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Sala Electoral
  • Fecha: 07 de noviembre de 2001





CUENTA Nº 151

 

CUENTA Nº 151

 

 

 

Despacho del miércoles  siete (07) de noviembre de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000180: CARLOS PADRINOS MALPICA, HUGO COTTIN y NAYIBE ESPINOZA FILIPPI, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 86.053, 86.023 y 61.831, respectivamente, actuando en su propio nombre y en representación “de los Intereses Difusos de los Abogados Inscritos e Incorporados en el Colegio de Abogados del Estado Carabobo”, solicitan a esta Sala “se sirva Ordenar, mediante oficio, a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Carabobo ... aplique en todo su contenido” la sentencia emanada de esta Sala en fecha 22-10-2001.

 

Visto el  escrito  presentado en fecha 06-11-2001, por los abogados CARLOS PADRINOS MALPICA, HUGO COTTIN y NAYIBE ESPINOZA FILIPPI, actuando en su propio nombre y en representación “de los Intereses Difusos de los Abogados Inscritos e Incorporados en el Colegio de Abogados del Estado Carabobo”, mediante el cual solicitan a esta Sala “se sirva ordenar, mediante Oficio, a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Carabobo ... aplique en todo su contenido” la sentencia emanada de esta Sala en fecha 22 de octubre de 2001, en la cual se declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Carlos Ricardo Rojas Contreras y Ustinovk Saulo Freitez Alvaray, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 38.876 y 32.508, respectivamente, actuando en su propio nombre “y en defensa de los intereses del resto de los abogados inscritos e incorporados” en el Colegio de Abogados del Estado Barinas, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Barinas”, esta Sala observó que del examen de los autos, se desprende que los recurrentes formularon su escrito en términos muy genéricos y confusos, adoleciendo de una falta de técnica en la redacción jurídica de éste, al punto de no poder ni siquiera determinarse que tipo de recurso o de acción están interponiendo,  lo que podría conducir a estimar que se incumplió con uno de los presupuestos procesales exigidos por el legislador para la admisión del presente escrito. Es por ello, que esta Sala

 

acordó otorgar un lapso de tres (3) días de despacho, más el término de la distancia de dos (02) días, contados a partir de que conste en autos la notificación ordenada, a los fines de que comparezcan ante este Tribunal a subsanar los defectos formales que afectan al escrito presentado en fecha 06 de noviembre de 2001. Así mismo, se acordó comisionar al Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, con sede en Valencia. Se libró Oficio Nº 01-395 y boleta.

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000170 (CUADERNO SEPARADO): ORLANDO JOSÉ URDANETA JIMÉNEZ, Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda, asistido por el abogado Ricardo Castillo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.190, interpone solicitud de suspensión de efectos conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010827-276, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 27 de agosto de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 123 del 28 de septiembre de 2001, mediante la cual declaró Parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Luis Arvelo y sin lugar el recurso jerárquico Interpuesto por el ciudadano José Luis Rodríguez Fernández, ordenando la convocatoria a nuevas elecciones en las Mesas Electorales correspondientes a las Actas Nos. 05725-290-3-13 y 05726-060-8-13, pertenecientes a las mesas 1 y 2, respectivamente, del Centro de Votación Nº 36.640. (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000155)

 

Vista la diligencia presentada en  fecha 05-11-2001,  por el abogado Ricardo Castillo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.190, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Orlando José Urdaneta Jiménez, mediante la cual solicitó copia certificada de la sentencia dictada en fecha 31 de octubre de 2001, signada con el número 158, que cursa a los folios 78 al 93 Vto. del expediente, esta Sala ACORDÓ la certificación de la referida sentencia.

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000062: ADRIAN OCTAVIO ORONOZ SILVA,  asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone “ACCION MERODECLARATIVA”, a los fines de determinar la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Compañía Anónima Metro de Caracas (SITRAMECA).

 

Vista la diligencia presentada en  fecha 06-11-2001,  por la abogada Betzy Jiménez Piñate, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 56.237, mediante la cual solicitó copia certificada de la sentencia signada con el número 111, de fecha 13 de agosto de 2001, que cursa a los folios 341 al 447 del expediente, esta Sala ACORDÓ expedirle la certificación de la referida sentencia.

