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Sala Electoral
  • Fecha: 17 de octubre de 2001





CUENTA Nº 139

CUENTA Nº 139

 

 

 

Despacho del miércoles  diecisiete (17) de octubre de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS:

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000158: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el expediente contentivo de la consulta de ley de la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, de fecha 21 de septiembre de 2000, mediante la cual declaró improcedente la solicitud de amparo constitucional, interpuesta por los ciudadanos MANUEL PIÑEIRO, RAQUEL PACHECO Y JASSMÍN MIJARES, contra la conducta asumida por los ciudadanos Rosalía Dávalos, María Nieves Guiñan, Feliz Muñoz, Pedro Valente y Rolando Pérez, éstos últimos actuando como Miembros de la Junta Directiva del Colegio de Médicos del Estado Miranda. Oficio Nº 01-1794, de fecha 10-10-2001, remitiendo el expediente Nº 2000002465 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000156:  JORGE LAYA Y EDUARDO CUBILLÁN, asistidos por el abogado Naudy Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.780, interponen recurso contencioso electoral, contra la elección celebrada en fecha 22 de agosto de 2001, mediante la cual se eligió a la Junta de Conducción Sindical de la Federación de Trabajadores del Estado Vargas (FETRA-VARGAS), así como contra todo lo actuado por la referida Junta.

 

Se acordó solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso eligió a la Junta de Conducción Sindical de la Federación de Trabajadores del Estado Vargas (FETRA-VARGAS) y al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libraron los Oficios Nos. 01-340 y 01-341.

 

 

 

DESIGNACION DE PONENTE EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000099: Ana Cecilia Zulueta, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 65.753, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano ROMEO ARISMENDI, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010529-156, de fecha 29 de mayo de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, y que fue publicada en Gaceta Electoral Nº 107 de fecha 27 de junio de 2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado en fecha 30 de julio 2000, para elegir al Alcalde del Municipio García del Estado Nueva Esparta.

 

Se designó ponente al Magistrado  Doctor  RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000152: FRANCISCO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Salvador Salas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.825, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Resolución de fecha 24-09-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se ordena a la Comisión Electoral del Sindicato de Radio, Cine, Teatro, Televisión, Músicos, Similares, Afines y Conexos del Estado Lara, la suspensión del proceso electoral convocado para el día 25-09-2001, la inscripción  de la Plancha Nº 02 y  fija  como nueva fecha para las elecciones el día 15-10-2001.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar una (1) pieza separada con los anexos identificados con la letra “B”, que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000154: Alfredo Valarino Uriola, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 18.426, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MANUEL JOSÉ QUINTERO, JESÚS MELO ROSAS, FREDDY GÓMEZ, JOY ANDRADE SERGIO BUSTAMANTE, OLIMPO TREMONT. ALFREDO RUIZ, FREDDY LAZARDE, ROSA SÁNCHEZ DE LUNAR, ROBERTO TEZARA, GEDALIAS MORALES, LEAMDRO ZULETA, LUIS QUIJADA, FRANCISCO DELFÍN, EDUARD PEDRIQUE y LEYTSA GARCÍA, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010918-280, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 18 de septiembre de 2001, mediante la cual se anula en forma absoluta el acto de fecha 7 de septiembre de 2001, mediante el cual ese órgano electoral ordenó a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros, Similares y Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda (S.T.P.S.) admitir la postulación de los ciudadanos que conforman la Plancha Nº 21.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar cinco (5) piezas separadas con los anexos identificados con las letras “B”, “C”, “D”, “E” y “F”, que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000123: Carlos Augusto López Damiáni, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.216, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Ricardo Mendoza Dávila, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Resolución 010802-195, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02 de agosto de 2001, mediante la cual se declaró Parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Miguel José Cesar Sánchez, contra las Actas de Escrutinio Nos. 130-08933-352, 130-09090-181-0, la correspondiente a la Mesa Electoral Nº 1 del Centro de Votación Nº 56.602 y contra la votación realizada en el Centro de Votación Nº 56.561; y con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Carlos Ricardo Mendoza Dávila, contra el Acta de Totalización emanada de la Junta Municipal Electoral del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy.

 

De conformidad con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000138: YLAYALY COROMOTO PACHECO BECERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 73.745, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderada judicial de los ciudadano Belén Virginia García de Molina, José Luis Salamanca Mendoza, Iván Alexander Chacón Robles, Santos Gerardo Rincón Carrero, Eslendy Elizabeth Valero Useche, Anail Coromoto Rolon, Franklin Alexander Peñaloza Ramírez, Danilo Rueda Berbesi, Carlos Julio Rosales Zambrano, Rosmary Josefina Escalona Camargo y otros, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010829-288, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 29-08-2001, mediante la cual se declaró extemporáneo el recurso interpuesto en fecha 27-06-2001, contra las Resolución 17 y 18 de fecha 13-05-2000, y contra la Acta de Totalización y Proclamación del Gobernador del Estado Táchira dictadas por la Junta Regional Electoral del Estado Táchira del referido órgano electoral.

