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Despacho del jueves diecisiete (17) de mayo de
2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta
con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado
Orlando Gravina Alvarado. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada.
Se dio cuenta.
SECRETARIA
1.-
Expediente Nº 2001-000031:
ANDRÉS MANUEL VELÁSQUEZ, asistido por la abogada Ligia Pérez Córdova, inscrita
en el Inpreabogado bajo el número 10.136, interpone recurso contencioso
electoral contra la Resolución Nº 010214-045, de fecha 14 de febrero de 2001,
emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, mediante la cual se declaró sin lugar
el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano en fecha 24 de
agosto de 2000, contra el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000 en
el Estado Anzoátegui mediante el cual se eligió al Gobernador del Estado
Anzoátegui.
Visto el auto
dictado por esta Sala en fecha 15-05-2001, mediante el cual esta Sala acordó y
negó copias certificadas de los documentos que cursan a los folios 267 al 284,
inclusive, y de los folios 1 al 284, inclusive, solicitadas mediante diligencia
de fecha 10-05-2001, por la abogada Ligia Pérez Córdova, actuando con el
carácter de apoderada Judicial del ciudadano Andrés Velásquez, observa esta
Sala que por error, se acordó otorgar copias certificadas de los documentos que
cursan a los folios 272 al 274, documentos éstos que cursan en copias simples,
situación ésta que impide su confrontación con el original, lo cual
imposibilita a esta Sala su certificación, fundamentación ésta utilizada para
negar similar pedimento en el auto de admisión, en tal sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
310 del Código de Procedimiento Civil, se revocó por contrario imperio el
referido auto y ordenó proveer sobre la
solicitud formulada por la referida abogada.
2.-
Expediente Nº 2001-000031:
ANDRÉS MANUEL VELÁSQUEZ, asistido por la abogada Ligia Pérez Córdova, inscrita
en el Inpreabogado bajo el número 10.136, interpone recurso contencioso
electoral contra la Resolución Nº 010214-045, de fecha 14 de febrero de 2001,
emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, mediante la cual se declaró sin lugar
el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano en fecha 24 de
agosto de 2000, contra el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000 en
el Estado Anzoátegui mediante el cual se eligió al Gobernador del Estado
Anzoátegui.
Visto el auto
de esta misma fecha en el cual se ordena proveer sobre la solicitud de copias
certificadas de los documentos que cursan a los folios 267 al 284, inclusive, y
de los folios 1 al 284, inclusive, formulada por la abogada Ligia Pérez
Córdova, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 10.136, actuando con el
carácter de apoderada judicial del ciudadano Andrés Manuel Velásquez, se
observa que, por lo que se refiere a la copia certificada de los documentos que cursan a los folios 267 al
284, inclusive, esta Sala ACORDÓ expedir la certificación de los
documentos que cursan a los folios 267 al 271 y 275 al 284. En relación a los
documentos que cursan a los folios 272 al 274, esta Sala NEGÓ su
certificación por no cursar los mismos en original, hecho este que impide su
confrontación, de allí que se ordenó su expedición en copia simple. Ahora bien,
por lo que corresponde a la solicitud de copia certificada de los documentos
que cursan a los folios 1 al 284, inclusive, esta Sala ACORDÓ expedirle
la certificación de los documentos que cursan a los folios 1 al 134 Vto., 267
al 271 y 275 al 284. Por lo que se refiere a los documentos que cursan a los
folios 135 al 266 y 272 al 274, esta Sala NEGÓ su certificación por no
cursar los mismos en original, hecho este que impide su confrontación, de allí que
se ordenó su expedición en copia simple.
SE DESIGNÓ
PONENTE EN:
3.-
Expediente Nº 2001-000033: El abogado Orlando Aníbal Álvarez Arias,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.364, actuando con el carácter de
apoderado judicial del ciudadano RAFAEL DAVID LOAIZA, candidato a Diputado para
la Asamblea Nacional (Voto Nominal) por el Partido Político “PROYECTO
VENEZUELA”, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº
001004-1829, de fecha 04 de octubre de 2000, publicada en Gaceta Electoral
Número 96 de fecha 28 de febrero de 2001,
emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró
inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano,
contra las actas de Escrutinio en la elección de Diputados Nominales a la
Asamblea Nacional por el Estado Carabobo (Circunscripción Nº 2) en el proceso
electoral celebrado el 30 de julio de 2000.
Se designó ponente al Magistrado
Doctor ORLANDO GRAVINA, a
los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa,
dentro del plazo de quince (15) días de despacho, ello de conformidad con lo
previsto en el artículo 246 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación
Política.
4.-
Expediente Nº 2001-000021: ANGEL
ALBERTO ARRAEZ ALIENDO, actuando con el carácter de excandidato a Alcalde en el
Municipio Miranda del Estado Carabobo, asistido por el abogado Argenis Flores,
inscrito en el Inpreabogado bajo número 16.122, interpone recurso contencioso
electoral, contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del
referido Municipio, de fecha 01 de agosto de 2000, emanada de la Junta
Electoral del Municipio Miranda del
Estado Carabobo.
Visto el
escrito presentado por la abogada
Carmen Stebbing, apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, mediante el
cual solicita aclaratoria del fallo dictado por esta Sala en fecha 16-05-2001,
se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los
fines de la decisión correspondiente.
OFICIO
LIBRADOS EN:
5.-
Expediente Nº 2001-000013: MARÍA ODILIA GONCALVEZ DA SILVA, AURIDES
MERCEDES MORA y MANUEL ANTONIO CASTILLO JAÉN, actuando con el carácter de
Diputados Suplentes del Grupo de Representantes Comunitarios Venezolanos ante
el Parlamento Andino, asistidos por el abogado Fernando Delgado, interponen
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de
efectos, contra la Resolución Nº 001130-2351, de fecha 30 de noviembre de
2000, dictada por el Consejo Nacional
Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 92, de fecha 15 de enero de 2001,
mediante la cual se revocó las Actas de Totalización, Adjudicación y
Proclamación de los Representantes al Parlamento Andino y Latinoamericano de
fecha 14 de agosto de 2000, así como las credenciales otorgadas a los suplentes
respectivos.
Se libró
Oficio Nº 01-117, mediante al cual se le comunica al Presidente del Consejo
Nacional Electoral, del fallo dictado por esta Sala en esta misma fecha. Así
mismo se remitió una (1) pieza contentiva del expediente administrativo.
DILIGENCIA
EN:
6.-
Expediente Nº 2001-000021: ANGEL
ALBERTO ARRAEZ ALIENDO, actuando con el carácter de excandidato a Alcalde en el
Municipio Miranda del Estado Carabobo, asistido por el abogado Argenis Flores,
inscrito en el Inpreabogado bajo número 16.122, interpone recurso contencioso
electoral, contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del
referido Municipio, de fecha 01 de agosto de 2000, emanada de la Junta
Electoral del Municipio Miranda del Estado
Carabobo.
El ciudadano
Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-113, mediante el cual se
notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, del fallo dictado por
esta Sala en fecha 16-05-2001, así como la remisión de una (1) pieza
contentiva del expediente administrativo y ocho (8) piezas de anexos.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
7.-
Expediente Nº 2001-000021: ANGEL
ALBERTO ARRAEZ ALIENDO, actuando con el carácter de excandidato a Alcalde en el
Municipio Miranda del Estado Carabobo, asistido por el abogado Argenis Flores,
inscrito en el Inpreabogado bajo número 16.122, interpone recurso contencioso
electoral, contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del
referido Municipio, de fecha 01 de agosto de 2000, emanada de la Junta
Electoral del Municipio Miranda del
Estado Carabobo.
La abogada
Carmen Stebbing, actuando con el carácter de apoderada judicial del Consejo
Nacional Electoral, consignó escrito mediante el cual solicita aclaratoria del
fallo dictado por esta Sala en fecha 16-05-2001.
8.- Expediente Nº 2000-0100: Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos CARLOS VILORIA, JESUS PINTO Y ORANGE VELASQUEZ, afiliados al Sindicato Único de Trabajadores de la Salud del instituciones Públicas y Privadas y de la Seguridad Social, asistidos por los abogados Humberto Hernández y José Pérez Castillo, contra el acto electoral de fecha 07 de enero de 2000, llevado a cabo por la Comisión Electoral Interna del referido sindicato.
El ciudadano
Orangel Velásquez, asistido por el abogado Orlando Ramírez, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 31.335, consignó escrito.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
9.-
Expediente Nº 2001-000058:
SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSÉ LEIVA, ANTONIO SOUSA MARTINS, CARLOS ORLANDO
GUEDES, PEDRO ROBERTO GUEVARA, HÉCTOR SASTOQUE PULIDO, JOSÉ RAMÓN BETANCOURT,
OLANDO TOVAR SANDOVAL, VÍCTOR ÁLVAREZ CORTES, ELÍAS HERRERA GARCÍA, ANDRÉS
HERRERA GARCÍA y ERNESTO BUITRAGO LÓPEZ, interponen recurso contencioso
electoral, contra el acta de Proclamación y subsidiariamente contra las
elecciones para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre
Paracotos celebradas el día 04-03-2001.
Se admitió el presente recurso. Se ordenó notificar a los ciudadanos
Fiscal General de la República, Presidente del Consejo Nacional Electoral,
y a la Comisión Electoral de la Asociación
Civil Club Campestre Paracotos, emplazar a los interesados mediante la
publicación de un cartel en el diario “El Nacional”. Se libraron los Oficios Nº
01-114, 01-115, 01-116 y se expidió
cartel de emplazamiento.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
10.-
Expediente Nº 2001-000057:
MOREL RAFAEL RODRÍGUEZ AVILA, actuando con el carácter de candidato a
Gobernador del Estado Nueva Esparta en las elecciones del 30 de julio de 2000,
asistido por los abogados Pedro José Mora Rangel, Juan Correa de León y Octavio Tovar Guzmán, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 2.348, 294 y 7.154, respectivamente, interpone recurso contencioso
electoral contra las actas de escrutinio que indica, y el acta de Totalización
y Proclamación elaborada por la Junta Regional Electoral del Estado Nueva
Esparta.
Los abogados
Pedro José Mora Rancel y Juan Correa De León, inscrito en el Inpreabogado bajo
los números 2348 y 294 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales del ciudadano Morel Rafael Rodríguez Avila, consignaron escrito de
alegatos
11.- Expediente Nº 2001-000046 (CUADERNO SEPARADO): MARYOLGA GIRAN CORTÉZ, actuando con el carácter de apoderada judicial de INDUSTRIAS LACTEA VENEZOLANA C.A. (INDULAC), interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra el proceso comicial celebrado en fecha 25 de agosto de 2000, mediante el cual se eligió la Junta Directiva del SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA LACTEA Y SUS DERIVADOS DEL DISTRITO PERIJÁ DEL ESTADO ZULIA (SOEL). (Recurso principal Expediente Nº 2001-000027).
El abogado
José Alberto Pineda, dejó constancia de haber recibido las copias certificadas
acordadas mediante auto de fecha 07-05-2001.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI
URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO
DE STEFANO
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