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000096: Luis Amador Gerbel Seijas y Omar Rafael Rodríguez Martínez, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano LUIS GUILLERMO TROCONIZ, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010529-149, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 29-05-2001 y publicada en Gaceta Electoral Nº 107 de fecha 27-06-2001, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra veinticinco (25) actas de escrutinio que señala y el acta de totalización y proclamación del Alcalde del Municipio Cedeño del Estado Bolívar.

 

Vista la diligencia presentada en  fecha 05-11-2001,  por el abogado Frank González Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 11.195, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Ismael Franco Ortuño, mediante la cual solicitó copia certificada de la sentencia dictada en fecha 25 de octubre de 2001, signada con el número 151, que cursa a los folios 661 al 682 del expediente, esta Sala ACORDÓ expedirle la certificación de la referida sentencia.

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000098: Luis Alberto Albarrán Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.511, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano  ÁNGEL DAVID PAREDES, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010524-143, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 24-05-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 107 de fecha 27-06-2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra nueve (9) actas de escrutinio que señala y que corresponden a la elección de Alcalde del Municipio Las Mercedes del Llano del Estado Guárico, celebradas en fecha 30-07-2000.

 

Se acordó diferir el lapso para dictar sentencia en la presente causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la complejidad y naturaleza del asunto bajo examen así lo exige.

 

 

 

DESIGNACION DE PONENTE EN:

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000124: HENRY PÁEZ, asistido por la abogada María Gabriela Mujica Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 54.959, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 010828-236, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28 de agosto de 2001, mediante la cual se revoca la proclamación del mencionado ciudadano como Concejal Nominal por la Circunscripción Nº 1, del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo.

 

Se designó ponente al Magistrado  Doctor  ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 246 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

 

OFICIOS LIBRADOS EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000165: ARNALDO ESCALONA PENUELA, asistido por los abogados Alirio Naime y Ana Paula Diniz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 23.288 y 44.491, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y subsidiariamente medida cautelar innominada, contra el acto emanado de la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, de fecha 25 de septiembre de 2001, mediante el cual se resolvió no admitir la postulación del mencionado ciudadano como candidato a Rector de la referida Universidad.

 

Se libro Oficio Nº 01-392, mediante el cual se comunica al Presidente de la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, del fallo dictado por esta Sala en fecha 06-11-2001. Así mismo se remitió el expediente administrativo constante  de una  (1) pieza.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente Nº 2001-000170 (CUADERNO SEPARADO): ORLANDO JOSÉ URDANETA JIMÉNEZ, Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda, asistido por el abogado Ricardo Castillo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.190, interpone solicitud de suspensión de efectos conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010827-276, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 27 de agosto de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 123 del 28 de septiembre de 2001, mediante la cual declaró Parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Luis Arvelo y sin lugar el recurso jerárquico Interpuesto por el ciudadano José Luis Rodríguez Fernández, ordenando la convocatoria a nuevas elecciones en las Mesas Electorales correspondientes a las Actas Nos. 05725-290-3-13 y 05726-060-8-13, pertenecientes a las mesas 1 y 2, respectivamente, del Centro de Votación Nº 36.640. (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000155).

 

Los ciudadanos Luis Arvelo, Luis Edgardo Coello Reyes,  Ernesto Arturo Pardo López, Irma Pacheco Guzmán, Ramón Hernández, asistido por la abogada Ana Lisbeth Mata Aguilar y Yolacsis González Bocaranda, inscritas en el Inpreabogado bajo el número 46.974 y 44.950, respectivamente, consignaron escrito de oposición a la medida cautelar innominada, acordada por esta Sala mediante sentencia de fecha 31-10-2001.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2001-000112: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en el recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano Manuel José Álvarez, asistido por el abogado Marcos Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.337, contra el Consejo Nacional Electoral, por haber declarado sin lugar el recurso jerárquico  interpuesto por el mencionado ciudadano, contra las elecciones del 30-07-2000, para elegir al Alcalde del Municipio Pedro Gual del Estado Miranda,  en los Centros de Votación números 35200, 35201, 35170, 35191, 35190, 35204 y 35203 pertenecientes al referido Municipio. Oficio Nº 00-3616 de fecha 09-08-2001, remitiendo el expediente Nº 01-25283 de la nomenclatura de esa Corte.

