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CUENTA Nº 94
Despacho del
lunes primero (1º) de julio de 2002. Se abrió la sesión presidida por el
Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente
Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el
Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
1.- Expediente Nº 2001-000095: FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA, actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros.
Se
ordenó pasar el expediente al ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI
URDANETA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
2.- Expediente Nº 2002-000070: ÁNGEL DAVID FERMÍN FERMÍN, asistido por el abogado Pedro Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.264, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad de Los Andes (APULA).
Vista la diligencia presentada en fecha
26 de junio de 2002 por el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui, mediante la
cual manifiesta su imposibilidad de conocer de la presente causa, por
encontrarse incurso en el supuesto de inhibición previsto en el ordinal 12 del
artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, el Juzgador estimó procedente la
declaratoria con lugar de la aludida inhibición. A los fines de llenar la falta
accidental del Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui, se procedió a convocar al Tercer Suplente, Dr. Rafael
Arístides Rengifo Camacaro. Se libró Oficio Nº 02-284.
OFICIO LIBRADO EN:
3.-
Expediente Nº 2002-000028:
Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.558, actuando
con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO GODOY, interpone
recurso de abstención o carencia contra
el Consejo Nacional Electoral, por no haber resuelto el recurso jerárquico
interpuesto en fecha 22-01-2001 por el mencionado ciudadano, contra la
adjudicación de Concejales por Lista en el Municipio Catatumbo del Estado
Zulia, con ocasión de las elecciones celebradas en fecha 3 de diciembre de
2000.
Se libró
Oficio Nº 02-282, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo
Nacional Electoral del fallo dictado por esta Sala en fecha 27-06-2002.
DILIGENCIA EN:
4.- Expediente Nº 2002-000005: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HERMITO SEGUNDO BLANCO PÉREZ, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011122-447, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-11-2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 136, de fecha 11-12-2001, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra actos y Actas de Escrutinio correspondientes a la elección de Alcalde del Municipio Baralt del Estado Zulia.
El ciudadano Alguacil consignó
copia del Oficio Nº 02-228, mediante el
cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional Electoral el fallo dictado
por esta Sala en fecha 11-04-2002. Así mismo se le remitieron los antecedentes
administrativos contenidos cuarenta y dos
(42) piezas y treinta y seis (36) cajas de resguardo de material
electoral relacionadas con dicho
juicio.
5.-
Expediente Nº 2001-000100:
FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral,
contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo
Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que
indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000,
para elegir al Alcalde del Municipio Roscio del Estado Guárico.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-280, mediante el
cual se convocó a la Segunda Conjuez de la Sala, Doctora Teresa García de
Cornet, para constituir la
Sala Accidental que seguirá conociendo de la acción.
6.- Expediente
Nº 2001-000100: FRANCO
ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.372,
actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral, contra
la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo
Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que
indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000,
para elegir al Alcalde del Municipio Roscio del Estado Guárico.
7.- Expediente Nº 2002-000059: ANDRÉS LÓPEZ DÍAZ, asistido por el
abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.233,
interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020319-180,
emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 19-03-2002, publicada en
Gaceta Electoral Nº 157 de fecha 24-04-2002, mediante la cual se declaró sin
lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra las
Actas de Escrutinio que indica correspondientes a la elección del Alcalde del
Municipio Los Salias del Estado Miranda.
El
abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212,
actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,
consignó diligencia anexa a la cual
consignó recaudos que fueron solicitados por la Sala mediante auto de fecha
19-06-2002.
8.-
Expediente Nº 2001-000137:
Ariel Rodríguez Salazar y Marcos Gómez Herrera, inscritos en el Inpreabogado bajo
los números 32.955 y 37.528, respectivamente, actuando con el carácter de
apoderados judiciales del Consejo Nacional Electoral, interponen acción de
amparo constitucional contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera
Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del
Estado Monagas, en fecha 20 de septiembre de 2001, mediante la cual se decretó
medida cautelar innominada en el sentido de que sean suspendidas las elecciones
a celebrarse el día 21 de septiembre de 2001, en el Sindicato de Trabajadores
de la Industria Petrolera de los Distritos Maturín, Bolívar, Piar y Sotillo del
Estado Monagas.
El abogado Jesús Manuel Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.608, consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada de la sentencia dictada por esta Sala en fecha 13-12-2001, la cual cursa a los folios 69 al 79 del expediente.
COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:
9.-
Expediente Nº 2001-000100:
FRANCO ANTONIO GERRATANA HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
79.372, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral,
contra la Resolución Nº 010604-158 del 04 de junio de 2001, emanada del Consejo
Nacional Electoral, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que
indica relacionadas con el proceso comicial celebrado el 30 de julio de 2000,
para elegir al Alcalde del Municipio Roscio del Estado Guárico.
