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CUENTA Nº 155
Despacho del miércoles catorce (14) de noviembre de
2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta
con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui.
Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVOS
ASUNTOS INGRESADOS:
1.-
Expediente Nº 2001-000186: EDGAR
MÁRQUEZ, IRIS LOZADA Y RICHARD MADRID LÓPEZ, asistidos por la abogada Merly
Jacqueline Morales Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
59.443, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº
011019-341, de fecha 19 de octubre de 2001, emanada del Consejo Nacional
Electoral, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el ciudadano Carlos Julio Rivera Barrios, (trabajador jubilado
del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS)), y en consecuencia,
ordenó incluir al mencionado ciudadano, en el Registro Electoral definitivo del
Sindicato Único de Trabajadores de la Salud, Centros Asistenciales, Seguridad
Social, Similares y Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda.
Se dio cuenta
a la Sala.
2.-
Expediente Nº 2001-000184: GUSTAVO
ADOLFO PÉREZ RODRÍGUEZ, ERNESTO JESÚS SOTO NODA Y NANCY JUANITA RODRÍGUEZ, actuando
con el carácter de Secretario General del Sindicato Autónomo de Trabajadores de
Productos Medicinales, Perfumería, Cosméticos y Similares del Distrito Federal
y Estado Miranda, Secretario de Trabajo y Reclamos del referido Sindicato y
Secretaria General del Sindicato Profesional de Trabajadores de la Industria de
Laboratorios del Distrito Federal y Estado Miranda, respectivamente, asistidos
por el abogado Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
17.462, interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº
011023-347, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 23 de octubre de
2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto
por los ciudadanos Rómulo Mancilla, Gustavo Pérez y Ernesto Soto, contra la
decisión de la Comisión Electoral de la Federación Nacional de Trabajadores de
Productos Medicinales, Cosméticos y Perfumerías (FETRAMECA), mediante el cual
impugnan la decisión de la referida Comisión Electoral, de fecha 01 de octubre
de 2001, que declaró extemporáneo el recurso por ellos interpuesto.
Se acordó solicitar
el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de
hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del
Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 01-410.
3.-
Expediente Nº 2001-000185:
ALNARDO SIMANCAS, Presidente de la Caja de Ahorros de Empleados, Obreros,
Jubilados y Pensionados del Concejo Municipal del Distrito Capital, FRANKLIN
TORO, DIEGO SÁNCHEZ, JOSEFINA MAYORA, ÁNGEL RIVAS y LAURA MARTÍNEZ, actuando
con el carácter de miembros integrantes del Consejo de Administración y del
Consejo de Vigilancia de la referida Caja de Ahorros, asistidos por el abogado
Horacio de Grazia Suárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 84.032,
interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar, contra el acto contenido en el Oficio Nº FSCA-04203, de fecha 25 de
octubre de 2001, dictado por el Superintendente de Cajas de Ahorro del
Ministerio de Finanzas, actuando por delegación de firmas del Ministro de
Finanzas, mediante el cual se ordenó convocar a una Asamblea Extraordinaria a
la referida Caja de Ahorros, a los fines de que “dentro de los quince días
siguientes al recibo del ... oficio, siendo el punto único del orden del día:
NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN ELECTORAL”.
Se acordó solicitar
el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de
hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Superintendente de
Cajas de Ahorro del Ministerio de Finanzas. A tal efecto, se libró el Oficio Nº
01-409. Así mismo se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL HERNÁNDEZ
UZCÁTEGUI, a los fines de la
decisión correspondiente.
DESIGNACION
DE PONENTE EN:
4.-
Expediente Nº 2001-000122: EZEQUIEL
ELIGIO PÉREZ ROA, asistido por el abogado Douglas Alberto Barboza Fernández,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.451, interpone recurso
contencioso electoral, contra la Resolución
Nº 010731-191, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 31 de
julio de 2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano, contra las elecciones celebradas en
fecha 30 de julio de 2000, a los fines de elegir el Alcalde del Municipio
Libertador del Estado Táchira.