                                                         

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-383, anexo al cual se remite al Presidente del Consejo Nacional Electoral,  tres (3) piezas contentivas de los recaudos consignado por ese Órgano Electoral, correspondiente a los antecedentes  administrativo del caso.

 

 

10.- Expediente Nº 2001-000126: Raúl José León Rijas, titular de la cédula de identidad Nº 1.458.744, interpone recurso de nulidad, contra el Registro Preliminar de Electores del Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre-Guiria.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-385, anexó al cual se remite comisión conferida al Juzgado del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, el cual fue enviado por medio de correo certificado con aviso de recibo del Instituto Postal Telegráfico.

 

 

11.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-384, anexo al cual se remite al Presidente del Consejo Nacional Electoral, una (1) pieza contentiva de los recaudos consignado por ese Órgano Electoral, correspondiente a los antecedentes  administrativo del caso.

 

 

12.- Expediente Nº 2001-000174: ORLANDO JOSÉ DELGADILLO MENESES, asistido por el abogado Marcos Mérida Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.641, interpone recurso contencioso electoral, contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Independiente de Trabajadores Unidos del Petróleo (SITUP Fedepetrol Cantaura) en fecha 19 de septiembre de 2001.

 

El ciudadano Alguacil consignó Boleta librada al ciudadano ORLANDO JOSÉ DELGADILLO MENESES, la cual fue entregada en fecha 06-11-2001.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION

 

 

13.- Expediente Nº 2001-000150: FRANKLIN JAVIER MARIN GONZÁLEZ, asistido por el abogado Ángel Velásquez García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.717, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución Nº 010928-305, emanada del Consejo Nacional Electoral, de fecha 28 de septiembre de 2001, mediante la cual se estableció “tener como afiliados a estos doscientos veintiséis (226) trabajadores, calificados como tales por la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, más no como Electores en el presente proceso electoral sindical del SINDICATO PROFESIONAL DE OBREROS Y EMPLEADOS PETROLEROS DE LOS MUNICIPIOS SAN SIMON, AGUASAY, AZEQUIEL ZAMORA Y SANTA BARBARA DEL DISTRITO MATURIN DEL ESTADO MONAGAS”.

 

De conformidad con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

14.- Expediente Nº 2001-000151: Ángel Velásquez García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.717, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LIBERTO CARBONELL RIPOLL, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Memorandum de fecha  02-10-2001, emanado del Consejo Nacional Electoral, en el cual se expresa “Tener como afiliados al grupo de trabajadores que solicitaron su afiliación ante la Inspectoría del Trabajo de El Tigre- San Tomé del Estado Anzoátegui, en fecha 21 de septiembre de 2001, más no como electores en el presente proceso electoral sindical del Sindicato de Trabajadores Petroleros El Tigre, por cuanto las solicitudes fueron introducidas fuera del lapso previsto en el Cronograma Electoral para las nuevas afiliaciones.

 

De conformidad con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

15.- Expediente Nº 2001-000154: Alfredo Valarino Uriola, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 18.426, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MANUEL JOSÉ QUINTERO, JESÚS MELO ROSAS, FREDDY GÓMEZ, JOY ANDRADE SERGIO BUSTAMANTE, OLIMPO TREMONT. ALFREDO RUIZ, FREDDY LAZARDE, ROSA SÁNCHEZ DE LUNAR, ROBERTO TEZARA, GEDALIAS MORALES, LEAMDRO ZULETA, LUIS QUIJADA, FRANCISCO DELFÍN, EDUARD PEDRIQUE y LEYTSA GARCÍA, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010918-280, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 18 de septiembre de 2001, mediante la cual se anula en forma absoluta el acto de fecha 7 de septiembre de 2001, mediante el cual ese órgano electoral ordenó a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros, Similares y Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda (S.T.P.S.) admitir la postulación de los ciudadanos que conforman la Plancha Nº 21.

 

De conformidad con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

16.- Expediente Nº 2001-000155: ORLANDO JOSÉ URDANETA JIMÉNEZ, Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda, asistido por el abogado Ricardo Castillo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.190, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 010827-276, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 27 de agosto de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 123 del 28 de septiembre de 2001, mediante la cual declaró Parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Luis Arvelo y sin lugar el recurso jerárquico Interpuesto por el ciudadano José Luis Rodríguez Fernández, ordenando la convocatoria a nuevas elecciones en las Mesas Electorales correspondientes a las Actas Nos. 05725-290-3-13 y 05726-060-8-13, pertenecientes a las mesas 1 y 2, respectivamente del Centro de Votación Nº 36.640.

