Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 07 de febrero de 2001





CUENTA Nº 22

 

 

CUENTA Nº 22

 

 

 

Despacho del miércoles siete (07) de febrero de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARIA

 

DILIGENCIA EN:

 

1.- Expediente Nº 2001-000013: MARÍA ODILIA GONCALVEZ DA SILVA, AURIDES MERCEDES MORA y MANUEL ANTONIO CASTILLO JAÉN, actuando con el carácter de Diputados Suplentes del Grupo de Representantes Comunitarios Venezolanos ante el Parlamento Andino, asistidos por el abogado Fernando Delgado, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 001130-2351, de fecha 30 de noviembre de 2000,  dictada por el Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 92, de fecha 15 de enero de 2001, mediante la cual se revocó las Actas de Totalización, Adjudicación y Proclamación de los Representantes al Parlamento Andino y Latinoamericano de fecha 14 de agosto de 2000, así como las credenciales otorgadas a los suplentes respectivos.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-022, dirigido al Presidente del  Consejo Nacional Electoral,  mediante el cual se solicitan los antecedentes administrativos del caso, así como el Informe sobre los aspectos de hecho y derecho relacionados con el recurso interpuesto.

 

 

 

DESIGNACION DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2000-0146: GEORGES BALLAN BUFRAN,  actuando con el  carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A., asistido por la abogada Noelia González Ordóñez, interpone recurso contencioso electoral, contra el referendo consultivo celebrado el 03-12-2000, a los fines de que los habitantes del Municipio Chacao del Estado Miranda, se pronuncien con relación a la ubicación de Salas de Bingo en el ámbito territorial del referido Municipio.

 

Visto que en fecha 06-02-2001, tuvo lugar el acto de informe oral, para que las partes presentasen sus conclusiones, se designó ponente al Magistrado  Doctor  ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de que la Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de siete (7) días, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 246 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y del auto dictado por la Sala en fecha 22 de diciembre de 2000.

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2000-0146: GEORGES BALLAN BUFRAN,  actuando con el  carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A., asistido por la abogada Noelia González Ordóñez, interpone recurso contencioso electoral, contra el referendo consultivo celebrado el 03-12-2000, a los fines de que los habitantes del Municipio Chacao del Estado Miranda, se pronuncien con relación a la ubicación de Salas de Bingo en el ámbito territorial del referido Municipio.

 

El ciudadano Georges Ballan Bufran, asistido por la abogada Noelia González Ordóñez, presentó escrito complementario a los informes orales que tuvieron lugar el día 6-02-2001.

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000009: El abogado Edilberto  José Natera Barreto, apoderado judicial del ciudadano CONRADO PEÑALOZA BILGER, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra las Actas de Escrutinio del proceso comicial llevado a cabo en fecha 30-07-2000, para elegir el Alcalde del Municipio Maturín del Estado Monagas, así como contra el Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Junta Municipal Electoral del mencionado Municipio.

 

El abogado Carlos Pérez Rueda, apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder y formar cuatro (4) piezas separadas con los  restantes anexos que acompañaron al escrito, por constituir los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000010: Los ciudadanos CARLOS RIVERO, REINALDO MENDOZA, ALEX ZAPATA y ALEJANDRO ALVAREZ, actuando con el carácter de estudiantes de la Universidad Central de Venezuela, asistidos por el abogado Luis Napoleón Boutto, interponen recurso contencioso electoral, contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber dado respuesta a la solicitud formulada en fecha 29-08-2000, mediante la cual solicitaron al órgano electoral que organice un referendo consultivo en dicha Universidad.

 

La abogada Naomí Villegas, apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL consignó  escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder y formar pieza separada con los  restantes anexos que acompañaron al escrito, por constituir los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

OFICIOS EN:

 

6.- Expediente Nº 2000-0139: ENRIQUE NAIME, asistido por la abogada Nayadet Mogollón, interpone recurso contencioso electoral contra la abstención del Consejo Nacional Electoral de expedir la acreditación como representante del partido político COPEI ante el mencionado órgano electoral.

 

Se libro Oficio Nº 01-023, a los fines de comunicarle al Presidente del Consejo Nacional Electoral el fallo dictado por esta Sala en fecha 5-02-2001, así como la remisión del expediente administrativo constante  de una  (1) pieza.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS A LOS AUTOS EN.

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000001: Los abogados Jorge Gómez Mantellini y Generoso Mazzocca Medina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 583 y 31.648, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos WILLIAM DÁVILA BARRIOS y TIMOTEO ZAMBRANO, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 001206-2559, de fecha 06 de diciembre de 2000,  dictada por el Consejo Nacional Electoral, en la cual determinó  que las máximas autoridades  de la organización política “ACCIÓN DEMOCRATICA” (AD) son los ciudadanos HENRY RAMOS ALLUP  y RAFAEL MARIN JAEN, en su carácter de Presidente y Secretario General, respectivamente, y se fijó la realización del proceso electoral interno para escoger las autoridades de la referida organización política, para el primer trimestre del año 2001.

 

El abogado Rafael Montano Nieto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.898, actuando con el carácter apoderado judicial del partido político Acción Democrática, consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

SENTENCIAS

 

 

8.- Expediente Nº 2000-0145: El ciudadano ELIÉCER CORDOVA, asistido por la abogada Josefina Varela, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 59.464, interpone recurso contencioso electoral contra el Acta de Escrutinio Nº 130-03929-896-9 del Centro de Votación Nº 24370, mesa Nº 1, correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Miranda del Estado Falcón y contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del referido Municipio, dictado por el Consejo Nacional Electoral en fecha 17-11-00.  La Sala declaró INADMISIBLE el recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 8.