Se designó ponente al Magistrado
Doctor LUIS MARTÍNEZ
HERNÁNDEZ, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en
la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho, ello de
conformidad con lo previsto en el artículo 246 de la Ley Orgánica del Sufragio
y Participación Política.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
5.-
Expediente Nº 2001-000135:
ORLANDO ÁLVAREZ ARIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.364,
actuando con el carácter de apoderado judicial del partido político “Proyecto
Venezuela”, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº
010801-204 de fecha 01-08-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral,
publicada en Gaceta Electoral Nº 118 del 06-09-2001, mediante la cual se
declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por la ciudadana Claudia
Moller, actuando con el carácter de candidato al Parlamento Andino por el
Partido Político Proyecto Venezuela,
contra la elección de los representantes al Parlamento Andino.
El abogado
Humberto Corbisiero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 71.013,
actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,
consignó escrito de conclusiones.
6.-
Expediente Nº 2001-000136:
ORLANDO ÁLVAREZ ARIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.364,
actuando con el carácter de apoderado judicial del partido político “Proyecto
Venezuela”, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº
010802-198 de fecha 01-08-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral,
publicada en Gaceta Electoral Nº 118 del 06-09-2001, mediante la cual se
declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Rafael
Huizi, actuando con el carácter de candidato al Parlamento Andino por el
Partido Político Proyecto Venezuela,
contra la elección de los representantes al Parlamento Andino.
El abogado
Humberto Corbisiero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 71.013,
actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,
consignó escrito de conclusiones.
7.-
Expediente Nº 2001-000058:
SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSÉ LEIVA, ANTONIO SOUSA MARTINS, CARLOS ORLANDO
GUEDES, PEDRO ROBERTO GUEVARA, HÉCTOR SASTOQUE PULIDO, JOSÉ RAMÓN BETANCOURT,
OLANDO TOVAR SANDOVAL, VÍCTOR ÁLVAREZ CORTES, ELÍAS HERRERA GARCÍA, ANDRÉS
HERRERA GARCÍA y ERNESTO BUITRAGO LÓPEZ, interponen recurso contencioso
electoral, contra el acta de Proclamación y subsidiariamente contra las
elecciones para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre
Paracotos celebradas el día 04-03-2001.
El abogado Sabino Garban, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
22.933, consignó escrito mediante el cual solicita que se sancione al Consejo
Nacional Electoral.
DILIGENCIA EN
8.-
Expediente Nº 2001-000058:
SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSÉ LEIVA, ANTONIO SOUSA MARTINS, CARLOS ORLANDO
GUEDES, PEDRO ROBERTO GUEVARA, HÉCTOR SASTOQUE PULIDO, JOSÉ RAMÓN BETANCOURT,
OLANDO TOVAR SANDOVAL, VÍCTOR ÁLVAREZ CORTES, ELÍAS HERRERA GARCÍA, ANDRÉS
HERRERA GARCÍA y ERNESTO BUITRAGO LÓPEZ, interponen recurso contencioso
electoral, contra el acta de Proclamación y subsidiariamente contra las
elecciones para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre
Paracotos celebradas el día 04-03-2001.
El abogado Sabino Garban, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
22.933, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido
las copias certificadas que fueron acordadas mediante auto de fecha 08-08-2001.
9.- Expediente Nº 2001-000066: NOE ACOSTA OLIVARES, asistido por el abogado Hugo Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.869, interpone recurso contencioso electoral, contra las Actas de Escrutinio que indica y el Acta de Totalización y Proclamación del proceso electoral para elegir el Alcalde del Municipio Cabimas del Estado Zulia.
El abogado Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 47.548, actuando con el carácter apoderado judicial del
ciudadano Noe Acosta Olivares, consignó diligencia mediante la cual se dio por
notificado del fallo dictado por esta Sala en fecha 14-11-2001.
10.-
Expediente Nº 2001-000134:
JESÚS ALFREDO GARCIA, asistido por la abogada Aremyl Díaz, inscrita en el Inpreabogado
bajo el número 34.505, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente
con solicitud de amparo cautelar, contra “la elección de la Comisión Electoral
... en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción
Similares y Conexos del Estado Táchira (SUTICET) el 06 de julio del año en
curso ... así como ... de las Resoluciones números 3 y 5, dictadas por el
Consejo Nacional Electoral Regional del Táchira el 31 de julio y 05 de
septiembre del año en curso, respectivamente, así como también del acto de las
elecciones sindicales”, el 18-09-2001.
El ciudadano Alguacil consignó
copia del Oficio Nº 01-405, mediante el cual se comunica al Presidente del
Consejo Nacional Electoral, del fallo dictado por esta Sala en fecha 06-11-2001.
