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Despacho del miércoles veinte (20) de junio de
2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta,
en su carácter de Presidente de la Sala y Juez Sustanciador. Se leyó el Acta de
la sesión anterior. Se dio cuenta.
SECRETARIA
NUEVOS ASUNTOS INGREGADOS EN:
1.- Expediente Nº 2001-000080: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina
competencia en el expediente contentivo de la apelación interpuesta por el
ciudadano Alfieri Larocca, actuando con el carácter de Presidente de la
Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos del Distrito Federal,
asistido por la abogada Yuruany Villarroel Núñez, inscrita en el Inpreabogado
bajo el número 7.585, contra la sentencia dictada en fecha 14 de mayo de 1999,
por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró con lugar la
acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con medida cautelar
innominada, por los ciudadanos JUAN
VICENTE UGAS, RAFAEL RAMOS Y GISELA VARGAS, asistidos por el abogado Luis
Escobar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 18.062, contra el acto
dictado en fecha 06 de abril de 1999, por la cual la referida Comisión
Electoral elimina a la Plancha Nº 7, de la cual forman parte los mencionados
ciudadanos, del proceso electoral
celebrado el día “8 de abril de 1999”
para elegir la Comisión Electoral Regional 1999-2001. Oficio Nº
01-761, de fecha 13-06-2001, remitiendo el expediente Nº 00-01365 (nomenclatura
de esa Sala) (1 Pieza Principal).
Se
dio cuenta a la Sala.
2.- Expediente Nº 2001-000081: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina
competencia en el expediente contentivo de la regulación de competencia
planteado por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con ocasión la
acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos MYRIAM
INOSTROZA, HÉCTOR NÚÑEZ, LINDA AMARO, HONORIO ANZA Y ALFREDO DE GOUVEIA,
actuando como miembros de la Comisión Electoral Regional del Colegio de Médicos
del Estado Lara, contra la Comisión Electoral Nacional de la Federación Médica
Venezolana, en razón de haber acordado
“PRIMERO: Declarar nulo el Proceso de Inscripción para las Elecciones de la
Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal y sus suplentes del Colegio de
Médicos del Estado Lara y Delegados, al Consejo Nacional de la Federación
Médica Venezolana, período 1998-2000, realizado en el lapso del 07 al 15 de
Enero (...) SEGUNDO: Llamar a un nuevo lapso de inscripción el día
20-02-98...”. Oficio
Nº 01-830, de fecha 15-06-2001, remitiendo el expediente Nº 00-1882
(nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza Principal).
Se
dio cuenta a la Sala.
3.- Expediente Nº 2001-000082: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina
competencia en el expediente contentivo de la apelación interpuesta por la
abogada Yuruany Villarroel Núñez, actuando con el carácter de apoderada
judicial de la Federación Médica Venezolana, contra la sentencia dictada en
fecha 14 de octubre de 1999, por la Corte Primera de lo Contencioso
Administrativo, que declaró improcedente la solicitud de amparo constitucional,
admitió el recurso de nulidad interpuesto, acordó la medida de suspensión de
los efectos del acto impugnado y en consecuencia ordenó a la Comisión Electoral Nacional de la Federación Médica Venezolana
suspender el acto de proclamación y juramentación de los miembros electos del
Comité Ejecutivo y el Tribunal Disciplinario de la Federación Médica
Venezolana, en el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de
amparo cautelar, suspensión de efectos y medida cautelar innominada, por la
ciudadana Gisela Vargas, asistida por el abogado Luis Alberto Escobar, inscrito
en el Inpreabogado bajo el número 18.062, contra el proceso electoral para la
elección del Comité Ejecutivo y
Tribunal Disciplinario de la Federación Médica Venezolana para el
período 1999-2001, celebrado entre los meses de julio y septiembre de 1999. Oficio Nº 831,
de fecha 15-06-2001, remitiendo el expediente Nº 00-1071 (nomenclatura de esa
Sala) (1 Pieza Principal).
Se dio cuenta
a la Sala.
