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CUENTA Nº 165
Despacho del
martes tres (03) de diciembre de 2002. Se abrió la sesión presidida por el
Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui y el Magistrado Orlando Gravina Alvarado. Se leyó el
Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
DILIGENCIA
EN:
1.-
Expediente Nº 2002-000059: ANDRÉS
LÓPEZ DÍAZ, asistido por el abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 93.233, interpone recurso contencioso electoral contra la
Resolución Nº 020319-180, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha
19-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 157 de fecha 24-04-2002, mediante
la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el
mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica correspondientes
a la elección del Alcalde del Municipio Los Salias del Estado Miranda.
2.-
Expediente Nº 2002-000059: ANDRÉS
LÓPEZ DÍAZ, asistido por el abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 93.233, interpone recurso contencioso electoral contra la
Resolución Nº 020319-180, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha
19-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 157 de fecha 24-04-2002, mediante
la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el
mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica correspondientes
a la elección del Alcalde del Municipio Los Salias del Estado Miranda.
3.-
Expediente Nº 2002-000059: ANDRÉS
LÓPEZ DÍAZ, asistido por el abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 93.233, interpone recurso contencioso electoral contra la
Resolución Nº 020319-180, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha
19-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 157 de fecha 24-04-2002, mediante
la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el
mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica correspondientes
a la elección del Alcalde del Municipio Los Salias del Estado Miranda.
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la Boleta al ciudadano Andrés López Díaz, mediante
la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 20-11-2002. Boleta que fue
dejada en el domicilio procesal, del referido ciudadano, de conformidad con el
artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, en fecha 28-11-2002.
4.-
Expediente Nº 2002-000059: ANDRÉS
LÓPEZ DÍAZ, asistido por el abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 93.233, interpone recurso contencioso electoral contra la
Resolución Nº 020319-180, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha
19-03-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 157 de fecha 24-04-2002, mediante
la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el
mencionado ciudadano contra las Actas de Escrutinio que indica correspondientes
a la elección del Alcalde del Municipio Los Salias del Estado Miranda.
El ciudadano
Secretario de esta Sala dejó constancia de que en esta fecha el ciudadano
Alguacil le manifestó las diligencias efectuadas por su persona para notificar
al ciudadano Andrés López Díaz y/o su apoderado judicial abogado Juan José
Molina Bermúdez y que dejó la boleta de notificación librada al mencionado
ciudadano, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de
Procedimiento Civil.
OFICIO
LIBRADO EN:
5.-
Expediente Nº 2002-000102:
IVAN ANDRES SITZWOHL MÉNDEZ, OSWALDO ROBERTO LÓPEZ QUEVEDO, EDGAR AUGUSTO RIVAS
GCHRINGER y VICTORIO CATAPANO FERRARI, asistidos por las abogada Clara Ibarra,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 91.647, interpone acción de amparo
constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra
la sentencia dictada en fecha 17-10-2002 por el Juzgado Superior en lo Civil y
Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro
Norte.
Se libró Oficio Nº 02-398, anexo al cual se remite a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, constante de ciento treinta y un (131) folios útiles, las actuaciones contenidas en el expediente.
6.-
Expediente Nº 2002-000083:
José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576,
actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Enzo
Betancourt Mejías, Giovanny Bianco y Antonio Dávila, Vicepresidente, Tercer
Vocal y Vocal Suplente, de la Junta Directiva Nacional del Colegio de
Ingenieros de Venezuela, respectivamente, interpone acción de amparo
constitucional contra el Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de
Venezuela.
Se
libró Oficio Nº 02-400, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo
Nacional Electoral del fallo dictado por esta Sala en fecha 03-12-2002.
7.-
Expediente Nº 2002-000083:
José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576,
actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Enzo
Betancourt Mejías, Giovanny Bianco y Antonio Dávila, Vicepresidente, Tercer
Vocal y Vocal Suplente, de la Junta Directiva Nacional del Colegio de
Ingenieros de Venezuela, respectivamente, interpone acción de amparo
constitucional contra el Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de
Venezuela.
Se
libró Oficio Nº 02-399, mediante el cual se notifica al Presidente de la Junta
Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela del fallo dictado por
esta Sala en fecha 03-12-2002.
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
8.- Expediente Nº 2002-000106: TIBURCIO ESCALONA y CÉSAR CARZADILLAS, asistidos por los abogados Alfredo D’Ascoli Centeno y Andrés Gimes La Rosa, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 59.308 y 66.256, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de Venezuela, Juntas Electorales Regionales y Seccionales, éstas últimas del Estado Cojedes, referido al proceso electoral en el cual se designarán a los miembros de la Asamblea, Junta Directiva Nacional y de Seccionales, Tribunal Disciplinario, Junta Directiva de Centros, y la Asamblea de Representantes de Centros del Colegio de Ingenieros de Venezuela a celebrarse el día 04-12-2002.
Se designó ponente al Magistrado Doctor ORLANDO GRAVINA ALVARADO, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la presente acción de amparo.
SECRETARIA
EN:
9.-
Expediente Nº 2002-000083:
José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576,
actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Enzo Betancourt
Mejías, Giovanny Bianco y Antonio Dávila, Vicepresidente, Tercer Vocal y Vocal
Suplente, de la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de
Venezuela, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra el
Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de Venezuela.
Dando
cumplimiento al fallo dictado por esta Sala en fecha 03-11-2002, se libró
cartel de emplazamiento, a los fines de
que comparezcan por ante la Sala Electoral, a las 10:00 a.m del quinto (5º) día
continuo siguiente a que conste en autos la publicación en prensa del
mencionado cartel en un diario de circulación nacional, fecha a partir de la
cual se dará inicio, en la Sala de Audiencias de la Sala Electoral, al aludido
proceso conciliatorio.
DILIGENCIA
EN:
10.-
Expediente Nº 2002-000083:
José Ramón Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576,
actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Enzo
Betancourt Mejías, Giovanny Bianco y Antonio Dávila, Vicepresidente, Tercer Vocal
y Vocal Suplente, de la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de
Venezuela, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra el
Consejo Electoral del Colegio de Ingenieros de Venezuela.
El
abogado José Ramón Sevilla, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576,
actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Enzo
Betancourt Mejías, Giovanny Bianco y Antonio Dávila, Vicepresidente, Tercer
Vocal y Vocal Suplente, de la Junta Directiva Nacional del Colegio de
Ingenieros de Venezuela, respectivamente, consignó diligencia mediante la cual
solicita la entrega del cartel de emplazamiento, el cual le fue entregado en
esta misma oportunidad.
SENTENCIA
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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