 

 

De conformidad con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

17.- Expediente Nº 2001-000129: JORGE GUILLERMO ANGULO SANTANA, asistido por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010906-246, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 06-09-2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado ciudadano contra la decisión tomada por el Comité Técnico de Integración y la Coordinación Electoral y Jurídica Nacional del Consejo Nacional Electoral, el 22-08-2001, en la cual quedó excluido del Registro de Electores del Sindicato de los Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela (SINTRABIV).

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 5 y 6 de noviembre de 2001, por los ciudadanos José Angulo Santana, asistido por el abogado José Montes Navas, parte recurrente, y el ciudadano Carlos Álvarez Espinoza, asistido por el abogado Máximo Burguillos, opositor al recurso, respectivamente, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas. Con relación al escrito probatorio presentado por la parte recurrente, se aprecia que ésta se limitó a reproducir el mérito favorable en autos y promover pruebas documentales, por tanto, se admiten cuanto ha lugar en derecho. En cuanto al escrito probatorio consignado por el ciudadano Carlos Álvarez Espinoza, opositor al recurso, en fecha 6 de noviembre de 2001, el juzgador declaró el escrito de pruebas extemporáneo, y, en consecuencia, inadmisible.

 

18.- Expediente Nº 2001-000130: CLAUDIO RIVAS, asistido por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010906-247, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 06-09-2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado ciudadano contra la decisión tomada por el Comité Técnico de Integración y la Coordinación Electoral y Jurídica Nacional del Consejo Nacional Electoral, el 22-08-2001, mediante la cual lo excluyen del Registro de Electores del Sindicato de los Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela (SINTRABIV).

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 5  y 6 de noviembre de 2001, por los ciudadanos Claudio Rivas, asistido por el abogado José Montes Navas, parte recurrente, y el ciudadano Carlos Álvarez Espinoza, asistido por el abogado Máximo Burguillos, opositor al recurso, respectivamente, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas. Con relación al escrito probatorio presentado por la parte recurrente, se aprecia que ésta se limitó a reproducir el mérito favorable en autos y promover prueba documental, por tanto, se admiten cuanto ha lugar en derecho. En cuanto al escrito probatorio consignado por el ciudadano Carlos Álvarez Espinoza, opositor al recurso, en fecha 6 de noviembre de 2001, el  juzgador declaró el  escrito de pruebas extemporáneo, y, en consecuencia, inadmisible.

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

19- Expediente Nº 2001-000128: ELIAS JOSÉ NEDERR DONAIRE, asistido por el abogado Enrique Luis Fermín, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.792, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010710-174, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la elección de Alcalde del Municipio Ortiz del Estado Guárico.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito de alegatos.

 

 

20.- Expediente Nº 2001-000149: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano AGLADES JOSE GONZÁLEZ, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010815-213, de fecha 15-08-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 120 del 14-09-2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Pedernales del Estado Delta Amacuro.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito de alegatos.

 

 

21.- Expediente Nº 2001-000128: ELIAS JOSÉ NEDERR DONAIRE, asistido por el abogado Enrique Luis Fermín, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.792, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010710-174, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la elección de Alcalde del Municipio Ortiz del Estado Guárico.

 

El abogado Rafael Montano Nieto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.898, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano José Donaire Ramos, consignó escrito de oposición al recurso (Acompañó anexos).

 

 

22.- Expediente Nº 2001-000155: ORLANDO JOSÉ URDANETA JIMÉNEZ, Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda, asistido por el abogado Ricardo Castillo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.190, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 010827-276, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 27 de agosto de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 123 del 28 de septiembre de 2001, mediante la cual declaró Parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Luis Arvelo y sin lugar el recurso jerárquico Interpuesto por el ciudadano José Luis Rodríguez Fernández, ordenando la convocatoria a nuevas elecciones en las Mesas Electorales correspondientes a las Actas Nos. 05725-290-3-13 y 05726-060-8-13, pertenecientes a las mesas 1 y 2, respectivamente del Centro de Votación Nº 36.640.

