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Despacho del lunes cinco (5) de marzo de 2001. Se
abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la
asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y
fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARIA
NUEVO ASUNTO
INGRESADO:
1.- Expediente Nº 2001-000026: Sala Político Administrativa declina competencia para conocer en el expediente contentivo de la apelación formulada por la abogada Yuruany Villarroel Núñez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Federación Médica Venezolana (parte accionada) contra la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 11 de noviembre de 1999. Oficio Nº 0164, de fecha 22-02-2001, remitiendo el expediente Nº 2000-000671 (nomenclatura de ese Sala).
Recibido el
2-03-2001. Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente a la Magistrado Doctor ALBERTO
MARTINI URDANETA, a los fines de la decisión correspondiente.
2.- Expediente Nº 2001-000027: MARYOLGA GIRAN CORTÉZ, actuando con el carácter de apoderada judicial de INDUSTRIAS LACTEA VENEZOLANA C.A. (INDULAC), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso comicial celebrado en fecha 25 de agosto de 2000, mediante el cual se eligió la Junta Directiva del SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA LACTEA Y SUS DERIVADOS DEL DISTRITO PERIJÁ DEL ESTADO ZULIA (SOEL). Oficio Nº 1958, de fecha 20-02-2001, remitiendo el expediente Nº 05992 (nomenclatura de ese Juzgado).
Se dio cuenta a
la Sala.
3.-
Expediente Nº 2001-000028:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la
Circunscripción Judicial del Estado Mérida (Accidental), declina competencia
para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados
Marcos Avilio Trejo y Jorge Luis Morales, actuando con el carácter de
apoderados judiciales de la ciudadana DIAJAIRA VILLARREAL, contra el ciudadano
ALFREDO CARABOT CUERVO, en su condición de Decano de la Facultad de Farmacia de
la Universidad de los Andes, en razón de haberla suspendida en el ejercicio del
cargo de representante de los egresados ante el Consejo de la Facultad de
Farmacia.
Se dio cuenta
a la Sala.
DILIGENCIA
EN:
4.- Expediente Nº 2001-000022: Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesto con medida cautelar innominada, por los ciudadanos Américo Pernalete, Nelly Colmenarez, Jairo Morris, José Morón, Pedro Moreno y Regino Arnaez, asistidos por los abogados Elizabeth Sánchez Fuentes y Ángel David Parada, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.535 y 76.661, respectivamente, contra la conducta desplegada por los ciudadanos Leobaldo Matos, Samuel Rojas y Valeriano González; remisión que se efectúa en virtud del auto dictado en fecha 15 de febrero de 2001, conforme al cual ese Juzgado, asumiendo la competencia de conformidad con el artículo 9 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, admitió la presente acción y ordenó remitir en consulta el presente expediente a esta Sala Electoral, así como el cuaderno separado contentivo de la medida cautelar acordada. Oficio Nº 2001-093, de fecha 19-02-2001, remitiendo el expediente Nº 2001-3129 (nomenclatura de ese Juzgado).
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-045, mediante el cual se remitió copia
certificada del fallo dictado por esta Sala en fecha 01-03-2001, al Juzgado de
Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana
de Caracas.
5.- Expediente Nº 2000-0148: Juzgado de Sustanciación de Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declinó la competencia en el expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Gregorio Salazar Torres, actuando en su propio nombre, contra el acto emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le retiró del cargo de Coordinador Electoral II, adscrito a la Oficina de Proyecto Venezuela. Oficio Nº 2072, de fecha 12-12-2000, remitiendo el expediente Nº 0917 (nomenclatura de esa Sala).
El abogado
Manuel de Jesús Domínguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.605,
actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Gregorio Salazar
Torres, se opone a las pruebas promovidas por el Consejo Nacional Electoral,
toda vez que el poder cursante a los folios 149 al 151 no cumple con las formalidades requeridas.
6.-
Expediente Nº 2000-0133:
El abogado Edwin Romero, actuando como apoderado judicial del ciudadano WILMER
OQUENDO NAVA, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº
000921-1801, de fecha 21-09-2000, publicada en Gaceta Electoral Nº 79 de fecha
27-10-2000, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano contra los actos de admisión de la
postulación y posterior proclamación como Alcalde del Municipio Miranda del
Estado Zulia, del ciudadano Carlos Alfredo Barboza Azuaje; y contra la
Resolución Nº 000309-162, de fecha 09-03-2000, publicada en Gaceta Electoral Nº
57 de fecha 20-03-2000, mediante la cual se “determina las Áreas Metropolitanas
a nivel Nacional”.
