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CUENTA Nº 96
Despacho del
miércoles tres (03) de julio de 2002. Se abrió la sesión presidida por el
Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente
Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el
Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
1.- Expediente Nº 2002-000001: Juzgado Cuarto de Primera Instancia
Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Carabobo, remite expediente contentivo
del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de
medida cautelar innominada, por el abogado Luis Cruces Torrealba, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 54.970, actuando con el carácter de apoderado
judicial de los ciudadanos INOCENCIO RIVAS, PEDRO SALAS, PEDRO MIRABAL, SAMUEL
GONZÁLEZ, LUIS GONZÁLEZ, CLAUDIO SAAVEDRA, BRIGIDO TOVAR Y JOSÉ RETACO, contra
la Resolución Nº 011115-410, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha
15-11-2001, mediante la cual revocó el reconocimiento otorgado por el órgano
electoral, y en consecuencia, declaró la nulidad del acto de votación realizado
el día 25-09-2001, en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Frigorífico
Industrial Carabobo (SINTRAFRINCA) y convocó a una Asamblea General para el día
19-11-2001, en la cual se designaría la nueva Comisión Electoral.
Vista la
diligencia presentada en fecha 27-06-2002, por el abogado Luis Cruces
Torrealba, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 54.970, actuando con el carácter de apoderado judicial de los
ciudadanos Inocencio Rivas, Pedro Salas, Pedro Mirabal, Samuel González, Luis
González, Claudio Saavedra, Brigido Tovar y José Retaco, mediante la cual solicitó la devolución de
los documentos originales que corren insertos a los folios 9 al 19 del
expediente, así como la copia certificada de los documentos que corren insertos
a los folios 127 al 133 y 137 al 139 del expediente. En tal sentido se observó,
en relación a la devolución de los documentos que cursan a los folios 9 al 18,
la Sala ACORDÓ la devolución de
los referidos documentos, previa su certificación en autos. Ahora bien,
respecto al documento que cursa al folio 19, la misma se NEGÓ.
Ahora bien, en relación a las copias
certificadas solicitadas, se observó que por lo que corresponde a los
documentos que cursan a los folios 127
al 133 y 137 al 138 del expediente, la Sala ACORDÓ su certificación
y con relación al folio 139, se NEGÓ
su certificación.
DILIGENCIA EN:
2.- Expediente Nº 2002-000072: WALTER GERMAN LA MADRIZ GUTIERREZ,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 36.263, actuando en su propio nombre
interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida
cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y
Previsión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Poder Electoral
(CAPSEOJ).
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio Nº
02-283, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República del
fallo dictado por esta Sala en fecha 01-07-2002, en el cual se admitió la
acción de amparo.
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
3.- Expediente Nº 2002-000073: Juzgado Superior en
lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la
Región Centro Norte, declina competencia en el expediente contentivo de la
acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar interpuesta
por el abogado Robert Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO AUTÓNOMO
DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL PIGMENTO, ADITIVOS, PINTURAS, RESINAS Y SUS
SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO (SATIPAPREC), contra el acto de fecha 22-01-2002,
emanado de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Autónomos Valencia,
Naguanagua, San Diego, Los Guayos, Carlos Arvelo, Miranda y Montalbán del
Estado Carabobo, referido al procedimiento de referendo sindical instruido en
los expedientes de la Convención Colectiva pendiente con las empresas
Venezolana de Pinturas C.A. y Química Integrada C.A. (INTEQUIM). Oficio Nº 0085, de fecha 25-06-2002, remitiendo el
expediente Nº 8050 (nomenclatura de ese Juzgado) (2 Pieza Principales y 2
Cuadernos Separados).
Se dio cuenta a la Sala.
SENTENCIA
4.-
Expediente Nº 2002-000028:
Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.558, actuando
con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO GODOY, interpone
recurso de abstención o carencia contra
el Consejo Nacional Electoral, por no haber resuelto el recurso jerárquico
interpuesto en fecha 22-01-2001 por el mencionado ciudadano, contra la
adjudicación de Concejales por Lista en el Municipio Catatumbo del Estado
Zulia, con ocasión de las elecciones celebradas en fecha 3 de diciembre de
2000. La Sala declaró IMPROCEDENTE
la solicitud de aclaratoria de la sentencia de esta Sala número 123 del 27 de
junio de 2002. Ponente: RAFAEL
HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº
126
El Presidente,
ALBERTO
MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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