 

La abogada YLAYALY COROMOTO PACHECO BECERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 73.745, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderada judicial de los ciudadano Belén Virginia García de Molina, José Luis Salamanca Mendoza, Iván Alexander Chacón Robles, Santos Gerardo Rincón Carrero, Eslendy Elizabeth Valero Useche, Anail Coromoto Rolon, Franklin Alexander Peñaloza Ramírez, Danilo Rueda Berbesi, Carlos Julio Rosales Zambrano, Rosmary Josefina Escalona Camargo y otros, solicitó la entrega del cartel de emplazamiento de los interesados, el cual fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

 

OFICIO RECIBIDOS EN:

 

 

8.- Expediente Nº 2001-000126: Raúl José León Rijas, titular de la cédula de identidad Nº 1.458.744, interpone recurso de nulidad, contra el Registro Preliminar de Electores del Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre-Guiria.

 

Por recibido Oficio Nº 3110-331, emanado del Juzgado del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, anexo al cual se remite las resultas de la comisión que le fue conferida por esta Sala mediante auto de fecha   20-09-2001,  a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar al ciudadano Raúl José León Rojas.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2001-000129: JORGE GUILLERMO ANGULO SANTANA, asistido por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010906-246, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 06-09-2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado ciudadano contra la decisión tomada por el Comité Técnico de Integración y la Coordinación Electoral y Jurídica Nacional del Consejo Nacional Electoral, el 22-08-2001, en la cual quedó excluido del Registro de Electores del Sindicato de los Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela (SINTRABIV).

 

El ciudadano Jorge Guillermo Angulo, asistido por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, consignó la pagina D/7 del diario “El Nacional” del 15-10-2001, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

10.- Expediente Nº 2001-000130: CLAUDIO RIVAS, asistido por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010906-247, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 06-09-2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado ciudadano contra la decisión tomada por el Comité Técnico de Integración y la Coordinación Electoral y Jurídica Nacional del Consejo Nacional Electoral, el 22-08-2001, mediante la cual lo excluyen del Registro de Electores del Sindicato de los Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela (SINTRABIV).

 

El ciudadano Claudio Rivas, asistido por el abogado José Felipe Montes Navas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.269, consignó la pagina D/7 del diario “El Nacional” del 15-10-2001, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

11.- Expediente Nº 2001-000151: Ángel Velásquez García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.717, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LIBERTO CARBONELL RIPOLL, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Memorandum de fecha  02-10-2001, emanado del Consejo Nacional Electoral, en el cual se expresa “Tener como afiliados al grupo de trabajadores que solicitaron su afiliación ante la Inspectoría del Trabajo de El Tigre- San Tomé del Estado Anzoátegui, en fecha 21 de septiembre de 2001, más no como electores en el presente proceso electoral sindical del Sindicato de Trabajadores Petroleros El Tigre, por cuanto las solicitudes fueron introducidas fuera del lapso previsto en el Cronograma Electoral para las nuevas afiliaciones.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó diligencia en la cual expresa que como complemento a los antecedentes administrativo consignados en fecha 16 de octubre de 2001, consigna actuaciones cumplidas por el órgano electoral relacionadas al proceso de renovación sindical del Sindicato de Trabajadores Petroleros El Tigre,  se acordó agregar al expediente judicial la referida diligencia y formar una (1) pieza separada con el anexo que acompañó a la misma, el cual será identificado como expediente administrativo dos (2).

 

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

12.- Expediente Nº 2001-000094: VINICIO ROMERO MARTÍNEZ, actuando con el carácter de miembro de la SOCIEDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA,  asistido por el abogado José Vicente Haro, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.815, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra los artículos 28, 57 y el parágrafo único del artículo 62 del Estatuto General de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, a los fines de que sean desaplicadas las referidas normas, en los comicios a celebrarse el día 23 de julio de 2001, para elegir la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad.

                                              

El ciudadano Aníbal Laydera, actuando con el carácter de Presidente de la Junta Directiva Nacional de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, asistido por el abogado Jóvito Villalba Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 2.116, consignó escrito mediante el cual solicita una prorroga del término fijado por el fallo dictado en fecha 09-08-2001, en el cual se establecía como fecha tope para la elección de los Miembros de la Junta Directiva Nacional de la referida Sociedad, el día 13 de diciembre de 2001.

 

 

 

 

 

SENTENCIA

 

 

13.- Expediente Nº 2001-000140: Pedro Miguel Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.780, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ARNALDO ESCALONA PEÑUELA, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra la aplicación por parte de la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, de los artículos 14 del Reglamento de la Universidad Nacional Abierta y 68 del Reglamento de Elecciones Universitarias de la referida Universidad. La Sala declaró PRIMERO: COMPETENTE   para conocer de la presente acción de amparo, la cual ADMITE. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional interpuesta contra la negativa de admitir su postulación como candidato a Rector de la Universidad Nacional Abierta, sobre la base de la violación de los derechos constitucionales a no ser sometidos a trato discriminatorio, a la participación en los asuntos públicos, y “ ...a la Estabilidad de los docentes...”, contenidos en los artículos 21 numeral uno, 62 y 104 constitucionales. Ponente:  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 142.

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

 

El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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