Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 31 de mayo de 2001





CUENTA Nº 80

 

 

 

 

CUENTA Nº 80

 

 

Despacho del jueves treinta y uno (31) de mayo de 2001. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Orlando Gravina Alvarado. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARIA

 

 

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS

 

1.- Expediente Nº 2001-000070: Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Los Teques, declina competencia para conocer en el expediente contentivo de la apelación formulada por el abogado Eduardo José Herrera, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, actuando en sede constitucional, en fecha 01-03-2001, en la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos LEONARDO MONAGAS, GEORGES KILZI, NELLYS MOLINA DE KILZI, CARLOS JOHANSON, RODOLFO DORDELLY y ALEXIS JOSE GONZÁLEZ, contra la Junta Directiva del Club Campestre Paracotos.   Oficio Nº 215200300-206, de fecha 25-04-2001, remitiendo el expediente Nº 14243 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

Se dio cuenta a la Sala

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000071: Edilberto Natera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano VÍCTOR GARCÍA BURGOS, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010327-125, de fecha 27-03-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 104, del 11-05-2001, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra las Actas de Escrutinio que señala y el Acta de Totalización y Proclamación correspondientes a la elección de Alcalde del Municipio El Callao, Estado Bolívar.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2001-000015: Edilberto José Natera Barreto, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ERACLIO COROMOTO ROMERO HERNÁNDEZ, interpone recurso contencioso electoral contra el Acta de Totalización y Proclamación del Alcalde del Municipio Simón Planas del Estado Lara, emanada de la Junta Municipal Electoral del aludido Municipio.

 

Se acordó diferir el lapso para dictar sentencia, por un plazo de quince (15) días de despacho siguiente al de hoy, de conformidad con lo previsto en el artículo 251 Código de Procedimiento Civil.

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000068: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS GORDONES, interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010410-117, de fecha 10-04-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 104, del 11-05-2001, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra el acto de Proclamación correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Valdez del Estado Sucre.

 

Se acordó solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 01-134.

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000069: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial de la organización política UNIÓN REPUBLICANA DEMOCRÁTICA (URD), interpuso recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 010410-112, de fecha 10-04-2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 103 de fecha 09-05-2001, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por la referida Organización Política, contra el acto de proclamación de los Miembros de la Junta Parroquial de San Diego de Cabrutica, del Municipio Monagas del Estado Anzoátegui.

 

Se acordó solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso al Presidente del Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró el Oficio Nº 01-135.

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000059: CIRO LUIS CHAPON PÉREZ, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, interpone recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto de fecha 26 de abril de 2001, por medio del cual se le remueve del cargo de Subdirector General de Administración y Finanzas, emanado del “Presidente del Consejo Nacional Electoral”.

 

Se dejó constancia de haberse agregó en el expediente Nº 2001-000061, copia simple de la sentencia signada con el número 66.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000067: Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declina la competencia en la solicitud de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, formulada por los abogado Héctor Rondón y Nixon García, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 24.306 y 20.614, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano JUAN FRANCISCO RAMÍREZ CARVAJAL, contra el proceso electoral para elegir las autoridades de la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales “Ezequiel Zamora”,  a celebrarse el día 30 de mayo de 2001

 

El ciudadano Alguacil de esta Sala consignó copia del Oficio Nº 01-130, de fecha 29-05-2001, mediante el cual se notifica Rectora-Presidenta Consejo Directivo de la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales “Ezequiel Zamora”, ciudadana  Magaly Amarista,  de la admisión de la acción de amparo. Así mismo se le notifica que deberá comparecer ante la Secretaría de esta Sala, a los fines de conocer el día en que tendrá lugar la audiencia oral de las partes, la cual se efectuará dentro de las noventa y seis (96) horas contadas a partir de la última notificación efectuada.  Oficio que fue enviado a través de la empresa MRW. Así mismo consignó el recibo de la empresa MRW mediante el cual hizo envío  de dicho oficio.

