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Sala Electoral
  • Fecha: 27 de marzo de 2001





CUENTA Nº 47

 

 

 

 

CUENTA Nº 47

 

 

Despacho del martes veintisiete (27) de marzo de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARIA

 

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000043: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Hilio Antonio Ríos Cubillan, asistido por la abogada Rosalía Pinto Gutiérrez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 61.639, contra “El Reglamento para la Evaluación, Escogencia y Selección de Candidatos a ser Postulados por el Movimiento Quinta República para Optar a Cargos de Elección Popular en los Comicios para Relegitimación de Poderes”. Oficio Nº 01-378, de fecha 22-03-2001, remitiendo el expediente Nº 00-0135 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza Principal).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

DESIGNACION DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000042: Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el expediente contentivo del conflicto de autoridad planteado en el Municipio Carirubana del Estado Falcón, por el abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 34.917, actuando con el carácter de apoderado judicial del los ciudadanos CARLOS TREMONT, CARLOS ERIC GRANADILLO, REGULA ARIAS, RAMÓN GONZÁLEZ, MARINO GUTIÉRREZ Y JULIO RODRÍGUEZ, Concejales del referido  Municipio, de conformidad  con el  artículo  166  de  la  Ley  Orgánica  de Régimen  Municipal. Oficio Nº 0307, de fecha 21-03-2001, remitiendo el expediente Nº 2001-0066 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza Principal).

 

Se designó ponente a la Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000009: El abogado Edilberto  José Natera Barreto, apoderado judicial del ciudadano CONRADO PEÑALOZA BILGER, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y medida cautelar innominada, contra las Actas de Escrutinio del proceso comicial llevado a cabo en fecha 30-07-2000, para elegir el Alcalde del Municipio Maturín del Estado Monagas, así como contra el Acta de Totalización y Proclamación emanada de la Junta Municipal Electoral del mencionado Municipio.

 

Se designó ponente al Magistrado  Doctor  RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 246 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000032: El abogado Rafael Montano Nieto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.898, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Hildemaro Muñoz Morón, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010206-41 de fecha 4 de febrero de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra los actos de naturaleza electoral contenidos en el Acta de Totalización y Proclamación del Alcalde del Municipio Santa Bárbara de Maturín del Estado Monagas del 31 de julio de 2000 y la Resolución Nº 001501-001 del 15 de mayo de 2000.

 

La abogada Naomí Villegas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.381, actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral. Se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que la acredita para actuar como apoderada judicial del mencionado órgano electoral y formar pieza separada con los  restantes anexos que acompañaron al escrito, por constituir los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000021: ANGEL ALBERTO ARRAEZ ALIENDO, actuando con el carácter de excandidato a Alcalde en el Municipio Miranda del Estado Carabobo, asistido por el abogado Argenis Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo número 16.122, interpone recurso contencioso electoral, contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del referido Municipio, de fecha 01 de agosto de 2000, emanada de la Junta Electoral del  Municipio Miranda del Estado Carabobo.

 

Se agregó a los autos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 22-03-2001, por el ciudadano Ángel Alberto Arraez Aliendo, asistido por el abogado Argenis Flores, y en fecha 26-03-2001, por el abogado Víctor Julio Portocarrero Castro, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Fernando Jiménez González, Alcalde del Municipio Miranda del Estado Carabobo, así como sus respectivos anexos.

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000021: ANGEL ALBERTO ARRAEZ ALIENDO, actuando con el carácter de excandidato a Alcalde en el Municipio Miranda del Estado Carabobo, asistido por el abogado Argenis Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo número 16.122, interpone recurso contencioso electoral, contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del referido Municipio, de fecha 01 de agosto de 2000, emanada de la Junta Electoral del  Municipio Miranda del Estado Carabobo.

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 22 y 26 de marzo de 2001, por el ciudadano Ángel Arraez, asistido por el abogado Argenis Flores (parte recurrente) y el abogado Víctor Julio Portocarrero, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Fernando Jiménez González, opositor al recurso, el Juzgado de Sustanciación paso a pronunciarse y en tal sentido expresó: Con relación a las pruebas promovidas en los capítulos I, II, III y IV  por parte del recurrente, se admitieron cuanto ha lugar en derecho. Por lo que se refirió a las pruebas promovidas por el abogado Víctor Portocarrero, contenidas en los Capítulo Primero al Noveno, Décimo Primero y Décimo  Tercero, se admiten cuando ha lugar en derecho; las promovidas en los Capítulos Décimo y Décimo Segundo resultan impertinente la admisión de las mismas. Por último  en relación a la prueba contenida en el capítulo identificado como “Décimo Primera” (sic), se declaró inadmisible.  Se libró Oficio Nº 01-070.

 

 

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000020: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declina competencia para conocer de recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, suspensión de efectos y medida cautelar innominada, por la ciudadano Gisela Vargas, asistida por el abogado Luis Alberto Escobar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 18.062, contra el proceso electoral para la elección del Comité Ejecutivo y  Tribunal Disciplinario de la Federación Médica Venezolana para el período 1999-2001, celebrado entre los meses de julio y septiembre de 1999.  Oficio Nº 01-684 de fecha 08-02-2001, remitiendo el expediente Nº 99-22308 (nomenclatura de esa Corte).