Por recibida comunicación suscrita por la Segunda
Conjuez, Dra. Teresa García de Cornet, mediante la cual manifiesta su
aceptación para constituir la Sala Accidental que habrá de seguir conociendo de
la causa.
ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS
A LOS AUTOS:
10.-
Expediente Nº 2002-000028:
Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.558, actuando
con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO GODOY, interpone
recurso de abstención o carencia contra
el Consejo Nacional Electoral, por no haber resuelto el recurso jerárquico
interpuesto en fecha 22-01-2001 por el mencionado ciudadano, contra la
adjudicación de Concejales por Lista en el Municipio Catatumbo del Estado
Zulia, con ocasión de las elecciones celebradas en fecha 3 de diciembre de
2000.
El
abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212,
actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,
consignó escrito mediante el cual solicita aclaratoria del fallo dictado por
esta Sala en fecha 27-06-2002.
11.- Expediente Nº 2002-000071: MARIO LANDAETA y ÁNGEL ATTANASI,
actuando con el carácter de Presidente y Tesorero del Consejo de Administración
de la Caja de Ahorro y Crédito del Personal de la Contraloría Municipal del
Municipio Libertador, asistidos por el abogado Juan Moreno Briceño, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 59.789, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos contenidos en
los Oficios números DS-OAL-1773, DS-OAL-2276 y DS-OAL-2664, de fechas
30-05-2002, 17-06-2002 y 18-06-2002, respectivamente, emanados de la
Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio de Finanzas, referidos al
proceso electoral a celebrarse en fecha 28-06-2002, para elegir las autoridades
de la referida Caja de Ahorro.
Por recibido
en esta misma fecha, escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho
y de derecho, así como Oficio Nº DS-3089-A, anexo al cual se remite antecedentes administrativos
relacionados con el recurso contencioso electoral, ambos suscritos por el
ciudadano Luis Giusti Carrillo, actuando como Superintendente (E) de Cajas de
Ahorro del Ministerio de Finanzas, se acordó agregar al expediente judicial el
referido escrito así como el Oficio antes mencionado y formar una (1) pieza
separada con el anexo que acompañó al
Oficio, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
12.-
Expediente Nº 2002-000028:
Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.558, actuando
con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO GODOY, interpone
recurso de abstención o carencia contra
el Consejo Nacional Electoral, por no haber resuelto el recurso jerárquico
interpuesto en fecha 22-01-2001 por el mencionado ciudadano, contra la
adjudicación de Concejales por Lista en el Municipio Catatumbo del Estado
Zulia, con ocasión de las elecciones celebradas en fecha 3 de diciembre de
2000.
Visto el escrito presentado en
esta misma fecha por el abogado David Matheus Brito, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado
judicial del Consejo Nacional Electoral,
mediante el cual solicita aclaratoria del fallo dictado por esta Sala en
fecha 27 de junio de 2002, se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL
HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines de la decisión correspondiente.
BOLETA Y OFICIO LIBRADOS EN:
13.- Expediente Nº 2002-000072: WALTER GERMAN LA MADRIZ GUTIERREZ,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 36.263, actuando en su propio nombre
interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida
cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y
Previsión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Poder Electoral
(CAPSEOJ).
Se
libró Oficio Nº 02-283, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la
República del fallo dictado por esta Sala en fecha 01-07-2002, en el cual se
admitió la acción de amparo. Igualmente se libró boleta a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro
y Previsión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Poder Electoral
(CAPSEOJ), mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha
01-07-2002, en el cual se admitió la acción de amparo.
14.-
Expediente Nº 2002-000072: WALTER
GERMAN LA MADRIZ GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 36.263,
actuando en su propio nombre interpone acción de amparo constitucional
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión
Electoral de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros y
Jubilados del Poder Electoral (CAPSEOJ). La Sala declaró: 1.- COMPETENTE
para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta contra el
Reglamento Electoral de la referida Caja de Ahorros aprobado el 2 de mayo de
2002 por la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los
Empleados, Obreros y Jubilados del Poder Electoral (CAPSEOJ). 2.- ADMITE
la acción de amparo. 3.- ACUERDA
tramitar la solicitud de amparo constitucional conforme al procedimiento
establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional,
mediante decisión de fecha 1° de febrero de 2000. 4.- ORDENA librar los
respectivos oficios de notificación al Ministerio Público y citación del
presunto agraviante. 5.- IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada
solicitada. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 125.
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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