 

Los ciudadanos Luis Arvelo, Luis Edgardo Coello Reyes,  Ernesto Arturo Pardo López, Irma Pacheco Guzmán,  Ramón Hernández, asistido por la abogada Ana Lisbeth Mata Aguilar y Yolacsis González Bocaranda, inscritas en el Inpreabogado bajo el número 46.974 y 44.950, respectivamente, consignaron escrito de oposición al recurso interpuesto y a la medida cautelar innominada, acordada por esta Sala mediante sentencia de fecha 31-10-2001.

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS EN:

 

 

23.- Expediente Nº 2001-000138: YLAYALY COROMOTO PACHECO BECERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 73.745, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderada judicial de los ciudadano Belén Virginia García de Molina, José Luis Salamanca Mendoza, Iván Alexander Chacón Robles, Santos Gerardo Rincón Carrero, Eslendy Elizabeth Valero Useche, Anail Coromoto Rolon, Franklin Alexander Peñaloza Ramírez, Danilo Rueda Berbesi, Carlos Julio Rosales Zambrano, Rosmary Josefina Escalona Camargo y otros, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010829-288, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 29-08-2001, mediante la cual se declaró extemporáneo el recurso interpuesto en fecha 27-06-2001, contra las Resolución 17 y 18 de fecha 13-05-2000, y contra la Acta de Totalización y Proclamación del Gobernador del Estado Táchira dictadas por la Junta Regional Electoral del Estado Táchira del referido órgano electoral.

 

El abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos María Yuni Parra Ruiz, Luis Francisco Niño Jiménez, Nancy Josefina Barrera Agelvis y otros, consignó escrito de promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito así como su respectivo anexo,  hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

24.- Expediente Nº 2001-000138: YLAYALY COROMOTO PACHECO BECERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 73.745, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderada judicial de los ciudadano Belén Virginia García de Molina, José Luis Salamanca Mendoza, Iván Alexander Chacón Robles, Santos Gerardo Rincón Carrero, Eslendy Elizabeth Valero Useche, Anail Coromoto Rolon, Franklin Alexander Peñaloza Ramírez, Danilo Rueda Berbesi, Carlos Julio Rosales Zambrano, Rosmary Josefina Escalona Camargo y otros, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010829-288, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 29-08-2001, mediante la cual se declaró extemporáneo el recurso interpuesto en fecha 27-06-2001, contra las Resolución 17 y 18 de fecha 13-05-2000, y contra la Acta de Totalización y Proclamación del Gobernador del Estado Táchira dictadas por la Junta Regional Electoral del Estado Táchira del referido órgano electoral.

 

El abogado Humberto Corbisiero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 71.013, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordeno reservar el referido escrito así como su respectivo anexo,  hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

25.- Expediente Nº 2001-000138: YLAYALY COROMOTO PACHECO BECERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 73.745, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderada judicial de los ciudadano Belén Virginia García de Molina, José Luis Salamanca Mendoza, Iván Alexander Chacón Robles, Santos Gerardo Rincón Carrero, Eslendy Elizabeth Valero Useche, Anail Coromoto Rolon, Franklin Alexander Peñaloza Ramírez, Danilo Rueda Berbesi, Carlos Julio Rosales Zambrano, Rosmary Josefina Escalona Camargo y otros, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010829-288, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 29-08-2001, mediante la cual se declaró extemporáneo el recurso interpuesto en fecha 27-06-2001, contra las Resolución 17 y 18 de fecha 13-05-2000, y contra la Acta de Totalización y Proclamación del Gobernador del Estado Táchira dictadas por la Junta Regional Electoral del Estado Táchira del referido órgano electoral.

