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Sala Electoral
  • Fecha: 05 de febrero de 2001





CUENTA Nº 20

 

 

CUENTA Nº 20

 

 

 

Despacho del lunes cinco (05) de febrero de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARIA

 

 

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000013: MARÍA ODILIA GONCALVEZ DA SILVA, AURIDES MERCEDES MORA y MANUEL ANTONIO CASTILLO JAÉN, actuando con el carácter de Diputados Suplentes del Grupo de Representantes Comunitarios Venezolanos ante el Parlamento Andino, asistidos por el abogado Fernando Delgado, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 001130-2351, de fecha 30 de noviembre de 2000,  dictada por el Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 92, de fecha 15 de enero de 2001, mediante la cual se revocó las Actas de Totalización, Adjudicación y Proclamación de los Representantes al Parlamento Andino y Latinoamericano de fecha 14 de agosto de 2000, así como las credenciales otorgadas a los suplentes respectivos.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000009: El abogado Edilberto  José Natera Barreto, apoderado judicial del ciudadano CONRADO PEÑALOZA BILGER, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra las Actas de Escrutinio del proceso comicial llevado a cabo en fecha 30-07-2000, para elegir el Alcalde del Municipio Maturín del Estado Monagas, así como contra el Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Junta Municipal Electoral del mencionado Municipio.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-020, dirigido al Presidente del  Consejo Nacional Electoral,  mediante el cual se solicitan los antecedentes administrativos del caso, así como el Informe sobre los aspectos de hecho y derecho relacionados con el recurso interpuesto.

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000010: Los ciudadanos CARLOS RIVERO, REINALDO MENDOZA, ALEX ZAPATA y ALEJANDRO ALVAREZ, actuando con el carácter de estudiantes de la Universidad Central de Venezuela, asistidos por el abogado Luis Napoleón Boutto, interponen recurso contencioso electoral, contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber dado respuesta a la solicitud formulada en fecha 29-08-2000, mediante la cual solicitaron al órgano electoral que organice un referendo consultivo en dicha Universidad.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-021, dirigido al Presidente del  Consejo Nacional Electoral,  mediante el cual se solicitan los antecedentes administrativos del caso, así como el Informe sobre los aspectos de hecho y derecho relacionados con el recurso interpuesto.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

4.- Expediente Nº 2000-0139: ENRIQUE NAIME, asistido por la abogada Nayadet Mogollón, interpone recurso contencioso electoral contra la abstención del Consejo Nacional Electoral de expedir la acreditación como representante del partido político COPEI ante el mencionado órgano electoral. La Sala declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 7.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS:

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000011: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en la solicitud de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, formulada por los ciudadanos JESÚS ANDRES LÓPEZ, JOSÉ ANTONIO GARCÍA, DOMINGO ANTONIO VÁSQUEZ, CARLOS ALBERTO PRIETO MALPICA, HÉCTOR RAMÓN LUGO RODRÍGUEZ, JOSÉ ALEXIS HERNÁNDEZ Y ALFREDO GÓMEZ, asistidos por los abogados Argenis Villanueva y Carlos Padrón, contra la Coordinación de la Agencia de Empleos del Estado Monagas adscrita al Ministerio del Trabajo. Oficio Nº 01-476 de fecha 01-02-2001, remitiendo el expediente Nº 00-23615 de la nomenclatura de esa Corte.

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000012: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia para conocer de la consulta de ley de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, de fecha 2 de diciembre de 1991,  en la solicitud de amparo constitucional formulada por los ciudadanos ERNESTO FRAILE ESCALONA, FIDELINO DÍAZ, RAMÓN BADARACCO Y CARLOS JOSÉ GUTIÉRREZ, asistidos por los abogados Abner Viloria y Alberto Teriús, a los fines de que se ordene la desaplicación del artículo 36, parágrafo único de la Ley de Abogados, que establece el requisito de estar solvente con las contribuciones al Colegio o delegación y con el Instituto de Previsión Social del Abogado, y que sirvió de fundamento a la decisión de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Sucre, de fecha 12-11-1991. Oficio Nº 01-475 de fecha 01-02-2001, remitiendo el expediente Nº 92-12782 de la nomenclatura de esa Corte.

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2000-0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA, PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ,  actuando con el carácter de socios titulares de la Asociación  Civil CLUB CAMPESTRE PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la referida Asociación Civil y, en consecuencia,  se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.

 

El ciudadano Leonardo Madrid, asistido por la abogada Gayd Maza Delgado, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 39.324, dejó constancia de haber recibido copia certificada que fuera requerida por él en fecha 23-01-2001. Recibida el 2-02-2001.

 

 

El Presidente,

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

El Secretario,

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

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