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Sala Electoral
  • Fecha: 09 de mayo de 2001





CUENTA Nº 67

 

 

 

 

 

CUENTA Nº 67

 

 

Despacho del miércoles nueve (09) de mayo de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Orlando Gravina Alvarado. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARIA

 

 

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS:

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000059: CIRO LUIS CHAPON PÉREZ, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, interpone recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto de fecha 26 de abril de 2001, por medio del cual se le remueve del cargo de Subdirector General de Administración y Finanzas, emanado del “Presidente del Consejo Nacional Electoral”.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000021: ANGEL ALBERTO ARRAEZ ALIENDO, actuando con el carácter de excandidato a Alcalde en el Municipio Miranda del Estado Carabobo, asistido por el abogado Argenis Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo número 16.122, interpone recurso contencioso electoral, contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del referido Municipio, de fecha 01 de agosto de 2000, emanada de la Junta Electoral del  Municipio Miranda del Estado Carabobo.

 

El abogado Carlos Pérez Rueda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.763,  actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito por mediante del cual consigna tres (3) Cuadernos Principal y un Complementario todos correspondientes al Centro de Votación Nº 17310, Grupo Escolar Simón Arocha Pinto. Se ordenó agregar a los autos el referido escrito y  formar una pieza de anexo identificada con el número ocho (8).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000026: Sala Político Administrativa declina competencia para conocer en el expediente contentivo de la apelación formulada por la abogada Yuruany Villarroel Núñez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Federación Médica Venezolana (parte accionada) contra la   sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 11 de noviembre de 1999.  Oficio Nº 0164, de fecha 22-02-2001, remitiendo el expediente Nº 2000-000671 (nomenclatura de ese Sala).

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó Boleta, mediante la cual se notifica a la ciudadana Gisela Vargas de la sentencia dictada en fecha 07-05-2001, la cual fue recibida por el abogado Luis Escobar, apoderado judicial de la mencionada ciudadana.

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000026: Sala Político Administrativa declina competencia para conocer en el expediente contentivo de la apelación formulada por la abogada Yuruany Villarroel Núñez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Federación Médica Venezolana (parte accionada) contra la   sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 11 de noviembre de 1999.  Oficio Nº 0164, de fecha 22-02-2001, remitiendo el expediente Nº 2000-000671 (nomenclatura de ese Sala).

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-107,  mediante el cual se notifica al Presidente de la Federación Médica Venezolana, de la sentencia dictada en fecha 07-05-2001, el cual fue entregado en esta misma fecha.

 

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000026: Sala Político Administrativa declina competencia para conocer en el expediente contentivo de la apelación formulada por la abogada Yuruany Villarroel Núñez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Federación Médica Venezolana (parte accionada) contra la   sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 11 de noviembre de 1999.  Oficio Nº 0164, de fecha 22-02-2001, remitiendo el expediente Nº 2000-000671 (nomenclatura de ese Sala).

 

Se acordó fijar un lapso de tres (3) días de despacho, siguientes al de hoy, a los fines de que las partes consignen sus escritos de alegatos, de conformidad con lo previsto en el fallo del 7-05-2001.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000031: ANDRÉS MANUEL VELÁSQUEZ, asistido por la abogada Ligia Pérez Córdova, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 10.136, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010214-045, de fecha 14 de febrero de 2001, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano en fecha 24 de agosto de 2000, contra el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000 en el Estado Anzoátegui mediante el cual se eligió al Gobernador del Estado Anzoátegui.

 

El ciudadano Alguacil consignó Boleta, mediante la cual se notifica al ciudadano Andrés Velásquez, del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha  07-05-2001, la cual fue recibida por la abogada Ligia Pérez Córdova,  apoderada judicial del mencionado ciudadano.

 

 

 

  SALA ACTUANDO COMO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

 

 

7.- Expediente Nº 2000-0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA, PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ,  actuando con el carácter de socios titulares de la Asociación  Civil CLUB CAMPESTRE PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la referida Asociación Civil y, en consecuencia,  se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.

 

Vista la diligencia presentada en  fecha 07-05-2001,  por el abogado Freddy José Leiva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.323, mediante la cual solicita copia certificada del documento que cursa a los folios 494 al 495 del expediente, esta Sala ACORDÓ expedirle la certificación del referido documento.

 

El Presidente,

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

 

El Secretario,

 

 

ALFREDO DE STEFANO

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