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Sala Electoral
  • Fecha: 27 de junio de 2001





CUENTA Nº 95

 

 

 

CUENTA Nº 95

 

 

Despacho del miércoles veintisiete (27) de junio de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Orlando Gravina Alvarado. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARIA

 

 

 

 

1.- EXPEDIENTE Nº 2001-000086: Osiris Rojas Rivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 58.824, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARCOS ANTONIO MÁRQUEZ, FÁTIMA ORTEGA, HIPÓLITO MACHIZ, LUIS SILVA Y CARLOS FARIAS, interpone recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Asamblea General Extraordinaria de los trabajadores de la empresa COMSIGUA, celebrada en fecha 10 de enero de 2001, en la cual se eligió “una nueva Junta Directiva” del Sindicato de Trabajadores de la empresa Complejo Siderúrgico Guayana C.A. (SINTRA-COMSIGUA).

 

 

Se acordó solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Secretario General  del Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana C.A.   (SINTRA-COMSIGUA). A tal efecto, se libró el Oficio Nº 01-178.

 

 

 

DESIGNACION DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000087: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, Menores y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declina la competencia en el expediente contentivo de la consulta de ley de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo del Segundo Circuito  de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de fecha 15 de marzo de 2001,  en la cual declaró parcialmente con lugar la solicitud de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con recurso de nulidad,  por el abogado Jorge Salamanca, inscrito en el Inpreabogado Bajo el número 33.480, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos  JHONNY GUERRA, ALEJANDRO MAGO, JAVIER ROMERO, JOSÉ MEJÍAS, CÉSAR CROSBY, PERO ROJAS, JOSÉ ÁNGEL GÓMEZ Y PABLO RONDÓN, contra el acto administrativo, emanado de la Inspectoría del Trabajo de la Zona del Hierro del Estado Bolívar, de fecha 21-02-2001, mediante la cual se revocó el auto dictado por la referida Inspectoría en fecha 2-02-2001. Oficio Nº 01-377 de fecha 20-06-2001, remitiendo el expediente Nº 8785 (nomenclatura de ese Juzgado) (2 Piezas).

 

Se designó Ponente al Magistrado Doctor ORLANDO GRAVINA ALVARADO, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000088: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el expediente contentivo de la regulación de competencia planteada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con ocasión de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano PEDRO NAVARRO MARTÍNEZ, asistido por el abogado Carlos Díaz Zorrilla, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.031,  contra la Comisión Electoral Nacional del Sindicato Único de Trabajadores del Consejo Nacional Electoral. Oficio Nº 01-888, de fecha 18-06-2001, remitiendo el expediente Nº 00-1620 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza Principal).

 

Se designó Ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000089: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el expediente contentivo de la consulta de ley de la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en fecha 9 de enero de 1997, mediante la cual declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos ENRIQUE PRIETO SILVA, JACOBO YÉPEZ DAZA y CARLOS UGARTE MARTÍNEZ, contra la Comisión Electoral Permanente del Instituto de Oficiales de las Fuerzas Armadas Nacionales en Situación de Retiro (IORFAN). Oficio Nº 01-939, de fecha 22-06-2001, remitiendo el expediente Nº 00-925 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza Principal).

 

Se designó Ponente al Magistrado Doctor ORLANDO GRAVINA ALVARADO, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000084: José Guillermo Andueza y Genis Arbey Navarro Serna, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 1.300 y 78.583, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano WILLIAM DAVILA BARRIOS, interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010530-152, emanada del Consejo Nacional Electoral, de fecha 30 de mayo de 2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra las actas de escrutinio que indica y otros actos electorales, del proceso comicial celebrado en fecha 30 de julio de 2000, para elegir al Gobernador del Estado Mérida.

 

Los abogados Miguel Ángel Méndez Campos y Tomas Ignacio Cabrices Lamón, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 67.909 y 29.630, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que los acredita para actuar como apoderados judiciales del mencionado órgano electoral y formar nueve (9) piezas separadas con los anexos identificados con la letras “B” y “C” que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000085:  Edilberto Natera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos SHIRLEY DUBRASKA MARTINS RUIS y TONINO LANZA FERNÁNDEZ, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010516-065 aprobada en Sesión de fecha 16 de mayo de 2001, y publicada en Gaceta Electoral Nº 106, de fecha 12 de junio de 2001, mediante la cual se negó la solicitud de denominación provisional “PODER MORAL” a la organización política que los mencionados ciudadanos representan.