 

 

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION

 

 

8.- Expediente Nº 2001-000058: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSÉ LEIVA, ANTONIO SOUSA MARTINS, CARLOS ORLANDO GUEDES, PEDRO ROBERTO GUEVARA, HÉCTOR SASTOQUE PULIDO, JOSÉ RAMÓN BETANCOURT, OLANDO TOVAR SANDOVAL, VÍCTOR ÁLVAREZ CORTES, ELÍAS HERRERA GARCÍA, ANDRÉS HERRERA GARCÍA y ERNESTO BUITRAGO LÓPEZ, interponen recurso contencioso electoral, contra el acta de Proclamación y subsidiariamente contra las elecciones para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos celebradas el día  04-03-2001.

 

De conformidad con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

9.- Expediente Nº 2001-000051: El abogado Oleary Contreras, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO ANTONIO ABREU, candidato a Alcalde del Municipio Autónomo Rojas del Estado Barinas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada (Art. 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 010118-73, de fecha 18 de enero de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 99 de fecha 29 de marzo de 2001, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra la elección del Alcalde del Municipio Autónomo Rojas del Estado Barinas.

 

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 30-05-2001, por la abogada Olga Mercedes Sánchez Piña, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 53.918, actuando con el carácter apoderada judicial del ciudadano Pedro Antonio Abreu, acompañado de anexos, se ordenó agregar a los autos el escrito de promoción de pruebas. Ahora bien, por lo que se refiere a los anexos, se ordenó formar una pieza de anexo, identificada con el número 1, dado el volumen de los mismos.

 

 

10.- Expediente Nº 2001-000051: El abogado Oleary Contreras, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO ANTONIO ABREU, candidato a Alcalde del Municipio Autónomo Rojas del Estado Barinas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada (Art. 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 010118-73, de fecha 18 de enero de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 99 de fecha 29 de marzo de 2001, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra la elección del Alcalde del Municipio Autónomo Rojas del Estado Barinas.

 

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 30-05-2001, por la abogada Olga Sánchez Piña, apoderada judicial del ciudadano Pedro Antonio Abreu, parte recurrente, este Juzgado de Sustanciación observo que: Por lo que se refiere al capítulo I, en el mismo se reproducir el mérito favorable en autos, razón por la cual se admitió cuanto ha lugar en derecho. Por lo que respecta a la prueba de informes promovida por el recurrente en el Capítulo II del escrito, mediante la cual solicita que el Consejo Nacional Electoral remita lo siguiente: ”1.- Tarjetón electoral, utilizado en las elecciones para Alcalde del Municipio Rojas del Estado Barinas, el 30 de julio de 2000. 2.- Copias Certificadas de las Actas de Escrutinios de Alcalde del Municipio Rojas del Estado Barinas, utilizadas para las elecciones del 30 de julio de 2000. 3.- Gaceta Electoral, en donde se publicaron las listas de los candidatos y sus organizaciones postulantes para Alcalde del Municipio Rojas del Estado Barinas. (...) 4.- Resoluciones Nros. 000328-543 y 000412-547 de fecha 28 de marzo de 2000 y de fecha 14 de abril de 2000, emanada del Consejo Nacional Electoral y publicada en la Gaceta Electoral Nº 60, en la cual se establecen los requisitos formales que deben cumplir tanto las Asociaciones con fines Políticos como los Grupos de Electores para la validez de las sustituciones de los candidatos postulados (...). 5.- Veintiún (21) ejemplares del periódico “La Noticia, El Diario de Barinas”, constante de trescientos cincuenta y cuatro (354) folios útiles. Veinte (20) ejemplares del periódico “De Frente, El Matutino de los Llanos”, constante de trescientos cincuenta (350) folios útiles. Veinte (20) ejemplares del periódico “La Prensa, De Barinas para Venezuela”. De los cuales cursan en el expediente administrativo llevado por el Consejo Nacional Electoral marcado como “A”, “B” y “C” consignados anexos al escrito de prueba presentado por el ciudadano Pedro Antonio Abreu en el Consejo Nacional Electoral en fecha 23 de noviembre de 2000 (...) “. Se admitió las mencionadas pruebas cuanto ha lugar en derecho. Con relación a la prueba de testigos contenida en el capítulo III del escrito probatorio presentado por la parte recurrente, mediante la cual promueve la declaración testimonial del ciudadano Richard Terán, titular de la cédula de identidad Nº 10.556.732, se admitió cuanto ha lugar en derecho, y  de conformidad con lo previsto en el artículo 483 del Código de Procedimiento Civil, se fija las once y media de la mañana (11:30 a.m.), del tercer día de despacho siguiente al día de hoy, para que tenga lugar el examen del referido testigo. Con relación a las pruebas documentales contenidas en el Capítulo III del referido escrito probatorio, se admiten cuanto ha lugar en derecho, y como quiera que dichos documentos cursan en autos, manténganse en el expediente. Se Libró Oficio Nº 01-036.

