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Sala Electoral
  • Fecha: 02 de abril de 2002





CUENTA Nº 45

 

CUENTA Nº 45

 

 

 

Despacho del martes dos (02) de abril de 2002. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente Nº 2002-000040: JESÚS SATURNO, HUMBERTO MENDOZA y ÁNGEL DÍAZ, actuando con el carácter de profesores de la Facultad de Odontología y Medicina de la Universidad Central de Venezuela, respectivamente, asistidos por el abogado Ulises Capella, interpone recurso de interpretación a los fines de que se determine el sentido y alcance del artículo 35 de la Ley de Universidades.

 

Se dio cuenta a la Sala. 

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2001-000213: WILMER JOSÉ GUTIÉRREZ REYES, asistido por el abogado Alexy Palmar Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.696, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 011207-471, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-12-2001, mediante la cual declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Henry Márquez, Argenis Rivas, Víctor Valles y Rafael Suárez, contra la elección de las autoridades del Sindicato de Obreros y Empleados Petroleros de Tía Juana (S.O.E.P.T.J.); revoca el reconocimiento otorgado por el Consejo Nacional Electoral  y en consecuencia declara la nulidad del acto de votación realizado el día 10-10-2001,  convoca a una Asamblea General para el día 13-12-2001, en la cual se designará la nueva Comisión Electoral y fija como nueva fecha para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato el día 19-12-2001.

 

Se acordó diferir el lapso para dictar sentencia en la presente causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la complejidad y naturaleza del asunto bajo examen así lo exige.

 

 

3.- Expediente Nº X-2002-000013 (CUADERNO SEPARADO): Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, actuando en su propio nombre,  intima al pago de honorarios profesionales al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA C.A.), en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano  FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA,  actuando “en nombre del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A. en el Distrito Federal y Estado Miranda (SITRAMECA)”, asistido por el abogado Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625,  contra el acto de fecha 2-07-2001 emanado del Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se aprobó la solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas C.A., formulada por el ciudadano Fidel La Rosa y otros. (Recurso Principal Expediente Nº 2001-000095).

 

Visto el escrito presentado en fecha 26-03-2002, por el abogado  Rommel Rafael Oronoz Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.625, actuando en su propio nombre,  mediante el cual estima e intima en la cantidad de quince millones de bolívares (Bs. 15.000.000), los honorarios profesionales causados en el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con suspensión de efectos, a que se refieren las actuaciones cumplidas en los expedientes Nº 2001-000095 y 2001-000103, de esta Sala, y solicita se intime al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA C.A.), se admitió en cuanto ha lugar en derecho, y se ordenó darle curso legal. Se libro Boleta al Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA C.A.).

 

 

4.- Expediente Nº 2001-000158: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el expediente contentivo de la consulta de ley de la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, de fecha 21 de septiembre de 2000, mediante la cual declaró improcedente la solicitud de amparo constitucional, interpuesta por los ciudadanos MANUEL PIÑEIRO, RAQUEL PACHECO Y JASSMÍN MIJARES, contra la conducta asumida por los ciudadanos Rosalía Dávalos, María Nieves Guiñan, Feliz Muñoz, Pedro Valente y Rolando Pérez, éstos últimos actuando como Miembros de la Junta Directiva del Colegio de Médicos del Estado Miranda. Oficio Nº 01-1794, de fecha 10-10-2001, remitiendo el expediente Nº 2000002465 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza).

 

Se ordenó abrir la segunda (2da) pieza,  de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

5.- Expediente Nº 2001-000158: Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, declina competencia en el expediente contentivo de la consulta de ley de la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, de fecha 21 de septiembre de 2000, mediante la cual declaró improcedente la solicitud de amparo constitucional, interpuesta por los ciudadanos MANUEL PIÑEIRO, RAQUEL PACHECO Y JASSMÍN MIJARES, contra la conducta asumida por los ciudadanos Rosalía Dávalos, María Nieves Guiñan, Feliz Muñoz, Pedro Valente y Rolando Pérez, éstos últimos actuando como Miembros de la Junta Directiva del Colegio de Médicos del Estado Miranda. Oficio Nº 01-1794, de fecha 10-10-2001, remitiendo el expediente Nº 2000002465 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza).

 

Vista la diligencia presentada en fecha 21-03-2002, por la ciudadana Jazmín Mijares, asistida por la abogada Astrid Mijares, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.972, mediante la cual solicita copia certificada de todo el expediente con exclusión del folio ciento cuarenta y tres (143), correspondiente al Estatuto del Colegio Médico del Estado Miranda, esta Sala observa que, por lo que se refiere a los documentos que cursan a los folios 1 al 14 Vto.,  51 al 61 Vto., 64 al 89, 92, 107 al 121, 144 al 259, 286, 288 al 289 Vto., 292, 294, 296 al 301, 304, 306 al 315, 317 al 331, 335 al 340  y 366 al 440 del expediente,  esta Sala ACORDÓ su certificación. Con relación a los documentos que cursan a los folios 15 al 20, 44 al 50, 90 al 91, 93 al 106, 122 al 142, 260 al 285, 287, 290 al 291, 293, 295, 302 al 303, 305, 316, 332 al 334 y 341 al 365, esta Sala NIEGA su certificación por no cursar los mismos en original, hecho este que impide su confrontación, de allí que se ordena su expedición en copia simple. Finalmente por lo que se refiere a los documentos que cursaron a los folios 21 al 43 (Inspección Judicial signada con el número 00-432) y 62 al 63 (Poder Original otorgado por los ciudadanos Manuel Piñeiro, Raquel Pacheco y Jazmín Mijares, a los abogados Gustavo Briceño y Jesús Mariotto, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 13.358 y 63.260) del expediente, esta Sala observó que los mismos fueron devueltos a la ciudadana Jazmín Mijares, mediante auto de fecha 1-04-2002, por lo que se ACORDÓ expedir la copia certificada de los folios que fueron insertados en su lugar.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente Nº 2002-000021: JOSÉ VICENTE PEREIRA GUERRA,  asistido por los abogados Yenibel Inés Lugo Bastardo y Pedro Ignacio Sifontes Ortiz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 73.584 y 87.168, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual declaró nulas las elecciones celebradas el 06-12-2001 en el Sindicato Profesional de Trabajadores Petroleros, Petroquímicos, Similares y Conexos del Estado Monagas (SPTPPSCM).

El abogado Pedro Ignacio Sifontes Ortiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 87.168, consignó diligencia en la cual expone las razones por las que estima que el recurso no debe ser declarado desistido. Así mismo anexo a la diligencia consigna escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos).

 

 

7.- Expediente Nº X-2002-000006: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone medida cautelar innominada con recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006. (Recurso Principal Expediente Nº 2002-000024)

 

El abogado Roberto Hung, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 97, actuando con el carácter de apoderado judicial del Comité Olímpico Venezolano,  consignó diligencia mediante la cual expresa que visto el fallo dictado por esta Sala en fecha 21-03-2002, mediante el cual se ordena a su representado remitir inmediatamente a esta Sala todo el material electoral concerniente al proceso comicial, cumple con informar que el mismo fue presentado en fecha 21-02-2002.

 

 

8.- Expediente Nº X-2002-000006: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone medida cautelar innominada con recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006. (Recurso Principal Expediente Nº 2002-000024).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-155, mediante el cual se comunica a la Junta Directiva del Comité Olímpico Venezolano, el fallo dictado por esta Sala en fecha 25-03-2002.

 

 

9.- Expediente Nº 2002-000033: YAHIR JOSÉ MELÉNDEZ, HEIDE BEATRIZ YAGUAS ALVAREZ y ENRIQUE JOSÉ BAQUERO MALDONADO, asistidos por el abogado William Alexis Pérez, interponen acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral Estudiantil de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, Instituto Pedagógico de Barquisimeto, integrada por los ciudadanos Gustavo Fuentes, Larry Quintero Cayetano Rodríguez, Jesús Superlano e Ismaelda Guedez, referido al proceso electoral cuyo acto de votación esta fijado para el 19 de marzo de 2002. 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-151, anexó al cual se remite la comisión conferida al Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara a los fines de que practique la  notificación a los ciudadanos YAHIR JOSÉ MELÉNDEZ, HEIDE BEATRIZ YAGUAS ALVAREZ y ENRIQUE JOSÉ BAQUERO MALDONADO,  del fallo dictado por esta Sala en fecha 21-03-2001, el cual fue enviado mediante correo certificado con acuso de recibo, a través de IPOSTEL.

 

 

10.- Expediente Nº 2002-000038: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano AGALDES JOSÉ GONZÁLEZ, interpone recurso contencioso electoral  contra la Resolución Nº 020219-105, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-02-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 152, de fecha 06-03-2002 y contra la elección del ciudadano Cristóbal Jiménez como Alcalde del Municipio Pedernales del Estado Delta Amacuro. Resolución mediante la cual se ratifica la proclamación del ciudadano Cristóbal Jiménez  como Alcalde del Municipio Pedernales del Estado Delta Amacuro.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-153, mediante el cual se  solicita  al Presidente del Consejo Nacional Electoral, los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

11.- Expediente Nº 2002-000039: Edilberto José Natera Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS GORDONES, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020204-64, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 04-02-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 152 de fecha 06-03-2002, mediante la cual resolvió el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano en fecha 25-08-2000 contra once (11) Actas de Escrutinio correspondientes a la elección de Alcalde del Municipio Valdez del Estado Sucre.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-154, mediante el cual se  solicita  al Presidente del Consejo Nacional Electoral, los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

12.- Expediente Nº 2001-000207: FRANCISCO CARACCIOLO ESPINOZA, asistido por el abogado Nelson Asdrúbal Morán Guilarte, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.431, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, contra “la postulación del ciudadano, profesor Jaime Manzo a la Presidencia del Comité Directivo Nacional de la Federación Venezolana de Maestros, en el proceso de renovación sindical de dicha federación realizado el 13 de Noviembre de 2001” y el cual se encuentra referida a la Resolución Nº 011112-392, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 12 de noviembre de 2001, y publicada en Gaceta Electoral Nº 134, de fecha 22 de noviembre de 2001, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Francisco Caracciolo Espinoza, en el cual solicitó se dejara sin efecto el acto de aceptación de postulación por la Comisión Electoral del ciudadano Jaime Manzo Manzo, como candidato a la referida Federación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-137, mediante el cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional Electoral, el fallo dictado por esta Sala en fecha 18 de marzo 2002. Así mismo se le remitió expediente administrativo constante de dos  (2) piezas.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

13.- Expediente Nº 2002-000004: Gerardo Alí Poveda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.642, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano BLADIMIRO BLANCO, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 011207-469 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 07 de diciembre de 2001, en la cual se reconoce la validez de los procesos electorales celebrados en fecha 10-10-01 por los cincuenta (50) sindicatos de base afiliados a la Federación de Trabajadores Petroleros, Químicos y sus Similares de Venezuela (FEDEPETROL) y reconoce la validez de los resultados expresados en el Acta de Totalización, Proclamación y Adjudicación consignada por los Miembros de la Comisión Electoral de FEDEPETROL, ciudadanos José Serrano, Gerardo Zerpa, Miguel Salas, Ramón Márquez, William Romero y Jimi Bellorín.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consigna escrito anexo al cual consigna pruebas que fueran requeridas por auto de fecha 4-03-2002 dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala. 

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

14.- Expediente Nº 2002-000024: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006.

 

Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado  en fecha 26-03-2002,  por el abogado Roberto Hung Arias, así como sus respectivos anexos. Igualmente se agregaron a los autos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 01-04-2002, por la ciudadana Zulma Torres de Melo; por las abogadas María Elena Soares de Nobrega y Susy Martínez Ducreaux y por el abogado Tulio José Sánchez González, así como los anexos que acompañaron a los dos últimos escritos mencionados.

 

 

15.- Expediente Nº 2002-000024: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006.

 

De conformidad con el artículo 397, único aparte,  del Código de Procedimiento Civil y con la sentencia dictada por esta Sala en fecha 6 de agosto de 2001, signada con el  número 99, se fijó el día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.