Así mismo se le remitió expediente
administrativo constante de seis (6) piezas.
11.-
Expediente Nº 2001-000145:
JOSÉ RAMÍREZ SÁNCHEZ Y JESÚS ANTONIO RODRÍGUEZ RAMÍREZ, asistidos por la
abogada Carmen Zulay Marquina Bustamante, inscrita en el Inpreabogado bajo el
número 68.032, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de medida cautelar innominada, contra el Acta de Totalización,
Adjudicación y Proclamación de Concejales emanadas de la Junta Municipal
Electoral del Municipio Sucre del Estado Miranda, y contra la Resolución Nº
010807-210 de fecha 7-08-2001 emanada del Consejo nacional Electoral, publicada
en Gaceta Electoral Nº 119 de fecha 13-09-2001, mediante la cual se declaró
inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por los mencionados ciudadanos.
El ciudadano Alguacil consignó
copia del Oficio Nº 01-406, mediante el cual se comunica al Presidente del
Consejo Nacional Electoral, del fallo dictado por esta Sala en fecha
12-11-2001. Así mismo se le remitió expediente
administrativo constante de tres (3) piezas.
12.-
Expediente Nº 2001-000182:
Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.558, actuando
con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO GODOY, interpone
recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por la
denegación tácita del recurso jerárquico interpuesto en fecha 22-01-2001 por el
mencionado ciudadano, contra la adjudicación de Concejales por Lista en el
Municipio Catatumbo del Estado Zulia, con ocasión de las elecciones celebradas
en fecha 3 de diciembre de 2000.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio
Nº 01-404, mediante el cual se solicita
al Presidente del Consejo Nacional Electoral, el expediente administrativo, así
como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados
con el presente recurso.
OFICIOS
LIBRADOS EN:
13.-
Expediente Nº 2001-000181:
William Enrique Daza Niño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.154,
actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Legislativo del
Estado Táchira y del ciudadano José Miguel Márquez, interpone acción de amparo
constitucional con medida cautelar innominada contra el Decreto Nº 391, emanado
del Gobernador del Estado Táchira, en fecha 1 de noviembre de 2001, mediante el
cual el Gobernador de la referida entidad, designa a los ciudadanos
José Gregorio Chacón Sánchez, Fernando Alfredo Colmenares Bottano y
Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez, como miembros de la Junta Directiva del
Instituto de Beneficencia Pública y Bienestar social del Estado Táchira.
JUZGADO
DE SUSTANCIACION
14.-
Expediente Nº 2001-000146:
Fátima Ortega, asistida por el abogado Joaquín Montoya, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 47.236, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución Nº
011002-315 del 02-10-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la
cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la
mencionada ciudadana contra la Comisión Electoral Interna del Sindicato de
Trabajadores del Completo Siderúrgico de Guayana (SINTRACOMSIGUA).
Se agregó a los autos la diligencia presentada en fecha 12-11-2001, por el abogado Joaquín Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.236, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadano Fátima Ortega, así como el anexo que acompañó al mismo.
15.-
Expediente Nº 2001-000146:
Fátima Ortega, asistida por el abogado Joaquín Montoya, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 47.236, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución Nº
011002-315del 02-10-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la
cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la
mencionada ciudadana contra la Comisión Electoral Interna del Sindicato de
Trabajadores del Completo Siderúrgico de Guayana (SINTRACOMSIGUA).
De conformidad con el artículo 397, único
aparte, del Código de Procedimiento
Civil y con la sentencia dictada por esta Sala en fecha 6 de agosto de 2001,
signada con el número 99, se fijó el
día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas
promovidas.
16.-
Expediente Nº 2001-000174: ORLANDO
JOSÉ DELGADILLO MENESES, asistido por el abogado Marcos Mérida Díaz, inscrito
en el Inpreabogado bajo el número 50.641, interpone recurso contencioso
electoral, contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Independiente
de Trabajadores Unidos del Petróleo (SITUP Fedepetrol Cantaura) en fecha 19 de
septiembre de 2001.
Se acordó solicitar
el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de
hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del
Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 01-408.
ESCRITOS
PRESENTADOS EN:
17.-
Expediente Nº 2001-000128:
ELIAS JOSÉ NEDERR DONAIRE, asistido por el abogado Enrique Luis Fermín,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.792, interpone recurso
contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010710-174, emanada del Consejo
Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano contra la elección de Alcalde del
Municipio Ortiz del Estado Guárico.
