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Despacho del martes treinta (30) de enero de 2001. Se abrió la sesión
presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del
Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael
Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se
dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVOS
ASUNTOS INGRESADOS EN:
1.-
Expediente Nº 2001-000008:
Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso de nulidad
interpuesto por los abogados Luis Pons Tamayo y Héctor Alejandro Pons Tamayo,
actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano LORENZO GARCIA
TAMAYO, contra la elección de la Directiva del Concejo Municipal del Distrito
Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 4 de mayo de 1973. Oficio Nº 0040, de
fecha 25-01-2001, remitiendo el expediente Nº 1973-443, nomenclatura de dicha
Sala.
Se dio cuenta
a la Sala.
2.-
Expediente Nº 2001-000009:
El abogado Edilberto José Natera
Barreto, apoderado judicial del ciudadano CONRADO PEÑALOZA BILGER, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de
efectos y medida cautelar innominada, contra las Actas de Escrutinio del
proceso comicial llevado a cabo en fecha 30-07-2000, para elegir el Alcalde del
Municipio Maturín del Estado Monagas, así como contra el Acta de Totalización y
Proclamación emanada de la Junta Municipal Electoral del mencionado Municipio.
Se dio cuenta
a la Sala. Se ordenó abrir pieza de
anexo con los recaudos
identificados como A1, B y C
que acompañaron al recurso.
3.-
Expediente Nº 2001-000010:
Los ciudadanos CARLOS RIVERO, REINALDO MENDOZA, ALEX ZAPATA y ALEJANDRO
ALVAREZ, actuando con el carácter de estudiantes de la Universidad Central de
Venezuela, asistidos por el abogado Luis Napoleón Boutto, interponen recurso
contencioso electoral, contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber dado
respuesta a la solicitud formulada en fecha 29-08-2000, mediante la cual
solicitaron al órgano electoral que organice un referendo consultivo en dicha
Universidad.
Se dio cuenta
a la Sala.
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
4.-
Expediente Nº 2000-0137: El
abogado Luis Alberto Escobar, actuando con el carácter de apoderado judicial
del Colegio de Médicos del Distrito Federal (hoy Distrito Metropolitano),
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar
innominada, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de
Trabajadores del referido Colegio de Médicos, realizada en fecha 23-06-2000.
Vencido como
se encuentra el lapso para retirar, publicar y consignar el cartel de
emplazamiento a los interesados, siendo que hasta la presente fecha no ha sido
consignado el cartel, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 244 de la
Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, se acordó designar ponente
al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines del
pronunciamiento correspondiente.
5.- Expediente Nº
2000-0145: El ciudadano
ELIÉCER CORDOVA, asistido por la abogada Josefina Varela, inscrita en el Inpreabogado
bajo el número 59.464, interpone recurso contencioso electoral contra el Acta
de Escrutinio Nº 130-03928-896-9 del Centro de Votación Nº 24370, mesa Nº 1,
correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Miranda del Estado
Falcón y contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del referido
Municipio, dictado por el Consejo Nacional Electoral en fecha 17-11-00.
Siendo que en fecha 29-01-2001, tuvo lugar el acto de informe oral, para
que las partes presentasen sus conclusiones, se designó ponente al
Magistrado Doctor RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines
de que la Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del
plazo de siete (7) días, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 246
de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y del auto dictado por
la Sala en fecha 19 de diciembre de 2000.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS EN:
6.- Expediente Nº 2001-000001: Los
abogados Jorge Gómez Mantellini y Generoso Mazzocca Medina, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 583 y 31.648, actuando con el carácter de
apoderados judiciales de los ciudadanos WILLIAM DÁVILA BARRIOS y TIMOTEO
ZAMBRANO, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud
de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 001206-2559, de fecha 06 de
diciembre de 2000, dictada por el
Consejo Nacional Electoral, en la cual determinó que las máximas autoridades
de la organización política “ACCIÓN DEMOCRATICA” (AD) son los ciudadanos
HENRY RAMOS ALLUP y RAFAEL MARIN JAEN,
en su carácter de Presidente y Secretario General, respectivamente, y se fijó
la realización del proceso electoral interno para escoger las autoridades de la
referida organización política, para el primer trimestre del año 2001.