El abogado
Emerson Moro, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.942, dejó constancia
de haber recibido las copias certificadas acordadas por esta Sala mediante auto
de fecha 12-02-2001.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
7.- Expediente Nº 2000-0143: SADY RAFAEL
BOGARIN VALLENILLA, asistido por el abogado Manuel Salvador Ramos Villoria,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.871, interpone recurso de nulidad
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto de remoción de
fecha 25 de octubre de 2000, emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante
el cual se le removió del cargo de Jefe de Unidad Caja de Ahorro, el cual fue
notificado mediante Oficio S/N de fecha 25-10-2000.
El abogado
Manuel Salvador Ramos Villoria, apoderado judicial del ciudadano Sady Rafael
Bogarin Vallenilla, consignó escrito de conclusiones.
SECRETARIA
EN:
8.- Expediente Nº 2000-0118: RORAIMA QUIÑÓNEZ, interpone recurso contencioso electoral
contra el proceso comicial celebrado los días 11 y 13 de octubre de 2000, en la
Universidad de Carabobo, mediante el cual fueron electas las nuevas autoridades rectorales de la
referida Casa de Estudios para el período 2000-2004.
Vista la
diligencia presentada en fecha 22-02-2001, por el ciudadano Gerardo Páez
García, asistido por el abogado Luis
Pérez Martínez, mediante la cual solicita
copia certificada de la totalidad del expediente, esta Sala ACORDÓ
expedirle la certificación de los documentos que cursan a los folios: uno (1)
al siete vuelto (7 Vto.), cuarenta y uno (41) al cuarenta y tres (43), cuarenta
y cinco (45) al setenta y uno (71), setenta y tres (73) al setenta y cinco
vuelto (75 Vto.), setenta y siete (77) al noventa y seis (96), noventa y ocho
(98) al ciento nueve (109), ciento once (111), ciento catorce (114) al ciento
dieciséis (116), ciento dieciocho (118) al ciento treinta y uno (131), ciento
treinta y cuatro (134) al ciento cuarenta (140), ciento cuarenta y dos (142) al
ciento cuarenta y tres (143), ciento cuarenta y cinco (145) al ciento cuarenta
y seis (146), cientos cincuenta y tres (153) al ciento cincuenta y siete (157),
ciento sesenta (160) al ciento ochenta y siete (187), ciento ochenta y nueve
(189) al ciento noventa (190), ciento noventa y dos (192) al doscientos (200),
doscientos tres (203) al doscientos cuatro (204), doscientos quince (215) al
doscientos diecinueve (219) y doscientos veintiuno (221) al doscientos
cincuenta y dos vuelto (252 Vto.). Por lo que se refirió a los documentos que
cursan a los folios ocho (8) al cuarenta (40), cuarenta y cuatro (44), setenta
y dos (72), setenta y seis (76), noventa y siete (97), ciento diez (110),
ciento doce (112), ciento trece (113), ciento diecisiete (117), ciento treinta
y dos (132), ciento treinta y tres (133), ciento cuarenta y uno (141), ciento
cuarenta y cuatro (144), ciento cuarenta y siete (147) al ciento cincuenta y
dos vuelto (152 Vto.), ciento cincuenta y ocho (158), ciento cincuenta y nueve
(159), ciento ochenta y ocho (188), ciento noventa y uno (191), doscientos uno
(201) al doscientos dos vuelto (202 Vto.), doscientos cinco (205) al doscientos
catorce vuelto (214 Vto.) y doscientos
veinte (220), esta Sala NEGÓ su certificación por no cursar los mismos
en original, hecho este que impide su confrontación, de allí que se ordena su
expedición en copia simple.
9.- Expediente Nº 2000-0118: RORAIMA QUIÑÓNEZ, interpone recurso contencioso electoral
contra el proceso comicial celebrado los días 11 y 13 de octubre de 2000, en la
Universidad de Carabobo, mediante el cual fueron electas las nuevas autoridades rectorales de la
referida Casa de Estudios para el período 2000-2004.