4.-
Expediente Nº 2001-000083:
Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia
en el expediente contentivo de la consulta de ley, de la sentencia dictada en
fecha 25 de agosto de 1999, por la Corte Primera de lo Contencioso
Administrativo, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional
interpuesta por los ciudadanos JESÚS PÉREZ SALAZAR, RAFAEL MUÑOZ, GOTARDO
ARDILA y ELÍAS SILVA, contra el acto administrativo contenido en la
comunicación Nº CEN:222-98,2000, dictada el 6 de agosto de 1999 por la Comisión
Electoral Nacional de la Federación Médica Venezolana, mediante la cual decidió
declarar no válida la solicitud de inscripción de la plancha presentada por la
Dra. Gisela Vargas y de la cual los mencionados ciudadanos forman parte. Oficio Nº
01-760, de fecha 13-06-2001, remitiendo el expediente Nº 00-1017 (nomenclatura
de esa Sala) (1 Pieza Principal).
Se
dio cuenta a la Sala.
5.-
Expediente Nº 2001-000084:
José Guillermo Andueza y Genis Arbey Navarro Serna, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 1.300 y 78.583, respectivamente, actuando con el
carácter de apoderados judiciales del ciudadano WILLIAM DAVILA BARRIOS,
interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010530-152,
emanada del Consejo Nacional Electoral, de fecha 30 de mayo de 2001, mediante
la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el
mencionado ciudadano, contra las actas de escrutinio que indica y otros actos
electorales, del proceso comicial celebrado en fecha 30 de julio de 2000, para
elegir al Gobernador del Estado Mérida.
Se dio cuenta a la Sala. Se ordenó abrir cuatro (4) anexos
identificados con los números 1, 2, 3 y
4, constante de los recaudos signados
con las letras “B”, “C”, “D”, “E”, “F”, “G”, “H”, “I”, “J”, “K”, “L”,
“M”, “N” y “Ñ” que se acompañaron con el recurso. Por lo que corresponde al
recaudo identificado con la letra “A”, se ordenó conservar en la pieza
principal, por contener copia del poder que fue presentado “ad efectum videndi”.
6.-
Expediente Nº 2001-000085: Edilberto Natera, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado
judicial de los ciudadanos SHIRLEY DUBRASKA MARTINS RUIS y TONINO LANZA
FERNÁNDEZ, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº
010516-065 aprobada en Sesión de fecha 16 de mayo de 2001, y publicada en
Gaceta Electoral Nº 106, de fecha 12 de junio de 2001, mediante la cual se negó
la solicitud de denominación provisional “PODER MORAL” a la organización
política que los mencionados ciudadanos representan.
Se dio cuenta
a la Sala.
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
7.-
Expediente Nº 2001-000052:
La abogada Ana Cecilia Zulueta, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
65.753, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano ORLANDO
JOSE LUGO BRAVO, candidato a Alcalde del Municipio Sucre del Estado Falcón,
interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010305-70, de
fecha 05 de marzo de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la
cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado
ciudadano, contra la elección de Alcalde del Municipio Sucre del Estado
Falcón.
Se designó ponente al Magistrado
Doctor LUIS MARTINEZ
HERNÁNDEZ, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en
la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho, ello de
conformidad con lo previsto en el artículo 246 de la Ley Orgánica del Sufragio
y Participación Política.
DILIGENCIA EN:
8.- Expediente Nº 2001-000077: LUIS
STEFANELLI, actuando con el carácter de candidato a la Alcaldía del Municipio
Carirubana del Estado Falcón, asistido por el abogado Miguelanjel Pérez Oporto,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.025, interpone recurso
contencioso electoral contra las actas de escrutinio que indica, en la elección
celebrada en fecha 30 de julio de 2000, a los fines de elegir al Alcalde del
Municipio Carirubana del Estado Falcón.
El abogado Miguelanjel Pérez Oporto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.025, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS STEFANELLI, consignó Poder especial otorgado por el mencionado ciudadano al abogado Miguelanjel Pérez Oporto.
9.- Expediente Nº 2000-0100: Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declina competencia en el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos CARLOS VILORIA, JESUS PINTO Y ORANGEL VELASQUEZ, afiliados al Sindicato Único de Trabajadores de la Salud del instituciones Públicas y Privadas y de la Seguridad Social, asistidos por los abogados Humberto Hernández y José Pérez Castillo, contra el acto electoral de fecha 07 de enero de 2000, llevado a cabo por la Comisión Electoral Interna del referido sindicato.
