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Sala Electoral
  • Fecha: 09 de enero de 2001





CUENTA Nº 02

 

 

CUENTA Nº 02

 

 

Despacho del martes nueve (09) de enero de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000002:  Liborio Guarulla, asistido por los abogados Ana Paula Diniz y Alirio Naime, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra la Resolución Nº 001219-2568,  de fecha 19-12-2000, emanada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual da cumplimiento al fallo dictado por la Sala Electoral en fecha 18-12-2000, que fuese publicada con el número 163.

 

Se acordó solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 01-002.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000001: Los abogados Jorge Gómez Mantellini y Generoso Mazzocca Medina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 583 y 31.648, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos WILLIAM DÁVILA BARRIOS y TIMOTEO ZAMBRANO, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 001206-2559, de fecha 06 de diciembre de 2000,  dictada por el Consejo Nacional Electoral, en la cual determinó  que las máximas autoridades  de la organización política “ACCIÓN DEMOCRATICA” (AD) son los ciudadanos HENRY RAMOS ALLUP  y RAFAEL MARIN JAEN, en su carácter de Presidente y Secretario General, respectivamente, y se fijó la realización del proceso electoral interno para escoger las autoridades de la referida organización política, para el primer trimestre del año 2001.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-001, dirigido al Presidente del  Consejo Nacional Electoral,  mediante el cual se solicitan los antecedentes administrativos del caso, así como el Informe sobre los aspectos de hecho y derecho relacionados con el recurso interpuesto.

 

 

 

3.- Expediente Nº 2000-0146: GEORGES BALLAN BUFRAN,  actuando con el  carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A., asistido por la abogada Noelia González Ordóñez, interpone recurso contencioso electoral, contra el referendo consultivo celebrado el 03-12-2000, a los fines de que los habitantes del Municipio Chacao del Estado Miranda, se pronuncien con relación a la ubicación de Salas de Bingo en el ámbito territorial del referido Municipio.

 

El ciudadano Georges Ballan, asistido por la abogada Noelia González consignó la página A-5 del diario “El Nacional” del 8-01-2001, donde aparece publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

4.- Expediente Nº 2000-0142: GEORGES BALLAN BUFRAN, actuando con el carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A, asistido por la abogada Noelia González Ordóñez,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 001118-1845 de fecha 18 de noviembre de 2000, emanada del Consejo Nacional Electora, publicada en Gaceta Electoral Nº 83, de fecha 22 de noviembre de 2000, mediante la cual se convoca a un Referendo Consultivo para que los habitantes del Municipio Chacao se pronuncien acerca de si están de acuerdo o no con la ubicación de Salas de Bingos en su ámbito territorial.

 

El abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Chacao, solicitó copia certificada de los documentos que cursan a los folios 493 al 501, 720 al 792, 796 y 701.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

5.- Expediente Nº 2000-0100: Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos CARLOS VILORIA, JESUS PINTO Y ORANGE VELASQUEZ, afiliados al Sindicato Único de Trabajadores de la Salud del instituciones Públicas y Privadas y de la Seguridad Social, asistidos por los abogados Humberto Hernández y José Pérez Castillo, contra el acto electoral de fecha 07 de enero de 2000, llevado a cabo por la Comisión Electoral Interna del referido sindicato.

 

Visto el escrito presentado en fecha 08-01-2001, por el ciudadano José Mogollón, mediante el cual solicitó aclaratoria del fallo dictado por esta Sala en fecha 20-12-2000, se designa Ponente al Magistrado RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

6.- Expediente Nº 0147: JOSE RAMÍREZ SÁNCHEZ, en su condición de candidato al  Concejo Municipal en el Municipio Sucre del Estado Miranda, bajo la formula de voto lista, por la organización política Movimiento Quinta República (MVR), asistido por la abogada Carmen Zulay Marquina Bustamante, interpone acción de amparo constitucional, contra la Junta Municipal Electoral del referido Municipio y el Consejo Nacional Electoral.

La abogada Carmen Zulay Marquina, apoderada judicial del  ciudadano José Ramírez Sánchez, solicitó copia certificada “de los ochenta y dos folios útiles que integran la totalidad del expediente...”.

 

El Presidente,

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

            El Secretario,

 

            ALFREDO DE STEFANO

 

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