 

El abogado Frank Freytes, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.865, actuando con el carácter de interesado consignó diligencia, anexa a la cual consignó escrito de promoción de pruebas suscrito por el ciudadano Sergio Omar Calderón y anexo. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito así como su respectivo anexo,  hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

26.- Expediente Nº 2001-000161: FELIPE OLIVEROS, actuando con el carácter de candidato a Secretario General para las elecciones del Sindicato de Obreros al Servicio del Ejecutivo Regional del Estado Yaracuy (SOE), asistido por el abogado Pedro José Cañas Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 58.234 interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con mediante cautelar innominada, contra la Resolución Nº 010920-286, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 20 de septiembre de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 123, del 28 de septiembre de 2001, mediante la cual se declara con lugar  el recurso interpuesto por los ciudadanos Miguel Hernández, Ana Ojeda y Francisco Mora;  suspender el Proceso Electoral por un lapso de Veinte (20) días hábiles, fijando la elección de la respectiva organización sindica para el día viernes (19) de Octubre de 2001, y en consecuencia ... ordena a la Comisión Electoral “Sindicato de Obreros al Servicio del Ejecutivo Regional del Estado Yaracuy (SOE): Incluir en el Registro Electoral Definitivo de dicha Organización Sindical a los trabajadores que fueron reenganchados en sus cargos, por orden de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara,  Admitir la postulación de la plancha 2 y que se reinicie el Proceso Electoral a partir de la Campaña Electoral.

 

El ciudadano FELIPE OLIVEROS, actuando con el carácter de candidato a Secretario General para las elecciones del Sindicato de Obreros al Servicio del Ejecutivo Regional del Estado Yaracuy (SOE), asistido por el abogado Pedro José Cañas Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 58.234, consignó diligencia mediante la cual solicita la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados, el cual fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

27.- Expediente Nº 2001-000146: Fátima Ortega, asistida por el abogado Joaquín Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.236, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución Nº 011002-315del 02-10-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la mencionada ciudadana contra la Comisión Electoral Interna del Sindicato de Trabajadores del Completo Siderúrgico de Guayana (SINTRACOMSIGUA).

 

El abogado Joaquín Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.236, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Fátima Ortega, consignó diligencia mediante la cual ratifica la solicitud formulada en fecha 5-11-2001, referente a la reducción de los lapsos a partir de evacuación.

 

 

28.- Expediente Nº 2001-000163: PEDRO JOSÉ ALDANA ABREU, asistido por el abogado Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado Bajo el número 26.906, interpone recurso contencioso electoral, contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber dado respuesta al recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano en fecha 12-09-2001, contra veintitrés (23) actas de escrutinio correspondientes a la elección de Alcalde del Municipio Dr. Jesús Enrique Losada, del Estado Zulia.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-386, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, de la admisión del recurso.

 

 

29.- Expediente Nº 2001-000163: PEDRO JOSÉ ALDANA ABREU, asistido por el abogado Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado Bajo el número 26.906, interpone recurso contencioso electoral, contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber dado respuesta al recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano en fecha 12-09-2001, contra veintitrés (23) actas de escrutinio correspondientes a la elección de Alcalde del Municipio Dr. Jesús Enrique Losada, del Estado Zulia.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-387, mediante el cual se notifica al ciudadano Fiscal General de la República, la admisión del recurso.

 

 

30.- Expediente Nº 2001-000171: CARLOS VIDAL GOTTO GUZMÁN, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria del Plástico, sus Similares y Conexos del Municipio Sucre del Estado Aragua, asistido por los abogados Zoraima Pérez Castillo y Rafael Dalis Freites, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 30.795 y 10.198, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución Nº 011005-330, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual resolvió no reconocer la validez del proceso electoral, celebrado el 19-09-2001 por la referida organización sindical, ordenó a la autoridad competente del mencionado Sindicato convocar a una Asamblea General de Trabajadores, con la finalidad de designar una nueva Comisión Electoral y fija como nueva fecha de elecciones el 25 de octubre de 2001.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-389, mediante el cual se notifica al ciudadano Fiscal General de la República, la admisión del recurso.

 

 

31.- Expediente Nº 2001-000171: CARLOS VIDAL GOTTO GUZMÁN, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria del Plástico, sus Similares y Conexos del Municipio Sucre del Estado Aragua, asistido por los abogados Zoraima Pérez Castillo y Rafael Dalis Freites, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 30.795 y 10.198, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución Nº 011005-330, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual resolvió no reconocer la validez del proceso electoral, celebrado el 19-09-2001 por la referida organización sindical, ordenó a la autoridad competente del mencionado Sindicato convocar a una Asamblea General de Trabajadores, con la finalidad de designar una nueva Comisión Electoral y fija como nueva fecha de elecciones el 25 de octubre de 2001.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-386, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, de la admisión del recurso.

