yuruany Villarroel Núñez, actuando con el carácter de apoderada
judicial de la Federación Médica Venezolana, contra la sentencia dictada en
fecha 14 de octubre de 1999, por la Corte Primera de lo Contencioso
Administrativo, que declaró improcedente la solicitud de amparo constitucional,
admitió el recurso de nulidad interpuesto, acordó la medida de suspensión de
los efectos del acto impugnado y en consecuencia ordenó a la Comisión Electoral Nacional de la Federación Médica
Venezolana suspender el acto de proclamación y juramentación de los miembros
electos del Comité Ejecutivo y el Tribunal Disciplinario de la Federación
Médica Venezolana, en el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar, suspensión de efectos y medida cautelar
innominada, por la ciudadana Gisela Vargas, asistida por el abogado Luis
Alberto Escobar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 18.062, contra el
proceso electoral para la elección del Comité Ejecutivo y Tribunal Disciplinario de la Federación Médica
Venezolana para el período 1999-2001, celebrado entre los meses de julio y
septiembre de 1999. La Sala ACEPTÓ la
declinatoria de competencia formulada por la Sala Constitucional de este
Tribunal Supremo de Justicia y Declaró
que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR, en relación a la apelación
interpuesta por la abogada Yuruani Villarroel, actuando en su carácter de
apoderada judicial de la Federación Médica Venezolana, contra la sentencia de
fecha 14 de octubre de 1999, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Ponente: ALBERTO
MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 81.
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO
DE STEFANO
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