Los ciudadanos
Henry Ramos Allup y Rafael Marín Jaén, actuando con el carácter de Presidente y
Secretario General del partido Acción Democrática (AD), asistidos por los
abogados Henrique Iribarren y Víctor
Antonio Bolívar, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.739 y 10.903,
consignaron escrito contentivo de alegatos de oposición al recurso, así como
contra la medida de suspensión de efectos que cursa al expediente 2001-000006
de la nomenclatura de esta Sala.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
7.- Expediente Nº 2000-0148: Juzgado de Sustanciación de Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declinó la competencia en el expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Gregorio Salazar Torres, actuando en su propio nombre, contra el acto emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le retiró del cargo de Coordinador Electoral II, adscrito a la Oficina de Proyecto Venezuela. Oficio Nº 2072, de fecha 12-12-2000, remitiendo el expediente Nº 0917 (nomenclatura de esa Sala).
Vista la sentencia dictada por esta Sala en fecha 29-01-2001, mediante la cual declara con lugar la apelación Interpuesta por el ciudadano Gregorio Salazar Gómez, contra el auto de este Juzgado que declaró inadmisible el presente recurso, y en consecuencia, revocó el mencionado auto y ordenó al Juzgado de Sustanciación pronunciarse acerca de las restantes causales de inadmisibilidad, el Juzgado una vez examinados los autos admitió el recurso. Así mismo acordó tramitarlo de conformidad con el proceso contencioso administrativo especial consagrado por la Ley de Carrera Administrativa. De conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley de Carrera Administrativa, se ordenó notificar al Presidente del Consejo Nacional Electoral, remitiéndole copia certificada del auto de admisión y del recurso, a los fines de que proceda a dar contestación dentro de un término de quince (15) días continuos a contar de la fecha de la notificación del referido auto. Así mismo, se ordenó solicitar la remisión de los antecedentes administrativos relacionados con el caso. Se libró Oficio Nº 01-019.
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
8.- Expediente Nº 2001-000003: Los abogados Sabino Garban Flores y Freddy
José Leiva, actuando en su propio nombre, asistiendo al ciudadanos Carlos
Orlando Guedez y como apoderados judiciales de los ciudadanos Antonio Sousa Martins y Héctor Sastoque
Pulido, interpone acción de amparo constitucional contra el artículo 48 de los
Estatutos Sociales del Club Campestre Paracotos.
Vista la diligencia presentada en fecha 29-01-2001, por el abogado Eduardo José Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.708, actuando con el carácter de socio activo del Club Campestre Paracotos, para lo cual consigna copia del carnet que lo acredita como tal, mediante la cual solicita a esta Sala un pronunciamiento en relación a la condenatoria en costas, solicitada en el escrito consignado en la audiencia constitucional, así como sobre la temeridad de la acción formulada, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de la decisión correspondiente.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS EN:
9.- Expediente Nº 2001-000006(CUADERNO SEPARADO): Los abogados Jorge Gómez Mantellini y
Generoso Mazzocca Medina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 583 y
31.648, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos
WILLIAM DÁVILA BARRIOS y TIMOTEO ZAMBRANO, solicitan la suspensión de los efectos de la Resolución Nº 001206-2559, de
fecha 06 de diciembre de 2000, dictada
por el Consejo Nacional Electoral, en la cual determinó que las máximas autoridades de la organización política “ACCIÓN
DEMOCRATICA” (AD) son los ciudadanos HENRY RAMOS ALLUP y RAFAEL MARIN JAEN, en su carácter de
Presidente y Secretario General, respectivamente, y se fijó la realización del
proceso electoral interno para escoger las autoridades de la referida
organización política, para el primer trimestre del año 2001. Recurso Principal
expediente Nº 2001-000001
Los ciudadanos
Henry Ramos Allup y Rafael Marín Jaén, actuando con el carácter de Presidente y
Secretario General del partido Acción Democrática (AD), asistidos por los
abogados Henrique Iribarren y Víctor
Antonio Bolívar, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 19.739 y 10.903,
consignaron escrito contentivo de alegatos de oposición a la medida de
suspensión de efectos así como contra el recurso principal, que cursa al
expediente 2001-000001 de la nomenclatura de esta Sala.
DILIGENCIA
EN:
10.- Expediente Nº 2001-000003: Los abogados Sabino Garban
Flores y Freddy José Leiva, actuando en su propio nombre, asistiendo al
ciudadanos Carlos Orlando Guedez y como apoderados judiciales de los ciudadanos Antonio Sousa Martins y Héctor Sastoque
Pulido, interpone acción de amparo constitucional contra el artículo 48 de los
Estatutos Sociales del Club Campestre Paracotos.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio Nº 01-018, mediante el cual se notificó al
Presidente del Consejo Nacional Electoral del fallo dictado por esta Sala en
fecha 25-01-2001.
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO
DE STEFANO
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