La abogada Amarilis Gamboa Michelena, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 15.059, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Emilio Donaire Ramos, consignó escrito de promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito, hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
18.-
Expediente Nº 2001-000150:
FRANKLIN JAVIER MARIN GONZÁLEZ, asistido por el abogado Ángel Velásquez García,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.717, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la
Resolución Nº 010928-305, emanada del Consejo Nacional Electoral, de fecha 28
de septiembre de 2001, mediante la cual se estableció “tener como afiliados a
estos doscientos veintiséis (226) trabajadores, calificados como tales por la
Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, más no como Electores en el
presente proceso electoral sindical del SINDICATO PROFESIONAL DE OBREROS Y
EMPLEADOS PETROLEROS DE LOS MUNICIPIOS SAN SIMON, AGUASAY, AZEQUIEL ZAMORA Y
SANTA BARBARA DEL DISTRITO MATURIN DEL ESTADO MONAGAS”.
El abogado Ángel Velásquez García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.717, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Franklin Javier Marín González, consignó escrito de promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito, hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
19.-
Expediente Nº 2001-000151:
Ángel Velásquez García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.717,
actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LIBERTO CARBONELL
RIPOLL, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de
amparo cautelar, contra el Memorandum de fecha
02-10-2001, emanado del Consejo Nacional Electoral, en el cual se
expresa “Tener como afiliados al grupo de trabajadores que solicitaron su
afiliación ante la Inspectoría del Trabajo de El Tigre- San Tomé del Estado
Anzoátegui, en fecha 21 de septiembre de 2001, más no como electores en el
presente proceso electoral sindical del Sindicato de Trabajadores Petroleros El
Tigre, por cuanto las solicitudes fueron introducidas fuera del lapso previsto en
el Cronograma Electoral para las nuevas afiliaciones.
El abogado Ángel Velásquez García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.717, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Liberto Carbonell Ripoll, consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexo). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito así como el anexo que acompañó al mismo, hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
20.-
Expediente Nº 2001-000154:
Alfredo Valarino Uriola, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 18.426,
actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MANUEL JOSÉ
QUINTERO, JESÚS MELO ROSAS, FREDDY GÓMEZ, JOY ANDRADE SERGIO BUSTAMANTE, OLIMPO
TREMONT. ALFREDO RUIZ, FREDDY LAZARDE, ROSA SÁNCHEZ DE LUNAR, ROBERTO TEZARA,
GEDALIAS MORALES, LEAMDRO ZULETA, LUIS QUIJADA, FRANCISCO DELFÍN, EDUARD
PEDRIQUE y LEYTSA GARCÍA, interpone recurso contencioso electoral contra la
Resolución Nº 010918-280, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 18
de septiembre de 2001, mediante la cual se anula en forma absoluta el acto de
fecha 7 de septiembre de 2001, mediante el cual ese órgano electoral ordenó a
la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros, Similares y
Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda (S.T.P.S.) admitir la postulación
de los ciudadanos que conforman la Plancha Nº 21.
El abogado Ángel Velásquez García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.717, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Oswaldo Caibett Barreto y José Gregorio Urbina Forero, consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexo). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito así como el anexo que acompañó al mismo, hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
21.-
Expediente Nº 2001-000155:
ORLANDO JOSÉ URDANETA JIMÉNEZ, Alcalde del Municipio Carrizal del Estado
Miranda, asistido por el abogado Ricardo Castillo García, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 32.190, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº
010827-276, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 27 de agosto de
2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 123 del 28 de septiembre de 2001,
mediante la cual declaró Parcialmente con lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el ciudadano Luis Arvelo y sin lugar el recurso jerárquico
Interpuesto por el ciudadano José Luis Rodríguez Fernández, ordenando la
convocatoria a nuevas elecciones en las Mesas Electorales correspondientes a
las Actas Nos. 05725-290-3-13 y 05726-060-8-13, pertenecientes a las mesas 1 y
2, respectivamente del Centro de Votación Nº 36.640.