 

 

9.- Expediente Nº 2000-0123: SERGIO OMAR CALDERON DUQUE, asistido por los abogados Pedro Omar Rey García y Frank Freytes Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 24.471 y 63.865, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 001002-1834, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, publicada en la Gaceta Electoral Nº 77 de fecha 17-10-2000, mediante la cual el mencionado Órgano Electoral  declaró sin lugar el recurso  jerárquico interpuesto en fecha 14-08-2000, por el mencionado ciudadano en contra del Acta de Totalización y Proclamación del Gobernador del Estado Táchira, dictada por la Junta Regional Electoral de la referida Entidad Federal en fecha 02-08-2000 y de las Resoluciones números 17 y 18 dictadas por dicho Órgano Electoral Regional en fecha 13-05-2000 mediante las cuales se admitieron las sustituciones de la candidatura del ciudadano Leonardo Alí Salcedo Ramírez por el ciudadano Ronald Blanco La Cruz. La Sala declaró SIN LUGAR  la apelación interpuesta por el ciudadano Sergio Omar Calderón Duque, contra la decisión dictada por el Juzgado de Sustanciación de este órgano jurisdiccional en fecha 16 de noviembre de 2000, en la cual declaró inadmisible el recurso interpuesto. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 9.

 

 

10.- Expediente Nº 2000-0137: El abogado Luis Alberto Escobar, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Médicos del Distrito Federal (hoy Distrito Metropolitano), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del referido Colegio de Médicos, realizada en fecha 23-06-2000. La Sala declaró DESISTIDO el recurso contencioso electoral. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 10.

 

 

11.- Expediente Nº 2001-000002:  Liborio Guarulla, asistido por los abogados Ana Paula Diniz y Alirio Naime, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra la Resolución Nº 001219-2568,  de fecha 19-12-2000, emanada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual da cumplimiento al fallo dictado por la Sala Electoral en fecha 18-12-2000, que fuese publicada con el número 163. La Sala declaró HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 11

 

 

12.- Expediente Nº 2001-000007(CUADERNO SEPARADO):  Liborio Guarulla, asistido por los abogados Ana Paula Diniz y Alirio Naime, solicita medida cautelar contra la Resolución Nº 001219-2568,  de fecha 19-12-2000, emanada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual da cumplimiento al fallo dictado por la Sala Electoral en fecha 18-12-2000, que fuese publicada con el número 163. Recurso Principal expediente Nº 2001-000002. La Sala declaró QUE NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIR con relación a la solicitud de medida cautelar. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº  12.

 

 

13.- Expediente Nº 2001-000003: Los abogados Sabino Garban Flores y Freddy José Leiva, actuando en su propio nombre, asistiendo al ciudadanos Carlos Orlando Guedez y como apoderados judiciales de los ciudadanos  Antonio Sousa Martins y Héctor Sastoque Pulido, interpone acción de amparo constitucional contra el artículo 48 de los Estatutos Sociales del Club Campestre Paracotos.  La Sala declaró IMPROCEDENTE la solicitud de ampliación de la sentencia dictada en fecha 25 de enero de 2001, interpuesta por el abogado Eduardo José Herrera. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 13.

 

 

14.- Expediente Nº 2000-0133: El abogado Edwin Romero, actuando como apoderado judicial del ciudadano WILMER OQUENDO NAVA, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 000921-1801, de fecha 21-09-2000, publicada en Gaceta Electoral Nº 79 de fecha 27-10-2000, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra los actos de admisión de la postulación y posterior proclamación como Alcalde del Municipio Miranda del Estado Zulia, del ciudadano Carlos Alfredo Barboza Azuaje; y contra la Resolución Nº 000309-162, de fecha 09-03-2000, publicada en Gaceta Electoral Nº 57 de fecha 20-03-2000, mediante la cual se “determina las Áreas Metropolitanas a nivel Nacional”. La Sala declaró PRIMERO: SIN LUGAR  la solicitud de desaplicación por inconstitucional, para el caso concreto, del artículo 270 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso contencioso electoral de nulidad por razones de ilegalidad contra la Resolución Nº. 000921-1801 de fecha 21 de septiembre de 2000, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral  No. 79 de fecha 27 de octubre de 2000. TERCERO: SIN LUGAR el recurso contencioso electoral de Nulidad por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad contra el Acto Administrativo de efectos generales contenido en la Resolución Nº. 000309 -162 de fecha 9 de marzo de 2000, publicada en la Gaceta Electoral No. 57 de fecha 20 de marzo de 2000. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 14.

 

 

15.- Expediente Nº 2001-000006(CUADERNO SEPARADO): Los abogados Jorge Gómez Mantellini y Generoso Mazzocca Medina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 583 y 31.648, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos WILLIAM DÁVILA BARRIOS y TIMOTEO ZAMBRANO, solicitan  la suspensión de los efectos de la Resolución Nº 001206-2559, de fecha 06 de diciembre de 2000,  dictada por el Consejo Nacional Electoral, en la cual determinó  que las máximas autoridades  de la organización política “ACCIÓN DEMOCRATICA” (AD) son los ciudadanos HENRY RAMOS ALLUP  y RAFAEL MARIN JAEN, en su carácter de Presidente y Secretario General, respectivamente, y se fijó la realización del proceso electoral interno para escoger las autoridades de la referida organización política, para el primer trimestre del año 2001. Recurso Principal expediente Nº 2001-000001. La Sala declaró  IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos de la Resolución Nº 001206-2559 de fecha 06 de diciembre de 2000, dictada por el Consejo Nacional Electoral. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 15.

 

 

El Presidente,

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

El Secretario,

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

Ir al tope


Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados