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Sala Electoral
  • Fecha: 18 de julio de 2001





CUENTA Nº 106

 

 

 

 

 

CUENTA Nº 106

 

 

Despacho del miércoles dieciocho (18) de julio de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Orlando Gravina Alvarado. Por motivos justificados el Presidente de la Sala debió ausentarse de la sesión del día de hoy, asumiendo el ejercicio de la presidencia el Vicepresidente de la Sala. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARIA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000098: Luis Alberto Albarrán Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.511, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano  ÁNGEL DAVID PAREDES, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010524-143, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 24-05-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 107 de fecha 27-06-2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra nueve (9) actas de escrutinio que señala y que corresponden a la elección de Alcalde del Municipio Las Mercedes del Llano del Estado Guárico, celebradas en fecha 30-07-2000.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000019: Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declinó competencia para conocer de la apelación de la sentencia de fecha 17 de noviembre de 1999, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que resolvió el recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos Rufino Pérez, Marcial Segovia, Ramón Noguera, Francisco Sánchez, Gladys Flores, Félix Mena, Ramón Rodríguez, Héctor Ayala y Cesar Rocca, todos integrantes de la Junta Directiva del Sindicato Único de Obreros al servicio de la Asamblea Legislativa del Estado Carabobo, asistidos por el abogado Atilio Hernández Ramírez, contra el proceso electoral del referido Sindicato, realizado en fecha  21 de enero de 1999. Oficio Nº 047, de fecha 06-02-01, remitiendo el expediente Nº 8961 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

Se fijó el décimo día de despacho, siguiente al de hoy, para que tenga lugar el acto de informes, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 166 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y del fallo dictado por esta Sala en fecha 14-03-2001.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.

 

Las abogadas Rhaiza Ron y Naomí Villegas, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 32.128 y 66.381, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignaron  escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que las acredita para actuar como apoderadas judiciales del mencionado órgano electoral y formar una (1) pieza separada con los demás anexos que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000058: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSÉ LEIVA, ANTONIO SOUSA MARTINS, CARLOS ORLANDO GUEDES, PEDRO ROBERTO GUEVARA, HÉCTOR SASTOQUE PULIDO, JOSÉ RAMÓN BETANCOURT, OLANDO TOVAR SANDOVAL, VÍCTOR ÁLVAREZ CORTES, ELÍAS HERRERA GARCÍA, ANDRÉS HERRERA GARCÍA y ERNESTO BUITRAGO LÓPEZ, interponen recurso contencioso electoral, contra el acta de Proclamación y subsidiariamente contra las elecciones para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos celebradas el día  04-03-2001.

 

La abogada Naomí Villegas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.381, actuando con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito en el cual expresa que dando cumplimiento a la solicitud formulada mediante auto de fecha 11-07-2001, consigna copia certificada del Acta en la cual se conformó la Comisión de Seguimiento del Proceso Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos. Así mismo expresó que todos los documentos concernientes a dicha Comisión que se encontraban en los archivos del Consejo Nacional Electoral, fueron remitidos a esta Sala Electoral.

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000096: Luis Amador Gerbel Seijas y Omar Rafael Rodríguez Martínez, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano LUIS GUILLERMO TROCONIZ, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010529-149, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 29-05-2001 y publicada en Gaceta Electoral Nº 107 de fecha 27-06-2001, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra veinticinco (25) actas de escrutinio que señala y el acta de totalización y proclamación del Alcalde del Municipio Cedeño del Estado Bolívar.

 

El abogado Carlos Eduardo Pérez Rueda, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.763, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó  escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar una (1) pieza separada con el anexo restante que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000068: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS GORDONES, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010410-117, de fecha 10-04-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 104, del 11-05-2001, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra el acto de Proclamación correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Valdez del Estado Sucre.

 

El abogado Carlos Eduardo Pérez Rueda, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.763, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó  escrito mediante el cual da respuesta a la solicitud formulada por esta Sala mediante auto de fecha 10-07-2001.

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000057: MOREL RAFAEL RODRÍGUEZ AVILA, actuando con el carácter de candidato a Gobernador del Estado Nueva Esparta en las elecciones del 30 de julio de 2000, asistido por los abogados Pedro José Mora Rangel,  Juan Correa de León y Octavio Tovar Guzmán,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 2.348, 294 y 7.154, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra las actas de escrutinio que indica, y el acta de Totalización y Proclamación elaborada por la Junta Regional Electoral del Estado Nueva Esparta.

 

Los abogados Pedro José Mora y Octavio Tovar Guzmán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 2.348 y 7.154, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano MOREL RAFAEL RODRÍGUEZ ÁVILA, consignaron conclusiones.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente Nº 2001-000031: ANDRÉS MANUEL VELÁSQUEZ, asistido por la abogada Ligia Pérez Córdova, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 10.136, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010214-045, de fecha 14 de febrero de 2001, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano en fecha 24 de agosto de 2000, contra el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000 en el Estado Anzoátegui mediante el cual se eligió al Gobernador del Estado Anzoátegui.

 

La abogada Ligia Pérez Cordova, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 10.136, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Andrés Manuel Velásquez, dejó constancia de haber recibido las copias certificadas aprobadas mediante auto de fecha 12-06-2001.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

9.- Expediente Nº 2001-000084: José Guillermo Andueza y Genis Arbey Navarro Serna, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 1.300 y 78.583, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano WILLIAM DAVILA BARRIOS, interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010530-152, emanada del Consejo Nacional Electoral, de fecha 30 de mayo de 2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra las actas de escrutinio que indica y otros actos electorales, del proceso comicial celebrado en fecha 30 de julio de 2000, para elegir al Gobernador del Estado Mérida.

 

De conformidad con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

AUTO PARA MEJOR PROVEER

 

 

10.- Expediente Nº 2001-000052: La abogada Ana Cecilia Zulueta, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 65.753, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano ORLANDO JOSE LUGO BRAVO, candidato a Alcalde del Municipio Sucre del Estado Falcón, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010305-70, de fecha 05 de marzo de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra la elección de Alcalde del Municipio Sucre del Estado Falcón. 

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral,  para que dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a su  notificación, consigne copia certificada del Acta de votación correspondiente al Centro de Votación número 21970, Escuela Nacional Unitaria Nº 995, Caserío Juncalito del Municipio Sucre del Estado Falcón, y del Acta de Cierre del Proceso correspondiente al referido Centro en las elecciones del 30 de julio de 2000.

 

 

 

 

 

 

SENTENCIA

 

 

11.- Expediente Nº 2001-000081:  Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el expediente contentivo de la regulación de competencia planteado por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con ocasión la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos MYRIAM INOSTROZA, HÉCTOR NÚÑEZ, LINDA AMARO, HONORIO ANZA Y ALFREDO DE GOUVEIA, actuando como miembros de la Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Estado Lara, contra la Comisión Electoral Nacional de la Federación Médica Venezolana,  en razón de haber acordado “PRIMERO: Declarar nulo el Proceso de Inscripción para las Elecciones de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal y sus suplentes del Colegio de Médicos del Estado Lara y Delegados, al Consejo Nacional de la Federación Médica Venezolana, período 1998-2000, realizado en el lapso del 07 al 15 de Enero (...) SEGUNDO: Llamar a un nuevo lapso de inscripción el día 20-02-98...”. La Sala se declaró COMPETENTE para conocer y decidir la presente acción de amparo constitucional interpuesta y declaró   que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en relación con la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 89.

 

 

12.- Expediente Nº 2001-000093: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada, por los ciudadanos Eduardo García, Israel Ramírez y Juan Ruiz, asistido por el abogado Lombardo Bracca López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.508, contra la Resolución Nº 980908-964, de fecha 07 de octubre de 1998, emanada del Consejo Nacional Electoral. La Sala se declaró COMPETENTE para conocer la presente causa y declaró   que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR con relación al recurso interpuesto. Ponente: ORLANDO GRAVINA ALVARADO. Sentencia Nº 90.

 

El Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia,

 

 

 

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ

 

 

El Secretario,

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

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