El abogado Ricardo Castillo García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.190, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Orlando José Urdaneta Jiménez, consignó escrito de ampliación de promoción de pruebas (Acompañó anexos). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito, así como los anexos que acompañaron al escrito, hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
22.-
Expediente Nº 2001-000155:
ORLANDO JOSÉ URDANETA JIMÉNEZ, Alcalde del Municipio Carrizal del Estado
Miranda, asistido por el abogado Ricardo Castillo García, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 32.190, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº
010827-276, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 27 de agosto de
2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 123 del 28 de septiembre de 2001,
mediante la cual declaró Parcialmente con lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el ciudadano Luis Arvelo y sin lugar el recurso jerárquico
Interpuesto por el ciudadano José Luis Rodríguez Fernández, ordenando la
convocatoria a nuevas elecciones en las Mesas Electorales correspondientes a
las Actas Nos. 05725-290-3-13 y 05726-060-8-13, pertenecientes a las mesas 1 y
2, respectivamente del Centro de Votación Nº 36.640.
El ciudadano Luis Roberto Arvelo Punceles, asistido por la abogada Ana Lisbeth Mata Aguilar, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 46.976, consignó escrito de ampliación de promoción de pruebas (Acompañó anexos). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito, así como los anexos que acompañaron al escrito, hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
DILIGENCIA
EN:
23.-
Expediente Nº 2001-000155:
ORLANDO JOSÉ URDANETA JIMÉNEZ, Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda,
asistido por el abogado Ricardo Castillo García, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 32.190, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente
con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 010827-276,
emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 27 de agosto de 2001, publicada
en Gaceta Electoral Nº 123 del 28 de septiembre de 2001, mediante la cual
declaró Parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el
ciudadano Luis Arvelo y sin lugar el recurso jerárquico Interpuesto por el
ciudadano José Luis Rodríguez Fernández, ordenando la convocatoria a nuevas
elecciones en las Mesas Electorales correspondientes a las Actas Nos.
05725-290-3-13 y 05726-060-8-13, pertenecientes a las mesas 1 y 2,
respectivamente del Centro de Votación Nº 36.640.
El ciudadano Luis Roberto Arvelo Punceles, asistido por la abogada Ana Lisbeth Mata Aguilar, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 46.976, consignó diligencia mediante la cual solicita que de conformidad con el artículo 15 de la Ley de Abogados, adminiculado con el numeral 1 del artículo 4 del Código de Ética del Abogado se oficie al Colegio de Abogados del Estado Miranda, a los fines de que se pronuncie con respecto al “irrito escrito presentado por el recurrente...”.
24.-
Expediente Nº 2001-000138:
YLAYALY COROMOTO PACHECO BECERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
73.745, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderada judicial de
los ciudadano Belén Virginia García de Molina, José Luis Salamanca Mendoza,
Iván Alexander Chacón Robles, Santos Gerardo Rincón Carrero, Eslendy Elizabeth
Valero Useche, Anail Coromoto Rolon, Franklin Alexander Peñaloza Ramírez,
Danilo Rueda Berbesi, Carlos Julio Rosales Zambrano, Rosmary Josefina Escalona
Camargo y otros, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución
Nº 010829-288, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 29-08-2001,
mediante la cual se declaró extemporáneo el recurso interpuesto en fecha
27-06-2001, contra las Resolución 17 y 18 de fecha 13-05-2000, y contra la Acta
de Totalización y Proclamación del Gobernador del Estado Táchira dictadas por
la Junta Regional Electoral del Estado Táchira del referido órgano electoral.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-402, mediante el cual se le solicita al Presidente del Consejo Nacional Electoral, se sirva remitir el material electoral, así como un informe sobre los aspectos que se especifican en el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 12-11-2001.
25.- Expediente
Nº 2001-000138: YLAYALY
COROMOTO PACHECO BECERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 73.745,
actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderada judicial de los
ciudadano Belén Virginia García de Molina, José Luis Salamanca Mendoza, Iván
Alexander Chacón Robles, Santos Gerardo Rincón Carrero, Eslendy Elizabeth
Valero Useche, Anail Coromoto Rolon, Franklin Alexander Peñaloza Ramírez,
Danilo Rueda Berbesi, Carlos Julio Rosales Zambrano, Rosmary Josefina Escalona
Camargo y otros, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución
Nº 010829-288, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 29-08-2001,
mediante la cual se declaró extemporáneo el recurso interpuesto en fecha
27-06-2001, contra las Resolución 17 y 18 de fecha 13-05-2000, y contra la Acta
de Totalización y Proclamación del Gobernador del Estado Táchira dictadas por
la Junta Regional Electoral del Estado Táchira del referido órgano electoral.