El
ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-170, mediante el cual se remite al Fiscal Octavo
del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, copia
certificada del fallo dictada por esta Sala, en fecha 20 de octubre de 2000,
que fuera acordada mediante auto del 18-06-2001.
ESCRITOS PRESENTADOS Y
AGREGADOS A LOS AUTOS:
10.- Expediente Nº 2001-000077: LUIS
STEFANELLI, actuando con el carácter de candidato a la Alcaldía del Municipio
Carirubana del Estado Falcón, asistido por el abogado Miguelanjel Pérez Oporto,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.025, interpone recurso
contencioso electoral contra las actas de escrutinio que indica, en la elección
celebrada en fecha 30 de julio de 2000, a los fines de elegir al Alcalde del
Municipio Carirubana del Estado Falcón.
La
abogada Carmen Stebbing Villalonga, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 30.912,
actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,
consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de
derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente
recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el
referido escrito, así como la copia del poder que la acredita para actuar como
apoderada judicial del mencionado órgano electoral y formar pieza separada con
el anexo identificado con la letra “B” que acompañó al escrito, por contener
los antecedentes administrativos relacionados con el caso.
11.- Expediente Nº 2001-000076: HORACIO ROJAS
MOLINA, LEONARDO MADRID MONAGAS, NELLYS MOLINA DE KILZI, RODOLFO DORDELLY,
JORGE LUIS RAMÍREZ, ALEXIS GONZÁLEZ y ELMER FRANCO, asistidos por los abogados
Nellys Molina de Kilzi, Luis Orlando Duque, Miguel José López y Rafael Rangel
Sánchez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 12,277, 23.907, 21.959 y
48.917, respectivamente, interponen
recurso contencioso electoral contra las elecciones para elegir la Junta
Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, celebrada en fecha
04 de marzo de 2001.
La
abogada Naomí Villegas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.381, actuando
con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó
escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así
como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso
contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido
escrito, así como la copia del poder que la acredita para actuar como apoderada
judicial del mencionado órgano electoral y formar tres (3) piezas separadas con
los restantes anexos que acompañaron al
escrito, por constituir los antecedentes administrativos relacionados con el
caso.
12.-
Expediente Nº 2001-000063:
JUAN ANTONIO GUACARAN, asistido en este acto por el abogado Carlos Alberto
Rausseo Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.248, interpone
recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010410-108, dictada por
el Consejo Nacional Electoral, en fecha 10-04-2001, mediante la cual se declaró
parcialmente con lugar, el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano,
contra los actos de naturaleza electoral efectuados en el Centro de Votación Nº
5441, mesa única, Escuela Estatal “Pedro Antonio Medina y contra el Acta de
Escrutinio Nº 995-846-5, del mismo centro de votación, para elegir el Alcalde
del Municipio Bruzual del Estado Anzoátegui.
Se abrió la
presente causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a
partir de la presente fecha, inclusive.
DILIGENCIA EN:
13.-
Expediente Nº 2001-000066: NOE
ACOSTA OLIVARES, asistido por el abogado Hugo Castillo, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 22.869, interpone recurso contencioso electoral,
contra las Actas de Escrutinio que indica y el Acta de Totalización y
Proclamación del proceso electoral para elegir el Alcalde del Municipio Cabimas
del Estado Zulia.
El ciudadano Noe Acosta Olivares, asistido por el abogado Edilberto Natera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, consignó la página 32, del diario “Últimas Noticias” de fecha 20-06-2001, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.
14.-
Expediente Nº 2001-000071:
Edilberto Natera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando
con el carácter de apoderado judicial del ciudadano VÍCTOR GARCÍA BURGOS,
interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010327-125, de
fecha 27-03-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta
Electoral Nº 104, del 11-05-2001, en la cual se declaró sin lugar el recurso
jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra las Actas de
Escrutinio que señala y el Acta de Totalización y Proclamación correspondientes
a la elección de Alcalde del Municipio El Callao, Estado Bolívar.
El abogado Edilberto Natera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano VÍCTOR GARCÍA BURGOS, consignó la página 20 del diario “Últimas Noticias, de fecha 19-06-2001, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento de los interesados.
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO
DE STEFANO
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