 

 

 

16.- Expediente Nº 2002-000035: VIRGILIO BRICEÑO, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID DUARTE, HERNAN ECHENIQUE, JESÚS DELGADO, ANA WUILERMA BELISARIO, JOSÉ LUIS NOGUERA, OLGA TORRES y JOSÉ LAGUNA, integrantes de la Comisión Electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores de Artes Gráficas, Similares y Conexos del Distrito Federal y Estado Miranda (S.U.T.A.G.S.C.) y CARLOS REYES, MIGUEL REYES, NICOLAS GONZÁLEZ, RAFAEL BRAVO, CONSOLACIÓN PINEDA, FRANCISCO PEÑA, CARLOS CORRO, NIEVES DELGADO y EVELIO PALACIOS, integrantes de la Junta Directiva del referido Sindicato, electa el 16 de octubre de 2001, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 020130-053, de fecha 30-01-02, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual resuelve dejar sin efecto las elecciones realizadas el 16-10-01 en el mencionado sindicato.

 

Se admitió el presente recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República y al Presidente del Consejo Nacional Electoral, y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”. Se libraron los Oficios Nº 02-157, 02-158 y se expidió  cartel de emplazamiento.

 

 

17.- Expediente Nº 2002-000024: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006.

 

Se ordenó abrir la segunda (2da) pieza,  de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

18.- Expediente Nº 2002-000001: Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Carabobo, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por el abogado Luis Cruces Torrealba, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.970, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos INOCENCIO RIVAS, PEDRO SALAS, PEDRO MIRABAL, SAMUEL GONZÁLEZ, LUIS GONZÁLEZ, CLAUDIO SAAVEDRA, BRIGIDO TOVAR Y JOSÉ RETACO, contra la Resolución Nº 011115-410, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 15-11-2001, mediante la cual revocó el reconocimiento otorgado por el órgano electoral, y en consecuencia, declaró la nulidad del acto de votación realizado el día 25-09-2001, en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Frigorífico Industrial Carabobo (SINTRAFRINCA) y convocó a una Asamblea General para el día 19-11-2001, en la cual se designaría la nueva Comisión Electoral.

 

Siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) día y hora fijada, para que tuviera lugar la declaración testimonial del ciudadano Saúl Morillo Castellanos, se dejó constancia de la no comparecencia del aludido ciudadano, razón por la cual se declaró desierto el acto.

 

 

19.- Expediente Nº 2002-000001: Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Carabobo, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por el abogado Luis Cruces Torrealba, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.970, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos INOCENCIO RIVAS, PEDRO SALAS, PEDRO MIRABAL, SAMUEL GONZÁLEZ, LUIS GONZÁLEZ, CLAUDIO SAAVEDRA, BRIGIDO TOVAR Y JOSÉ RETACO, contra la Resolución Nº 011115-410, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 15-11-2001, mediante la cual revocó el reconocimiento otorgado por el órgano electoral, y en consecuencia, declaró la nulidad del acto de votación realizado el día 25-09-2001, en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Frigorífico Industrial Carabobo (SINTRAFRINCA) y convocó a una Asamblea General para el día 19-11-2001, en la cual se designaría la nueva Comisión Electoral.

 

Siendo las once y media de la mañana (11:30 a.m.) día y hora fijada, para que tuviera lugar la declaración testimonial del ciudadano Nelson Antonio Díaz, se dejó constancia de la no comparecencia del aludido ciudadano, razón por la cual se declaró desierto el acto.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

20.- Expediente Nº 2002-000028: Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.558, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO GODOY, interpone recurso de abstención o carencia  contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber resuelto el recurso jerárquico interpuesto en fecha 22-01-2001 por el mencionado ciudadano, contra la adjudicación de Concejales por Lista en el Municipio Catatumbo del Estado Zulia, con ocasión de las elecciones celebradas en fecha 3 de diciembre de 2000.

 

El abogado Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.558, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO GODOY, consignó escrito mediante el cual expresa que de conformidad con el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 25-03-2002, procede a reformar el recurso interpuesto.

 

 

21.- Expediente Nº 2002-000024: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006.

 

El abogado TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, consignó escrito de oposición a las pruebas promovidas por el abogado Roberto Hung Arías.

