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Sala Electoral
  • Fecha: 24 de septiembre de 2001





CUENTA Nº 124

 

 

 

 

CUENTA Nº 125

 

 

 

Despacho del lunes  veinticuatro (24) de septiembre de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARIA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000128: ELIAS JOSÉ NEDERR DONAIRE, asistido por el abogado Enrique Luis Fermín, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.792, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010710-174, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra la elección de Alcalde del Municipio Ortiz del Estado Guárico.

 

Se dio cuenta a la Sala.  

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000066: NOE ACOSTA OLIVARES, asistido por el abogado Hugo Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.869, interpone recurso contencioso electoral, contra las Actas de Escrutinio que indica y el Acta de Totalización y Proclamación del proceso electoral para elegir el Alcalde del Municipio Cabimas del Estado Zulia.

 

Se acordó diferir el lapso para sentenciar por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000071: Edilberto Natera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano VÍCTOR GARCÍA BURGOS, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010327-125, de fecha 27-03-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 104, del 11-05-2001, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra las Actas de Escrutinio que señala y el Acta de Totalización y Proclamación correspondientes a la elección de Alcalde del Municipio El Callao, Estado Bolívar.

 

Se acordó diferir el lapso para sentenciar por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000110: TULIO PACHECO ORTEGA, asistido por el abogado Argenis Flores,  inscrito en el Inpreabogado bajo el número 16.122, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral efectuado en 10 de junio de 2001, en la Asociación Venezolana de Cultivadores de Tabaco (AVENCULTA), mediante la cual se eligió a la Junta Directiva de la mencionada Asociación Civil.

 

El abogado Argenis Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 16.122, actuando con el carácter de apoderado judicial de AVENCULTA, apeló del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 19-09-2001, mediante el cual se declaró inadmisible el recurso contencioso electoral interpuesto.

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000122: EZEQUIEL ELIGIO PÉREZ ROA, asistido por el abogado Douglas Alberto Barboza Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.451, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución  Nº 010731-191, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 31 de julio de 2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra las elecciones celebradas en fecha 30 de julio de 2000, a los fines de elegir el Alcalde del Municipio Libertador del Estado Táchira.

 

El abogado Carlos Pérez Rueda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.763, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó  escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar pieza separada con el anexo identificado con la letra “B” que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000123: Carlos Augusto López Damián, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.216, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Ricardo Mendoza Dávila, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Resolución 010802-195, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02 de agosto de 2001, mediante la cual se declaró Parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Miguel José Cesar Sánchez, contra las Actas de Escrutinio Nos. 130-08933-352, 130-09090-181-0, la correspondiente a la Mesa Electoral Nº 1 del Centro de Votación Nº 56.602 y contra la votación realizada en el Centro de Votación Nº 56.561; y con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Carlos Ricardo Mendoza Dávila, contra el Acta de Totalización emanada de la Junta Municipal Electoral del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy.

 

Los abogados Rosa Ángela Jiménez y Carlos Pérez Rueda, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 31.690 y 62.763, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que los acredita para actuar como apoderados judiciales del mencionado órgano electoral y formar pieza separada con el anexo identificado con la letra “B” que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000124: HENRY PÁEZ, asistido por la abogada María Gabriela Mujica Zapata, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 54.959, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 010828-236, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 28 de agosto de 2001, mediante la cual se revoca la proclamación del mencionado ciudadano como Concejal Nominal por la Circunscripción Nº 1, del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo.

 

El abogado Carlos Pérez Rueda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.763, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar pieza separada con el anexo identificado con la letra “B” que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente Nº 2001-000063: JUAN ANTONIO GUACARAN, asistido en este acto por el abogado Carlos Alberto Rausseo Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.248, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010410-108, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 10-04-2001, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar, el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra los actos de naturaleza electoral efectuados en el Centro de Votación Nº 5441, mesa única, Escuela Estatal “Pedro Antonio Medina y contra el Acta de Escrutinio Nº 995-846-5, del mismo centro de votación, para elegir el Alcalde del Municipio Bruzual del Estado Anzoátegui.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-273, mediante el cual se le solicita al Presidente del Consejo Nacional Electoral, que dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a su notificación, consigne las boletas de Votación correspondientes al Centro de Votación 5441, Escuela Estadal “Pedro Antonio Medina”.

 

 

9.- Expediente Nº 2001-000051: El abogado Oleary Contreras, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO ANTONIO ABREU, candidato a Alcalde del Municipio Autónomo Rojas del Estado Barinas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada (Art. 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 010118-73, de fecha 18 de enero de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 99 de fecha 29 de marzo de 2001, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra la elección del Alcalde del Municipio Autónomo Rojas del Estado Barinas.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-274, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 20-09-2001, así como la remisión del expediente administrativo constancia de una (1) pieza y cuatro (4) piezas de anexos.

 

 

10.- Expediente Nº 2001-000032: El abogado Rafael Montano Nieto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.898, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Hildemaro Muñoz Morón, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010206-41 de fecha 4 de febrero de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra los actos de naturaleza electoral contenidos en el Acta de Totalización y Proclamación del Alcalde del Municipio Santa Bárbara de Maturín del Estado Monagas del 31 de julio de 2000 y la Resolución Nº 001501-001 del 15 de mayo de 2000.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-275, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 20-09-2001, así como la remisión del expediente administrativo constancia de una (1) pieza.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION

 

 

11.- Expediente Nº 2001-000100: FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000, para elegir al  Alcalde del  Municipio Roscio del Estado Guárico.

                                                                               

El abogado Franco Antonio Gerratana Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.372, actuando en su propio nombre consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

 

SENTENCIA

 

 

12.- Expediente Nº 2001-000019: Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declinó competencia para conocer de la apelación de la sentencia de fecha 17 de noviembre de 1999, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que resolvió el recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos Rufino Pérez, Marcial Segovia, Ramón Noguera, Francisco Sánchez, Gladys Flores, Félix Mena, Ramón Rodríguez, Héctor Ayala y Cesar Rocca, todos integrantes de la Junta Directiva del Sindicato Único de Obreros al servicio de la Asamblea Legislativa del Estado Carabobo, asistidos por el abogado Atilio Hernández Ramírez, contra el proceso electoral del referido Sindicato, realizado en fecha  21 de enero de 1999. La Sala con fundamento en la facultad prevista en el artículo 170 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, que remite en forma expresa al artículo 129 ejusdem, esta Sala ACORDÓ solicitar al Consejo nacional Electoral, informe respecto de la situación planteada, para lo cual le otorga un plazo de cinco (5) días de despacho, contados a partir del recibo del oficio que en tal sentido se ordena librar. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 130.

 

 

13.- Expediente Nº 2001-000112: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en el recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano Manuel José Álvarez, asistido por el abogado Marcos Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.337, contra el Consejo Nacional Electoral, por haber declarado sin lugar el recurso jerárquico  interpuesto por el mencionado ciudadano, contra las elecciones del 30-07-2000, para elegir al Alcalde del Municipio Pedro Gual del Estado Miranda,  en los Centros de Votación números 35200, 35201, 35170, 35191, 35190, 35204 y 35203 pertenecientes al referido Municipio. La Sala se declaró COMPETENTE para conocer del recurso interpuesto y ORDENÓ remitir el expediente al juzgado de sustanciación para que se pronuncie sobre la admisión de la acción. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 131.

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

 

El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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