 

El abogado Miguel Ángel Méndez Campos, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.909, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar pieza separada con los anexos identificados con la letras “B” y “C” que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000068: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS GORDONES, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010410-117, de fecha 10-04-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 104, del 11-05-2001, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra el acto de Proclamación correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Valdez del Estado Sucre.

 

Los abogados Willian Pérez, Falime Amilcar Hernández Valenilla y Nelson Moran Guilarte, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 23.843, 23.960 y 50.431, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Regulo Jesús Sucre, Alcalde del Municipio Valdez del Estado Sucre, consignaron escrito de oposición al recurso interpuesto.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente Nº 2001-000058: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSÉ LEIVA, ANTONIO SOUSA MARTINS, CARLOS ORLANDO GUEDES, PEDRO ROBERTO GUEVARA, HÉCTOR SASTOQUE PULIDO, JOSÉ RAMÓN BETANCOURT, OLANDO TOVAR SANDOVAL, VÍCTOR ÁLVAREZ CORTES, ELÍAS HERRERA GARCÍA, ANDRÉS HERRERA GARCÍA y ERNESTO BUITRAGO LÓPEZ, interponen recurso contencioso electoral, contra el acta de Proclamación y subsidiariamente contra las elecciones para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos celebradas el día  04-03-2001.

 

El abogado Sabino Garban, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.933, solicitó que por cuanto la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), no ha remitió la información requerida mediante auto de fecha 11-06-2001, se ratifique el señalado pedimento.

 

 

9.- Expediente Nº 2001-000056: Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral del Estado Aragua,  declina la competencia en el expediente contentivo de la apelación interpuesta por el abogado Alfredo Restrepo, contra la decisión dictada en fecha 19-01-2001, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Esta Aragua, en el procedimiento incoado por el ciudadano Luis Alexis Zambrano Mora, contra  Comisión Electoral del Consejo de Administración y Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados y Obreros de Cadafe, Región Central G.P.-II. Oficio Nº 0430-302, de fecha 26-04-2001, remitiendo el expediente Nº 13725 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza)

 

Se libró Oficio Nº 01-177, mediante el cual se notifica al Presidente de La Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Préstamos de los Empleados y Obreros de CADAFE, Región Central GP-II, del fallo dictado por esta Sala, en fecha 26-06-2001. Así mismo se libró boleta al ciudadano LUIS ALEXIS ZAMBRANO, y/o sus apoderados judiciales abogados Pedro Miguel Merchán González y José Gabriel Acosta Medina, a los fines de su notificación.

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS EN:

 

 

10.- Expediente Nº 2001-000063: JUAN ANTONIO GUACARAN, asistido en este acto por el abogado Carlos Alberto Rausseo Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.248, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010410-108, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 10-04-2001, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar, el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra los actos de naturaleza electoral efectuados en el Centro de Votación Nº 5441, mesa única, Escuela Estatal “Pedro Antonio Medina y contra el Acta de Escrutinio Nº 995-846-5, del mismo centro de votación, para elegir el Alcalde del Municipio Bruzual del Estado Anzoátegui.

 

 

El abogado Rafael Montano Nieto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.898, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano José Gregorio García, consignó escrito de promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

11.- Expediente Nº 2001-000063: JUAN ANTONIO GUACARAN, asistido en este acto por el abogado Carlos Alberto Rausseo Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.248, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010410-108, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 10-04-2001, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar, el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra los actos de naturaleza electoral efectuados en el Centro de Votación Nº 5441, mesa única, Escuela Estatal “Pedro Antonio Medina y contra el Acta de Escrutinio Nº 995-846-5, del mismo centro de votación, para elegir el Alcalde del Municipio Bruzual del Estado Anzoátegui.

 

El abogado Carlos Rausseo Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.248, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JUAN ANTONIO GUACARAN, consignó escrito de promoción de pruebas (acompaño anexo). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente

a aquel en que venza el lapso de promoción.

El Presidente,

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

 

El Secretario,

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

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