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Sala Electoral
  • Fecha: 13 de febrero de 2001





CUENTA Nº 25

 

 

 

 

CUENTA Nº 25

 

 

Despacho del martes trece (13) de febrero de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARIA

 

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000014:  OSWALDO FELIPE PINO CHAFARDET, actuando con el carácter de excandidato a concejal nominal del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, asistido por el abogado Wladimir José Andarcia Sifontes, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 33.469, interpone recurso contencioso electoral contra los Actos de Postulación y de Totalización, de Adjudicación y Proclamación del ciudadano José Ángel Biaggi como concejal nominal del referido municipio.

 

Se acordó solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 01-033.

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000015: Edilberto José Natera Barreto, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ERACLIO COROMOTO ROMERO HERNÁNDEZ, interpone recurso contencioso electoral contra el Acta de Totalización y Proclamación del Alcalde del Municipio Simón Planas del Estado Lara, emanada de la Junta Municipal Electoral del aludido Municipio.

 

Se acordó solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 01-034.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000009: El abogado Edilberto  José Natera Barreto, apoderado judicial del ciudadano CONRADO PEÑALOZA BILGER, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra las Actas de Escrutinio del proceso comicial llevado a cabo en fecha 30-07-2000, para elegir el Alcalde del Municipio Maturín del Estado Monagas, así como contra el Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Junta Municipal Electoral del mencionado Municipio.

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines de que se pronuncie acerca de la solicitud de reducción de lapsos formulada por el abogado Edilberto José Natera Barreto, apoderado judicial del ciudadano Conrado Peñaloza Bilger.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

NUEVOS ASUNSTOS INGRESADOS:

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000017:  Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declinó competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesto con medida cautelar innominada, por el ciudadano Mario Munno Procopio y la Sociedad Mercantil “ZAPATERIA YDA, C.A.”, contra la “Cámara de Comercio e Industrias del Estado Aragua”, por “la flagrante violación de las garantías constitucionales establecidas en los artículos 28, 52, 63, 66 y 118 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,  y la violación de los derechos consagrados en los artículos 13, letras C, D e I, y el artículo 30 de los Estatutos vigentes de la Cámara. Oficio Nº 1560-131, de fecha 07-02-2001, remitiendo el expediente Nº 41.361 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

Se dio cuenta a la Sala y se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTINEZ HERNÁNDEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente Nº 2000-0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA, PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ,  actuando con el carácter de socios titulares de la Asociación  Civil CLUB CAMPESTRE PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la referida Asociación Civil y, en consecuencia,  se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.

 

El abogado José Gregorio Ramones Arvelo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.689, dejó constancia de haber recibido las copias certificadas que fueran acordadas por esta Sala mediante auto de fecha 12-02-2000.

 

El Presidente,

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

El Secretario,

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 

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