El ciudadano Alguacil consignó boleta librada al Presidente del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se le intima, a que comparezca a las once horas de la mañana (11:00 a.m.) del cuarto (4º) día de despacho siguiente a su intimación, fines de que exhiba la documentación indicada por el abogado Carlos Guevara en su escrito de promoción de pruebas.
SENTENCIA
26.- Expediente Nº 2001-000066: NOE ACOSTA OLIVARES, asistido por el abogado Hugo Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.869, interpone recurso contencioso electoral, contra las Actas de Escrutinio que indica y el Acta de Totalización y Proclamación del proceso electoral para elegir el Alcalde del Municipio Cabimas del Estado Zulia. La Sala declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral, y en consecuencia, declaró: PRIMERO: Se ANULAN las Votaciones para la elección de Alcalde efectuadas en las Mesas Electorales 1 y 2 de los Centros de Votación números 58.160 y 58.580, “Grupo Escolar María Chiquinquirá Báez” y “Grupo Escolar Ramón Hernández”, respectivamente, del Municipio Cabimas del Estado Zulia. SEGUNDO: Se SUBSANA la falta del Acta de Escrutinio correspondiente a la Mesa número 1 del Centro de Votación “Liceo Chávez”, identificado con el número 58.281, del Municipio Cabimas del Estado Miranda y consecuentemente se declara válido el acto de votación realizado en dicha mesa, conforme a los datos arrojados por la revisión realizada por este órgano jurisdiccional de los instrumentos electorales respectivos. TERCERO: Se declaran VÁLIDAS las Actas de Escrutinio números 130 09189-820-0, 09202-839-6-13, 09217-543-4-13 y 09172-863-9-13. CUARTO: Se CONVALIDAN las Actas de Escrutinio números 09214-940-1-13, 09216-006-6-13, 09227-126-1-13, 09183-245-5-13, 09170-113-4-13, 09224-410-4-13, 09193-605-6-13, 09235-828-0-13, 09178-195-4-13, 09220-178-1-13, 09191-705-5-13, 09197-453-1-13, 09173-244-3-13, 09192-153-3-13, 09179-597-1-13, 09201-354-6-13, 09188-381-1-13, 09215-471-1-13, 09228-704-5-13, 09190-261-0-13, 09206-819-8-13, 131 09180-003-3 y 130 09238-638-2. QUINTO: Se ORDENA al Consejo Nacional Electoral realizar una nueva totalización de los resultados de la elección de Alcalde del Municipio Cabimas del Estado Zulia, celebrada el 30 de julio de 2000, tomando en cuenta lo dispuesto en los incisos segundo, tercero y cuarto de la presente decisión, y sin computar los resultados de las votaciones que fueron anuladas conforme al inciso primero. SEXTO: Se ORDENA al Consejo Nacional Electoral, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 223, 224, 249 y 250 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, determinar, en un término no mayor de ocho (8) días continuos a partir de la presente fecha, la incidencia de la declaratoria de nulidad contenida en el inciso primero de este dispositivo, en el resultado general de las elecciones del Alcalde del Municipio Cabimas del Estado Zulia, celebradas el 30 de julio de 2000, reflejado en la nueva totalización que se realice conforme a lo ordenado en el inciso quinto; y en caso de que resulte procedente, convocar y realizar nuevas votaciones únicamente en las Mesas Electorales, cuyas Votaciones han sido anuladas. SÉPTIMO: En caso de que el Consejo Nacional Electoral ordene la convocatoria y realización de nuevas votaciones, el ciudadano Hernán Alemán, Alcalde proclamado del Municipio Cabimas del Estado Zulia, deberá cesar en el ejercicio de dicho cargo a partir de la fecha en que el órgano electoral acuerde la convocatoria en cuestión. La falta del Alcalde será suplida por un Alcalde Provisorio designado por el Concejo Municipal de Cabimas, Estado Zulia. Asimismo, de acuerdo con los artículos 247 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y 131 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, se declara que la decisión no afecta la validez y eficacia de los actos cumplidos por el ciudadano Hernán Alemán como Alcalde del Municipio Cabimas del Estado Zulia. OCTAVO: Se ORDENA remitir al Ministerio Público copias certificadas de la presente decisión, del libelo, del auto de admisión de pruebas de fecha 11 de julio de 2001, de los escritos consignados por los representantes del Consejo Nacional Electoral, en fechas 19 de julio de 2001, 2 de agosto de 2001, 26 de septiembre de 2001 y 25 de octubre de 2001, y de los autos dictados por esta Sala, en fechas 28 de septiembre de 2001 y 4 de octubre de 2001, a los fines de que intente las acciones que correspondan. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 169.
