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Sala Electoral
  • Fecha: 15 de enero de 2001





CUENTA Nº 07

 

 

CUENTA Nº 07

 

 

Despacho del lunes quince (15) de enero de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

NUEVO ASUNTOS INGRESADOS:

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000004: Juzgado de Sustanciación de Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declinó la competencia en el expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Stalin Rodríguez, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JESÚS EMILIO SUAREZ SANTOS, contra el acto de fecha 12 de junio de 1996, emanado del Consejo Supremo Electoral, mediante el cual se le notificó de la destitución del cargo de Fiscal Auxiliar, adscrito a la Fiscalía General de Cedulación en Maracaibo. Oficio Nº 0008, de fecha 10-01-2001, remitiendo el expediente Nº 0926 (nomenclatura de esa Sala).

 

Recibido en fecha 12-01-2001. Se dio cuenta a la Sala. Se designó Ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

DESIGNACION DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2000-0148: Juzgado de Sustanciación de Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declinó la competencia en el expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Gregorio Salazar Torres, actuando en su propio nombre, contra el acto emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le retiró del cargo de Coordinador Electoral II, adscrito a la Oficina de Proyecto Venezuela. Oficio Nº 2072, de fecha 12-12-2000, remitiendo el expediente Nº 0917 (nomenclatura de esa Sala).

 

Vista  la diligencia presentada en fecha 10-01-2000, por el abogado Gregorio Salazar Torres, actuando en su propio nombre, mediante la cual apela del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 21-12-2000, que declaró inadmisible el recurso interpuesto. Se acordó designar Ponente al Magistrado Doctor RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

SECRETARIA EN:

 

3.- Expediente Nº 2000-0147: JOSE RAMÍREZ SÁNCHEZ, en su condición de candidato al  Concejo Municipal en el Municipio Sucre del Estado Miranda, bajo la formula de voto lista, por la organización política Movimiento Quinta República (MVR), asistido por la abogada Carmen Zulay Marquina Bustamante, interpone acción de amparo constitucional, contra la Junta Municipal Electoral del referido Municipio y el Consejo Nacional Electoral.

Vista la diligencia presentada en  fecha 09-01-2001,  por la abogada Carmen Zulay Marquina, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano José Ramírez Sánchez, mediante la cual solicita “copia certificada de los ochenta y dos folios útiles que integran la totalidad del Expediente número 000147”,  esta Sala ACORDÓ expedirle la certificación solicitada.

 

 

4.- Expediente Nº 2000-0142: GEORGES BALLAN BUFRAN, actuando con el carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A, asistido por la abogada Noelia González Ordóñez,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 001118-1845 de fecha 18 de noviembre de 2000, emanada del Consejo Nacional Electora, publicada en Gaceta Electoral Nº 83, de fecha 22 de noviembre de 2000, mediante la cual se convoca a un Referendo Consultivo para que los habitantes del Municipio Chacao se pronuncien acerca de si están de acuerdo o no con la ubicación de Salas de Bingos en su ámbito territorial.

 

Vista la diligencia presentada en  fecha 09-01-2001,  por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, mediante la cual solicita copia certificada de los documentos que cursan a los folios cuatrocientos noventa y tres (493)  al quinientos uno (501), setecientos uno (701),  setecientos veinte (720)  al setecientos noventa y dos vuelto (792 vto.)  y setecientos noventa y seis (796),  esta Sala ACORDÓ expedirle la certificación de los documentos que cursa a los folios cuatrocientos noventa y tres (493)  al quinientos uno (501)  y setecientos noventa y seis (796). Por lo que se refiere a los documentos que cursan a los folios setecientos uno (701), setecientos veinte (720) al setecientos noventa y dos vuelto (792 vto.), esta Sala NEGÓ su certificación por no cursar los mismos en original, hecho este que impide su confrontación, de allí que se ordena su expedición en copia simple.