 

El abogado Luis Alberto Escobar, apoderado judicial de la ciudadana Gisela Vargas, solicitó la entrega del cartel de emplazamiento a los terceros, el cual se le entregó en esta misma oportunidad.

 

 

8.- Expediente Nº 2001-000031: ANDRÉS MANUEL VELÁSQUEZ, asistido por la abogada Ligia Pérez Córdova, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 10.136, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010214-045, de fecha 14 de febrero de 2001, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano en fecha 24 de agosto de 2000, contra el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000 en el Estado Anzoátegui mediante el cual se eligió al Gobernador del Estado Anzoátegui.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-069, mediante el cual se solicita al Presidente con Consejo Nacional Electoral,  se sirva informar, en el lapso perentorio de tres (3) días de despacho, siguientes a la notificación del auto, los días hábiles trascurridos en sede administrativa, comprendidos entre el 14-02-2001 al 14-03-2001, ambos inclusive, indicando expresamente qué días fueron hábiles y cuáles no en el calendario de la Administración Electoral.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS

 

 

9.- Expediente Nº 2001-000024: MIGUEL ÁNGEL VÁSQUEZ, actuando con el carácter de excandidato a Alcalde del Municipio Macanao del Estado Nueva Esparta, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010109-16 del 09 de enero de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral Nº 96, de fecha 28 de febrero de 2001.

 

El abogado Carlos Encinoza Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.349, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito.

 

 

 

SALA ACTUANDO COMO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

10.- Expediente Nº 2001-000003: Los abogados Sabino Garban Flores y Freddy José Leiva, actuando en su propio nombre, asistiendo al ciudadanos Carlos Orlando Guedez y como apoderados judiciales de los ciudadanos  Antonio Sousa Martins y Héctor Sastoque Pulido, interpone acción de amparo constitucional contra el artículo 48 de los Estatutos Sociales del Club Campestre Paracotos.

 

Vista la diligencia presentada en  fecha 26-03-2001,  por el abogado Freddy José Leiva, mediante la cual solicita copia certificada de la sentencia dictada por esta Sala, que fuera registrada y publicada bajo el número 4 en fecha 25 de enero de 2001, que cursa a los folios ciento sesenta y tres (163) al ciento ochenta y seis vuelto (186 Vto.) del expediente, esta Sala ACUERDA expedirle la certificación referida.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

11.- Expediente Nº 2001-000035 (CUADERNO SEPARADO):  Henry Ramos Allup y Rafael Marín, actuando con el carácter de Presidente y Secretario General de la organización política Acción Democrática (A.D.), asistidos por los abogados Víctor Antonio Bolívar y Enrique Iribarren Monteverde, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 10.903 y 19.739, respectivamente, interponen solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio Nº 000381, de fecha 9 de marzo de 2001. Recurso principal expediente Nº 2000-000034.

 

Visto los escritos presentados por la abogada Carmen Stebbing, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 30.912, actuando con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, y por los ciudadanos Alberto Galíndez, Otto Padrón Guevara, Luis Alberto Feaugas, Rafael Emilio Silveira y Enrique Núñez, asistidos por el abogado Manuel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.907,  (acompañaron anexos),  así como los anexos consignados por los ciudadanos Henry Ramos Allup y Rafael Marín Jaén, asistidos por los abogados Víctor Antonio Bolívar y Henrique Iribarren Monteverde, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 10.903 y 19.739, respectivamente, se ordenó agregar a los autos los referidos escritos. Ahora bien, visto el volumen de anexos consignados,  a los fines del mejor manejo del expediente, se ordenó abrir dos piezas de anexos identificadas con los números 1 y 2.

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:

 

 

12.- Expediente Nº 2001-000035 (CUADERNO SEPARADO):  Henry Ramos Allup y Rafael Marín, actuando con el carácter de Presidente y Secretario General de la organización política Acción Democrática (A.D.), asistidos por los abogados Víctor Antonio Bolívar y Enrique Iribarren Monteverde, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 10.903 y 19.739, respectivamente, interponen solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio Nº 000381, de fecha 9 de marzo de 2001. Recurso principal expediente Nº 2000-000034.

 

Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud cautelar de amparo constitucional, y en consecuencia, se ordena la suspensión del acto administrativo emanado del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, Oficio N° 000381, de fecha 9 de marzo de 2001, que ordenó la suspensión temporal del proceso electoral interno de la organización política “ACCIÓN DEMOCRÁTICA”, razón por la cual dichos comicios deberán celebrarse en la oportunidad fijada por la Resolución del Consejo Nacional Electoral N° 001206-2559 de fecha 6 de diciembre de 2000. El fallo correspondiente se procederá a dictar en los cinco días siguientes.

 

El Presidente,

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

 

El Secretario,

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 

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