 

 

 

 

ESCRITOS PRESENTOS EN:

 

11.- Expediente Nº 2001-000052: La abogada Ana Cecilia Zulueta, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 65.753, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano ORLANDO JOSE LUGO BRAVO, candidato a Alcalde del Municipio Sucre del Estado Falcón, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010305-70, de fecha 05 de marzo de 2001, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra la elección de Alcalde del Municipio Sucre del Estado Falcón. 

 

La abogada Yarett Alayón Pernía, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 11.986, actuando con el carácter apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó escrito de promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

12.- Expediente Nº 2001-000058: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSÉ LEIVA, ANTONIO SOUSA MARTINS, CARLOS ORLANDO GUEDES, PEDRO ROBERTO GUEVARA, HÉCTOR SASTOQUE PULIDO, JOSÉ RAMÓN BETANCOURT, OLANDO TOVAR SANDOVAL, VÍCTOR ÁLVAREZ CORTES, ELÍAS HERRERA GARCÍA, ANDRÉS HERRERA GARCÍA y ERNESTO BUITRAGO LÓPEZ, interponen recurso contencioso electoral, contra el acta de Proclamación y subsidiariamente contra las elecciones para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos celebradas el día  04-03-2001.

 

El abogado Eduardo José Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.708, actuando con el carácter de socio, Consultor Jurídico y apoderado judicial de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, consignó escrito. (Acompañó anexos).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

13.- Expediente Nº 2001-000058: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSÉ LEIVA, ANTONIO SOUSA MARTINS, CARLOS ORLANDO GUEDES, PEDRO ROBERTO GUEVARA, HÉCTOR SASTOQUE PULIDO, JOSÉ RAMÓN BETANCOURT, OLANDO TOVAR SANDOVAL, VÍCTOR ÁLVAREZ CORTES, ELÍAS HERRERA GARCÍA, ANDRÉS HERRERA GARCÍA y ERNESTO BUITRAGO LÓPEZ, interponen recurso contencioso electoral, contra el acta de Proclamación y subsidiariamente contra las elecciones para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos celebradas el día  04-03-2001.

 

El abogado Daniel Jaramillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.204, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Efraín Velásquez, Gabriel López, Freddy Este, Oswaldo Borges y Olga Pérez, socios, miembros y representantes de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, expone alegatos en contra del escrito presentado por el ciudadano Luis Lomelli y contra el recurso interpuesto.

 

 

14.- Expediente Nº 2001-000058: SABINO GARBAN FLORES, FREDDY JOSÉ LEIVA, ANTONIO SOUSA MARTINS, CARLOS ORLANDO GUEDES, PEDRO ROBERTO GUEVARA, HÉCTOR SASTOQUE PULIDO, JOSÉ RAMÓN BETANCOURT, OLANDO TOVAR SANDOVAL, VÍCTOR ÁLVAREZ CORTES, ELÍAS HERRERA GARCÍA, ANDRÉS HERRERA GARCÍA y ERNESTO BUITRAGO LÓPEZ, interponen recurso contencioso electoral, contra el acta de Proclamación y subsidiariamente contra las elecciones para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos celebradas el día  04-03-2001.

 

Los abogados Sabino Garban y José Vicente Arvelaiz, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 22.933 y 14.549, respectivamente, exponen que el lapso para que compareciesen los interesados concluyó el día 30-05-2001, y que a partir del 31-05-2001 inclusive se abrió el lapso de promoción de pruebas.

