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Despacho del martes trece (13) de febrero de 2001. Se abrió la sesión
presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del
Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael
Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se
dio cuenta.
SECRETARIA
1.-
Expediente Nº 2001-000014: OSWALDO FELIPE PINO CHAFARDET, actuando
con el carácter de excandidato a concejal nominal del Municipio Anaco del
Estado Anzoátegui, asistido por el abogado Wladimir José Andarcia Sifontes,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 33.469, interpone recurso
contencioso electoral contra los Actos de Postulación y de Totalización, de
Adjudicación y Proclamación del ciudadano José Ángel Biaggi como concejal
nominal del referido municipio.
Se acordó solicitar
el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de
hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del
Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 01-033.
2.-
Expediente Nº 2001-000015: Edilberto
José Natera Barreto, actuando con el carácter de apoderado judicial del
ciudadano ERACLIO COROMOTO ROMERO HERNÁNDEZ, interpone recurso contencioso
electoral contra el Acta de Totalización y Proclamación del Alcalde del
Municipio Simón Planas del Estado Lara, emanada de la Junta Municipal Electoral
del aludido Municipio.
Se acordó solicitar
el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de
hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del
Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 01-034.
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
3.-
Expediente Nº 2001-000009:
El abogado Edilberto José Natera
Barreto, apoderado judicial del ciudadano CONRADO PEÑALOZA BILGER, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de
efectos y medida cautelar innominada, contra las Actas de Escrutinio del
proceso comicial llevado a cabo en fecha 30-07-2000, para elegir el Alcalde del
Municipio Maturín del Estado Monagas, así como contra el Acta de Totalización y
Proclamación emanada de la Junta Municipal Electoral del mencionado Municipio.
Se designó
ponente al Magistrado Doctor RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines de
que se pronuncie acerca de la solicitud de reducción de lapsos formulada por el
abogado Edilberto José Natera Barreto, apoderado judicial del ciudadano Conrado
Peñaloza Bilger.
LA
SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
NUEVOS
ASUNSTOS INGRESADOS:
4.-
Expediente Nº 2001-000017: Juzgado Segundo de Primera Instancia en
lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declinó
competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional
interpuesto con medida cautelar innominada, por el ciudadano Mario Munno
Procopio y la Sociedad Mercantil “ZAPATERIA YDA, C.A.”, contra la “Cámara de
Comercio e Industrias del Estado Aragua”, por “la flagrante violación de las
garantías constitucionales establecidas en los artículos 28, 52, 63, 66 y 118
de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y la violación de los derechos consagrados
en los artículos 13, letras C, D e I, y el artículo 30 de los Estatutos
vigentes de la Cámara. Oficio Nº 1560-131, de fecha 07-02-2001, remitiendo el
expediente Nº 41.361 (nomenclatura de ese Juzgado).
Se dio cuenta
a la Sala y se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTINEZ
HERNÁNDEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
DILIGENCIA
EN:
5.- Expediente Nº 2000-0115: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSE LEIVA,
PEDRO ROBERTO GUEVARA, CARLOS ORLANDO GUEDEZ, ANTONIO SOUSA MARTINS, HECTOR
SASTOQUE PULIDO, JOSE CASTRO BETANCOURT Y ERNESTO BUITRIAGO LOPEZ, actuando con el carácter de socios titulares
de la Asociación Civil CLUB CAMPESTRE
PARACOTOS, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra la negativa u omisión de convocar al proceso de
elecciones para elegir a las autoridades de una nueva Junta Directiva de la
referida Asociación Civil y, en consecuencia,
se ordene la convocatoria a elecciones para escoger a las nuevas
autoridades en un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de
la notificación al Consejo Nacional Electoral, a cuyo organismo solicitan se le
ordene organizar, dirigir y vigilar dicho proceso.
El abogado
José Gregorio Ramones Arvelo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
63.689, dejó constancia de haber recibido las copias certificadas que fueran
acordadas por esta Sala mediante auto de fecha 12-02-2000.
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO
DE STEFANO
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