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000001: Los abogados Jorge Gómez Mantellini y Generoso Mazzocca Medina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 583 y 31.648, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos WILLIAM DÁVILA BARRIOS y TIMOTEO ZAMBRANO, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 001206-2559, de fecha 06 de diciembre de 2000,  dictada por el Consejo Nacional Electoral, en la cual determinó  que las máximas autoridades  de la organización política “ACCIÓN DEMOCRATICA” (AD) son los ciudadanos HENRY RAMOS ALLUP  y RAFAEL MARIN JAEN, en su carácter de Presidente y Secretario General, respectivamente, y se fijó la realización del proceso electoral interno para escoger las autoridades de la referida organización política, para el primer trimestre del año 2001.

 

Por recibido en fecha 11-01-2001, escrito presentado por la abogada Rosa Ángela Jiménez Rodríguez, actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, así como antecedentes administrativos. Se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y  formar piezas separadas con los antecedentes administrativo.

 

 

6.- Expediente Nº 2000-0137: El abogado Luis Alberto Escobar, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Médicos del Distrito Federal (hoy Distrito Metropolitano), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del referido Colegio de Médicos, realizada en fecha 23-06-2000.

 

Por recibido en fecha 12-01-2001, escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con la presente causa, suscrito por el ciudadano Alicio Gustavo Castillo, actuando con el carácter de Secretario General del Sindicato de Trabajadores del Colegio de Médicos del Distrito Federal, asistido por la abogada Nilda Escalona de David, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y formar pieza separada con su  anexo, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2000-0142: GEORGES BALLAN BUFRAN, actuando con el carácter de Presidente de la firma mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA C.A, asistido por la abogada Noelia González Ordóñez,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 2.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos (artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia) y subsidiariamente medida cautelar innominada (artículo 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 001118-1845 de fecha 18 de noviembre de 2000, emanada del Consejo Nacional Electora, publicada en Gaceta Electoral Nº 83, de fecha 22 de noviembre de 2000, mediante la cual se convoca a un Referendo Consultivo para que los habitantes del Municipio Chacao se pronuncien acerca de si están de acuerdo o no con la ubicación de Salas de Bingos en su ámbito territorial.

 

El abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Chacao, dejó constancia de haber recibido las copias certificadas que fueran acordadas por esta Sala mediante auto de esta misma fecha.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION EN:

 

 

8.- Expediente Nº 2000-0145: El ciudadano ELIÉCER CORDOVA, asistido por la abogada Josefina Varela, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 59.464, interpone recurso contencioso electoral contra el Acta de Escrutinio Nº 130-03929-896-9 del Centro de Votación Nº 24370, mesa Nº 1, correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Miranda del Estado Falcón y contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del referido Municipio, dictado por el Consejo Nacional Electoral en fecha 17-11-00.

 

De acuerdo con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  así como de conformidad con el auto   dictado en fecha 19-12-2000, mediante el cual acordó la reducción de todos los lapsos procesales en la tramitación del presente recurso, se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de tres (3) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS EN:

 

9.- Expediente Nº 2000-0148: Juzgado de Sustanciación de Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declinó la competencia en el expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Gregorio Salazar Torres, actuando en su propio nombre, contra el acto emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le retiró del cargo de Coordinador Electoral II, adscrito a la Oficina de Proyecto Venezuela. Oficio Nº 2072, de fecha 12-12-2000, remitiendo el expediente Nº 0917 (nomenclatura de esa Sala).

 

El abogado Gregorio Salazar, actuando en su propio nombre, consignó escrito de formalización de la apelación, que formulara mediante diligencia de fecha 10-01-2001.

 

 

10.- Expediente Nº 2001-000002:  Liborio Guarulla, asistido por los abogados Ana Paula Diniz y Alirio Naime, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra la Resolución Nº 001219-2568,  de fecha 19-12-2000, emanada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual da cumplimiento al fallo dictado por la Sala Electoral en fecha 18-12-2000, que fuese publicada con el número 163.

 

La abogada Gricelia Velásquez García, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 59.286, actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que la acredita para actuar como apoderada judicial del mencionado Consejo y formar pieza separada con los  restantes anexos que acompañaron al escrito, por constituir los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

El Presidente,

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

El Secretario,

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

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