 

 

15.- Expediente Nº 2001-000051: El abogado Oleary Contreras, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.920, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO ANTONIO ABREU, candidato a Alcalde del Municipio Autónomo Rojas del Estado Barinas, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada (Art. 588 del Código de Procedimiento Civil), contra la Resolución Nº 010118-73, de fecha 18 de enero de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 99 de fecha 29 de marzo de 2001, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra la elección del Alcalde del Municipio Autónomo Rojas del Estado Barinas.

 

El abogado Guido Bolívar Correa, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 6.300, consignó original del poder que fuera conferido por el ciudadano Orlando Leonel Gómez Mendoza, Alcalde del Municipio Rojas del estado Barinas, al abogado Guido Bolívar Correa.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

16.- Expediente Nº 2001-000003: Los abogados Sabino Garban Flores y Freddy José Leiva, actuando en su propio nombre, asistiendo al ciudadanos Carlos Orlando Guedez y como apoderados judiciales de los ciudadanos  Antonio Sousa Martins y Héctor Sastoque Pulido, interpone acción de amparo constitucional contra el artículo 48 de los Estatutos Sociales del Club Campestre Paracotos.

 

El abogado Eduardo José Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.708, dejó constancia de haber recibido copia certificada que fue acordada mediante auto de fecha 30-05-2001.

 

 

17.- Expediente Nº 2001-000061 (CUADERNO SEPARADO): CIRO LUIS CHAPON PÉREZ, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso de nulidad, contra el acto de fecha 26 de abril de 2001, por medio del cual se le remueve del cargo de Subdirector General de Administración y Finanzas, emanado del “Presidente del Consejo Nacional Electoral”.  (Recurso principal Expediente Nº 2001-000059).

 

Se agregó copia simple de la sentencia de esta misma fecha, signada con el número 66, dictada en el recurso principal, contenido en el expediente 2001-000059.

 

 

SENTENCIA

 

 

18.- Expediente Nº 2001-000059: CIRO LUIS CHAPON PÉREZ, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, interpone recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto de fecha 26 de abril de 2001, por medio del cual se le remueve del cargo de Subdirector General de Administración y Finanzas, emanado del “Presidente del Consejo Nacional Electoral”. La Sala se declaró INCOMPETENTE para conocer en primera instancia del recurso de nulidad interpuesto. Declaró COMPETENTE para conocer en primera instancia,  a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, a la cual ordenó remitir el expediente. Declaró COMPETENTE  a esta Sala Electoral para conocer en segunda instancia. REPUSO la causa al estado  que la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo  se pronuncie sobre la admisión de la acción, y en caso de admitir la misma, sustancie el proceso conforme al procedimiento declarado aplicable. Ponente:  ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 66.

 

 

19.- Expediente Nº 2001- 000030: Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral del Estado Aragua,  declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Jesús Bolívar, asistido por el abogado Santiago Restrepo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.685, contra el auto dictado en fecha 25 de enero de 2001, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante el cual se comisionó al Juez Distribuidor Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, y se le facultó para que ordenara a la “Comisión Electoral del Proceso de Elecciones para la Designación de los Miembros al Consejo de Administración y Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados y Obreros de Cadafe, Región central G.P.-II a juramentar y tomar posesión al Cargo de Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Empleados y Obreros de Cadafe G.P.-II al ciudadano Luis Alexis Zambrano Mora”. Oficio Nº 0430-58, de fecha 13-02-2001, remitiendo el expediente Nº 13714 (nomenclatura de ese Juzgado). La Sala declaró: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria presentada en fecha 21-05-2001, por el abogado Santiago Restrepo, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Jesús Bolívar, en relación a la sentencia dictada por esta Sala el 30-04-2001. 2.- IMPROCEDENTE  la solicitud de fecha 22-05-2001, planteada por el ciudadano Luis Alexis Zambrano, en el sentido de que se oficie al Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, a los fines de notificarle acerca de la decisión de fecha 30-04-2001 y se le ordene que continúe con la ejecución de la decisión de fecha 19-01-2001. Ponente: ORLANDO GRAVINA ALVARADO. Sentencia Nº 67.

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

 

 

El Secretario,

 

 

ALFREDO DE STEFANO

Ir al tope


Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados