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Despacho del lunes cinco (05) de febrero de 2001. Se abrió la sesión
presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del
Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael
Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se
dio cuenta.
SECRETARIA
NUEVOS
ASUNTOS INGRESADOS EN:
1.-
Expediente Nº 2001-000013: MARÍA ODILIA GONCALVEZ DA SILVA, AURIDES
MERCEDES MORA y MANUEL ANTONIO CASTILLO JAÉN, actuando con el carácter de
Diputados Suplentes del Grupo de Representantes Comunitarios Venezolanos ante
el Parlamento Andino, asistidos por el abogado Fernando Delgado, interponen
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de
efectos, contra la Resolución Nº 001130-2351, de fecha 30 de noviembre de
2000, dictada por el Consejo Nacional
Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 92, de fecha 15 de enero de 2001,
mediante la cual se revocó las Actas de Totalización, Adjudicación y
Proclamación de los Representantes al Parlamento Andino y Latinoamericano de
fecha 14 de agosto de 2000, así como las credenciales otorgadas a los suplentes
respectivos.
Se dio cuenta
a la Sala.
DILIGENCIA
EN:
2.-
Expediente Nº 2001-000009:
El abogado Edilberto José Natera
Barreto, apoderado judicial del ciudadano CONRADO PEÑALOZA BILGER, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de
efectos y medida cautelar innominada, contra las Actas de Escrutinio del
proceso comicial llevado a cabo en fecha 30-07-2000, para elegir el Alcalde del
Municipio Maturín del Estado Monagas, así como contra el Acta de Totalización y
Proclamación emanada de la Junta Municipal Electoral del mencionado Municipio.
El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-020,
dirigido al Presidente del Consejo
Nacional Electoral, mediante el cual se
solicitan los antecedentes administrativos del caso, así como el Informe sobre
los aspectos de hecho y derecho relacionados con el recurso interpuesto.
3.-
Expediente Nº 2001-000010:
Los ciudadanos CARLOS RIVERO, REINALDO MENDOZA, ALEX ZAPATA y ALEJANDRO
ALVAREZ, actuando con el carácter de estudiantes de la Universidad Central de
Venezuela, asistidos por el abogado Luis Napoleón Boutto, interponen recurso
contencioso electoral, contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber dado
respuesta a la solicitud formulada en fecha 29-08-2000, mediante la cual
solicitaron al órgano electoral que organice un referendo consultivo en dicha
Universidad.
El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-021,
dirigido al Presidente del Consejo
Nacional Electoral, mediante el cual se
solicitan los antecedentes administrativos del caso, así como el Informe sobre
los aspectos de hecho y derecho relacionados con el recurso interpuesto.
SENTENCIA
4.-
Expediente Nº 2000-0139: ENRIQUE
NAIME, asistido por la abogada Nayadet Mogollón, interpone recurso contencioso
electoral contra la abstención del Consejo Nacional Electoral de expedir la
acreditación como representante del partido político COPEI ante el mencionado
órgano electoral. La Sala declaró SIN LUGAR el recurso contencioso
electoral interpuesto. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 7.
NUEVOS
ASUNTOS INGRESADOS:
5.-
Expediente Nº 2001-000011: Corte Primera de lo Contencioso
Administrativo, declina la competencia en la solicitud de amparo constitucional
conjuntamente con medida cautelar innominada, formulada por los ciudadanos
JESÚS ANDRES LÓPEZ, JOSÉ ANTONIO GARCÍA, DOMINGO ANTONIO VÁSQUEZ, CARLOS
ALBERTO PRIETO MALPICA, HÉCTOR RAMÓN LUGO RODRÍGUEZ, JOSÉ ALEXIS HERNÁNDEZ Y
ALFREDO GÓMEZ, asistidos por los abogados Argenis Villanueva y Carlos Padrón,
contra la Coordinación de la Agencia de Empleos del Estado Monagas adscrita al
Ministerio del Trabajo. Oficio Nº 01-476 de fecha 01-02-2001, remitiendo el
expediente Nº 00-23615 de la nomenclatura de esa Corte.
Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
6.-
Expediente Nº 2001-000012: Corte Primera de lo Contencioso
Administrativo, declina la competencia para conocer de la consulta de ley de la
sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil,
Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito Judicial del
Estado Sucre, de fecha 2 de diciembre de 1991,
en la solicitud de amparo constitucional formulada por los ciudadanos
ERNESTO FRAILE ESCALONA, FIDELINO DÍAZ, RAMÓN BADARACCO Y CARLOS JOSÉ
GUTIÉRREZ, asistidos por los abogados Abner Viloria y Alberto Teriús, a los
fines de que se ordene la desaplicación del artículo 36, parágrafo único de la
Ley de Abogados, que establece el requisito de estar solvente con las
contribuciones al Colegio o delegación y con el Instituto de Previsión Social
del Abogado, y que sirvió de fundamento a la decisión de la Comisión Electoral
del Colegio de Abogados del Estado Sucre, de fecha 12-11-1991. Oficio Nº 01-475
de fecha 01-02-2001, remitiendo el expediente Nº 92-12782 de la nomenclatura de
esa Corte.
Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
DILIGENCIA
EN:
7.- Expediente Nº 2000-0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE
PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de
elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la
referida Asociación Civil y, en consecuencia,
se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas
autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de
la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le
ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.
El ciudadano
Leonardo Madrid, asistido por la abogada Gayd Maza Delgado, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 39.324, dejó constancia de haber recibido copia
certificada que fuera requerida por él en fecha 23-01-2001. Recibida el
2-02-2001.
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO
DE STEFANO
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