 

 

22.- Expediente Nº 2002-000024: TULIO JOSÉ SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra actos emanados de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano relacionados con el proceso electoral celebrado el 29-01-2002 para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor del referido Comité Olímpico para el período 2002-2006.

 

Las abogadas María Elena Soares de Nobrega y Susy Martínez Ducreaux, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 52.172 y 52.527, respectivamente, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Federación Venezolana de Gimnasia, consignaron escrito mediante el cual se oponen a las pruebas promovidas por el  abogado Roberto Hung Arías.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

23.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-143, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República la admisión del recurso.

 

 

24.- Expediente Nº 2002-000012: Néstor Luis Carvajal, Jesús Ignacio Tovar y Antonio Márquez, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.684.994, 5.907.633 y 5.898.728, solicitan “se ordene lo conducente a corregir los errores cometidos por el C.N.E. del Estado Sucre, Cumaná, al certificar el Sindicato de Trabajadores Petroleros del Estado Sucre, Guiria, donde sus Directivos y afiliados no laboran en la Industria Petrolera”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-144, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral la admisión del recurso.

 

 

25.- Expediente Nº 2002-000031: JOSÉ MOGOLLÓN, asistido por el abogado Oswaldo Galíndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.553, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº 020221-107, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 21 de febrero de 2002, mediante la cual se declaró con lugar la impugnación formulada por los ciudadanos Carlos Viloria, Jesús Pinto y Orange Velásquez, contra el Acta de fecha 28 de octubre de 2001 en la cual se designó la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Salud e Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad Social del Estado Carabobo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-150, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República la admisión del recurso.

 

 

26.- Expediente Nº 2002-000031: JOSÉ MOGOLLÓN, asistido por el abogado Oswaldo Galíndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.553, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº 020221-107, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 21 de febrero de 2002, mediante la cual se declaró con lugar la impugnación formulada por los ciudadanos Carlos Viloria, Jesús Pinto y Orange Velásquez, contra el Acta de fecha 28 de octubre de 2001 en la cual se designó la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Salud e Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad Social del Estado Carabobo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-149, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral la admisión del recurso.

 

 

27.- Expediente Nº 2002-000011: Raúl José León Rijas, titular de la cédula de identidad Nº 1.458.744, solicita un pronunciamiento con relación con el proceso electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros de Guiria del Estado Sucre.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-146, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral la admisión del recurso.

 

 

28.- Expediente Nº 2002-000011: Raúl José León Rijas, titular de la cédula de identidad Nº 1.458.744, solicita un pronunciamiento con relación con el proceso electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros de Guiria del Estado Sucre.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-145, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República la admisión del recurso.

 

 

29.- Expediente Nº 2002-000032: Alirio Naime y Ana Paula Diniz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 23.288 y 44.491, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano BERNABÉ ARANA,  interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 020222-137 emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral Nº 153 de fecha 12-03-2002, mediante la cual declaró con lugar  el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano José Tomas Correa, contra el Acta de Escrutinio Nº 10128 correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Autana del Estado Amazonas.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-148, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral la admisión del recurso.

 

 

30.- Expediente Nº 2002-000032: Alirio Naime y Ana Paula Diniz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 23.288 y 44.491, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano BERNABÉ ARANA,  interponen recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 020222-137 emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral Nº 153 de fecha 12-03-2002, mediante la cual declaró con lugar  el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano José Tomas Correa, contra el Acta de Escrutinio Nº 10128 correspondiente a la elección de Alcalde del Municipio Autana del Estado Amazonas.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 02-147, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República la admisión del recurso.

 

 

31.- Expediente Nº 2002-000030: Enrique Fermín Villalba, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.792, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano REGULO SUCRE, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Resolución Nº 020204-64, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 4 de febrero de 2002, mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Carlos Gordones, contra la elección de Alcalde del Municipio Valdez del Estado Sucre.

 

El abogado David Matheus, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó diligencia mediante la cual solicita que  se declare desistido el recurso, en razón de que la parte recurrente no cumplió con la obligación procesal de retirar y publicar el cartel de emplazamiento. 

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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