Vista la
diligencia presentada el 22-02-2001, por el ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez,
mediante la cual solicita dos (2) copias certificadas del “TITULO de IV nivel mediante el cual el ciudadano RICARDO JULIO
MALDONADO GONZALEZ ... acreditó judicialmente ... haber obtenido el Master en
Business Administration de la Universidad de Texas, U.S.A. ... el cual corre
inserto en autos al folio Ciento Diez (110)” y de la sentencia definitiva
dictada por esta Sala en fecha 22 de
enero de 2001, signada con el Nº 3, esta Sala ACORDÓ expedirle la
certificación de la sentencia
definitiva que cursa a los folios doscientos veintidós (222) al doscientos
cuarenta y nueve (249). Por lo que se refirió al documento que cursa al folio ciento diez (110), esta Sala NEGÓ
su certificación por no cursar el mismo en original, hecho este que impide su
confrontación, de allí que se ordena su expedición en copia simple.
10.-
Expediente Nº 2000-000070: Gerardo
Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez Martínez, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos,
contra el Reglamento de las Elecciones
de la Universidad de Carabobo, de fecha 4 de octubre de 1999, emanado del
Consejo Universitario de la referida institución de educación superior, “y los
actos de efectos particulares contrarios a derecho que han venido siendo
cumplidos por la denominada Comisión Electoral de la Universidad de Carabobo”.
Visto el
escrito presentado en fecha 22-02-2001,
por el ciudadano Gerardo Páez García, asistido por el abogado Luis Pérez
Martínez, mediante el cual solicita le sea expedida copia certificada del
escrito presentado por el abogado Iván Darío Pérez Rueda en fecha 10-07-2000,
del instrumento poder consignado por el referido abogado en esa misma
oportunidad y de la Sentencia dictada por esta Sala en fecha 20-11-2000, esta Sala ACORDÓ expedirle la
certificación del escrito presentado por el abogado Iván Darío Pérez Rueda, así
como del fallo dictado en fecha 20-11-2000. Ahora bien, por lo que se refiere
al poder consignado por el abogado Iván Darío Pérez Rueda en fecha 10-07-2000,
esta Sala observó que aún cuando el mismo cursa en copia simple, existe una
nota suscrita por el Secretario de esta Sala,
en la cual deja constancia de que al momento de la consignación del
referido instrumento poder, se tuvo a la vista el original, por tanto se ACORDÓ
expedir la certificación del referido documento.
11.-
Expediente Nº 2001-000024:
MIGUEL ÁNGEL VÁSQUEZ, actuando con el carácter de excandidato a Alcalde del
Municipio Macanao del Estado Nueva Esparta, asistido por el abogado Carlos
Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575,
interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010109-16 del
09 de enero de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en
Gaceta Electoral Nº 96, de fecha 28 de febrero de 2001.
Se acordó solicitar
el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de
hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del
Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 01-049.
12.-
Expediente Nº 2001-000008:
Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad
interpuesto por los abogados Luis Pons Tamayo y Héctor Alejandro Pons Tamayo,
actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano LORENZO GARCIA
TAMAYO, contra la elección de la Directiva del Concejo Municipal del Distrito
Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 4 de mayo de 1973. Oficio Nº 0040, de
fecha 25-01-2001, remitiendo el expediente Nº 1973-443, nomenclatura de dicha
Sala.
Vista la
complejidad del caso se acordó diferir el lapso para sentenciar por el plazo de
cinco (5) días de despacho al de hoy.
JUZGADO
DE SUSTANCIACION
13.-
Expediente Nº 2001-000021: ANGEL
ALBERTO ARRAEZ ALIENDO, actuando con el carácter de excandidato a Alcalde en el
Municipio Miranda del Estado Carabobo, asistido por el abogado Argenis Flores,
inscrito en el Inpreabogado bajo número 16.122, interpone recurso contencioso
electoral, contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del
referido Municipio, de fecha 01 de agosto de 2000, emanada de la Junta
Electoral del Municipio Miranda del Estado
Carabobo.
Se admitió el presente recurso. Se ordenó notificar a los ciudadanos
Fiscal General de la República y Presidente del Consejo Nacional Electoral, y
emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario
“Últimas Noticias”. Se libraron los Oficios Nº 01-047, 01-048_ y se
expidió cartel de emplazamiento.
SENTENCIA
14.-
Expediente Nº 2001-000025:
El abogado ROBERTO ALÍ COLMENARES, actuando con el carácter de Presidente de la
Asociación Civil CLUB CAMPESTRE PARACOTOS, interpone amparo constitucional
contra el Reglamento Electoral para la elección de la Junta Directiva de la
mencionada Asociación, para el período 2001 – 2003, formulado por la Comisión
Electoral de la referida Asociación. La Sala declaró INADMISIBLE la acción autónoma de amparo constitucional.
Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 25.
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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