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Sala Electoral
  • Fecha: 30 de mayo de 2001





CUENTA Nº 79

 

 

 

 

CUENTA Nº 79

 

 

Despacho del miércoles treinta (30) de mayo de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Orlando Gravina Alvarado. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARIA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente Nº 2001-000068: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS GORDONES, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010410-117, de fecha 10-04-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 104, del 11-05-2001, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra el acto de Proclamación correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Valdez del Estado Sucre.

 

Se dio cuenta a la Sala.  Visto el volumen de anexos consignados con el presente recurso contencioso electoral, se ordenó abrir un anexo identificado con el número 1, constante de los recaudos identificados como   “B”, “C”, “D”, “E”  “F”, “G” Y “H” que se acompañaron con el recurso.

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000069: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial de la organización política UNIÓN REPUBLICANA DEMOCRÁTICA (URD), interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010410-112, de fecha 10-04-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 103 de fecha 09-05-2001, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por la referida Organización Política, contra el acto de proclamación de los Miembros de la Junta Parroquial de San Diego de Cabrutica, del Municipio Monagas del Estado Anzoátegui.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000021: ANGEL ALBERTO ARRAEZ ALIENDO, actuando con el carácter de excandidato a Alcalde en el Municipio Miranda del Estado Carabobo, asistido por el abogado Argenis Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo número 16.122, interpone recurso contencioso electoral, contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del referido Municipio, de fecha 01 de agosto de 2000, emanada de la Junta Electoral del  Municipio Miranda del Estado Carabobo.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 28-05-2001, por el ciudadano Fernando Jiménez, asistido por el abogado Omar Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.651, mediante la cual solicita copia certificada de las decisiones dictadas por esta Sala, signadas con los números 51, de fecha 16-05-2001, cursante a los folios 353 al 381 Vto. y 56, del 24-05-2001, cursante a los folios 399 al 407 del expediente, esta Sala ACORDÓ expedirle la certificación de las referidas sentencias.

 

 

4.- Expediente Nº 2000-000125: ANGEL ALBERTO ARRAEZ ALIENDO,  asistido por el abogado  Argenis Flores, interpone recurso contencioso electoral contra el Acta de Totalización y Proclamación del Alcalde del Municipio Miranda del Estado Carabobo, emanada de la Junta Electoral del referido municipio en fecha 01-08-2000.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 28-05-2001, por el ciudadano Fernando Jiménez, asistido por el abogado Omar Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.651, mediante la cual solicita copia certificada de los documentos que cursan a los folios 47 al 61 y 120 al 122, inclusive, del expediente, esta Sala ACORDÓ expedir la certificación de los documentos que cursan a los folios 61 y 120 por cursar en original. Por lo que se refiere a los documentos que cursan a los folios 47 al 60, 121  y 122 se NEGÓ su certificación, de allí que se ordenó su expedición en copia simple.

 

 

DILIGENCIA EN

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000021: ANGEL ALBERTO ARRAEZ ALIENDO, actuando con el carácter de excandidato a Alcalde en el Municipio Miranda del Estado Carabobo, asistido por el abogado Argenis Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo número 16.122, interpone recurso contencioso electoral, contra el Acta de Totalización y Proclamación de Alcalde del referido Municipio, de fecha 01 de agosto de 2000, emanada de la Junta Electoral del  Municipio Miranda del Estado Carabobo.

 

El ciudadano Fernando Jiménez, asistido por el abogado Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, dejó constancia de haber recibido las copias certificadas que fueron acordadas mediante auto de esta misma fecha.

 

 

6.- Expediente Nº 2000-000125: ANGEL ALBERTO ARRAEZ ALIENDO,  asistido por el abogado  Argenis Flores, interpone recurso contencioso electoral contra el Acta de Totalización y Proclamación del Alcalde del Municipio Miranda del Estado Carabobo, emanada de la Junta Electoral del referido municipio en fecha 01-08-2000.

 

El ciudadano Fernando Jiménez, asistido por el abogado Lorenzo Raúl Huari Castañeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.042, dejó constancia de haber recibido las copias certificadas que fueron acordadas mediante auto de esta misma fecha.

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000066: NOE ACOSTA OLIVARES, asistido por el abogado Hugo Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.869, interpone recurso contencioso electoral, contra las Actas de Escrutinio que indica y el Acta de Totalización y Proclamación del proceso electoral para elegir el Alcalde del Municipio Cabimas del Estado Zulia.

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-124, mediante el cual se solicita al Presidente del Consejo Nacional Electoral, los antecedentes administrativos del caso, así como el Informe sobre los aspectos de hecho y derecho relacionados con el recurso interpuesto.

 

 

8.- Expediente Nº 2001-000050: Sala Político Administrativa, declina competencia en el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar, por el ciudadano SANTIAGO MATHEUS VALERO, asistido  por el abogado Jesús Chirino Valero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 36.043, contra la Resolución Nº 990702-304, de fecha 2 de julio de 1999, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto contra la resolución dictada por la Junta Regional Electoral del Estado Barinas en fecha 22-06-1999, que declaró inadmisible la postulación del mencionado ciudadano como candidato a la Asamblea Nacional Constituyente. Oficio Nº 0447, de fecha 10-04-2001, remitiendo el expediente Nº 1999-16256, (nomenclatura de esa Sala) (2 piezas).

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-123, mediante el cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, del fallo dictado en fecha 28-05-2001, anexo al cual se remitió el expediente administrativo constante en una (1) pieza.

 

 

9.- Expediente Nº 2000-0148: Juzgado de Sustanciación de Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declinó la competencia en el expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Gregorio Salazar Torres, actuando en su propio nombre, contra el acto emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le retiró del cargo de Coordinador Electoral II, adscrito a la Oficina de Proyecto Venezuela. Oficio Nº 2072, de fecha 12-12-2000, remitiendo el expediente Nº 0917 (nomenclatura de esa Sala).

 

El abogado Manuel de Jesús Domínguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.605, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Gregorio Salazar Torres, se dio por notificado del fallo dictado por esta Sala en fecha 29-05-2001.

 

 

10.- Expediente Nº 2001-000056: Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral del Estado Aragua,  declina la competencia en el expediente contentivo de la apelación interpuesta por el abogado Alfredo Restrepo, contra la decisión dictada en fecha 19-01-2001, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Esta Aragua, en el procedimiento incoado por el ciudadano Luis Alexis Zambrano Mora, contra  Comisión Electoral del Consejo de Administración y Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados y Obreros de Cadafe, Región Central G.P.-II. Oficio Nº 0430-302, de fecha 26-04-2001, remitiendo el expediente Nº 13725 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza)

 

El abogado Santiago Restrepo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.685, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Jesús Bolívar, impugnó el Poder Apud-Acta que cursa al folio 373, otorgado por el ciudadano Luis Alexis Zambrano. Así mismo ratificó la solicitud de que se oficio al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Aragua, a los fines de que remite el original del expediente. 

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

11.- Expediente Nº 2001-000063: JUAN ANTONIO GUACARAN, asistido en este acto por el abogado Carlos Alberto Rausseo Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.248, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010410-108, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 10-04-2001, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar, el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra los actos de naturaleza electoral efectuados en el Centro de Votación Nº 5441, mesa única, Escuela Estatal “Pedro Antonio Medina y contra el Acta de Escrutinio Nº 995-846-5, del mismo centro de votación, para elegir el Alcalde del Municipio Bruzual del Estado Anzoátegui.

 

El abogado Miguel Ángel Méndez Campos, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.909, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar pieza separada con el anexo identificado con la letra “B” que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

BOLETAS Y OFICIOS LIBRADOS EN:

 

 

12.- Expediente Nº 2001-000036: Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los abogados Toyn Villar, Marlene Carreño y Luis Felipe, inscritos en el Inpreabogado bajo de los números 35.939, 68.399 y 16.588, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano DANIEL SANTOLO, contra la Resolución emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se le destituyó del cargo de Asistente al Delegado, adscrito a la Delegación del Distrito Federal.   Oficio Nº 0288, de fecha 19-03-2001, remitiendo el expediente Nº 15612 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza Principal y 1 pieza de expediente administrativo).

 

Se libró Oficio Nº 01-133, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, del fallo dictado por esta Sala en fecha 29-05-2001. Así mismo se libró boleta al ciudadano Daniel Santolo.

 

 

13.- Expediente Nº 2000-0148: Juzgado de Sustanciación de Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, declinó la competencia en el expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Gregorio Salazar Torres, actuando en su propio nombre, contra el acto emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le retiró del cargo de Coordinador Electoral II, adscrito a la Oficina de Proyecto Venezuela. Oficio Nº 2072, de fecha 12-12-2000, remitiendo el expediente Nº 0917 (nomenclatura de esa Sala).

 

Se libró Oficio Nº 01-132, dirigido al Presidente del Consejo Nacional Electoral, mediante e l cual se comunica el fallo dictado por esta Sala en fecha 29-05-2001.

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS:

 

 

14.- Expediente Nº 2001-000051: El abogado Oleary Contreras, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO ANTONIO ABREU, candidato a Alcalde del Municipio Autónomo Rojas del Estado Barinas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada (Art. 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 010118-73, de fecha 18 de enero de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 99 de fecha 29 de marzo de 2001, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra la elección del Alcalde del Municipio Autónomo Rojas del Estado Barinas.

 

La abogada Olga Mercedes Sánchez Piña, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 53.918, actuando con el carácter apoderada judicial del ciudadano Pedro Antonio Abreu, consignó escrito de promoción de pruebas (acompañó anexos). De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

15.- Expediente Nº 2001-000003: Los abogados Sabino Garban Flores y Freddy José Leiva, actuando en su propio nombre, asistiendo al ciudadanos Carlos Orlando Guedez y como apoderados judiciales de los ciudadanos  Antonio Sousa Martins y Héctor Sastoque Pulido, interpone acción de amparo constitucional contra el artículo 48 de los Estatutos Sociales del Club Campestre Paracotos.

 

Vista la diligencia presentada en  fecha 24-05-2001,  por el abogado Eduardo José Herrera Ochoa, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.708, mediante la cual solicita copia certificada de los documentos que cursan a los folios 204 al 210, así como copia certificada de los documentos que cursan a los folios 211 al 241, esta Sala observó que por lo que se refiere a los documentos que cursan a los folios 204 al 206, se ACORDÓ  expedir la certificación solicitada. Ahora bien, por lo que se refiere a los documentos que cursan  a los folios 207 al 210, los mismos cursan en copia certificada, en razón de la devolución solicitada por el abogado Freddy José Leiva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.323 y que fue acordada por  auto de fecha 30-04-2001, hecho este que impide su confrontación, por lo que se NEGÓ su certificación, de allí que se ordenó su expedición en copia simple.    Por lo que se refiere a la certificación solicitada de los documentos que cursan a los folios 211 al 241, esta Sala observó que los documentos que cursan en los referidos folios corresponden a una copia certificada expedida por esta Sala en virtud de la solicitud de devolución de la copia certificada de los Estatutos Sociales del Club Campestre Paracotos que cursó a los folios 62 al 86 del expediente, devolución que  solicitó el abogado Freddy José Leiva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.323, hecho este que impide su confrontación con su original, por lo que se NEGÓ su certificación, de allí que se ordenó su expedición en copia simple.

 

 

16.- Expediente Nº 2001- 000030: Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral del Estado Aragua,  declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Jesús Bolívar, asistido por el abogado Santiago Restrepo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.685, contra el auto dictado en fecha 25 de enero de 2001, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante el cual se comisionó al Juez Distribuidor Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, y se le facultó para que ordenara a la “Comisión Electoral del Proceso de Elecciones para la Designación de los Miembros al Consejo de Administración y Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados y Obreros de Cadafe, Región central G.P.-II a juramentar y tomar posesión al Cargo de Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Empleados y Obreros de Cadafe G.P.-II al ciudadano Luis Alexis Zambrano Mora”. Oficio Nº 0430-58, de fecha 13-02-2001, remitiendo el expediente Nº 13714 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

El abogado Santiago Restrepo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.685, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Jesús Bolívar, se opuso a la solicitud formulada por el ciudadano Luis Zambrano Nora, en diligencias que cursan a los folios 105, 106 y  107 e insiste en la solicitud de aclaratoria formulada en fecha 21-05-2001.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

17.- Expediente Nº 2001-000034:  Henry Ramos Allup y Rafael Marín, actuando con el carácter de Presidente y Secretario General de la organización política Acción Democrática (A.D.), asistidos por los abogados Víctor Antonio Bolívar y Enrique Iribarren Monteverde, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 10.903 y 19.739, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, suspensión de efectos, medida cautelar innominada y medida cautelar provisionalísima, contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio Nº 000381, de fecha 9 de marzo de 2001. La Sala declaró CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos Henry Ramos Allup y Rafael Marín, actuando con el carácter de Presidente y Secretario General de la organización política ACCIÓN DEMOCRÁTICA (AD), respectivamente, contra el acto administrativo emanado del  CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, contenido en el Oficio Nº 000381, de fecha 09 de marzo de 2001, por el cual se ordenó la suspensión temporal del proceso electoral interno de dicha organización política, en virtud de lo cual se declaró la NULIDAD del acto antes identificado. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 65.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

 

 

El Secretario,

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

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