 

 

32.- Expediente Nº 2001-000144: Juzgado Noveno de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declina competencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por la abogada Yrashu Castillo Urdaneta, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 45.285, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos DOUGLAS GRANADO, NELSON DURAN, JONATHAN MADRID, VÍCTOR ZAMBRANO, JESÚS TOVAR, FREDY DÍAZ, EDGAR MERENTES, LEONARDO BRITO, EVIAN OTERO Y RICHARD RAMÍREZ, contra la decisión “auspiciada por la Junta Directiva de la Asociación Sindical de Trabajadores Bancarios, Transporte de Valores, Corretaje, Vigilancia Bancaria, Bolsa de Valores y Afines del Distrito Federal y Estado Miranda (ASITRABANCA), acordada en Asamblea General de fecha tres (3) de Julio de 2001, ... en la cual se acordó y se constituyó la Comisión Electoral de ASITRABANCA...”. Oficio Nº 738/2001, de fecha 25-09-2001, remitiendo el expediente Nº 13.362 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-388, mediante el cual se solicita al  Presidente del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

33.- Expediente Nº 2001-000122: EZEQUIEL ELIGIO PÉREZ ROA, asistido por el abogado Douglas Alberto Barboza Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.451, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución  Nº 010731-191, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 31 de julio de 2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra las elecciones celebradas en fecha 30 de julio de 2000, a los fines de elegir el Alcalde del Municipio Libertador del Estado Táchira.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-380, anexo al cual se remite comisión conferida al Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el cual fue enviado por medio de correo certificado con aviso de recibo del Instituto Postal Telegráfico.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:            

 

 

34.- Expediente Nº 2001-000181: William Enrique Daza Niño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.154, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Legislativo del Estado Táchira y del ciudadano José Miguel Márquez, interpone acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada contra el Decreto Nº 391, emanado del Gobernador del Estado Táchira, en fecha 1 de noviembre de 2001, mediante el cual el Gobernador de la referida entidad, designa a los  ciudadanos  José Gregorio Chacón Sánchez, Fernando Alfredo Colmenares Bottano y Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez, como miembros de la Junta Directiva del Instituto de Beneficencia Pública y Bienestar social del Estado Táchira.

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

35.- Expediente Nº 2001-000137: Ariel Rodríguez Salazar y Marcos Gómez Herrera, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 32.955 y 37.528, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del Consejo Nacional Electoral, interponen acción de amparo constitucional contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 20 de septiembre de 2001, mediante la cual se decretó medida cautelar innominada en el sentido de que sean suspendidas las elecciones a celebrarse el día 21 de septiembre de 2001, en el Sindicato de Trabajadores de la Industria Petrolera de los Distritos Maturín, Bolívar, Piar y Sotillo del Estado Monagas.

 

Se ordenó notificar al Juzgado de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los fines de que remita a esta Sala, en forma inmediata y en el estado en que se encuentre, el expediente Nº 21.657 de su nomenclatura, así como su cuaderno separado, contentivo del referido juicio principal y acción accesoria, respectivamente. Así se decide. Se libró Oficio Nº 01-393.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

36.- Expediente Nº 2001-000094: VINICIO ROMERO MARTÍNEZ, actuando con el carácter de miembro de la SOCIEDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA,  asistido por el abogado José Vicente Haro, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.815, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los artículos 28, 57 y el parágrafo único del artículo 62 del Estatuto General de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, a los fines de que sean desaplicadas las referidas normas, en los comicios a celebrarse el día 23 de julio de 2001, para elegir la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad.

 

Los abogados Anibal Laydera Villalobos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.685, actuando con el carácter de Presidente de la Sociedad Bolivariana de Venezuela y Vinicio Romero Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.639, parte accionante, consignaron escrito mediante el cual convienen en aspectos relacionados con la ejecución de la sentencia.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

37.- Expediente Nº 2001-000175: Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Pedro Ramón Olivo, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores al servicio del Turismo, contra la Comisión Electoral de la Confederación de Trabajadores de Venezuela, Lara. La Sala se declaró COMPETENTE para conocer y decidir la acción de amparo constitucional interpuesta y declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional.  Ponente:  ALBERTO MARTINI URDANETA.  Sentencia Nº 163. 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

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