27.- Expediente Nº 2001-000181: William Enrique Daza Niño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.154, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Legislativo del Estado Táchira y del ciudadano José Miguel Márquez, interpone acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada contra el Decreto Nº 391, emanado del Gobernador del Estado Táchira, en fecha 1 de noviembre de 2001, mediante el cual el Gobernador de la referida entidad, designa a los ciudadanos José Gregorio Chacón Sánchez, Fernando Alfredo Colmenares Bottano y Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez, como miembros de la Junta Directiva del Instituto de Beneficencia Pública y Bienestar social del Estado Táchira. La Sala se declaró INCOMPETENTE para conocer y decidir la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, y en consecuencia DECLINÓ la competencia para conocer y decidir la acción, en el Juzgado Superior en lo Civil y Contenciosos Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, con sede en la ciudad de Barinas. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 170.
28.- Expediente Nº 2001-000098: Luis Alberto Albarrán
Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.511, actuando con el
carácter de apoderado judicial del ciudadano
ÁNGEL DAVID PAREDES, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución
Nº 010524-143, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 24-05-2001,
publicada en Gaceta Electoral Nº 107 de fecha 27-06-2001, mediante la cual se
declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado
ciudadano, contra nueve (9) actas de escrutinio que señala y que corresponden a
la elección de Alcalde del Municipio Las Mercedes del Llano del Estado Guárico,
celebradas en fecha 30-07-2000. La Sala declaró CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto por el
ciudadano ÁNGEL DAVID PAREDES,
actuando en su carácter de candidato a Alcalde del Municipio Las Mercedes del
Llano del Estado Guárico, contra la Resolución del Consejo Nacional Electoral,
número 010524-143 del 24 de mayo de 2001, publicada en Gaceta Electoral número
107 del 27 de junio de 2001, que declaró “Sin
Lugar” el recurso jerárquico interpuesto contra nueve (9) Actas de
Escrutinio correspondientes a las elecciones de Alcalde del Municipio antes
mencionado, la cual SE ANULA y, en
consecuencia, al esta Sala conocer de las impugnaciones de las Actas en
referencia, declaró: PRIMERO: VÁLIDAS las
Actas de Escrutinio números 4035, 4036, 4038, 4056, 4057,4058, 4059 y 4061. SEGUNDO: NULA el Acta de Escrutinio
número 4060 y, en tal razón, se ordena al Consejo Nacional Electoral, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 223, 224, 249 y 250 de la Ley
Orgánica del Sufragio y Participación Política, determinar, en un término no
mayor de ocho (8) días hábiles a partir de la presente fecha, la incidencia de
la declaratoria de nulidad del Acta de Escrutinio contenida en este
dispositivo, en el resultado general de las elecciones del Alcalde del
Municipio Las Mercedes del Llano del Estado Guárico, celebradas el 30 de julio
de 2000. TERCERO: En caso de
que el Consejo Nacional Electoral ordene la convocatoria y realización de
nuevas votaciones, el ciudadano RAÚL CARBALLO, Alcalde proclamado del Municipio
Las Mercedes del Llano del Estado Guárico, deberá cesar en el ejercicio de
dicho cargo a partir de la fecha en que el órgano electoral acuerde dicha
convocatoria. La falta del Alcalde será suplida por un Alcalde Provisorio
designado por el Concejo Municipal de Las Mercedes del Llano, Estado Guárico.
Asimismo, de acuerdo con los artículos 247 de la Ley Orgánica del Sufragio y
Participación Política y 131 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de
Justicia, se declara que la presente decisión no afecta la validez y eficacia
de los actos cumplidos por el ciudadano RAÚL CARBALLO como Alcalde del
Municipio Las Mercedes del Llano del Estado Guárico. Ponente: RAFAEL
HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 171.
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO
DE STEFANO
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